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Documento BOE-A-2002-21156

Resolución de 15 de octubre de 2002, de la Secretaría de Estado de Educación y Universidades, por la que se conceden ayudas de la modalidad «Estancias de Doctores y Tecnólogos extranjeros en España», dentro del Programa «Estancias de Profesores, Investigadores, Doctores y Tecnólogos extranjeros en España».

Publicado en:
«BOE» núm. 261, de 31 de octubre de 2002, páginas 38405 a 38405 (1 pág.)
Sección:
III. Otras disposiciones
Departamento:
Ministerio de Educación, Cultura y Deporte
Referencia:
BOE-A-2002-21156

TEXTO ORIGINAL

Por Resolución de 31 de enero de 2002 («Boletín Oficial del Estado» de 20 de febrero) de la Secretaría de Estado de Educación y Universidades se convocó el Programa Nacional de ayudas para la movilidad de profesores de Universidad e investigadores españoles y extranjeros.

Por Resolución de 23 de agosto de 2002 se denegó la solicitud presentada por el profesor/investigador que figura en el anexo. Una vez examinadas las alegaciones presentadas por el interesado, la Comisión de Selección ha propuesto la concesión de la ayuda solicitada, por lo que, de conformidad con lo establecido en el punto 3.2 de la Resolución de 31 de enero de 2002, he resuelto:

Primero.

La concesión de la subvención relacionada en el anexo al organismo que se señala, destinada a la financiación de la estancia del doctor Rychecki en España, por un importe total de veinticuatro mil quinientos euros (24.500,00 euros).

Segundo.

El gasto será imputado a la aplicación presupuestaria 18.07.541A .781 de los vigentes Presupuestos Generales del Estado, con el desglose siguiente:

Ejercicio 2002: 6.000,00 euros.

Ejercicio 2003: 18.500,00 euros.

El pago del importe correspondiente a ejercicios futuros queda supeditado a la aprobación de los correspondientes créditos de los Presupuestos Generales del Estado.

Tercero.

El organismo perceptor de la subvención presentará certificación que acredite que su importe se ha incorporado a su contabilidad, en el plazo de un mes a contar desde su percibo.

La subvención quedará afecta a los fines para los que se otorga. Dentro de los tres meses siguientes a la finalización de la estancia, el organismo perceptor deberá justificar el cumplimiento de los fines de la ayuda recibida, mediante certificación de la gerencia o servicio de contabilidad de las universidades u organismos públicos de investigación beneficiarios que acredite la aplicación desglosada de los fondos percibidos, debiendo presentar fotocopia del reintegro al Tesoro Público de los fondos no utilizados.

Cuarto.

Los beneficiarios quedan obligados al cumplimiento de lo establecido en el punto B.8 del anexo B de la convocatoria de 31 de enero de 2002.

Contra la presente Resolución, que pone fin a la vía administrativa, cabe interponer, en el plazo de un mes, recurso potestativo de reposición al amparo de los artículos 116 y 117 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, modificada por la Ley 4/1999, de 13 de enero. Asimismo, podrá interponer recurso contencioso-administrativo ante la Sala de lo Contencioso-Administrativo de la Audiencia Nacional, conforme a lo establecido en el artículo 11.1 de la Ley /1998, de 13 de julio, reguladora de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa y artículo 66 de la Ley Orgánica 6/1985, de 1 de julio, del Poder Judicial, en la redacción dada por la Ley Orgánica 6/1998, de 13 de julio, en el plazo de dos meses a contar desde el día siguiente a la fecha de su notificación, que establece el artículo 46.1 de la citada Ley 29/1998. Dicho recurso no podrá ser interpuesto hasta que el anterior recurso potestativo de reposición, en el supuesto de haberse presentado, sea resuelto expresamente o se haya producido la desestimación presunta.

Madrid, 15 de octubre de 2002.–El Secretario de Estado, Julio Iglesias de Ussel.

Ilma. Sra. Subdirectora general de Formación y Movilidad de Profesorado Universitario.

ANEXO

Organismo: Universidad Autónoma de Madrid. Referencia: SB2001-0081. Investigador extranjero: Rychecki Hecktheuer, Fabrio. Responsable español: Alonso Tapia, Jesús. Centro: Dpto. Psicología Biológica y de la Salud. Fecha de inicio: 1 de noviembre de 2002. Fecha de fin: 31 de octubre de 2002. Mensualidad: 1.850. Viaje: 2.300. Ejercicio 2002 concedido: 6.000. Ejercicio 2003 concedido: 18.500. Suma ejercicio 2002: 6.000. Suma ejercicio 2003: 18.500.

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