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Documento BOE-A-2002-21842

Resolución 232/2002, de 31 de octubre, de la Subsecretaría, por la que se da publicidad al convenio de colaboración entre el Ministerio de Defensa y la Consejería de Administraciones Públicas de la Junta de Comunidades de Castilla-La Mancha.

Publicado en:
«BOE» núm. 270, de 11 de noviembre de 2002, páginas 39765 a 39766 (2 págs.)
Sección:
III. Otras disposiciones
Departamento:
Ministerio de Defensa
Referencia:
BOE-A-2002-21842

TEXTO ORIGINAL

Suscrito el 3 de septiembre de 2002, Convenio entre el Ministerio de

Defensa y La Consejería de Administraciones Públicas de la Junta de

Comunidades de Castilla-La Mancha en cumplimiento de lo dispuesto en el

apartado dos del artículo 8 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen

Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento

Administrativo Común, procede la publicación en el "Boletín Oficial del Estado"

de dicho acuerdo, que figura como anexo de esta Resolución.

Madrid, 31 de octubre de 2002.-El Subsecretario, Víctor Torre de Silva

y López de Letona.

ANEXO

Convenio de colaboración entre el Ministerio de Defensa y la Consejería

de Administraciones Públicas de la Junta de Comunidades de Castilla-La

Mancha

En Madrid a 3 de septiembre de 2002.

REUNIDOS

De una parte el Ilmo. Sr. don Jorge Hevia Sierra, Director general

de Relaciones Institucionales de la Defensa, en nombre y representación

del Excmo. Sr. Ministro de Defensa, actuando por delegación de firma

conferida expresamente para este acto.

Y de otra, doña M.a Carmen Valmorisco Martín, documento nacional

de identidad 50.919.938-P, en nombre y representación de la Junta de

Comunidades de Castilla-La Mancha. Actúa en su condición de Consejera

de Administraciones Públicas, según Decreto 46/2000, publicado en el

"Diario Oficial de Castilla-La Mancha" con fecha 17 de marzo de 2000.

Los dos con las representaciones que tienen asignadas y reconociéndose

con capacidad de actuar y, en especial, para firmar este Convenio de

Colaboración

EXPONEN

El Decreto 31/2002, de 26 de febrero, de la Junta de Comunidades

de Castilla-La Mancha regula las indemnizaciones a las personas que

sufrieron prisión como consecuencia de los supuestos contemplados en la

Ley 46/1977, de 15 de octubre, de Amnistía, y no resultaron favorecidos

por lo establecido en la disposición adicional decimoctava de las Leyes

de Presupuestos Generales de 1990 y 1992.

Que el Ministerio de Defensa custodia en el Archivo General Militar

de Guadalajara los fondos documentales pertenecientes a los campos de

concentración que funcionaron en la Zona Nacional durante la contienda

y en la inmediata postguerra, así como los de los batallones disciplinarios

y los de la Comisión Central de Penas.

Que dichos fondos representan un total de 178.000 expedientes

relativos a los campos de concentración y batallones disciplinarios, y 160.000

expedientes correspondientes a la Comisión Central de Penas.

Que las búsquedas de información en estos expedientes han de llevarse

a cabo de forma manual, ya que no existe un soporte informático que

pudiese facilitar este proceso.

Que el elevado número de peticiones de antecedentes recibidas en el

Archivo General Militar de Guadalajara, procedentes de diferentes

Comunidades Autónomas, ha motivado el consiguiente bloqueo en los servicios

del Archivo y la inevitable ralentización en el despacho de las mismas.

Que la Consejería de Administraciones Públicas es el organismo

encargado de gestionar y llevar a cabo los procedimientos necesarios para valorar

y resolver cada uno de los expedientes de indemnización. En esta

Consejería se trabaja en la tramitación de las solicitudes que realizan las

personas que no disponen de documentación que acredite su privación de

libertad, según los criterios contenidos en el Decreto mencionado.

En virtud de todo ello, ambas partes acuerdan la suscripción del

presente Convenio de Colaboración, con arreglo a las siguientes

CLÁUSULAS

Primero. Objeto.-El Ministerio de Defensa y la Consejería de

Administraciones Públicas de la Junta de Comunidades de Castilla-La Mancha

colaborarán con vistas a agilizar la tramitación de las respuestas a las

peticiones llegadas desde la Comunidad Autónoma de Castilla-La Mancha,

para la búsqueda de antecedentes en el Archivo General Militar de

Guadalajara que acrediten privación de libertad.

