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Documento BOE-A-2002-22565

Resolución de 8 de noviembre de 2002, de la Secretaría General Técnica, de la Consejería de Justicia y Administración Pública, por la que se otorgan destinos a los funcionarios del Cuerpo de Oficiales, turno libre, que superaron las pruebas selectivas convocadas por Orden de 14 de noviembre de 2000.

Publicado en:
«BOE» núm. 278, de 20 de noviembre de 2002, páginas 40906 a 40907 (2 págs.)
Sección:
II. Autoridades y personal - Nombramientos, situaciones e incidencias
Departamento:
Comunidad Autónoma de Andalucía
Referencia:
BOE-A-2002-22565

TEXTO ORIGINAL

De conformidad con lo establecido en los artículos 454, 455

y 494.2 de la Ley Orgánica del Poder Judicial, así como con el

artículo 23 del Reglamento Orgánico de los Cuerpos de Oficiales,

Auxiliares y Agentes aprobado por Real Decreto 249/1996, de

16 de febrero,

Esta Secretaría General Técnica ha resuelto adjudicar destinos

en los órganos judiciales que se relacionan en anexo I a los

funcionarios del Cuerpo de Oficiales de la Administración de Justicia

nombrados por Resolución de 8 de noviembre de 2002.

Primero.-Los Oficiales de la Administración de Justicia a los

que se otorga destino deberán tomar posesión de su cargo dentro

de los veinte días naturales siguientes al de la fecha de publicación

de esta Resolución en el "Boletín Oficial del Estado".

Segundo.-Los funcionarios interinos que actualmente ocupen

plazas que han sido adjudicadas a los aspirantes aprobados

cesarán con la toma de posesión del titular.

Tercero.-En cumplimiento de la legislación sobre

incompatibilidades del personal al servicio de la Administración Pública

(Ley 53/1974, de 2 de diciembre) aplicable al personal al servicio

de la Administración de Justicia, en virtud del artículo 489 de

la Ley Orgánica del Poder Judicial 6/1985, de 1 de julio ; artículo

único de la Ley Orgánica 1/1985, de 18 de enero, y artículos

79 y concordantes del vigente Reglamento Orgánico (Real Decreto

249/1996, de 16 de febrero), aquellos aspirantes que ostenten

ya la condición de funcionarios públicos deberán manifestar opción

en el acta de toma de posesión.

En el caso de que un funcionario del Cuerpo de Auxiliares

o Agentes de la Administración de Justicia acceda al Cuerpo de

Oficiales de la Administración de Justicia por el turno libre deberá

tener en cuenta las siguientes observaciones:

1. Si desea permanecer en activo en el Cuerpo de origen y

en situación de excedencia en aquel al que accede, deberá

manifestar esta opción en el acta de toma de posesión, regresando

a continuación a su destino y Cuerpo de origen.

Copia del acta de toma de posesión, opción y cese será remitida

por el Secretario a la Delegación Provincial de la Consejería de

Justicia y Administración Pública correspondiente, para que le

sea concedida la excedencia de oficio en el nuevo Cuerpo.

2. En caso de no manifestar la opción citada se entenderá

que opta por el nuevo puesto, y la Delegación Provincial de Justicia

y Administración Pública correspondiente, dentro de su ámbito

territorial, les concederá, la excedencia de oficio en el Cuerpo

de Auxiliares o Agentes de la Administración de Justicia, en cuyo

destino se les tendrá por cesados de forma automática con la

misma fecha en que se produzca la toma de posesión en el Cuerpo

de Oficiales, al objeto de evitar interrupción en la percepción de

sus haberes.

Copia de dicha acta de posesión y opción será remitida por

el Secretario del órgano judicial a la Delegación Provincial de

la Consejería de Justicia y Administración Pública correspondiente

y al órgano judicial de origen.

Cuarto.-Los Oficiales de la Administración de Justicia a los

que se otorga destino en virtud de esta Resolución, no obstante

haber sido destinados con carácter forzoso por el orden de

calificación según sus preferencias (artículo 23 del Reglamento

Orgánico) no podrán participar en concurso de traslado hasta que

transcurra un año desde que fueron nombrados, de acuerdo con lo

establecido en el artículo 495.2 de la Ley Orgánica 6/1985, de 1

de julio, del Poder Judicial.

Quinto.-Las plazas ofrecidas a los aspirantes mediante

Resolución de 2 de agosto de 2002 ("Boletín Oficial del Estado" del 23)

y Resolución de 23 de septiembre, que rectificaba la anterior,

no adjudicadas en los turnos de promoción interna y libre,

mantienen su condición de desierta, por lo que se ofertarán a los

aspirantes que superen las pruebas selectivas convocadas

mediante Orden de 19 de julio de 2001.

Contra la presente Resolución, podrán los interesados formular

recurso contencioso-administrativo ante los Juzgados de lo

Contencioso-Administrativo correspondientes, en el plazo de los dos

meses siguientes, contados a partir de su publicación en el "Boletín

Oficial del Estado".

Sevilla, 8 de noviembre de 2002.-El Secretario general

técnico, Carlos Toscano Sánchez.

ANEXO (Ver imágenes páginas 40907 a 40908)

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