El Real Decreto Legislativo 1302/1986, de 28 de junio, de evaluación
de impacto ambiental, modificado por la Ley 6/2001, de 8 de mayo, y
su Reglamento de ejecución aprobado por Real Decreto 1131/1988, de
30 de septiembre, establecen la obligación de formular declaración de
impacto ambiental, con carácter previo a la resolución administrativa que
se adopte para la realización o, en su caso, autorización de la obra,
instalación o actividad de las comprendidas en los anexos a las citadas
disposiciones.
De acuerdo con lo establecido en el Real Decreto 695/2000, de 12 de
mayo, y en el Real Decreto 1415/2000, de 21 de julio, modificado por
el Real Decreto 376/2001, de 6 de abril, por los que se establece la estructura
orgánica básica y la atribución de competencias del Ministerio de Medio
Ambiente, corresponde a la Secretaría General de Medio Ambiente la
realización de las declaraciones de impacto ambiental de competencia estatal,
reguladas por la legislación vigente.
"Iberdrola Energías Renovables, S. A. U." remitió, con fecha 11 de abril
de 2001, a la Dirección General de Calidad y Evaluación Ambiental del
Ministerio de Medio Ambiente la memoria-resumen del aprovechamiento
hidroeléctrico del embalse de la Fuensanta, sobre el río Segura, en el
término municipal de Yeste, Albacete, al objeto de iniciar el procedimiento
de evaluación de impacto ambiental.
Con fecha 16 de mayo de 2001, la Dirección General de Calidad y
Evaluación Ambiental, en virtud del artículo 13 del Reglamento, realizó
consultas sobre el impacto ambiental del proyecto a la Dirección General de
Conservación de la Naturaleza, Ayuntamiento de Yeste (Albacete),
Confederación Hidrográfica del Segura, Subdelegación del Gobierno en Albacete,
Delegación Provincial en Albacete de la Consejería de Agricultura y Medio
Ambiente, Junta de Comunidades de Castilla-La Mancha (Dirección General
de Calidad Ambiental, Dirección General del Medio Natural y Dirección
General de Desarrollo Rural de la Consejería de Agricultura y Medio
Ambiente; Dirección General de Patrimonio y Museos de la Consejería de Cultura;
Dirección General del Agua de la Consejería de Obras Públicas), Diputación
Provincial de Albacete, Instituto de Estudios Albacetenses, Ecologistas en
Acción, S.E.O., Asociación Castellano-Manchega Defensa del Patrimonio
Natural (ACMADEN), Acción Ecologista "Cerro del Águila", ADENA/
FAPAS/FORESTAL, AEDENAT de Albacete y Naturalista del Campo.
Con fecha 2 de octubre de 2001, la Dirección General de Calidad y
Evaluación Ambiental, de acuerdo con el artículo 14 del Reglamento,
trasladó al promotor las respuestas recibidas a las consultas efectuadas.
La Confederación Hidrográfica del Segura sometió a información
pública el proyecto, en trámite de competencia, a los efectos del artículo 109
del Reglamento de Dominio Público Hidráulico, junto con un estudio de
impacto ambiental, cuyo anuncio fue publicado en el "Boletín Oficial de
la Provincia de Albacete" de 9 de marzo del 2001.
El resultado de esta información pública arroja una única alegación
presentada por la Delegación Provincial de la Consejería de Agricultura
y Medio Ambiente de la Junta de Comunidades de Castilla-La Mancha.
Dado que el trámite de información pública fue realizado con
anterioridad al inicio del procedimiento de evaluación de impacto ambiental,
la Confederación Hidrográfica del Segura sometió a un segundo período
de información pública el proyecto junto con el estudio de impacto
ambiental, cuyo anuncio fue publicado en el "Boletín Oficial de la Provincia de
Albacete" el 27 de febrero de 2002, no habiéndose producido alegaciones
en este trámite.
