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Documento BOE-A-2002-21317

Orden ECD/2721/2002, de 10 de octubre, por la que se inscribe en el Registro de Fundaciones la denominada «Fundación para la Investigación en Contabilidad y Auditoría», de Sevilla.

Publicado en:
«BOE» núm. 263, de 2 de noviembre de 2002, páginas 38839 a 38840 (2 págs.)
Sección:
III. Otras disposiciones
Departamento:
Ministerio de Educación, Cultura y Deporte
Referencia:
BOE-A-2002-21317

TEXTO ORIGINAL

Examinado el expediente de inscripción de la «Fundación para la Investigación en Contabilidad y Auditoría», en el Registro de Fundaciones del Ministerio de Educación, Cultura y Deporte, según lo dispuesto en la Ley 30/1994, de 24 de noviembre, de Fundaciones y de Incentivos Fiscales a la Participación Privada en Actividades de Interés General, en el Reglamento de Fundaciones de Competencia Estatal, aprobado por Real Decreto 316/1996, de 23 de febrero («Boletín Oficial del Estado» de 6 de marzo) y en el Reglamento del Registro de Fundaciones de Competencia Estatal, aprobado por Real Decreto 384/1996, de 1 de marzo («Boletín Oficial del Estado» del 29),

Antecedentes de hecho

Primero. Constitución de la Fundación.

La Fundación anteriormente citada fue constituida por don Bernabé Escobar Pérez, don Guillermo Sierra Molina, don José Moreno Rojas, doña María del Pilar de Fuentes Ruiz, don Fernando Rodríguez Franco, doña María Aranzazu Muñoz Usa-biaga, doña Lucía Borrero Bejarano, don José Antonio Mallado Rodríguez, don Manuel Orta Pérez, don José Ángel Pérez López, doña Carmen Núñez García, don Diego López Herrera, don Antonio Alberto Rafael García Álva-rez Rementería, don Mariano Sánchez Barrios y doña Miriam Núñez Torrado en Sevilla el 12 de diciembre de 2001, según consta en la escritura pública número seis mil ochocientos setenta y cinco, otorgada ante el notario del Ilustre Colegio de Sevilla don Arturo Otero López-Cubero, subsanada y rectificada en la escritura de 26 de julio de 2002, autorizada por el mismo notario, con el número seis mil quinientos ochenta y cinco.

Segundo. Domicilio y ámbito de la Fundación.

El domicilio de la Fundación quedó establecido en la Facultad de Ciencias Económicas y Empresariales de la Universidad de Sevilla, Departamento de Contabilidad y Economía Financiera, sita en Sevilla, avenida de Ramón y Cajal, sin número, y su ámbito es estatal.

Tercero. Dotación.

Se estableció como dotación de la Fundación la cantidad de nueve mil quince euros y nueve céntimos (9.015,09 euros).

La dotación, totalmente desembolsada, consiste en efectivo metálico ingresado en entidad bancaria.

Cuarto. Fines de la Fundación.

En los Estatutos que han de regir la Fundación, incorporados a la escritura de constitución a que se refiere el antecedente de hecho primero, figuran como fines de la Fundación los siguientes: «El fomento de la investigación en las disciplinas científicas de Contabilidad y Auditoría. Dicho fin fundacional se conseguirá a través de actividades tales como: Promoción y organización de congresos, seminarios, jornadas, cursos...; fomento de publicaciones científicas; promoción de intercambios de carácter nacional e internacional; apoyo técnico y académico a las tareas investigadoras y cualesquiera otras que tengan como objetivo el fomento de la investigación, tanto teórica como aplicada, y la difusión a cualquier nivel de los resultados de la misma y de los avances experimentados en las disciplinas científicas de Contabilidad y Auditoría».

Quinto. Patronato.

El gobierno, representación y administración de la Fundación se encomienda a un Patronato, cuyos miembros ejercerán sus cargos de Patrono gratuitamente y que se obliga a la rendición de cuentas al Protectorado.

