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Documento BOE-A-2002-21728

Orden ECD/2769/2002, de 25 octubre, por la que se convocan plazas de Auxiliares de Conversación de Lengua Española en centros docentes de Austria, Bélgica, Canadá, Estados Unidos, Francia, Irlanda, Italia, Reino Unido, República Federal de Alemania y Nueva Zelanda.

Publicado en:
«BOE» núm. 268, de 8 de noviembre de 2002, páginas 39616 a 39624 (9 págs.)
Sección:
III. Otras disposiciones
Departamento:
Ministerio de Educación, Cultura y Deporte
Referencia:
BOE-A-2002-21728

TEXTO ORIGINAL

En aplicación de los Convenios Bilaterales de Cooperación Cultural,

Científica y Técnica entre España y Austria, Bélgica, Francia, Irlanda, Italia,

República Federal de Alemania, Reino Unido y Nueva Zelanda y de los

Memoranda suscritos con diversos Estados y Distritos de Estados Unidos

de América y Canadá, se viene realizando un intercambio de Auxiliares

de Conversación con destino en centros docentes de los países mencionados

con anterioridad, excepto con los Estados Unidos de América donde el

programa tiene carácter unilateral y solamente auxiliares españoles

desempañan su labor en centros docentes estadounidenses.

Este programa persigue una doble finalidad: Por una parte, facilitar

a los Auxiliares de Conversación el perfeccionamiento del idioma de su

país de destino a la vez que enseñan su lengua de origen y, por otra

integrar en los centros españoles expertos en la promoción y enseñanza

de lenguas extranjeras.

Para dar cumplimiento a lo anterior, este Ministerio ha dispuesto

aprobar las siguientes bases reguladoras de procedimiento de selección de

los candidatos españoles a Auxiliares de Conversación.

1. Países y número de puestos

1.1 Se convocan plazas de auxiliares de conversación de lengua

española para el curso escolar 2003-2004 en centros docentes de Austria,

Bélgica, Canadá, Estados Unidos de América, Francia, Irlanda, Italia, Reino

Unido, República Federal de Alemania y Nueva Zelanda, cuya cifra

aproximada será la que aparece en la siguiente distribución:

Austria: Cuatro Auxiliares.

Bélgica: Cinco Auxiliares.

Canadá: Tres Auxiliares.

Estados Unidos: 15 Auxiliares.

Francia: 400 Auxiliares en Francia con posibilidad de incremento,

cuatro en Antillas-Guayana y 10 en la Isla de Reunión.

Irlanda: 12 Auxiliares.

Italia: 10 Auxiliares.

Reino Unido: 200 Auxiliares.

República Federal de Alemania: 80 Auxiliares.

Nueva Zelanda: Dos Auxiliares.

1.2 Conforme a lo establecido en los programas de Cooperación

Educativa firmados con los distintos países y los Memoranda de entendimiento

firmados con los estados norteamericanos, el número de plazas puede

sufrir modificaciones, en base a las necesidades educativas detectadas

en la planificación escolar final.

2. Requisitos de los candidatos

Los candidatos deberán cumplir los siguientes requisitos:

a) Tener la nacionalidad española.

b) No haber sido seleccionado auxiliar de conversación en países del

mismo idioma que se solicita en las tres últimas convocatorias.

c) Ser estudiante de último curso o poseer alguna de las siguientes

titulaciones:

Filología, en la especialidad de Filología Alemana, Francesa, Inglesa

o Italiana, de acuerdo con la lengua del país solicitado.

Traducción e Interpretación Lingüística, en el caso de que la primera

lengua extranjera sea la correspondiente al país solicitado.

Magisterio, especialidad de lengua extranjera: Francés, Inglés o Alemán,

de acuerdo con la lengua del país solicitado.

d) Respecto a este último requisito:

En el caso de Estados Unidos y Canadá no podrán participar los

estudiantes de último curso de carrera.

En el caso de Francia y Bélgica se admitirá igualmente cualquier otra

licenciatura, siempre y cuando acrediten conocimiento del idioma francés,

aunque tendrán preferencia los candidatos que posean la titulación

mencionada en el apartado c).

3. Solicitudes

Los interesados formularán por triplicado la instancia (anexo I),

haciendo constar en la misma los países a los que se opte.

