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De conformidad con lo establecido en los artículos 454, 455
y 494.2 de la Ley Orgánica del Poder Judicial, así como con el
artículo 23 del Reglamento Orgánico de los Cuerpos de Oficiales,
Auxiliares y Agentes aprobado por Real Decreto 249/1996, de
16 de febrero,
Esta Secretaría General Técnica ha resuelto adjudicar destinos
en los órganos judiciales que se relacionan en anexo I a los
funcionarios del Cuerpo de Agentes de la Administración de Justicia
nombrados por Resolución de 8 de noviembre de 2002.
Primero.-Los Agentes de la Administración de Justicia a los
que se otorga destino deberán tomar posesión de su cargo dentro
de los veinte días naturales siguientes al de la fecha de publicación
de esta Resolución en el "Boletín Oficial del Estado".
Segundo.-Los funcionarios interinos que actualmente ocupen
plazas que han sido adjudicadas a los aspirantes aprobados
cesarán con la toma de posesión del titular.
Tercero.-No otorgar destino a don David Catena Moreno,
conforme a al requisito 2.c) previstos en la Orden de 14 de noviembre
de 2000 por la que se convocan pruebas selectivas para ingreso
en el Cuerpo de Agentes de la Administración de Justicia.
Cuarto.-En cumplimiento de la legislación sobre
incompatibilidades del personal al servicio de la Administración Pública
(Ley 53/1974, de 2 de diciembre) aplicable al personal al servicio
de la Administración de Justicia, en virtud del artículo 489 de
la Ley Orgánica del Poder Judicial 6/1985, de 1 de julio ; artículo
único de la Ley Orgánica 1/1985, de 18 de enero, y artículos
79 y concordantes del vigente Reglamento Orgánico (Real Decreto
249/1996, de 16 de febrero), aquellos aspirantes que ostenten
ya la condición de funcionarios públicos deberán manifestar opción
en el acta de toma de posesión.
Quinto.-Los Agentes de la Administración de Justicia a los
que se otorga destino en virtud de esta Resolución, no obstante
haber sido destinados con carácter forzoso por el orden de
calificación según sus preferencias (artículo 23 del Reglamento
Orgánico) no podrán participar en concurso de traslado hasta que
transcurra un año desde que fueron nombrados, de acuerdo con lo
establecido en el artículo 495.2 de la Ley Orgánica 6/1985, de 1
de julio del Poder Judicial.
Sexto.-Las plazas ofrecidas a los aspirantes mediante
Resolución de 2 de agosto de 2002 ("Boletín Oficial del Estado" del 23)
y Resolución de 23 de septiembre, que rectificaba la anterior,
no adjudicadas en dicha Resolución, mantienen su condición de
desierta, por lo que se ofertarán a los aspirantes que superen
las pruebas selectivas convocadas mediante Orden de 19 de julio
de 2001.
Contra la presente Resolución podrán los interesados formular
recurso contencioso-administrativo ante los Juzgados de lo
Contencioso-Administrativo competentes, en el plazo de los dos meses
siguientes, contados a partir de su publicación en el "Boletín Oficial
del Estado".
Sevilla, 8 de noviembre de 2002.-El Secretario general
técnico, Carlos Toscano Sánchez.
ANEXO (Ver imágenes páginas 40903 a 40905)
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