Inicialmente, el Patronato queda constituido por: Presidente, don Gui-llermo Sierra Molina; Secretario, don José Moreno Rojas; Vocales, don Bernabé Escobar Pérez, doña María del Pilar de Fuentes Ruiz, don Fer-nando Rodríguez Franco, doña María Aranzazu Muñoz Usabiaga, doña Lucía Borrero Bejarano, don José Antonio Mallado Rodríguez, don Manuel Orta Pérez, don José Ángel Pérez López, doña Carmen Núñez García, don Diego López Herrera, don Antonio Alberto Rafael García Álvarez Remen-tería, don Mariano Sánchez Barrios y doña Miriam Núñez Torrado.

En la escritura de constitución consta la aceptación de los cargos indicados.

Se designa a los miembros del Comité Ejecutivo, constituido por el Presidente del Patronato, don Guillermo Sierra Molina; el Secretario del Patronato, don José Moreno Rojas; como Tesorero del Comité Ejecutivo, don Bernabé Escobar Pérez, y como Vocales del Comité Ejecutivo, don Diego López Herrera y don Manuel Orta Pérez.

Fundamentos jurídicos

Primero.

Resultan de aplicación para la resolución del expediente:

El artículo 34 de la Constitución Española, que reconoce el derecho a fundar para fines de interés general.

La Ley 30/1994, de 24 de noviembre, de Fundaciones y de Incentivos Fiscales a la Participación Privada en Actividades de Interés General. El Reglamento de Fundaciones de Competencia Estatal, aprobado por

Real Decreto 316/1996, de 23 de febrero («Boletín Oficial del Estado» de 6 de marzo).

El Reglamento del Registro de Fundaciones de Competencia Estatal, aprobado por Real Decreto 384/1996, de 1 de marzo («Boletín Oficial del Estado» del 29).

El Reglamento de Fundaciones Culturales Privadas y Entidades Análogas y de los Servicios Administrativos encargados de las mismas, aprobado por Decreto 2930/1972, de 21 de julio («Boletín Oficial del Estado» de 30 de octubre), en cuanto no haya sido derogado por las disposiciones anteriormente citadas.

La Orden de la Ministra de Educación, Cultura y Deporte, de 1 de febrero de 2001 («Boletín Oficial del Estado» del 9), en virtud de la cual se delegan en el Secretario general técnico del Departamento las competencias relativas al Protectorado de Fundaciones que corresponden al mismo.

Segundo.

Según el artículo 36.2 de la Ley 30/1994, la inscripción de las Fundaciones requerirá el informe favorable del Protectorado en cuanto a la persecución de fines de interés general y a la suficiencia de la dotación, procediendo, en este caso, un pronunciamiento favorable sobre ambos extremos.

Tercero.

Según la disposición transitoria única del Reglamento del Registro de Fundaciones de Competencia Estatal, hasta tanto no entre en funcionamiento dicho Registro, subsistirán los actualmente existentes, por lo que procede la inscripción de la «Fundación para la Investigación en Contabilidad y Auditoría» en el Registro de Fundaciones del Ministerio de Educación, Cultura y Deporte.

Por todo lo cual, este Ministerio, previo informe del Servicio Jurídico del Departamento, ha dispuesto acordar la inscripción en el Registro de Fundaciones del Departamento de la denominada «Fundación para la Investigación en Contabilidad y Auditoría», de ámbito estatal, con domicilio en la Facultad de Ciencias Económicas y Empresariales de la Universidad de Sevilla, Departamento de Contabilidad y Economía Financiera, sita en Sevilla, avenida de Ramón y Cajal, sin número, así como del Patronato cuya composición figura en el quinto de los antecedentes de hecho.

Notifíquese a los interesados a los efectos previstos en el artículo 58.2 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, modificada por la Ley 4/1999, de 13 de enero.

Madrid, 10 de octubre de 2002.‒P. D. (Orden de 1 de febrero de 2001, «Boletín Oficial del Estado» del 9), el Secretario general técnico, José Luis Cádiz Deleito.

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