La instancia, debidamente cumplimentada y firmada, se acompañará

de la siguiente documentación:

a) Fotocopia del documento nacional de identidad.

b) Tres fotografías tamaño carnet.

c) Certificado médico oficial (original y fotocopia) que acredite que

el interesado posee la capacidad funcional necesaria para desempeñar

el puesto de auxiliar de conversación.

d) Certificación académica de estudios (fotocopia compulsada de la

misma) en la que conste la calificación media numérica, con indicación

expresa de que el titular de la certificación tiene aprobadas todas las

asignaturas del plan de estudios.

e) En el caso de estudiantes de último curso: certificación académica

de estudios (fotocopia compulsada de la misma) en la que consten las

calificaciones numéricas obtenidas en cada asignatura, con indicación

expresa de que el titular de la certificación cursa el último año del plan

de estudios.

f) Escrito redactado por el interesado en la lengua del país que

corresponda explicando los motivos que le inducen a solicitar esta estancia.

g) Documentación acreditativa (fotocopias compulsadas) de los

méritos alegados conforme al baremo establecido en el anexo II de esta

convocatoria.

4. Forma y plazo de presentación de solicitudes

4.1 Las solicitudes, dirigidas al Ilmo. Sr. Secretario general Técnico

del Ministerio de Educación, Cultura y Deporte, se presentarán en el

Registro General del Ministerio de Educación, Cultura y Deporte, calle los

Madrazo, 17, 28071 Madrid ; en el Registro Auxiliar del Ministerio de Educación,

Cultura y Deporte, del Paseo del Prado, 28, 28071 Madrid ; en los Registros

de las Consejerías de Educación de las Comunidades Autónomas ; en las

Representaciones Diplomáticas u Oficinas Consulares de España en el

extranjero o en cualquiera de las dependencias previstas en el artículo 38.4

de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las

Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común,

modificada por la Ley 4/1999, de 13 de enero. En el caso de que los candidatos

optaran por presentar su solicitud en una oficina de Correos, lo harán

en sobre abierto para que pueda ser fechada y sellada por el funcionario

antes de ser certificada, para acreditar la presentación dentro de plazo.

4.2 El plazo de presentación de las solicitudes finalizará el día 31

de diciembre de 2002.

5. Admisión de candidatos

Transcurrido el plazo de presentación de solicitudes mencionado en

la base anterior, y antes de someter las propuestas de selección de

candidatos al órgano competente, se hará pública en el tablón de anuncios

del Servicio de información del Ministerio de Educación, Cultura y Deporte

en la primera quincena del mes de marzo y a través de la página web

del Ministerio: http://www.mec.es/sgci/bil/index.htm la lista provisional

de admitidos y excluidos. En el supuesto de exclusión deberá constar

la causa de la misma.

En el plazo de diez días hábiles, contados a partir del siguiente al

de su publicación, los aspirantes podrán presentar su reclamación o

subsanar el defecto que haya motivado la exclusión. Las reclamaciones se

dirigirán a la Secretaría General Técnica del Ministerio de Educación,

Cultura y Deporte (Subdirección General de Cooperación Internacional, paseo

del Prado, 28, 28071 Madrid).

6. Evaluación

6.1 Los expedientes de los candidatos serán evaluados por una

comisión de valoración integrada por cinco funcionarios de carrera con destino

en el Ministerio de Educación, Cultura y Deporte, designados por el Ilmo.

Sr. Subdirector general de Cooperación Internacional. Dicha comisión

evaluadora podrá recabar, en cualquier documento, la colaboración de

expertos.

6.2 La evaluación de los méritos alegados y acreditados

documentalmente por los candidatos, se realizará de acuerdo con lo señalado en

el baremo que figura como anexo II a la presente convocatoria.

6.3 Sólo serán tenidos en cuenta los méritos alegados y justificados

debidamente, mediante fotocopias compulsadas, presentados dentro del

plazo al que se refiere el apartado 4 de la convocatoria.

6.4 La Comisión de valoración propondrá la lista definitiva de

candidatos conforme a la puntuación obtenida, a las correspondientes

Subcomisiones Mixtas Bilaterales, que realizarán la selección definitiva de

candidatos. Por parte española estas Subcomisiones Mixtas estarán

presididas por el Subdirector general de Cooperación Internacional o

funcionario en quien delegue e integradas por uno o varios funcionarios

designados por la Subdirección General de Cooperación Internacional. En el

caso de Estados Unidos y Canadá la Comisión de valoración propondrá

la lista definitiva de candidatos conforme a la puntuación obtenida, a

la Subdirección General de Cooperación Internacional, que realizará la

selección definitiva de candidatos.

7. Resolución de la convocatoria y nombramiento

7.1 Las correspondientes Subcomisiones Mixtas elevarán la relación

de candidatos seleccionados al Ilmo. Sr. Secretario general Técnico. En

el caso de Estados Unidos y Canadá dichas relaciones serán elevadas por

la Subdirección General de Cooperación Internacional.

