Está Vd. en

Documento BOE-A-2002-24426

Resolución de 18 de noviembre de 2002, de la Secretaría General de Medio Ambiente, por la que se formula declaración de impacto ambiental sobre el proyecto de "Construcción del aprovechamiento hidroeléctrico del embalse de la Fuensanta sobre el río Segura, Yeste, Albacete", de "Iberdrola Energías Renovables, S. A. U.".

Publicado en:
«BOE» núm. 299, de 14 de diciembre de 2002, páginas 43643 a 43645 (3 págs.)
Sección:
III. Otras disposiciones
Departamento:
Ministerio de Medio Ambiente
Referencia:
BOE-A-2002-24426

TEXTO ORIGINAL

El Real Decreto Legislativo 1302/1986, de 28 de junio, de evaluación

de impacto ambiental, modificado por la Ley 6/2001, de 8 de mayo, y

su Reglamento de ejecución aprobado por Real Decreto 1131/1988, de

30 de septiembre, establecen la obligación de formular declaración de

impacto ambiental, con carácter previo a la resolución administrativa que

se adopte para la realización o, en su caso, autorización de la obra,

instalación o actividad de las comprendidas en los anexos a las citadas

disposiciones.

De acuerdo con lo establecido en el Real Decreto 695/2000, de 12 de

mayo, y en el Real Decreto 1415/2000, de 21 de julio, modificado por

el Real Decreto 376/2001, de 6 de abril, por los que se establece la estructura

orgánica básica y la atribución de competencias del Ministerio de Medio

Ambiente, corresponde a la Secretaría General de Medio Ambiente la

realización de las declaraciones de impacto ambiental de competencia estatal,

reguladas por la legislación vigente.

"Iberdrola Energías Renovables, S. A. U." remitió, con fecha 11 de abril

de 2001, a la Dirección General de Calidad y Evaluación Ambiental del

Ministerio de Medio Ambiente la memoria-resumen del aprovechamiento

hidroeléctrico del embalse de la Fuensanta, sobre el río Segura, en el

término municipal de Yeste, Albacete, al objeto de iniciar el procedimiento

de evaluación de impacto ambiental.

Con fecha 16 de mayo de 2001, la Dirección General de Calidad y

Evaluación Ambiental, en virtud del artículo 13 del Reglamento, realizó

consultas sobre el impacto ambiental del proyecto a la Dirección General de

Conservación de la Naturaleza, Ayuntamiento de Yeste (Albacete),

Confederación Hidrográfica del Segura, Subdelegación del Gobierno en Albacete,

Delegación Provincial en Albacete de la Consejería de Agricultura y Medio

Ambiente, Junta de Comunidades de Castilla-La Mancha (Dirección General

de Calidad Ambiental, Dirección General del Medio Natural y Dirección

General de Desarrollo Rural de la Consejería de Agricultura y Medio

Ambiente; Dirección General de Patrimonio y Museos de la Consejería de Cultura;

Dirección General del Agua de la Consejería de Obras Públicas), Diputación

Provincial de Albacete, Instituto de Estudios Albacetenses, Ecologistas en

Acción, S.E.O., Asociación Castellano-Manchega Defensa del Patrimonio

Natural (ACMADEN), Acción Ecologista "Cerro del Águila", ADENA/

FAPAS/FORESTAL, AEDENAT de Albacete y Naturalista del Campo.

Con fecha 2 de octubre de 2001, la Dirección General de Calidad y

Evaluación Ambiental, de acuerdo con el artículo 14 del Reglamento,

trasladó al promotor las respuestas recibidas a las consultas efectuadas.

La Confederación Hidrográfica del Segura sometió a información

pública el proyecto, en trámite de competencia, a los efectos del artículo 109

del Reglamento de Dominio Público Hidráulico, junto con un estudio de

impacto ambiental, cuyo anuncio fue publicado en el "Boletín Oficial de

la Provincia de Albacete" de 9 de marzo del 2001.

El resultado de esta información pública arroja una única alegación

presentada por la Delegación Provincial de la Consejería de Agricultura

y Medio Ambiente de la Junta de Comunidades de Castilla-La Mancha.

