Por Resolución de la AECI de 28 de septiembre de 2001, la AECI concede
una beca a doña Myla Lagrio Cahigas de la Convocatoria de Becas
Unilaterales para ciudadanos extranjeros, para el curso académico 2001/2002
por el período 1 de noviembre de 2001 al 30 de octubre de 2002.
En uso de las facultades conferidas por la Orden Ministerial de 26
de marzo de 1992, modificada por la Orden Ministerial de 21 de enero
de 1997 ("Boletín Oficial del Estado" de 3 de febrero), por la que se regula
la concesión de becas y ayudas de formación, investigación, intercambio,
promoción y de viajes y estancia, de la Agencia Española de Cooperación
Internacional, y la Resolución de 29 de diciembre de 2000 ("Boletín Oficial
del Estado" de 12 de febrero de 2001) de la Secretaría de Estado para
la Cooperación Internacional y para Iberoamérica y Presidencia de la
Agencia Española de Cooperación Internacional, por la que se delegan en el
Secretario general de la AECI y otras autoridades y funcionarios de la
misma determinadas competencias y, en desarrollo de la Resolución de
22 de marzo de 2001 ("Boletín Oficial del Estado" de 9 de abril), por la
que se aprueba la Convocatoria de Becas Unilaterales para ciudadanos
extranjeros curso académico 2001/2002, esta Agencia, en virtud de las
competencias atribuidas en el Real Decreto 3424/2000 de 15 de diciembre
("Boletín Oficial del Estado" del 16), y a propuesta de la Comisión
evaluadora reunida al efecto, ha resuelto:
Primero.-Ampliar la fecha de la beca de estudio concedida por
Resolución de la AECI de fecha 28 de septiembre de 2001 de la Convocatoria
de Becas Unilaterales para ciudadanos extranjeros a doña Myla Lagrio
Cahigas, de Filipinas por el período de 1 de noviembre al 15 de diciembre
de 2002, para hacer coincidir las fechas con la duración de sus estudios.
Esta ampliación no afecta al presupuesto.
La dotación económica es de 240,40 euros mensuales más alojamiento
en un Colegio Mayor patrocinado por la AECI cuyo coste será de 721,21
euros, aproximadamente, y un seguro médico no farmacéutico, durante
el período de vigencia de la beca.
Segundo.-Ordenar la publicación en el "Boletín Oficial del Estado" de
la ampliación de la beca reconocida en esta Resolución en los términos
previstos por la citada Orden Ministerial de 26 de marzo de 1992, y
Resolución de 22 de marzo de 2001.
Contra la presente Resolución, que pone fin a la vía administrativa,
se puede interponer el recurso contencioso-administrativo ante los
Juzgados Centrales de lo Contencioso-Administrativo, en el plazo de dos meses,
contados desde el día siguiente al de su notificación, de conformidad con
la Ley 29/1998, de 13 de julio, de dicha jurisdicción. Potestativamente
podrá interponer contra dicha resolución, en el plazo de un mes, recurso
administrativo, previo al contencioso-administrativo, ante el órgano que
dicta la resolución, conforme a lo establecido en el artículo 116 de la
Ley 30/1992, de 26 de noviembre, modificada por la Ley 4/1999, de 13
de enero ("Boletín Oficial del Estado" del 14). Todo ello, sin perjuicio de
que se utilice cualquier otra vía que se considere oportuna.
Madrid, 23 de septiembre de 2002.-El Presidente, P. D. (Resolución
de 29 de diciembre de 2000, "Boletín Oficial del Estado" de 12 de febrero
de 2001), el Secretario general, Rafael Rodríguez-Ponga y Salamanca.
Ilmo. Sr. Director general de Relaciones Culturales y Científicas.
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