7.2 El Secretario general Técnico por delegación de la Ministra de

Educación, Cultura y Deporte, dictará resolución que contenga la relación

de candidatos seleccionados así como los que quedan en lista de espera.

7.3 Esta resolución se publicará en el "Boletín Oficial del Estado".

Simultáneamente se pondrá a disposición de los interesados dicha

información a través de la página web del Ministerio de Educación, Cultura

y Deporte: http://www.mec.es/sgci/bil/index.htm

7.4 Contra esta resolución podrá interponerse recurso

contencioso-administrativo ante la Sala de lo Contencioso-Administrativo de la Audiencia

Nacional, conforme a lo establecido en el artículo 11.1 de la Ley 29/1998,

de 13 de julio, reguladora de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa,

y artículo 66 de la Ley Orgánica 6/1985, de 1 de julio, del Poder Judicial,

en la redacción dada por la Ley Orgánica 6/1998, de 13 de julio, en el

plazo de dos meses, a contar desde el día siguiente a la fecha de publicación

en el "Boletín Oficial del Estado", de acuerdo con lo dispuesto en el artículo

46.1 de la citada Ley 29/1998.

Asimismo, podrá ser recurrida potestativamente en reposición ante

este Ministerio, en el plazo de un mes, a partir del día siguiente a su

publicación en el "Boletín Oficial del Estado", de acuerdo con lo dispuesto

en los artículos 116 y 117 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de

Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento

Administrativo Común, en la redacción dada por la Ley 4/1999, de 13

de enero.

7.5 Las autoridades de los terceros países comunicarán directamente

a los candidatos que resulten seleccionados de forma definitiva los Centros

en los que ejercerán sus funciones, otorgándoles la correspondiente

credencial o nombramiento.

7.6 El plazo máximo para resolver este procedimiento es de seis meses,

contados a partir del día siguiente al de la finalización del plazo de

presentación de solicitudes.

8. Aceptaciones y renuncias

8.1 Tras recibir la credencial citada, con indicación del Centro

docente, los interesados comunicarán su aceptación a la autoridad del país

correspondiente en las siguientes direcciones:

Austria: Bundesministerium für Unterricht und Kunst. Wissenschft und

Forschung. Dr. Ignaz Seipel-platz, 2-Viena.

Bélgica: Ministère de l'Education Nationale et de la Culture Française.

Commissariat Général aux Relations Internationales (Communauté

Wallonie Bruxelles), Av. Louise, 65. B-1050 Bruselas.

Estados Unidos y Canadá: Consejería de Educación en Estados Unidos,

2375 Pennsylvania Av., N.W. Washington D.C. 20037.

Francia: Centre International d'Etudes Pédagógiques. Department

Echanges et Enseignement International, 1 avenue León Journault - 92318

Sèvres (Francia).

Irlanda: Department of Education and Science, International Section,

Marborought Street, Dublin 1.

Italia: direzione Generali degli Scambi Culturali (Divisione 1).

Minisgtero della Pubblica Istruzione. Via Hipólito Nievo, 35. 00153 Roma.

Reino Unido: Education and Training Group, The British Council, 10

Spring Gardens. Londres Sw1A 2BN.

Alemania: Pädagogischer Austauschdienst. Lennestrasse, 6, postfach

2240, 53113 Bonn, 1.

Nueva Zelanda: Association of Colleges of Education in New Zealand,

Level 15, 111 The Terrace, P.O. Box 10-298, Wellington.

8.2 En el caso de resultar imposible la aceptación del centro

adjudicado por parte del candidato, éste deberá remitir su escrito de renuncia,

con la máxima urgencia, a las autoridades del país de destino. Copia de

este escrito será enviada a la Subdirección General de Cooperación

Internacional. La no aceptación del Centro por parte del interesado no obliga

a dichas Autoridades a ofrecerle otro diferente.

8.3 Transcurrido un mes desde la publicación de las listas de

seleccionados en el "Boletín Oficial del Estado", no se aceptará renuncia alguna,

salvo casos excepcionales acreditados documentalmente y así estimados

por la Subdirección General de Cooperación Internacional.

9. Régimen

9.1 Los Auxiliares de Conversación de Lengua Española serán

adscritos por las Autoridades correspondientes a los distintos centros de

enseñanza donde ejercerán sus funciones como ayudantes de prácticas de

conversación, bajo la dirección de un profesor titular, durante doce horas

semanales. En el caso de Estados Unidos y Canadá los auxiliares de

conversación de lengua española serán adscritos por las autoridades

norteamericanas a un centro de enseñanza primaria o secundaria y ejercerán

sus funciones como ayudantes de prácticas de conversación, bajo la

dirección del Profesor titular, de dieciséis a veinte horas semanales.