Dado que el trámite de información pública fue realizado con

anterioridad al inicio del procedimiento de evaluación de impacto ambiental,

la Confederación Hidrográfica del Segura sometió a un segundo período

de información pública el proyecto junto con el estudio de impacto

ambiental, cuyo anuncio fue publicado en el "Boletín Oficial de la Provincia de

Albacete" el 27 de febrero de 2002, no habiéndose producido alegaciones

en este trámite.

Con fecha 21 de mayo de 2002, la Confederación Hidrográfica del Segura

remitió a la Dirección General de Calidad y Evaluación Ambiental el

expediente al que se refiere el artículo 16 del Reglamento, estudio de impacto

ambiental sobre el proyecto y resultado de la información pública.

El proyecto define las actuaciones de construcción de una central

hidroeléctrica cuyo objeto es aprovechar el caudal que desagüa el embalse

de la Fuensanta, propiedad de la Confederación Hidrográfica del Segura.

La central hidroeléctrica está ubicada en la margen derecha del río

Segura, en el término municipal de Yeste, a 50 metros aguas abajo del

cuenco amortiguador del aliviadero de la presa de la Fuensanta.

El proyecto consta de las siguientes actuaciones:

La toma de aguas proyectada aprovecha las obras de toma, realizadas

en la presa en 1966 para la implantación de una central, cuya construcción

no llegó a concluirse. Como resultado de las actuaciones realizadas

entonces existe en la presa una perforación de un diámetro medio de 6,40

metros con eje de entrada situado a la cota 557,54 metros y eje de salida

a la cota 557,14 metros.

El edificio de la central tiene planta rectangular, de 28,90 ^ 12,50 metros

de dimensiones exteriores, situándose la planta de operaciones a la cota

525,25 metros.

Los accesos a la central se realizan por la carretera que, por la margen

izquierda, desciende desde el poblado hasta el cauce del río, en la zona

de la estación de aforos y galería de la cámara de válvulas del desagüe

de fondo.

El cruce del río se realiza a través de un puente a construir en un

lugar situado aproximadamente 100 metros aguas abajo del aforador.

La tubería forzada tiene un diámetro de 2,1 metros y discurre por

el paramento de la presa hasta llegar al pie de ésta por su margen derecha

y desde este punto se dirige a la central.

Se instalan dos turbinas "Francis" de eje horizontal, con potencia

nominal unitaria de 4.317 Kw y caudal nominal unitario de 7 m3/s, dotadas

de cámara espiral y tubo de aspiración metálico.

Las turbinas se acoplan directamente a sendos generadores síncronos,

con potencia nominal aparente de diseño de 4.600 kVA cada uno y un

actor de potencia de 0,9 que generan a una tensión nominal de 6.000 V.

En un recinto exterior, situado a 25 metros aproximadamente se

dispone un transformador trifásico de exterior, completo, de una potencia

de 10.000 kVA y que eleva la tensión de 6.000 V a 20.000 V.

Para la evacuación se construye una línea aérea de 20 Kv que une

la central con el dintel de la subestación 132/20 Kv de "La Fuensanta",

propiedad de "Iberdrola", situada cerca del cruce de la carretera de acceso

a la presa con la CM-3206. El cable previsto es tipo LA-180, la longitud

total de la línea de conexión es de 1.780 metros y dispondrá de 10 apoyos

normalizados.

De los contenidos de las respuestas a las consultas realizadas, se

destacan las siguientes apreciaciones:

La Subdelegación del Gobierno de Albacete indica que es necesario

concretar la ubicación de los vertederos donde se llevarán los sobrantes

de la excavación, definir en forma y dimensiones de los cubetos de recogida

de aceites, especificar los elementos de detección de posibles fugas,

cuantificar la vegetación a eliminar, concretar la zona de instalaciones y detallar

el proceso constructivo del puente.

La Consejería de Bienes y Actividades Culturales de la Junta de

Comunidades de Castilla-La Mancha relaciona los Bienes de Interés Cultural

y los Bienes Culturales Inventariados, existentes en el término municipal

de Yeste, sin expresar específicamente afección potencial del proyecto

a ninguno de ellos. Estima, asimismo, la necesidad de adoptar medidas

precautorias durante las obras por estar estas zonas insuficientemente

prospectadas.

