Habiéndose suscrito con fecha 9 de diciembre de 2002 un Convenio
de Colaboración entre el Ministerio del Interior (Dirección General de
la Guardia Civil) y la Consejería de Justicia y Administración Pública
de la Junta de Andalucía, en materia de seguridad de los edificios judiciales,
procede la publicación en el "Boletín Oficial del Estado" de dicho Convenio,
que figura como anexo de esta Resolución.
Madrid, 23 de diciembre de 2002.-El Secretario general técnico,
Fernando Manzanedo González.
ANEXO
Addenda al Convenio de colaboración suscrito entre el Ministerio del
Interior (Dirección General de la Guardia Civil) y la Consejería de
Justicia y Administración Pública de la Junta de Andalucía, en materia
de seguridad de los edificios judiciales de la Comunidad Autónoma de
Andalucía, correspondiente al ejercicio 2003
En Madrid, a 9 de diciembre de 2002.
REUNIDOS
De una parte, el excelentísimo señor Ministro del Interior, don Ángel
Acebes Paniagua, que actúa en nombre y representación del citado
Departamento, y
De otra parte, la excelentísima señora Consejera de Justicia y
Administración Pública de la Junta de Andalucía, doña Carmen Hermosín Bono,
que actúa en nombre y representación de la Comunidad Autónoma de
Andalucía.
EXPONEN
Que el día 31 de julio de 2001 se firmó un Convenio de colaboración
entre el Ministerio del Interior (Dirección General de la Guardia Civil) y
la Consejería de Justicia y Administración Pública de la Junta de Andalucía,
en materia de seguridad de los edificios judiciales de la Comunidad Autónoma
de Andalucía.
Que el apartado d) de la estipulación tercera del Convenio dispone
lo siguiente:
"Para las prórrogas anuales del Convenio se acordará, en el seno de
la Comisión Mixta, los edificios donde se establecerán destacamentos y
el número de efectivos de la Guardia Civil precisos para cubrir la vigilancia,
los incentivos al personal, las necesidades de éste y las relativas al servicio,
así como los recursos económicos y materiales que aportará la Consejería
de Justicia y Administración Pública de la Junta de Andalucía para hacer
frente a los gastos derivados de la aplicación del Convenio.
Estos acuerdos se trasladarán a la correspondiente addenda al
Convenio, la cual será suscrita por las mismas autoridades que éste."
En virtud de lo expuesto anteriormente, se ratifican los acuerdos
siguientes, adoptados por la Comisión Mixta de Seguimiento del Convenio:
1. Sedes y efectivos para el año 2003.-Se estudian y analizan las
necesidades del servicio y la previsión de efectivos necesaria para cubrir
las mismas en el próximo ejercicio 2003, que se eleva a un total de 569
efectivos. Se adjunta como anexos I y II los cuadros resúmenes de estos
efectivos.
Entre las variaciones respecto al ejercicio 2002, merece destacarse:
El incremento en el número de efectivos, pasando éstos de 535 a 569.
La creación de una nueva plaza de Oficial en Algeciras, al objeto de
adecuar la estructura de la Unidad de Protección y Seguridad de Edificios
Judiciales a la de las Comandancias de la Guardia Civil en Andalucía.
La creación de nuevos destacamentos en las localidades de Berja y
Huercal-Overa, en Almería ; Sanlúcar de Barrameda, en Cádiz; Puente Genil,
en Córdoba ; Loja y Baza, en Granada; Moguer y Aracena, en Huelva; Úbeda,
en Jaén, y Osuna, Carmona, Lora del Río y Marchena, en Sevilla.
2. Condiciones económicas.-Tras analizar las necesidades de
financiación sobre la base de los efectivos previstos, la aportación económica
de la Consejería de Justicia y Administración Pública se establece en un
máximo de 4.105.893,12 euros. Se adjunta como anexo III cuadro resumen.