Con fecha 21 de mayo de 2002, la Confederación Hidrográfica del Segura
remitió a la Dirección General de Calidad y Evaluación Ambiental el
expediente al que se refiere el artículo 16 del Reglamento, estudio de impacto
ambiental sobre el proyecto y resultado de la información pública.
El proyecto define las actuaciones de construcción de una central
hidroeléctrica cuyo objeto es aprovechar el caudal que desagüa el embalse
de la Fuensanta, propiedad de la Confederación Hidrográfica del Segura.
La central hidroeléctrica está ubicada en la margen derecha del río
Segura, en el término municipal de Yeste, a 50 metros aguas abajo del
cuenco amortiguador del aliviadero de la presa de la Fuensanta.
El proyecto consta de las siguientes actuaciones:
La toma de aguas proyectada aprovecha las obras de toma, realizadas
en la presa en 1966 para la implantación de una central, cuya construcción
no llegó a concluirse. Como resultado de las actuaciones realizadas
entonces existe en la presa una perforación de un diámetro medio de 6,40
metros con eje de entrada situado a la cota 557,54 metros y eje de salida
a la cota 557,14 metros.
El edificio de la central tiene planta rectangular, de 28,90 ^ 12,50 metros
de dimensiones exteriores, situándose la planta de operaciones a la cota
525,25 metros.
Los accesos a la central se realizan por la carretera que, por la margen
izquierda, desciende desde el poblado hasta el cauce del río, en la zona
de la estación de aforos y galería de la cámara de válvulas del desagüe
de fondo.
El cruce del río se realiza a través de un puente a construir en un
lugar situado aproximadamente 100 metros aguas abajo del aforador.
La tubería forzada tiene un diámetro de 2,1 metros y discurre por
el paramento de la presa hasta llegar al pie de ésta por su margen derecha
y desde este punto se dirige a la central.
Se instalan dos turbinas "Francis" de eje horizontal, con potencia
nominal unitaria de 4.317 Kw y caudal nominal unitario de 7 m3/s, dotadas
de cámara espiral y tubo de aspiración metálico.
Las turbinas se acoplan directamente a sendos generadores síncronos,
con potencia nominal aparente de diseño de 4.600 kVA cada uno y un
actor de potencia de 0,9 que generan a una tensión nominal de 6.000 V.
En un recinto exterior, situado a 25 metros aproximadamente se
dispone un transformador trifásico de exterior, completo, de una potencia
de 10.000 kVA y que eleva la tensión de 6.000 V a 20.000 V.
Para la evacuación se construye una línea aérea de 20 Kv que une
la central con el dintel de la subestación 132/20 Kv de "La Fuensanta",
propiedad de "Iberdrola", situada cerca del cruce de la carretera de acceso
a la presa con la CM-3206. El cable previsto es tipo LA-180, la longitud
total de la línea de conexión es de 1.780 metros y dispondrá de 10 apoyos
normalizados.
De los contenidos de las respuestas a las consultas realizadas, se
destacan las siguientes apreciaciones:
La Subdelegación del Gobierno de Albacete indica que es necesario
concretar la ubicación de los vertederos donde se llevarán los sobrantes
de la excavación, definir en forma y dimensiones de los cubetos de recogida
de aceites, especificar los elementos de detección de posibles fugas,
cuantificar la vegetación a eliminar, concretar la zona de instalaciones y detallar
el proceso constructivo del puente.
La Consejería de Bienes y Actividades Culturales de la Junta de
Comunidades de Castilla-La Mancha relaciona los Bienes de Interés Cultural
y los Bienes Culturales Inventariados, existentes en el término municipal
de Yeste, sin expresar específicamente afección potencial del proyecto
a ninguno de ellos. Estima, asimismo, la necesidad de adoptar medidas
precautorias durante las obras por estar estas zonas insuficientemente
prospectadas.