La Diputación de Albacete indica que se debe prestar una especial

atención a los residuos tóxicos como aceites y restos de fuel para que

sean retirados por gestor autorizado, se debe delimitar la zona de

instalaciones, se debe definir la revegetación a realizar. Este organismo

informa que la zona de actuación se encuentra en la propuesta de LIC "hoces

del Segura", advierte de riesgo de realizar voladuras, especialmente entre

los meses de enero y mayo y recuerda que la línea de evacuación debe

tener en cuenta el Decreto 5/1999, de 2 de febrero, por el que se establecen

normas para las instalaciones eléctricas con fines de protección de la

avifauna. Indica que en el programa de vigilancia ambiental se deberá

incluir el seguimiento de la calidad del agua y de las revegetaciones

efectuadas. Indica que se han de presupuestar las medias preventivas y

correctoras.

La alegación presentada en información pública por la Delegación

Provincial de la Consejería de Agricultura y Medio Ambiente de la Junta

de Comunidades de Castilla-La Mancha, considera:

La implantación de la central está prevista en un terreno de plantación

de chopos y algunas plantas de ribera con un impacto compatible, por

lo que deberán seguirse las medidas preventivas especialmente en la fase

de excavación y en la adecuación de accesos, deberá concentrarse la

ejecución de las obras en los meses de agosto a febrero, el camino debe

quedar cerrado al tránsito de vehículos a motor, a excepción del

mantenimiento de la central, los conductores de la línea deben señalizarse

con objeto de proteger a las aves, es necesaria la instalación de estructuras

disipadoras de energía a la salida de las turbinas.

Del análisis realizado de la documentación de proyecto y del estudio

de impacto ambiental, de los informes emitidos en diferentes momentos

del procedimiento, así como de las respuestas dadas por el promotor en

la Adenda al estudio de impacto ambiental se señalan los siguientes

aspectos relevantes de contenido ambiental, a los que el promotor ha llegado

como soluciones finales recogidas en el proyecto:

1. Se dispone un cubeto de separación de aceites para el

transformador de intemperie conforme a los planos de proyecto.

2. Se especifican las superficies afectadas por las obras,

cuantificándose la masa arbórea a eliminar, y se establece la compensación mediante

la definición de las áreas y tipo de revegetación que se va a realizar,

presupuestada en 5.711 euros.

En la zona de obras de la central y sus instalaciones se afecta una

superficie de 2.850 m2, eliminándose 10 pies de chopos y 70-80 de pino

carrasco, compensándose con la repoblación de una superficie de 997 m2

y 160 ejemplares de pino carrasco.

En la construcción de la tubería forzada se eliminan de la ribera del río

20-25 pies de pino carrasco, compensándose con la repoblación de 642 m2

con 103 ejemplares.

En las obras del puente se afectan 420 m2 en la margen derecha con

sauces, chopos, carrizales y juncales, compensándose con la repoblación,

a base de sauces y chopos, de 261 m2 en zonas contiguas a los estribos

del puente.

La construcción del camino de acceso a la central afecta a una superficie

total de 4.558 m2, con 55-60 pinos y 25-30 chopos. Se compensa esta

afección, realizando hidrosiembra en los taludes en una superficie de 1.367

m2 en la central, 1.659 m2 a lo largo del camino; asimismo, se realiza

una plantación de 137 ejemplares de pino carrasco en los taludes del

camino en una superficie de 895 m2.

La superficie del vertedero de 3.000 m2, tras su regularización, se cubre

con tierra vegetal y se revegeta con 480 ejemplares de pino carrasco.

3. En razón a evitar afecciones a las aves que nidifican en los cortados

fluviales del río Segura, las obras se ejecutan sin la utilización de explosivos

durante los meses de enero a mayo.

Asimismo, se prevé la instalación de salvapájaros a lo largo de la línea

proyectada.

