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Documento BOE-A-2002-9111

Resolución de 26 de abril de 2002, conjunta de la Subsecretaría de Fomento y la Subsecretaría de Economía, sobre emisión y puesta en circulación de una serie de sellos de correos denominada «EUROPA 2002. «El Circ. Principat d'Andorra».

Publicado en:
«BOE» núm. 112, de 10 de mayo de 2002, páginas 17028 a 17028 (1 pág.)
Sección:
III. Otras disposiciones
Departamento:
Ministerio de Fomento
Referencia:
BOE-A-2002-9111

TEXTO ORIGINAL

De conformidad con lo establecido en la disposición adicional segunda de la Ley 24/1998, de 13 de julio, del Servicio Postal Universal y de Liberalización de los Servicios Postales, se dicta la presente Resolución, sobre emisión y puesta en circulación de una serie de sellos de correos: «EUROPA 2002. «El Circ. Principat d’Andorra».

En su virtud, hemos resuelto:

Primero.

Por la Fábrica Nacional de Moneda y Timbre-Real Casa de la Moneda se procederá a la estampación de una serie de sellos de correos con la denominación de: «EUROPA 2002. «El Circ. Principat d’Andorra».

Segundo.

«EUROPA 2002. «El Circ. Principat d’Andorra».

El Principat d’Andorra emitirá un sello de correos denominado «El Circ», dentro de la serie «Europa». El tema es común a todos los países que forman parte de PostEurop, aunque cada país elige su propio diseño. El sello se emitirá el día 9 de mayo, declarado Día de Europa.

Características técnicas:

Procedimiento de impresión: Huecograbado.

Papel: Estucado, engomado, fosforescente.

Dentado: 13 3/4.

Formato del sello: 40,9 × 28,8 milímetros (horizontal).

Valor postal: 0,50 euros.

Efectos en pliego: 50.

Tirada: 300.000.

Tercero.

La venta y puesta en circulación de estas emisiones se iniciará el 9 de mayo de 2002.

Su distribución a los puntos de venta cesará el 31 de diciembre de 2006, no obstante lo cual mantendrán indefinidamente su valor a efectos de franqueo, hasta que se dicte orden en contrario.

Cuarto.

De estos efectos quedarán reservadas en la Fábrica Nacional de Moneda y Timbre-Real Casa de la Moneda 4.500 unidades a disposición de la Sociedad Estatal Correos y Telégrafos, para atender los compromisos internacionales, derivados de la pertenencia a la Unión Postal Universal y de los intercambios con otras Administraciones Postales, así como para su incorporación a los fondos filatélicos del Museo Postal y Telegráfico y para la promoción del sello español.

Otras 500 unidades de estos efectos serán reservadas a la Fábrica Nacional de Moneda y Timbre-Real Casa de la Moneda, para atenciones de intercambio con los organismos emisores de otros países, integración en los fondos filatélicos del Museo de dicha Fábrica y promoción filatélica nacional e internacional.

Quinto.

Por la Fábrica Nacional de Moneda y Timbre-Real Casa de la Moneda se procederá a la destrucción de los proyectos, maquetas, dibujos, pruebas, planchas y cualquier otro elemento o material utilizado, una vez realizadas las emisiones. Sin embargo, cuando resulte, a juicio de la Fábrica, que alguno de los elementos empleados en la preparación o estampillado de las emisiones anteriormente aludidas encierra gran interés histórico o didáctico, podrá ser destinado, convenientemente inutilizado, a dotar el Museo de la Fábrica, el Museo Postal o cualquier otro museo de interés en la materia. En todo caso se extenderá la correspondiente acta, tanto de la inutilización como de los elementos que en calidad de depósito se integren en alguno de los indicados museos.

Lo que comunicamos a VV. II. para su conocimiento y efectos.

Madrid, 26 de abril de 2002.–El Subsecretario de Fomento, Adolfo Menéndez Menéndez.–El Subsecretario de Economía, Miguel Crespo Rodríguez.

Ilmos. Sres. Presidente de la «Sociedad Estatal Correos y Telégrafos, Sociedad Anónima» y Presidente Director de la Fabrica Nacional de Moneda y Timbre-Real Casa de la Moneda.

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