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Documento BOE-A-2002-24999

Decreto 134/2002, de 31 de octubre, por el que se declara bien de interés cultural, con la categoría de monumento, a favor del "Molino de Victoria", en la ría de Ajo, Ayuntamiento de Noja (Cantabria).

Publicado en:
«BOE» núm. 305, de 21 de diciembre de 2002, páginas 45114 a 45115 (2 págs.)
Sección:
III. Otras disposiciones
Departamento:
Comunidad Autónoma de Cantabria
Referencia:
BOE-A-2002-24999

TEXTO ORIGINAL

Mediante Resolución de la Consejería de Cultura, Educación y Deporte

de 28 de junio de 1988, se incoó expediente de bien de interés cultural,

con la categoría de Monumento, a favor de los molinos de mar o de marea

siguientes: "Molino de Castellano", "Molino de Santa Olaja", "Molino de

la Venera", "Molino de Joyel" y "Molino de Victoria", en Cantabria.

La Consejería de Cultura, Turismo y Deporte ha propuesto declarar

bien de interés cultural, con la categoría de monumento, el "Molino de

Victoria", en la marisma de Victoria, Ayuntamiento de Noja, y a tal efecto

insta al Consejo de Gobierno dicha declaración, haciéndole constar que

se han cumplimentado todos los trámites preceptivos en la incoación e

instrucción del expediente,

Vistas las alegaciones y de acuerdo con lo establecido en el artículo

24.17 de la Ley Orgánica 8/1981, de 30 de diciembre, del Estatuto de

Autonomía para Cantabria, y en los artículos 6 y 14.2 de la Ley 16/1985,

de 25 de junio, del Patrimonio Histórico Español, y vista la sentencia

del Tribunal Constitucional de 31 de enero de 1991, previa deliberación

del Consejo de Gobierno de Cantabria en su reunión del día 31 de octubre

de 2002,

DISPONGO

Artículo 1.

Declarar bien de interés cultural, con la categoría de Monumento, el

"Molino de Victoria", en la marisma de Victoria, Ayuntamiento de Noja

(Cantabria).

Artículo 2.

La zona afectada por la presente declaración figura en el anexo junto

con su justificación, y se encuentra representada en el plano que se publica

con este Decreto.

Disposición adicional única.

Se faculta al excelentísimo señor Consejero de Cultura, Turismo y

Deporte para la realización de cuantos actos sean necesarios para la

efectividad de este Decreto.

Disposición final única.

El presente Decreto entrará en vigor al día siguiente de su publicación.

Santander, 31 de octubre de 2002.-El Presidente del Gobierno de

Cantabria, José Joaquín Martínez Sieso.-El Consejero de Cultura, Turismo

y Deporte, José Antonio Cagigas Rodríguez.

ANEXO

Delimitación del entorno

El entorno afectado por la delimitación es la zona comprendida entre

un semicírculo de 300 metros de radio trazado con centro en el Molino

de Victoria, hasta una distancia de 15 metros desde el borde de la marisma.

Justificación del entorno

Con esta delimitación se pretende conservar y proteger un inmueble

que se inserta en un medio natural y paisajístico de gran originalidad

y valor, así como su correcta contemplación e interpretación.

Plano de situación (ver imagen página 45115).

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