4. El puente estará formado por dos estribos y una pila central sobre

los que se apoyan tres vigas prefabricadas por cada vano. Los estribos

se sitúan en las márgenes del río, fuera del cauce, por lo que su ejecución

se realiza en seco no afectado al normal discurrir del agua. La pila central

se ejecuta sobre una península de gravas existentes actualmente en el

cauce y consiste en dos pila-pilotes. Para su ejecución se terraplena sobre

la citada península, con una altura no superior a 0,5 metros, una plataforma

de 8 ^ 8 metros para situación de la máquina pilotadora. El pilotaje se

realiza con camisa metálica hasta una cota igual a - 0,5 metros, desde

donde comienza el encofrado de la pila-pilote de 7 metros de altura; de

esta manera se evitan pérdidas al río.

5. Se ha previsto la zona especifica para el mantenimiento de la

maquinaria durante las obras, el lugar donde se dispondrán los 9.000 m3 de

sobrantes de la excavación, y se ha definido en detalle la ataguía de

protección de las obras.

6. La integración en el entorno de la tubería forzada en el tramo

que discurre por la margen derecha del río, se realiza mediante el relleno

del trasdos y revegetación de la superficie comprendida entre la tubería

y la ladera, al objeto de conseguir una apariencia del cauce similar a

la existente 100 metros aguas abajo, donde el muro de hormigón del

encauzamiento de la margen izquierda se encuentra recubierto de arbolado.

Se definen un conjunto de medidas preventivas y correctoras que

atienden a las precauciones durante la obra para evitar contaminaciones en

la aguas, a la recuperación y reposición de la capa de tierra vegetal, a

la emisión de partículas a la atmósfera, a la recuperación ambiental de

los espacios afectados por las obras, a la preservación de la vegetación

de ribera existente.

Asimismo se define un plan de vigilancia ambiental que cubre el

seguimiento y control de la eficacia de las medidas correctoras aplicadas,

incluyendo la inspección de la calidad del agua, la comunicación a la Consejería

de Bienes y Actividades Culturales del inicio de las obras de excavación

y de las posibles apariciones de elementos arqueológicos, paleontológicos

o patrimoniales.

En consecuencia, la Secretaría General de Medio Ambiente, en el

ejercicio de las atribuciones conferidas por el Real Decreto Legislativo

1302/1986, de 28 de junio, de evaluación de impacto ambiental, y los

artículos 4.1, 16.1 y 18 de su Reglamento de Ejecución, aprobado por Real

Decreto 1131/1988, de 30 de septiembre, formula la siguiente declaración

de impacto ambiental del proyecto de construcción del aprovechamiento

hidroeléctrico del embalse de la Fuensanta, sobre el río Segura, de

"Iberdrola Energías Renovables, S. A. U.".

Se considera válida la evaluación de impacto ambiental del citado

proyecto tramitado conforme al procedimiento de evaluación de impacto

ambiental.

Teniendo en cuenta que la cerrada del embalse de la Fuensanta se

localiza en el río Segura y que el proyecto se realiza en el tramo inmediato

al paramento aguas abajo.

Teniendo en cuenta que dicho tramo del río Segura forma parte del

espacio propuesto como lugar de interés comunitario LIC ES 4210008,

denominado Sierras de Alcaraz y de Segura y Cañones del Segura y del

Mundo, y que, de acuerdo con lo manifestado en su día por la Delegación

Provincial de la Consejería de Agricultura y Medio Ambiente de la Junta

de Comunidades de Castilla-La Mancha, el impacto ambiental se considera

compatible aplicando determinadas medidas correctoras, no se aprecian

potenciales impactos adversos residuales significativos sobre el medio

ambiente derivados de la ejecución del proyecto de construcción del

aprovechamiento hidroeléctrico del embalse de la Fuensanta, sobre el río

Segura, de "Iberdrola Energías Renovables, S. A. U.".

Lo que se hace público, para general conocimiento, en cumplimiento

de lo dispuesto en el artículo 22 del Real Decreto 1131/1988, de 30 de

septiembre.

Madrid, 18 de noviembre de 2002.-La Secretaria general, Carmen

Martorell Pallás.

subir

Agencia Estatal Boletín Oficial del Estado

Avda. de Manoteras, 54 - 28050 Madrid