La Diputación de Albacete indica que se debe prestar una especial
atención a los residuos tóxicos como aceites y restos de fuel para que
sean retirados por gestor autorizado, se debe delimitar la zona de
instalaciones, se debe definir la revegetación a realizar. Este organismo
informa que la zona de actuación se encuentra en la propuesta de LIC "hoces
del Segura", advierte de riesgo de realizar voladuras, especialmente entre
los meses de enero y mayo y recuerda que la línea de evacuación debe
tener en cuenta el Decreto 5/1999, de 2 de febrero, por el que se establecen
normas para las instalaciones eléctricas con fines de protección de la
avifauna. Indica que en el programa de vigilancia ambiental se deberá
incluir el seguimiento de la calidad del agua y de las revegetaciones
efectuadas. Indica que se han de presupuestar las medias preventivas y
correctoras.
La alegación presentada en información pública por la Delegación
Provincial de la Consejería de Agricultura y Medio Ambiente de la Junta
de Comunidades de Castilla-La Mancha, considera:
La implantación de la central está prevista en un terreno de plantación
de chopos y algunas plantas de ribera con un impacto compatible, por
lo que deberán seguirse las medidas preventivas especialmente en la fase
de excavación y en la adecuación de accesos, deberá concentrarse la
ejecución de las obras en los meses de agosto a febrero, el camino debe
quedar cerrado al tránsito de vehículos a motor, a excepción del
mantenimiento de la central, los conductores de la línea deben señalizarse
con objeto de proteger a las aves, es necesaria la instalación de estructuras
disipadoras de energía a la salida de las turbinas.
Del análisis realizado de la documentación de proyecto y del estudio
de impacto ambiental, de los informes emitidos en diferentes momentos
del procedimiento, así como de las respuestas dadas por el promotor en
la Adenda al estudio de impacto ambiental se señalan los siguientes
aspectos relevantes de contenido ambiental, a los que el promotor ha llegado
como soluciones finales recogidas en el proyecto:
1. Se dispone un cubeto de separación de aceites para el
transformador de intemperie conforme a los planos de proyecto.
2. Se especifican las superficies afectadas por las obras,
cuantificándose la masa arbórea a eliminar, y se establece la compensación mediante
la definición de las áreas y tipo de revegetación que se va a realizar,
presupuestada en 5.711 euros.
En la zona de obras de la central y sus instalaciones se afecta una
superficie de 2.850 m2, eliminándose 10 pies de chopos y 70-80 de pino
carrasco, compensándose con la repoblación de una superficie de 997 m2
y 160 ejemplares de pino carrasco.
En la construcción de la tubería forzada se eliminan de la ribera del río
20-25 pies de pino carrasco, compensándose con la repoblación de 642 m2
con 103 ejemplares.
En las obras del puente se afectan 420 m2 en la margen derecha con
sauces, chopos, carrizales y juncales, compensándose con la repoblación,
a base de sauces y chopos, de 261 m2 en zonas contiguas a los estribos
del puente.
La construcción del camino de acceso a la central afecta a una superficie
total de 4.558 m2, con 55-60 pinos y 25-30 chopos. Se compensa esta
afección, realizando hidrosiembra en los taludes en una superficie de 1.367
m2 en la central, 1.659 m2 a lo largo del camino; asimismo, se realiza
una plantación de 137 ejemplares de pino carrasco en los taludes del
camino en una superficie de 895 m2.
La superficie del vertedero de 3.000 m2, tras su regularización, se cubre
con tierra vegetal y se revegeta con 480 ejemplares de pino carrasco.
3. En razón a evitar afecciones a las aves que nidifican en los cortados
fluviales del río Segura, las obras se ejecutan sin la utilización de explosivos
durante los meses de enero a mayo.
Asimismo, se prevé la instalación de salvapájaros a lo largo de la línea
proyectada.
