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Documento BOE-A-2002-8730

Resolución de 10 de abril de 2002, de la Secretaría General de Medio Ambiente, sobre la evaluación de impacto ambiental del proyecto de mejora y modernización de la zona regable del Guadalcacín, Jerez de la Frontera y Arcos de la Frontera, Cádiz, de la Sociedad Estatal de «Infraestructuras Agrarias del Sur y Este, Sociedad Anónima».

Publicado en:
«BOE» núm. 109, de 7 de mayo de 2002, páginas 16563 a 16564 (2 págs.)
Sección:
III. Otras disposiciones
Departamento:
Ministerio de Medio Ambiente
Referencia:
BOE-A-2002-8730

TEXTO ORIGINAL

El Real Decreto Legislativo 1302/1986 de 28 de junio de evaluación de impacto ambiental, modificado por la Ley 6/2001, de 8 de mayo, y el Reglamento de ejecución aprobado por Real Decreto 1131/1988, de 30 de septiembre, establecen que los proyectos públicos o privados, consistentes en la realización de obras, instalaciones o de cualquier otra actividad comprendida en el anexo II de este Real Decreto Legislativo solo deberán someterse a una evaluación de impacto ambiental en la forma prevista en esta disposición, cuando así lo decida el órgano ambiental en cada caso.

El proyecto de mejora y modernización de la zona regable del Guadalcacín se tipifica en la categoría del grupo 1, letra c) proyectos de consolidación y mejora de regadíos de mas de 100 hectáreas, del anejo II de la Ley 6/2001.

Con fecha 9 de marzo del 2001, la Sociedad Estatal de Infraestructuras Agrarias del Sur y Este, de acuerdo con el artículo 2.3 de la Ley 6/2001, remitió a la Dirección General de Calidad y Evaluación Ambiental, la documentación sobre las características, ubicación y potencial impacto del proyecto al objeto de determinar la necesidad de su sometimiento al procedimiento de evaluación de impacto ambiental.

El proyecto se localiza en la provincia de Cádiz, en los términos municipales de Jerez de la Frontera y Arcos de la Frontera, en los valles de los ríos Majaceite, a partir del embalse del Guadalcacín, y río Guadalete, desde la Junta de los ríos hasta la zona denominada del Torno.

El proyecto consiste en la construcción de la infraestructura para la sustitución del actual sistema de distribución por gravedad para riego por inundación, que se abastece desde los embalses del Guadalcacín y de Bornos a través de una red de canales, por un sistema en presión de riego localizado, consiguiendo ahorros en el consumo de agua, disminución de las tasas de utilización de abonos y fertilizantes y mayor eficiencia en la producción. El terreno objeto del proyecto, actualmente en riego, tiene una superficie de 11.732 hectáreas.

El proyecto prevé la implantación de la red de tuberías para la distribución de agua procedente de los canales existentes, la construcción de nueve balsas de regulación laterales a los canales principales, las estaciones de bombeo desde cada balsa de regulación para poner en presión la red de distribución, y los edificios e instalaciones de gestión.

La red de distribución se compone de 155 kilómetros de red primaria, 282 kilómetros de red secundaria y 51 kilómetros de red complementaria con tubería enterrada de 400 milímetros de diámetro o inferior.

Las obras a realizar son la excavación de zanjas para albergar las tuberías de la red de riego, lo que supone un volumen de tierras excavadas de 529.827 metros cúbicos; la excavación de los vasos de las balsas no arrojan sobrantes debido a que se proyectan en compensación de volúmenes utilizando el material excavado en los terraplenes de los bordes.

Las balsas tienen la finalidad de regular los volúmenes aportados por el canal y acomodarlos a las demandas de riego. La cota de cada balsa se proyecta a cota inferior a la del canal para que sea llenada desde éste por gravedad. Las estaciones de bombeo se localizan junto a cada balsa. Las balsas se identifican como: Nuevajarilla La Parra, 233.600 metros cúbicos; Torremelgarejo La Parra, 221.000 metros cúbicos; Estella La Isleta, 241.000 metros cúbicos; Misericordia Pedrosa, 165.000 metros cúbicos; La Barca, 150.000 metros cúbicos; San Isidro, 160.000 metros cúbicos; Chipipi, 362.000 metros cúbicos; Marmolilla, 230.000 metros cúbicos; Torrecera, 150.000 metros cúbicos.

El consumo actual bruto anual de agua incluyendo las pérdidas en red se estima en 7.500 metros cúbicos/ha, pasando a ser con el proyecto renovado de 6.000 metros cúbicos/ha, lo que supone un ahorro del 20% en el consumo de agua. Paralelamente la utilización de fertilizantes actualmente para el cultivo de algodón, remolacha, maíz, alfalfa y otros cereales se estima en 6.412.200 kg como abonado de fondo, y de 2.671.750 kg como abonado de cobertera, estimándose un ahorro del 15% en su uso con el sistema modernizado.

