Suscrito el 3 de septiembre de 2002, Convenio entre el Ministerio de Defensa y La Consejería de Administraciones Públicas de la Junta de Comunidades de Castilla-La Mancha en cumplimiento de lo dispuesto en el apartado dos del artículo 8 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, procede la publicación en el «Boletín Oficial del Estado» de dicho acuerdo, que figura como anexo de esta Resolución.
Madrid, 31 de octubre de 2002.‒El Subsecretario, Víctor Torre de Silva y López de Letona.
En Madrid a 3 de septiembre de 2002.
REUNIDOS
De una parte el Ilmo. Sr. don Jorge Hevia Sierra, Director general de Relaciones Institucionales de la Defensa, en nombre y representación del Excmo. Sr. Ministro de Defensa, actuando por delegación de firma conferida expresamente para este acto.
Y de otra, doña M.ª Carmen Valmorisco Martín, documento nacional de identidad 50.919.938-P, en nombre y representación de la Junta de Comunidades de Castilla-La Mancha. Actúa en su condición de Consejera de Administraciones Públicas, según Decreto 46/2000, publicado en el «Diario Oficial de Castilla-La Mancha» con fecha 17 de marzo de 2000.
Los dos con las representaciones que tienen asignadas y reconociéndose con capacidad de actuar y, en especial, para firmar este Convenio de Colaboración
EXPONEN
El Decreto 31/2002, de 26 de febrero, de la Junta de Comunidades de Castilla-La Mancha regula las indemnizaciones a las personas que sufrieron prisión como consecuencia de los supuestos contemplados en la Ley 46/1977, de 15 de octubre, de Amnistía, y no resultaron favorecidos por lo establecido en la disposición adicional decimoctava de las Leyes de Presupuestos Generales de 1990 y 1992.
Que el Ministerio de Defensa custodia en el Archivo General Militar de Guadalajara los fondos documentales pertenecientes a los campos de concentración que funcionaron en la Zona Nacional durante la contienda y en la inmediata postguerra, así como los de los batallones disciplinarios y los de la Comisión Central de Penas.
Que dichos fondos representan un total de 178.000 expedientes relativos a los campos de concentración y batallones disciplinarios, y 160.000 expedientes correspondientes a la Comisión Central de Penas.
Que las búsquedas de información en estos expedientes han de llevarse a cabo de forma manual, ya que no existe un soporte informático que pudiese facilitar este proceso.
Que el elevado número de peticiones de antecedentes recibidas en el Archivo General Militar de Guadalajara, procedentes de diferentes Comunidades Autónomas, ha motivado el consiguiente bloqueo en los servicios del Archivo y la inevitable ralentización en el despacho de las mismas.
Que la Consejería de Administraciones Públicas es el organismo encargado de gestionar y llevar a cabo los procedimientos necesarios para valorar y resolver cada uno de los expedientes de indemnización. En esta Consejería se trabaja en la tramitación de las solicitudes que realizan las personas que no disponen de documentación que acredite su privación de libertad, según los criterios contenidos en el Decreto mencionado.
En virtud de todo ello, ambas partes acuerdan la suscripción del presente Convenio de Colaboración, con arreglo a las siguientes
CLÁUSULAS
El Ministerio de Defensa y la Consejería de Administraciones Públicas de la Junta de Comunidades de Castilla-La Mancha colaborarán con vistas a agilizar la tramitación de las respuestas a las peticiones llegadas desde la Comunidad Autónoma de Castilla-La Mancha, para la búsqueda de antecedentes en el Archivo General Militar de Guadalajara que acrediten privación de libertad.
1. La Consejería de Administraciones Públicas de la Junta de Comunidades de Castilla-La Mancha aportará dos personas, becadas por dicha Consejería, que durante el tiempo de vigencia de este Convenio se sumarán a los equipos con que cuenta el Archivo General Militar de Guadalajara, realizando las tareas que se les requieran, siempre y cuando sean afines al propósito de este Convenio.
2. La Consejería de Administraciones Públicas se reserva el derecho a disponer o requerir a los becarios los datos que crea más oportunos, en cuestiones referentes al trabajo que se esté realizando en el Archivo General Militar de Guadalajara, con vistas a garantizar la eficacia y el rendimiento de este servicio.
3. Los becarios se comprometerán a mantener el orden y la conservación de los documentos que manejen. Asimismo, teniendo en cuenta la índole de muchos de estos documentos, se comprometerán a no divulgar informaciones contenidas en los mismos que pudieran afectar al derecho a la intimidad, al honor y la imagen de las personas mencionadas en los documentos o sus descendientes.
El Ministerio de Defensa se compromete a:
1. Para la coordinación y supervisión general de todo el proceso, a la vez que para lograr que esta circunstancia extraordinaria interfiera lo menos posible en el funcionamiento del Archivo, se establecerá una Comisión de Seguimiento compuesta por el Director del Archivo General Militar de Guadalajara, o persona de la plantilla del Archivo en quien éste delegue, y por un representante de la Consejería de Administraciones Públicas.
2. Previamente al inicio de los trabajos, el Archivo General Militar de Guadalajara facilitará a cada uno de los miembros del equipo de trabajo la correspondiente Tarjeta Nacional de Investigador que les habilite para poder realizar la consulta de los fondos.
3. El Archivo General Militar de Guadalajara dará el máximo de facilidades para que los becarios puedan desarrollar con eficacia las tareas asignadas y les proporcionará las unidades de instalación susceptibles de contener los documentos relacionados con el objeto de este Convenio.
4. Cualquier petición de otra documentación que no corresponda al objeto concreto de este Convenio habrá de sujetarse al procedimiento ordinario de consulta del Archivo.
5. El Archivo General Militar de Guadalajara habilitará un espacio en el que los becarios puedan llevar a cabo su cometido. Asimismo, el Archivo facilitará el material de oficina que se requiera.
6. El Archivo General Militar de Guadalajara se compromete a agilizar, en la medida de sus posibilidades, la tramitación y resolución de las peticiones remitidas desde la Comunidad Autónoma de Castilla-La Mancha.
El plazo de vigencia de este Convenio será de tres meses, a partir del día de su firma, prorrogable por el tiempo que establezcan las partes que los suscriben quince días antes de su expiración.
El presente Convenio de Colaboración tiene naturaleza administrativa. Para la resolución de las dudas interpretativas que plantee, se acudirá a los principios establecidos en el Real Decreto Legislativo 2/2000, de 16 de junio, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley de Contratos de las Administraciones Públicas y al resto del ordenamiento jurídico administrativo.
Las cuestiones litigiosas que puedan surgir en su interpretación y cumplimiento, serán de conocimiento y competencia del orden jurisdiccional de lo contencioso administrativo.
Será causa de resolución del presente Convenio: la imposibilidad sobrevenida de cumplir el fin o el incumplimiento grave acreditado por una de las partes.
Y en prueba de conformidad de cuanto antecede, firman el presente Convenio de Colaboración en dos ejemplares originales, igualmente válidos, en el lugar y fecha arriba indicados.‒Por el Ministerio de Defensa, el Director general de Relaciones Institucionales de la Defensa, Jorge Hevia Sierra.‒Por la Consejería de Administraciones Públicas de la Junta de Comunidades de Castilla-La Mancha, Consejera de Administraciones Públicas, M.ª Carmen Valmorisco Martín.
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