Segunda. Obligaciones de la Consejería de Administraciones

Públicas de la Junta de Comunidades de Castilla-La Mancha.

1. La Consejería de Administraciones Públicas de la Junta de

Comunidades de Castilla-La Mancha aportará dos personas, becadas por dicha

Consejería, que durante el tiempo de vigencia de este Convenio se sumarán

a los equipos con que cuenta el Archivo General Militar de Guadalajara,

realizando las tareas que se les requieran, siempre y cuando sean afines

al propósito de este Convenio.

2. La Consejería de Administraciones Públicas se reserva el derecho

a disponer o requerir a los becarios los datos que crea más oportunos,

en cuestiones referentes al trabajo que se esté realizando en el Archivo

General Militar de Guadalajara, con vistas a garantizar la eficacia y el

rendimiento de este servicio.

3. Los becarios se comprometerán a mantener el orden y la

conservación de los documentos que manejen. Asimismo, teniendo en cuenta

la índole de muchos de estos documentos, se comprometerán a no divulgar

informaciones contenidas en los mismos que pudieran afectar al derecho

a la intimidad, al honor y la imagen de las personas mencionadas en

los documentos o sus descendientes.

Tercera. Obligaciones del Ministerio de Defensa.-El Ministerio de

Defensa se compromete a:

1. Para la coordinación y supervisión general de todo el proceso, a

la vez que para lograr que esta circunstancia extraordinaria interfiera

lo menos posible en el funcionamiento del Archivo, se establecerá una

Comisión de Seguimiento compuesta por el Director del Archivo General

Militar de Guadalajara, o persona de la plantilla del Archivo en quien

éste delegue, y por un representante de la Consejería de Administraciones

Públicas.

2. Previamente al inicio de los trabajos, el Archivo General Militar

de Guadalajara facilitará a cada uno de los miembros del equipo de trabajo

la correspondiente Tarjeta Nacional de Investigador que les habilite para

poder realizar la consulta de los fondos.

3. El Archivo General Militar de Guadalajara dará el máximo de

facilidades para que los becarios puedan desarrollar con eficacia las tareas

asignadas y les proporcionará las unidades de instalación susceptibles

de contener los documentos relacionados con el objeto de este Convenio.

4. Cualquier petición de otra documentación que no corresponda al

objeto concreto de este Convenio habrá de sujetarse al procedimiento

ordinario de consulta del Archivo.

5. El Archivo General Militar de Guadalajara habilitará un espacio

en el que los becarios puedan llevar a cabo su cometido. Asimismo, el

Archivo facilitará el material de oficina que se requiera.

6. El Archivo General Militar de Guadalajara se compromete a agilizar,

en la medida de sus posibilidades, la tramitación y resolución de las

peticiones remitidas desde la Comunidad Autónoma de Castilla-La Mancha.

Cuarta. Vigencia.-El plazo de vigencia de este Convenio será de tres

meses, a partir del día de su firma, prorrogable por el tiempo que

establezcan las partes que los suscriben quince días antes de su expiración.

Quinta. Naturaleza jurídica.-El presente Convenio de Colaboración

tiene naturaleza administrativa. Para la resolución de las dudas

interpretativas que plantee, se acudirá a los principios establecidos en el Real

Decreto Legislativo 2/2000, de 16 de junio, por el que se aprueba el texto

refundido de la Ley de Contratos de las Administraciones Públicas y al

resto del ordenamiento jurídico administrativo.

Sexta. Jurisdicción.-Las cuestiones litigiosas que puedan surgir en

su interpretación y cumplimiento, serán de conocimiento y competencia

del orden jurisdiccional de lo contencioso administrativo.

Séptima. Resolución.-Será causa de resolución del presente

Convenio: la imposibilidad sobrevenida de cumplir el fin o el incumplimiento

grave acreditado por una de las partes.

Y en prueba de conformidad de cuanto antecede, firman el presente

Convenio de Colaboración en dos ejemplares originales, igualmente válidos,

en el lugar y fecha arriba indicados.-Por el Ministerio de Defensa, el

Director general de Relaciones Institucionales de la Defensa, Jorge Hevia

Sierra.-Por la Consejería de Administraciones Públicas de la Junta de

Comunidades de Castilla-La Mancha, Consejera de Administraciones

Públicas, M.a Carmen Valmorisco Martín.

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