La Dirección General de Calidad y Evaluación Ambiental realizó consultas sobre el impacto ambiental del proyecto con fecha 25 de abril de 2001 a los siguientes organismos e instituciones: Dirección General de Conservación de la Naturaleza, Ayuntamiento de Arcos de la Frontera (Cádiz), Ayuntamiento de Jédula (Cádiz), Ayuntamiento de La Barca de la Florida (Cádiz), Ayuntamiento de Torrecera (Cádiz), Ayuntamiento de San Isidro de Guadalete (Cádiz), Ayuntamiento de El Torno (Cádiz), Ayuntamiento de Jérez de la Frontera (Cádiz), Ayuntamiento de Guadalcacín (Cádiz), Subdelegación del Gobierno en Cádiz, Dirección General de Bienes Culturales de la Consejería de Cultura de la Junta de Andalucía, Dirección General de Carreteras de la Consejería de Obras Públicas y Transportes de la Junta de Andalucía, Dirección General de Desarrollo Rural y Actuaciones Estructurales de la Consejería de Agricultura y Pesca de la Junta de Andalucía, Secretaría General de Aguas de la Consejería de Obras Públicas y Transportes de la Junta de Andalucía, Dirección General de Prevención y Calidad Ambiental de la Secretaría General de Políticas Ambientales de la Junta de Andalucía, Plataforma del Guadalquivir, Estación Experimental Rancho de La Merced de la Consejería de Agricultura, Pesca y Alimentación de la Junta de Andalucía, Instituto de Recursos Naturales y Agrobiología del Consejo Superior de Investigaciones Científicas, Instituto Universitario Ecología del Mediterráneo, Asociación Gaditana Defensa y Estudio de la Naturaleza (AGADEM), Coordinadora de Organizaciones de Agricultores y Ganaderos (COAG), Ecologistas en Acción, S.E.O., y Federación de Comunidades de Regantes de la Cuenca del Guadalquivir.

De la consulta efectuada se destacan los siguientes aspectos: La Delegación Provincial de Cádiz de la Consejería de Cultura estima la existencia de restos arqueológicos por lo que requiere, previo al inicio de las obras, la realización de una prospección superficial de los terrenos afectados por movimientos de tierras y sondeos arqueológicos en los posibles yacimientos que lo requieran. Así mismo estima necesario la definición de posibles alternativas y correcciones y la vigilancia por un arqueólogo durante los movimientos de tierras.

De la documentación analizada se señala:

El 70% del volumen de tierras procedente de la excavación de las zanjas se reutiliza en cubrición de éstas. Una parte de estas tierras se reutilizan así mismo en la nivelación y recrecido de parcelas agrícolas al objeto de preservarlas de inundaciones. El volumen estimado de materiales sobrantes que deben ser retirados a vertedero se estima en 25.000 metros cúbicos. El proyecto prevé la utilización del vertedero autorizado por la Junta de Andalucía en la provincia de Cádiz, denominado Planta de reciclaje y valorización de escombros, situado en la carretera CA-201 kilómetro 4, Cantera las Cruces, Sierra de San Cristóbal.

La documentación del proyecto recoge las previsiones de la Dirección de obra en relación a la protección de potenciales yacimientos arqueológicos. Se han eliminado las balsas elevadas que se consideraron inicialmente. Se prevé la prospección y seguimiento de los movimientos de tierras y la realización de sondeos, en su caso, para la valoración de los yacimientos que aparezcan y la definición del tratamiento a realizar. Se prevé la presencia de un arqueólogo a pie de obra para garantizar la detección de elementos arqueológicos y su inmediata puesta en conocimiento de la Delegación Provincial de Cádiz de la Consejería de Cultura y del Servicio Municipal de Arqueología de Jerez de la Frontera, a fin de que comuniquen a la Dirección de obra las medidas de protección que debe adoptar.

Se prevé la realización de acciones de recuperación ambiental de los espacios afectados por las obras tales como taludes exteriores de las balsas, edificios y estaciones de bombeo y de filtraje, caminos de acceso, trazas de la red de tuberías de distribución, zonas de acumulación de materiales, préstamos y movimiento de maquinaria. Las acciones de restauración consisten en la recuperación y reposición de los 30 cm de espesor de tierra vegetal, realización de hidrosiembras en superficies, ajardinamientos en urbanización, plantaciones de especies vegetales arbustivas y arbóreas de carácter autóctono en superficies, caminos y taludes.

El proyecto prevé la realización de un seguimiento y control durante las obras de las acciones de restauración, de la gestión de residuos, de la protección de yacimientos arqueológicos, y de la calidad de las aguas subterráneas de acuerdo con las localizaciones y parámetros que en la documentación especifica. Una vez concluidas las obras serán objeto de seguimiento y control la eficiencia del sistema en relación al consumo de agua, el control de la calidad del agua subterránea, de la eficacia de las medidas de restauración del medio y de los yacimientos arqueológicos.

Considerando las respuestas recibidas, los criterios del anexo III de la Ley 6/2001, y analizada la totalidad del expediente no se deduce la posible existencia de impactos ambientales significativos que aconsejen someter el proyecto al procedimiento de evaluación de impacto ambiental.

Por lo tanto, en virtud del artículo 1.2 de la precitada Ley, y teniendo en cuenta que el objetivo de la actuación es la modernización de la infraestructura de un terreno de 11.732 hectáreas actualmente en regadío que permita ahorros en el consumo de agua, disminución de las tasas de utilización de abonos y fertilizantes, y mayor eficiencia en la producción, teniendo en cuenta que se definen las actuaciones para la restauración y recuperación de los espacios afectados por las obras y, en particular, se adoptan medidas para la protección de potenciales yacimientos arqueológicos, teniendo en cuenta que se adoptan medidas para la gestión de residuos y materiales sobrantes de obra, teniendo en cuenta que se establecen las pautas para el seguimiento y control de la eficacia de las acciones de restauración ambiental y de la calidad de las aguas subterráneas, y teniendo en cuenta que el ámbito del proyecto no se encuentra en Zonas de Especial Protección para las Aves, Lugares de Interés Comunitario o Espacios Naturales Protegidos.

La Secretaría General de Medio Ambiente considera que no es necesario someter al procedimiento de evaluación de impacto ambiental el proyecto de mejora y modernización de la zona regable del Guadalcacín de la Sociedad Estatal de Infraestructuras Agrarias del Sur y Este.

Madrid, 10 de abril de 2002.‒La Secretaria general, Carmen Martorell Pallás.

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