Está Vd. en

Documento BOE-A-2002-18252

Resolución de 6 de septiembre de 2002, de la Secretaría General Técnica, por la que se da publicidad al Convenio de colaboración entre el Ministerio de Trabajo y Asuntos Sociales, a través del Instituto de Migraciones y Servicios Sociales (IMSERSO), y la Comunidad Autónoma de La Rioja para la puesta en funcionamiento de centros de servicios sociales.

Publicado en:
«BOE» núm. 225, de 19 de septiembre de 2002, páginas 33340 a 33341 (2 págs.)
Sección:
III. Otras disposiciones
Departamento:
Ministerio de Trabajo y Asuntos Sociales
Referencia:
BOE-A-2002-18252

TEXTO ORIGINAL

Suscrito el Convenio de colaboración entre el Ministerio de Trabajo

y Asuntos Sociales, a través del Instituto de Migraciones y Servicios Sociales

(IMSERSO), y la Comunidad Autónoma de La Rioja, para la puesta en

funcionamiento de Centros de Servicios Sociales, y en cumplimiento de

lo dispuesto en el punto dos del artículo 8 de la Ley 30/1992, de 26 de

noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del

Procedimiento Administrativo Común, procede la publicación en el "Boletín

Oficial del Estado" del citado Convenio, que figura como anexo de esta

Resolución.

Lo que se hace público a los efectos oportunos.

Madrid, 6 de septiembre de 2002.-El Secretario general técnico, Luis

Martínez-Sicluna Sepúlveda.

ANEXO

Convenio de colaboración entre el Ministerio de Trabajo y Asuntos

Sociales, a través del Instituto de Migraciones y Servicios Sociales

(IMSERSO), y la Comunidad Autónoma de La Rioja para la puesta

en funcionamiento de centros de servicios sociales

En Madrid, a 5 de julio de 2002.

De una parte, el ilustrísimo señor don Alberto Galerón de Miguel,

Director general del IMSERSO, nombrado por Real Decreto 872/2000 de 19

de mayo y en virtud de la competencia atribuida en el artículo 6.1 de

la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las

Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común,

modificada por la Ley 4/1999.

De la otra, el excelentísimo señor don Felipe Ruiz Fernández de Pinedo,

Consejero de Salud y Servicios Sociales de la Comunidad Autónoma de

La Rioja facultado para la aprobación y firma del presente Convenio por

acuerdo de Gobierno de fecha 21 de enero de 2000 ("BOR" número 14,

de 29 de enero).

Ambas partes se reconocen mutua capacidad para obligarse y

convenir y

EXPONEN

El 9 de julio de 1998 se suscribió un Convenio de Colaboración entre

el Ministerio de Trabajo y Asuntos Sociales, a través del IMSERSO y la

Comunidad Autónoma de La Rioja cuyo objeto es establecer la colaboración

necesaria entre ambas partes para la financiación (durante el periodo

1998, 1999 y 2000) de la construcción y equipamiento del Hogar de Tercera

Edad de la zona sur de Logroño y de las inversiones nuevas en la citada

Comunidad Autónoma que sean determinadas por ésta y de la puesta

en funcionamiento de las mismas, en virtud de lo establecido en las letras

c y d del Anexo II del Acuerdo de Traspaso a la Comunidad Autónoma

citada adoptado por el Pleno de la Comisión Mixta celebrado el 26 de

diciembre de 1997.

En la Cláusula Sexta del citado Convenio se establece el compromiso

de IMSERSO de abonar a la Comunidad Autónoma la cantidad de 500

millones de pesetas para contribuir a la puesta en funcionamiento de los

centros nuevos, a distribuir en 3 anualidades (1998, 1999, 2000).

Dada la fecha de suscripción del citado Convenio (9 de julio de 1998)

y toda vez que en cumplimiento de su contenido la Comunidad Autónoma

de La Rioja hubo de formalizar los correspondientes contratos de obras

cuya tramitación está sujeta a los plazos procedimentales previstos en

la Ley 13/1995 de 18 de mayo, de Contratos de las Administraciones

Públicas, hizo imposible la ejecución de las inversiones en el calendario previsto,

siendo necesario un reajuste de las anualidades y cuantías a fin de adecuar

estos aspectos a los precitados contratos de obra ya suscritos.

Por ello, con fecha 28 de julio de 2000, se suscribe entre ambas partes

un Convenio de Modificación al Convenio de 9 de julio de 1998 con la

finalidad de reajustar las anualidades y las cuantías, sin sobrepasar estos

los importes totales establecidos en el Convenio inicial, en lo referente

a las operaciones de capital.

En la Cláusula Cuarta del citado Convenio de Modificación se fija la

cantidad que con cargo a la aplicación presupuestaria 31.38.4599 (Otros

Servicios Sociales-transferencias corrientes a las Comunidades

Autónomas), abonará el IMSERSO a la Comunidad Autónoma de La Rioja en

el ejercicio 2000, para contribuir a la puesta en funcionamiento de los

Centros cuya inversión se financie. Dicha cantidad, para el ejercicio 2000,

ascendía a 60.000.000 de pesetas, toda vez que la Comunidad Autónoma

ha justificado y el IMSERSO abonado en el ejercicio anterior 25.000.000

de pesetas.

El 13 de junio de 2001 se suscribió un Convenio de Colaboración en

el en el que se establecía una aportación de 100.000.000 pesetas con cargo

al ejercicio presupuestario 2001, por parte del IMSERSO para la puesta

en funcionamiento de los Centros de Servicios Sociales.

De esta cantidad, la Comunidad Autónoma ha justificado en el año 2001,

502.418'80 euros (83.595.454 pesetas), acordando el Órgano Mixto

incorporar la diferencia hasta los 100.000.000 pesetas a la cuantía fijada para

este año.

En este mismo Convenio se establece en la Cláusula Segunda: "La

cuantía pendiente se abonará en los años sucesivos mediante la suscripción

de los oportunos Convenios de Colaboración.

Por todo ello, ambas partes acuerdan suscribir el presente Convenio

de Colaboración con arreglo a las siguientes

CLÁUSULAS

Primera.-La finalidad del presente Convenio es establecer la

colaboración de ambas partes durante el ejercicio 2002, para la financiación

de la puesta en funcionamiento de los Centros de Servicios Sociales a

que hace referencia el Convenio de 9 de julio de 1998.

Segunda.-El IMSERSO con cargo a la aplicación presupuestaria

31.38.4599 (Otros Servicios Sociales-transferencias corrientes a las

Comunidades Autónomas) del ejercicio presupuestario del año 2002, abonará

a la Comunidad Autónoma de La Rioja 1.202.024'21 euros (200.000.000

de pesetas).

La cuantía pendiente se abonará en años sucesivos, mediante la

suscripción de los oportunos Convenios de Colaboración.

Tercera.-El presente Convenio entrará en vigor en el momento de su

firma y su vigencia se extenderá hasta el 31 de diciembre de 2002.

Cuarta.-En lo no indicado expresamente, este Convenio se regirá por

lo establecido en el Convenio de 9 de julio de 1998.

En prueba de conformidad con el contenido de este Convenio y para

que surta plenos efectos, se firma por cuadruplicado ejemplar en el lugar

y fecha mencionados en el encabezamiento.-El Director general del IMSERSO,

Alberto Galerón de Miguel.-El Consejero de Salud y Servicios Sociales,

Felipe Ruiz Fernández de Pinedo.

subir

Agencia Estatal Boletín Oficial del Estado

Avda. de Manoteras, 54 - 28050 Madrid