Examinado el expediente de inscripción de la "Fundación para la
Investigación en Contabilidad y Auditoría", en el Registro de Fundaciones del
Ministerio de Educación, Cultura y Deporte, según lo dispuesto en la
Ley 30/1994, de 24 de noviembre, de Fundaciones y de Incentivos Fiscales
a la Participación Privada en Actividades de Interés General, en el
Reglamento de Fundaciones de Competencia Estatal, aprobado por Real
Decreto 316/1996, de 23 de febrero ("Boletín Oficial del Estado" de 6 de marzo)
y en el Reglamento del Registro de Fundaciones de Competencia Estatal,
aprobado por Real Decreto 384/1996, de 1 de marzo ("Boletín Oficial del
Estado" del 29),
Antecedentes de hecho
Primero. Constitución de la Fundación.-La Fundación
anteriormente citada fue constituida por don Bernabé Escobar Pérez, don Guillermo
Sierra Molina, don José Moreno Rojas, doña María del Pilar de Fuentes
Ruiz, don Fernando Rodríguez Franco, doña María Aranzazu Muñoz
Usabiaga, doña Lucía Borrero Bejarano, don José Antonio Mallado Rodríguez,
don Manuel Orta Pérez, don José Ángel Pérez López, doña Carmen Núñez
García, don Diego López Herrera, don Antonio Alberto Rafael García
Álvarez Rementería, don Mariano Sánchez Barrios y doña Miriam Núñez
Torrado en Sevilla el 12 de diciembre de 2001, según consta en la escritura
pública número seis mil ochocientos setenta y cinco, otorgada ante el
notario del Ilustre Colegio de Sevilla don Arturo Otero López-Cubero,
subsanada y rectificada en la escritura de 26 de julio de 2002, autorizada
por el mismo notario, con el número seis mil quinientos ochenta y cinco.
Segundo. Domicilio y ámbito de la Fundación.-El domicilio de la
Fundación quedó establecido en la Facultad de Ciencias Económicas y
Empresariales de la Universidad de Sevilla, Departamento de Contabilidad
y Economía Financiera, sita en Sevilla, avenida de Ramón y Cajal, sin
número, y su ámbito es estatal.
Tercero. Dotación.-Se estableció como dotación de la Fundación la
cantidad de nueve mil quince euros y nueve céntimos (9.015,09 euros).
La dotación, totalmente desembolsada, consiste en efectivo metálico
ingresado en entidad bancaria.
Cuarto. Fines de la Fundación.-En los Estatutos que han de regir
la Fundación, incorporados a la escritura de constitución a que se refiere
el antecedente de hecho primero, figuran como fines de la Fundación los
siguientes: "El fomento de la investigación en las disciplinas científicas
de Contabilidad y Auditoría. Dicho fin fundacional se conseguirá a través
de actividades tales como: Promoción y organización de congresos,
seminarios, jornadas, cursos...; fomento de publicaciones científicas; promoción
de intercambios de carácter nacional e internacional; apoyo técnico y
académico a las tareas investigadoras y cualesquiera otras que tengan como
objetivo el fomento de la investigación, tanto teórica como aplicada, y
la difusión a cualquier nivel de los resultados de la misma y de los avances
experimentados en las disciplinas científicas de Contabilidad y Auditoría".
Quinto. Patronato.-El gobierno, representación y administración de
la Fundación se encomienda a un Patronato, cuyos miembros ejercerán
sus cargos de Patrono gratuitamente y que se obliga a la rendición de
cuentas al Protectorado.
Inicialmente, el Patronato queda constituido por: Presidente, don
Guillermo Sierra Molina; Secretario, don José Moreno Rojas; Vocales, don
Bernabé Escobar Pérez, doña María del Pilar de Fuentes Ruiz, don
Fernando Rodríguez Franco, doña María Aranzazu Muñoz Usabiaga, doña
Lucía Borrero Bejarano, don José Antonio Mallado Rodríguez, don Manuel
Orta Pérez, don José Ángel Pérez López, doña Carmen Núñez García, don
Diego López Herrera, don Antonio Alberto Rafael García Álvarez
Rementería, don Mariano Sánchez Barrios y doña Miriam Núñez Torrado.
En la escritura de constitución consta la aceptación de los cargos
indicados.
Se designa a los miembros del Comité Ejecutivo, constituido por el
Presidente del Patronato, don Guillermo Sierra Molina; el Secretario del
Patronato, don José Moreno Rojas; como Tesorero del Comité Ejecutivo,
don Bernabé Escobar Pérez, y como Vocales del Comité Ejecutivo, don
Diego López Herrera y don Manuel Orta Pérez.
Fundamentos jurídicos
Primero.-Resultan de aplicación para la resolución del expediente:
El artículo 34 de la Constitución Española, que reconoce el derecho
a fundar para fines de interés general.
La Ley 30/1994, de 24 de noviembre, de Fundaciones y de Incentivos
Fiscales a la Participación Privada en Actividades de Interés General.
El Reglamento de Fundaciones de Competencia Estatal, aprobado por
Real Decreto 316/1996, de 23 de febrero ("Boletín Oficial del Estado" de 6
de marzo).
El Reglamento del Registro de Fundaciones de Competencia Estatal,
aprobado por Real Decreto 384/1996, de 1 de marzo ("Boletín Oficial del
Estado" del 29).
El Reglamento de Fundaciones Culturales Privadas y Entidades
Análogas y de los Servicios Administrativos encargados de las mismas,
aprobado por Decreto 2930/1972, de 21 de julio ("Boletín Oficial del Estado"
de 30 de octubre), en cuanto no haya sido derogado por las disposiciones
anteriormente citadas.
La Orden de la Ministra de Educación, Cultura y Deporte, de 1 de
febrero de 2001 ("Boletín Oficial del Estado" del 9), en virtud de la cual
se delegan en el Secretario general técnico del Departamento las
competencias relativas al Protectorado de Fundaciones que corresponden al
mismo.
Segundo.-Según el artículo 36.2 de la Ley 30/1994, la inscripción de
las Fundaciones requerirá el informe favorable del Protectorado en cuanto
a la persecución de fines de interés general y a la suficiencia de la dotación,
procediendo, en este caso, un pronunciamiento favorable sobre ambos
extremos.
Tercero.-Según la disposición transitoria única del Reglamento del
Registro de Fundaciones de Competencia Estatal, hasta tanto no entre
en funcionamiento dicho Registro, subsistirán los actualmente existentes,
por lo que procede la inscripción de la "Fundación para la Investigación
en Contabilidad y Auditoría" en el Registro de Fundaciones del Ministerio
de Educación, Cultura y Deporte.
Por todo lo cual, este Ministerio, previo informe del Servicio Jurídico
del Departamento, ha dispuesto acordar la inscripción en el Registro de
Fundaciones del Departamento de la denominada "Fundación para la
Investigación en Contabilidad y Auditoría", de ámbito estatal, con domicilio
en la Facultad de Ciencias Económicas y Empresariales de la Universidad
de Sevilla, Departamento de Contabilidad y Economía Financiera, sita en
Sevilla, avenida de Ramón y Cajal, sin número, así como del Patronato
cuya composición figura en el quinto de los antecedentes de hecho.
Notifíquese a los interesados a los efectos previstos en el artículo 58.2
de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las
Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común,
modificada por la Ley 4/1999, de 13 de enero.
Madrid, 10 de octubre de 2002.-P. D. (Orden de 1 de febrero de 2001,
"Boletín Oficial del Estado" del 9), el Secretario general técnico, José Luis
Cádiz Deleito.
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