4. El puente estará formado por dos estribos y una pila central sobre
los que se apoyan tres vigas prefabricadas por cada vano. Los estribos
se sitúan en las márgenes del río, fuera del cauce, por lo que su ejecución
se realiza en seco no afectado al normal discurrir del agua. La pila central
se ejecuta sobre una península de gravas existentes actualmente en el
cauce y consiste en dos pila-pilotes. Para su ejecución se terraplena sobre
la citada península, con una altura no superior a 0,5 metros, una plataforma
de 8 ^ 8 metros para situación de la máquina pilotadora. El pilotaje se
realiza con camisa metálica hasta una cota igual a - 0,5 metros, desde
donde comienza el encofrado de la pila-pilote de 7 metros de altura; de
esta manera se evitan pérdidas al río.
5. Se ha previsto la zona especifica para el mantenimiento de la
maquinaria durante las obras, el lugar donde se dispondrán los 9.000 m3 de
sobrantes de la excavación, y se ha definido en detalle la ataguía de
protección de las obras.
6. La integración en el entorno de la tubería forzada en el tramo
que discurre por la margen derecha del río, se realiza mediante el relleno
del trasdos y revegetación de la superficie comprendida entre la tubería
y la ladera, al objeto de conseguir una apariencia del cauce similar a
la existente 100 metros aguas abajo, donde el muro de hormigón del
encauzamiento de la margen izquierda se encuentra recubierto de arbolado.
Se definen un conjunto de medidas preventivas y correctoras que
atienden a las precauciones durante la obra para evitar contaminaciones en
la aguas, a la recuperación y reposición de la capa de tierra vegetal, a
la emisión de partículas a la atmósfera, a la recuperación ambiental de
los espacios afectados por las obras, a la preservación de la vegetación
de ribera existente.
Asimismo se define un plan de vigilancia ambiental que cubre el
seguimiento y control de la eficacia de las medidas correctoras aplicadas,
incluyendo la inspección de la calidad del agua, la comunicación a la Consejería
de Bienes y Actividades Culturales del inicio de las obras de excavación
y de las posibles apariciones de elementos arqueológicos, paleontológicos
o patrimoniales.
En consecuencia, la Secretaría General de Medio Ambiente, en el
ejercicio de las atribuciones conferidas por el Real Decreto Legislativo
1302/1986, de 28 de junio, de evaluación de impacto ambiental, y los
artículos 4.1, 16.1 y 18 de su Reglamento de Ejecución, aprobado por Real
Decreto 1131/1988, de 30 de septiembre, formula la siguiente declaración
de impacto ambiental del proyecto de construcción del aprovechamiento
hidroeléctrico del embalse de la Fuensanta, sobre el río Segura, de
"Iberdrola Energías Renovables, S. A. U.".
Se considera válida la evaluación de impacto ambiental del citado
proyecto tramitado conforme al procedimiento de evaluación de impacto
ambiental.
Teniendo en cuenta que la cerrada del embalse de la Fuensanta se
localiza en el río Segura y que el proyecto se realiza en el tramo inmediato
al paramento aguas abajo.
Teniendo en cuenta que dicho tramo del río Segura forma parte del
espacio propuesto como lugar de interés comunitario LIC ES 4210008,
denominado Sierras de Alcaraz y de Segura y Cañones del Segura y del
Mundo, y que, de acuerdo con lo manifestado en su día por la Delegación
Provincial de la Consejería de Agricultura y Medio Ambiente de la Junta
de Comunidades de Castilla-La Mancha, el impacto ambiental se considera
compatible aplicando determinadas medidas correctoras, no se aprecian
potenciales impactos adversos residuales significativos sobre el medio
ambiente derivados de la ejecución del proyecto de construcción del
aprovechamiento hidroeléctrico del embalse de la Fuensanta, sobre el río
Segura, de "Iberdrola Energías Renovables, S. A. U.".
Lo que se hace público, para general conocimiento, en cumplimiento
de lo dispuesto en el artículo 22 del Real Decreto 1131/1988, de 30 de
septiembre.
Madrid, 18 de noviembre de 2002.-La Secretaria general, Carmen
Martorell Pallás.
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