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Documento BOE-A-2003-11148

Resolución de 14 de mayo de 2003, de la Secretaría de Estado de Política Científica y Tecnológica, por la que se conceden becas predoctorales de formación de personal investigador (FPI).

Publicado en:
«BOE» núm. 132, de 3 de junio de 2003, páginas 21606 a 21624 (19 págs.)
Sección:
III. Otras disposiciones
Departamento:
Ministerio de Ciencia y Tecnología
Referencia:
BOE-A-2003-11148

TEXTO ORIGINAL

La Orden de 28 de octubre de 2002 (BOE del 31) del Ministerio de Ciencia y Tecnología que establece las bases y hace pública la convocatoria de becas Predoctorales de Formación de Personal Investigador (FPI), en el marco del programa nacional de potenciación de recursos humanos del Plan Nacional de Investigación Científica, Desarrollo e Innovación Tecnológica 2000-2003, dispone en su apartado decimotercero que, en virtud de la delegación de competencias establecida en la Orden de 30 de noviembre de 2000, corresponderá al Director General de Investigación la resolución del procedimiento, por ello he resuelto:

Primero.

Conceder, con efectos de uno de mayo de 2003, las becas Predoctorales de Formación de Personal Investigador (FPI) que se relacionan en el Anexo I de la presente Resolución.

Segundo.

Designar a los solicitantes que se relacionan en el Anexo II como candidatos en reserva para cubrir las renuncias de los becarios de acuerdo con lo establecido en el punto decimosexto de la mencionada orden de convocatoria.

Tercero.

La dotación mensual bruta de estas becas será de 985,00 euros financiada con cargo a la aplicación presupuestaria 20.10.542M.783 y, en su caso, con las aportaciones procedentes del Fondo Social Europeo.

Contra la presente Resolución, que pone fin a la vía administrativa, cabe interponer ante esta Secretaría de Estado, en el plazo de un mes, recurso potestativo de reposición, al amparo de los artículos 116 y 117 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, modificada por la Ley 4/1999, de 13 de enero. Asimismo, en el plazo de dos meses, podrá interponerse recurso contencioso-administrativo ante la Sala de lo Contencioso-Administrativo de la Audiencia Nacional, conforme a lo establecido en el artículo 11.1 de la Ley 29/1998, de 13 de julio. Dicho recurso no podrá ser interpuesto hasta que el anterior recurso potestativo de reposición sea resuelto expresamente o se haya producido la desestimación presunta.

Madrid, 14 de mayo de 2003.–El Secretario de Estado, P. D. (Orden de 30 de noviembre de 2000, BOE de 5 de diciembre), la Directora general Investigación, Matilde Sánchez Ayuso.

Ilmo. Sr. Subdirector general de Formación y Movilidad de Personal Investigador.

ANEXO I
Becas Predoctorales de Formación de Personal Investigador

(Concesiones)

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ANEXO II
Becas Predoctorales de Formación de Personal Investigador

(Suplentes)

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