Por Orden INT/1404/2002, de 28 de mayo ("Boletín Oficial
del Estado" de 12 de junio), se convocan pruebas selectivas para
ingreso en el Cuerpo Técnico de Instituciones Penitenciarias, por
el sistema general de acceso libre, especialidades de Juristas y
Psicólogos.
Una vez finalizada la fase de oposición y entregadas por el
Presidente del Tribunal Coordinador, copia certificada de las listas
de aprobados,
Esta Dirección General de Instituciones Penitenciarias, en
virtud de lo previsto en el artículo 22 del Real Decreto 364/1995,
de 10 de marzo, por el que se aprueba el Reglamento General
de Ingreso, y en la base octava de la convocatoria, resuelve:
Primero.-Hacer pública la relación de aprobados por orden
de puntuación en las pruebas selectivas para ingreso en el Cuerpo
Técnico de Instituciones Penitenciarias, especialidades de Juristas
y Psicólogos, en la fase de oposición, que se encontrarán expuestas
en los tablones de anuncios de los Centros Penitenciarios y en
la Dirección General de Instituciones Penitenciarias.
Segundo.-En el plazo de veinte días naturales, a contar desde
el siguiente a su publicación en el "Boletín Oficial del Estado",
los aspirantes aprobados deberán presentar en la subdirección
General de Personal de Instituciones Penitenciarias, los
documentos que se señalan en la base octava de la convocatoria,
(apartados 8.1 y 8.2).
Tercero.-Quienes dentro del plazo fijado y salvo los casos de
fuerza mayor, no presentasen la documentación, o del examen
de la misma se dedujera que carecen de alguno de los requisitos
señalados en la base 2 de la convocatoria, no podrán ser
nombrados funcionarios y quedarán anuladas sus actuaciones, sin
perjuicio de la responsabilidad en que hubieren incurrido por falsedad
en la solicitud inicial (apartado tercero de la base octava de la
convocatoria).
Cuarto.-La presente resolución, de conformidad con el
artículo 116 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre de Régimen Jurídico
de las Administraciones Públicas y del Procedimiento
Administrativo Común, modificada por Ley 4/1999, de 13 de enero, podrá
ser recurrida potestativamente ante el mismo órgano que lo ha
dictado, mediante la interposición de recurso de reposición en
el plazo de un mes, a partir del día siguiente a su publicación,
o ser impugnada directamente ante la Audiencia Nacional,
pudiendo interponerse, en este caso, recurso contencioso-administrativo
en el plazo de dos meses a contar desde el día siguiente al de
su publicación.
Madrid, 17 de diciembre de 2002.-El Director general de
Instituciones Penitenciarias, Ángel Yuste Castillejo.
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