Está Vd. en

Documento BOE-A-2002-7580

Resolución de 4 de marzo de 2002, de la Dirección General de Consumo y Seguridad Industrial, del Departamento de Industria, Comercio y Turismo, por la que se autoriza al Instituto de Tecnología de la Construcción de Cataluña (ITEC) para expedir Documentos de Adecuación al Uso (DAU).

Publicado en:
«BOE» núm. 94, de 19 de abril de 2002, páginas 14880 a 14880 (1 pág.)
Sección:
III. Otras disposiciones
Departamento:
Comunidad Autónoma de Cataluña
Referencia:
BOE-A-2002-7580

TEXTO ORIGINAL

Vista la solicitud presentada por don Antón María Checa Torres, en nombre y representación del Instituto de Tecnología de la Construcción de Cataluña (ITEC), ubicado en la calle Wellington, número 19, de Barcelona (08018), en la que solicita poder expedir documentos de adecuación al uso (DAU);

Considerando que, de acuerdo con las condiciones establecidas por esta Dirección General, el Instituto de Tecnología de la Construcción de Cataluña (ITEC) ha obtenido la certificación ISO 9001 de calidad para esta actividad en el sector de la construcción. El certificado que acredita esta capacidad es el número EC-0776/01, de fecha 10 de diciembre de 2001, expedido por el Laboratorio General de Ensayos e Investigaciones (LGAI);

De acuerdo con lo previsto en la Ley 21/1992, de 16 de julio, de Industria («Boletín Oficial del Estado» número 176, del 23); el Real Decreto 2200/1995, de 28 de diciembre, mediante el cual se aprueba el Reglamento de la Infraestructura para la Calidad y la Seguridad Industrial («Boletín Oficial del Estado» número 32, de 6 de febrero), y la Ley 38/1999, de 5 de noviembre, de Ordenación de la Edificación («Boletín Oficial del Estado» número 266, del 6), he resuelto:

Primero.

Autorizar al Instituto de Tecnología de la Construcción de Cataluña (ITEC) para expedir Documentos de Adecuación al Uso (DAU) de productos y sistemas no tradicionales utilizados en el sector de la construcción.

Segundo.

Esta autorización será válida mientras el Instituto de Tecnología de la Construcción de Cataluña (ITEC) mantenga vigente la certificación ISO 9001.

Contra esta Resolución, que no pone fin a la vía administrativa, se puede interponer recurso de alzada ante el Consejero de Industria, Comercio y Turismo en el plazo de un mes, a contar desde el día siguiente de su notificación, sin perjuicio de poder interponer cualquier otro recurso que se considere oportuno.

Barcelona, 4 de marzo de 2002.–El Director general, Josep Tous Andreu.

subir

Agencia Estatal Boletín Oficial del Estado

Avda. de Manoteras, 54 - 28050 Madrid