Entre las variaciones respecto al ejercicio 2002, merecen destacarse:
El coste en concepto de diferencia de haberes y CES, se estima en
un total de 3.870.893,12 euros. Dada la diferencia de situaciones
administrativas (reserva, reserva activa...) y de empleos dentro de cada categoría
de personal (Cabo, Brigada, Capitán, Teniente...), el cálculo se ha realizado
extrapolando las condiciones reales acaecidas en el ejercicio 2002 a los
efectivos previstos para el año 2003.
El coste en concepto de productividad fija mensual se ha incrementado
con carácter general en un 2 por 100, y en mayor porcentaje para los
Oficiales atendiendo a la necesaria supervisión que han de realizar los
efectivos que realizan servicios en las tardes de los sábados de guardia
y en los días festivos.
Aprobado en el Acuerdo de la Comisión Mixta del pasado 14 de marzo
el establecimiento de una productividad variable por la efectiva realización
de servicios nocturnos y festivos, se actualiza la misma en los siguientes
términos:
1. Los efectivos que realicen servicios en jornadas nocturnas y festivas
percibirán un complemento de productividad por cada servicio
efectivamente prestado.
2. Si el servicio se realizase en festivo se percibirán 15 euros.
3. Si el servicio fuese en jornada nocturna se percibirán 24 euros.
Y en prueba de conformidad, firman el presente documento, en
duplicado ejemplar, en el lugar y fecha indicados al principio.-La Consejera
de Justicia y Administración Pública de la Junta de Andalucía, Carmen
Hermosín Bono.-El Ministro del Interior, Ángel Acebes Paniagua.
ANEXO I : (Ver imágenes páginas 2131 a 2134)
ANEXO II : (Ver imagen página 2135)
Resumen de efectivos necesarios para cubrir los servicios de vigilancia, seguridad y protección de las instalaciones de los edificios judiciales
dependientes administrativamente de la Comunidad Autónoma de Andalucía en el año 2003
Comandancia Almería Algeciras Cádiz Córdoba Granada Huelva Jaén Málaga Sevilla
Número de efectivos ........ 55 32 68 40 76 35 53 98 109
Total: 566.
Nota: A este personal hay que añadirle el Mando y su Plana Mayor: Un Oficial Superior Jefe de la Unidad, un Suboficial y un Guardia. En total
tres efectivos más.
Total general: 569.
ANEXO III : (Ver imagen página 2135)
Estimación aproximada del coste en concepto de haberes, CES, productividad y complementos por servicios en nocturnos y festivos, para el personal
de la Guardia Civil en situación de reserva que se estima necesario para cubrir los edificios judiciales de la Comunidad Autónoma de Andalucía
Nocturnos
y festivos (2)
-Euros
Total mensual
-Euros
Total anual
-Euros
Empleo Número
de efectivos
Diferencia
haberes y CES (1)
-Euros
Productividad
-Euros
Oficial Superior .......................................... 1 737,65 450,00 - 1.187,65 14.251,80
Oficiales ................................................... 9 591,45 420,00 - 9.103,05 109.236,60
Suboficial-Cabo .......................................... 44 310,27 337,17 - 28.487,36 341.848,32
Guardias .................................................. 515 244,46 306,52 - 283.754,70 3.405.056,40
205.500,00 205.500,00
Total ............................................................................................................................................................ 4.075.893,12
(1) Se calcula en base al coste medio observado en el ejercicio 2002, atendiendo a las diversas situaciones administrativas (Reserva, Reserva Activa, ...), del personal afectado, y de los diferentes
empleos:
Coronel, Teniente Coronel o Comandante.
Capitán o Teniente.
Subteniente, Brigada, Sargento 1.o, Sargento, Cabo 1.oo Cabo.
(2) Por cada servicio efectivamente prestado en nocturnos y festivos se incrementará la productividad en 15 euros en caso de festivo y en 24 euros en servicio nocturno.
Previsión para otras necesidades: Gastos de material, dotación de medios, indemnizaciones por razón de servicio, etc.: 30.000,00 euros.
Aportación total: 4.105.893,12 euros.
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