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Documento BOE-A-2002-19318

Resolución de 25 de septiembre de 2002, conjunta de la Subsecretaría de Fomento y la Subsecretaría de Economía, sobre emisión y puesta en circulación de una serie de sellos de correos denominada "Historia de l'automòbil.-Principat d'Andorra".

Publicado en:
«BOE» núm. 239, de 5 de octubre de 2002, páginas 35393 a 35393 (1 pág.)
Sección:
III. Otras disposiciones
Departamento:
Ministerio de Fomento
Referencia:
BOE-A-2002-19318

TEXTO ORIGINAL

De conformidad con lo establecido en la disposición adicional segunda

de la Ley 24/1998 de 13 de julio, del Servicio Postal Universal y de

Liberalización de los Servicios Postales, se dicta la presente Resolución, sobre

emisión y puesta en circulación de una serie de sellos de correos

denominada "Historia de l'automòbil.-Principat d'Andorra".

En su virtud, hemos resuelto:

Primero.-Por la Fábrica Nacional de Moneda y Timbre-Real Casa de

la Moneda se procederá a la estampación de una serie de sellos de correos

denominada "Historia de l'automòbil.-Principat d'Andorra".

Segundo.-Historia de l'automòbil.-Principat d'Andorra".

El día 8 de octubre, el Principado de Andorra emitirá una serie de

sellos dedicada a la historia del automóvil. La serie consta de dos sellos

donde se reproducen, respectivamente, una Pinette, model mínim y un

Rolls Royce, model Silver Wraith, ambos procedentes del Museu Nacional

de l'Automóbil, de Andorra.

Características técnicas:

Procedimiento de impresión: Huecograbado.

Papel: Estucado engomado fosforescente.

Dentado: 13 3/4.

Formato de los sellos: 28,8 x 40,9 milímetros (vertical) y 40,9 x 28,8

milímetros (horizontal).

Valores postales: 0,25 y 0,50 euros.

Efectos en pliego: 50.

Tirada: 300.000 de cada valor postal.

Tercero.-La venta y puesta en circulación de esta emisión se iniciará

el 8 de octubre de 2002.

Su distribución a los puntos de venta cesará el 31 de diciembre de 2006,

no obstante lo cual mantendrán indefinidamente su valor a efectos de

franqueo, hasta que se dicte orden en contrario.

Cuarto.-De cada uno de estos efectos quedarán reservadas en la Fábrica

Nacional de Moneda y Timbre-Real Casa de la Moneda 4.500 unidades

a disposición de la "Sociedad Estatal Correos y Telégrafos, Sociedad

Anónima", para atender los compromisos internacionales, derivados de la

pertenencia a la Unión Postal Universal y de los intercambios con otras

Administraciones Postales, así como para su incorporación a los fondos

filatélicos del Museo Postal y Telegráfico y para la promoción del sello español.

Otras 500 unidades de cada uno de estos efectos serán reservadas

a la Fábrica Nacional de Moneda y Timbre-Real Casa de la Moneda, para

atenciones de intercambio con los Organismos emisores de otros países,

integración en los fondos filatélicos del Museo de dicha Fábrica y promoción

filatélica nacional e internacional.

Quinto.-Por la Fábrica Nacional de Moneda y Timbre-Real Casa de

la Moneda se procederá a la destrucción de los proyectos, maquetas,

dibujos, pruebas, planchas y cualquier otro elemento o material utilizado, una

vez realizada la emisión. Sin embargo, cuando resulte, a juicio de la Fábrica,

que alguno de los elementos empleados en la preparación o estampillado

de la emisión anteriormente aludida encierra gran interés histórico o

didáctico, podrá ser destinado, convenientemente inutilizado, a dotar el Museo

de la Fábrica, el Museo Postal o cualquier otro Museo de interés en la

materia. En todo caso se extenderá la correspondiente acta, tanto de la

inutilización como de los elementos que en calidad de depósito se integren

en alguno de los indicados Museos.

Lo que comunicamos a VV.II. para su conocimiento y efectos.

Madrid, 25 de septiembre de 2002.-El Subsecretario de Fomento, Adolfo

Menéndez Menéndez.-El Subsecretario de Economía, Miguel Crespo

Rodríguez.

Ilmo. Sr. Presidente de la "Sociedad Estatal Correos y Telégrafos, Sociedad

Anónima" e Ilmo. Sr. Presidente Director de la Fábrica Nacional de

Moneda y Timbre-Real Casa de la Moneda.

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