9.2 Al finalizar el curso académico la Subdirección General de

Cooperación Internacional expedirá a los auxiliares de conversación que así

lo soliciten un certificado acreditativo de las horas impartidas conforme

al punto anterior.

9.3 Los Auxiliares de Conversación percibirán, con cargo a los

presupuestos del país de destino, en concepto de gastos de alojamiento y

manutención las siguientes cantidades que se indican a título orientativo:

Austria: 882,10 euros mensuales.

Bélgica: 442,89 euros mensuales.

Estados Unidos y Canadá: Los Auxiliares de Conversación percibirán,

con cargo a la aplicación presupuestaria 18.02.134.B.481 de los

Presupuestos Generales del Estado, la suma de 750 dólares mensuales.

Igualmente las autoridades educativas españolas asumirán los costes que

aseguran la correcta cobertura de los riesgos médicos sanitarios, por un

importe de 18.030,36 euros, con cargo a la aplicación presupuestaria

18.02.134.B.481. El alojamiento, facilitado por las autoridades educativas

norteamericanas, será gratuito en familias o apartamentos y, en todo caso,

con derecho a una habitación individual.

Francia: 908 euros brutos mensuales en Francia ; 899,14 euros en

Antillas-Guayana y 986,65 euros en la Isla de Reunión.

Irlanda: 629,79 euros mensuales.

Italia: 547,44 euros mensuales.

Alemania: 700,47 euros mensuales.

Reino Unido: Una suma global del orden de 4.779 libras esterlinas

(variable según las regiones) en asignaciones mensuales por la totalidad

del curso académico.

Nueva Zelanda: 18.600 dólares neozelandeses por la totalidad del curso

académico.

9.4 Los gastos de desplazamiento al país de destino y regreso correrán

a cargo de los candidatos seleccionados.

9.5 Se autoriza a la Secretaría General Técnica a adoptar las medidas

necesarias para el cumplimiento de lo dispuesto en la presente Orden.

10. Formación inicial

Los candidatos seleccionados para Estados Unidos y Canadá serán

convocados a unas Jornadas de Información que según el caso, se

celebrarán en Estados Unidos o Madrid. En el último caso, los gastos de

alojamiento y manutención, que ascenderán a un total de 3.005,06 euros,

serán asumidos por el Ministerio de Educación, Cultura y Deporte, con

cargo a los créditos del Departamento, aplicación presupuestaria

18.02.134B.481.

11. Retirada de la documentación

Transcurrido un mes desde la publicación de la resolución de la

convocatoria en el "Boletín Oficial del Estado", la documentación presentada

por los candidatos no seleccionados como titulares o como reservas podrá

retirarse de la Subdirección General de Cooperación Internacional, paseo

del Prado, 28, 2.a planta, 28071 Madrid, hasta el 30 de diciembre de 2003,

directamente por los interesados o por persona autorizada o solicitar su

devolución por correo. En el caso de no solicitarse dicha devolución se

procederá a su destrucción.

12. Recurso

Contra la presente Orden podrá interponerse recurso

contencioso-administrativo ante la Sala de lo Contencioso-Administrativo de la Audiencia

Nacional, conforme a lo establecido en el artículo 11.1 de la Ley 29/1998,

de 13 de julio, reguladora de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa,

y artículo 66 de la Ley Orgánica 6/1985, de 1 de julio, del Poder Judicial,

en la redacción dada por la Ley Orgánica 6/1998, de 13 de julio, en el

plazo de dos meses, a contar desde el día siguiente a la fecha de su

publicación en el "Boletín Oficial del Estado", de acuerdo con lo dispuesto en

el artículo 46.1 de la citada Ley 29/1998.

Asimismo, podrá ser recurrida potestativamente en reposición ante

este Ministerio, en el plazo de un mes, a partir del día siguiente a su

publicación en el "Boletín Oficial del Estado", de acuerdo con lo dispuesto

en los artículos 116 y 117 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de

Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento

Administrativo Común, en la redacción dada por la Ley 4/1999, de 13

de enero.

13. Información

Cualquier información sobre esta convocatoria podrá obtenerse en el

Servicio de Información y Asuntos Generales del Ministerio de Educación,

Cultura y Deporte, Alcalá, 36, 28071 Madrid, así como a través de la página

web del Ministerio: http://www.mec.es/sgci/bil/index.htm y en el teléfono

91 506 55 94.

Lo que digo a V.I., para su conocimiento y efectos.

Madrid, 25 de octubre de 2002.

DEL CASTILLO VERA

Ilmo. Sr. Secretario general Técnico.

SIGUEN ANEXOS (Ver imágenes páginas 39620 a 39624)

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