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En el recurso de casación en interés de la Ley
número 4256/99, interpuesto por la Diputación Provincial de
Sevilla, la Sala Tercera (Sección Séptima) del Tribunal
Supremo ha dictado sentencia, en fecha 5 de marzo
de 2002, que contiene el siguiente fallo:
"FALLAMOS
Que estimando el recurso de casación en interés de
la Ley interpuesto por la excelentísima Diputación de
Sevilla, contra la sentencia de 22 de diciembre de 1998,
dictada por la Sección Tercera de la Sala de Sevilla de
lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Superior de
Justicia de Andalucía, se fija la siguiente doctrina legal:
"Dentro de una misma Administración Pública, los
funcionarios pertenecientes a un mismo Cuerpo, Escala,
clase o categoría pueden pertenecer a distintos grupos
funcionariales, de acuerdo con la titulación exigida para
su ingreso, si esa titulación ha experimentado una
variación en la normativa dictada después de ese ingreso,
y pudiendo los antiguos encontrarse en situación de 'a
extinguir', en el Cuerpo, clase, Escala o categoría".
Todo ello con respeto de la situación
jurídico-particular derivada de la sentencia recurrida y sin hacer
expresa condena en costas."
Presidente: Excelentísimo señor don Enrique Cancer
Lalanne.-Magistrados: Excelentísimo señor don Ramón
Trillo Torres; excelentísimo señor don Juan José
González Rivas; excelentísimo señor don Fernando Martín
González; excelentísimo señor don Nicolás Maurandi
Guillén.
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