La Orden ECD/2200/2002, de 2 de septiembre, por la que se convocan
ayudas a Corporaciones Locales para la puesta en marcha y mantenimiento
de aulas de formación abierta, flexible y a distancia, mediante tecnologías
de la información y la comunicación, establece en su apartado cuarto que
la Ministra de Educación, Cultura y Deporte delega en el Director General
de Educación, Formación Profesional e Innovación Educativa la Resolución
sobre la concesión o denegación de estas ayudas.
Asimismo, el apartado octavo de la citada Orden prevé que la Comisión
encargada del estudio y valoración de las solicitudes, a través de su
Presidente, elevará las propuestas de concesión, denegación o, en su caso,
exclusión de las solicitudes presentadas a la Secretaría General de
Educación y Formación Profesional, quien resolverá en el plazo máximo de
quince días desde la fecha de elevación de la propuesta, por delegación
de esta Orden Ministerial, punto cuarto.
Se considera conveniente modificar la Orden ECD/2200/2002, con el
fin de unificar la autoridad que resolverá la convocatoria de ayudas y
facilitar una correcta interpretación de la norma.
Por todo lo expuesto, este Ministerio ha dispuesto:
Primero.-Se modifica el apartado cuarto de la Orden ECD/2200/2002,
que quedará redactado en los siguientes términos:
"La Ministra de Educación, Cultura y Deporte delega en la Secretaria
General de Educación y Formación Profesional la Resolución sobre la
concesión o denegación de estas ayudas".
Segundo.-Entrada en vigor: La presente Orden entrará en vigor el día
siguiente al de su publicación en el "Boletín Oficial del Estado".
Madrid, 23 de octubre de 2002.
DEL CASTILLO VERA
Ilma. Sra. Secretaria general de Educación y Formación Profesional.
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