Visto el expediente de indulto de doña Cristina Rubio Sánchez, con
los informes del Ministerio Fiscal y del Tribunal sentenciador, condenada
por el Juzgado de lo Penal número 3 de Algeciras, en sentencia de
fecha 2 de marzo de 2000, como autora de un delito contra la salud pública,
a la pena de tres años y quince meses de prisión y multa de 600.000
pesetas, con las accesorias legales, por hechos cometidos en el
año 1999, a propuesta del Ministro de Justicia y previa deliberación del
Consejo de Ministros en su reunión del día 29 de noviembre de 2002,
Vengo en conmutar a doña Cristina Rubio Sánchez la pena privativa
de libertad impuesta, por otra de dos años de prisión, a condición de
que no vuelva a cometer delito doloso en el plazo de cuatro años desde
la publicación del presente Real Decreto.
Dado en Madrid a 29 de noviembre de 2002.
JUAN CARLOS R.
El Ministro de Justicia,
JOSÉ MARÍA MICHAVILA NÚÑEZ
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