La Orden 23/80, de 8 de julio, señala las zonas de seguridad de determinadas instalaciones militares situadas en Zaragoza y Huesca, entre ellas la de la Academia General Militar.
El tiempo transcurrido, así como los cambios en esta instalación militar y en las unidades en él ubicadas, han variado el índole de la misma, lo que hace aconsejable adaptar el límite Sur-Oeste de su zona de seguridad a lo estrictamente indispensable para los intereses de la Defensa Nacional.
En su virtud, y de conformidad con el informe emitido por el Estado Mayor del Ejército, a propuesta razonada del Teniente General Jefe de la Región Militar Pirenaica, dispongo:
De conformidad con lo preceptuado en el artículo 11 del Reglamento de Zonas e Instalaciones de Interés para la Defensa Nacional, aprobado por Real Decreto 689/1978 de 10 de febrero («Boletín Oficial del Estado» número 89), queda modificado de la siguiente forma el párrafo tercero del apartado 1 del artículo 2.º de la Orden número 23/80, de 8 de julio (D.O. número 165 del 21), por la que se señalaba la Zona de Seguridad de la Academia General Militar:
Límite Sur-Oeste: Kilómetro 504,450 de la CN 330, acequia de Pasadera hasta la altura de Torre de Labarta, los siguientes puntos de coordenadas UTM: P1 (675860-4617820) y P2 (675978-4617919).
La presente Orden entrará en vigor el día siguiente al de su publicación en el «Boletín Oficial del Estado».
Madrid, 21 de enero de 2002.
TRILLO-FIGUEROA Y MARTÍNEZ-CONDE
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