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Documento BOE-A-2003-12235

Resolución de 4 de junio de 2003, de la Presidencia de la Agencia Estatal de Administración Tributaria, por la que se convocan pruebas selectivas para ingreso en el Cuerpo General Administrativo de la Administración del Estado, especialidad Agentes de la Hacienda Pública.

Publicado en:
«BOE» núm. 146, de 19 de junio de 2003, páginas 23617 a 23621 (5 págs.)
Sección:
II. Autoridades y personal - B. Oposiciones y concursos
Departamento:
Ministerio de Hacienda
Referencia:
BOE-A-2003-12235

TEXTO ORIGINAL

Al amparo de lo previsto en el artículo 20 de la Ley 52/2002,

de 30 de diciembre, ("Boletín Oficial del Estado" del 31), de

Presupuestos Generales del Estado para 2003, el Consejo de Ministros

aprobó la oferta de empleo público para 2003 por Real

Decreto 215/2003, de 21 de febrero ("Boletín Oficial del Estado" del 22).

En dicha oferta, se autoriza la convocatoria de 95 plazas para

el ingreso en el Cuerpo General Administrativo de la

Administración del Estado, Especialidad Agentes de la Hacienda Pública,

con el fin de atender las necesidades de personal de la Agencia

Estatal de Administración Tributaria.

Por su parte, el artículo 103.4, apartado segundo, de la

Ley 31/1990, de 27 de diciembre, ("Boletín Oficial del Estado"

del 28), de Presupuestos Generales del Estado para 1991,

adscribió a la Agencia Tributaria la especialidad de Agentes de la

Hacienda Pública del Cuerpo General Administrativo. Del mismo

modo, el apartado cuarto del mencionado artículo reconoce la

competencia de la Agencia Tributaria para elaborar, convocar y

resolver las convocatorias de los Cuerpos y especialidades

adscritos a la misma.

En virtud de lo anteriormente expuesto, esta Dirección General,

en uso de las competencias que le están delegadas por Resolución

de 24 de junio de 1999 de la Agencia Estatal de Administración

Tributaria ("Boletín Oficial del Estado" de 9 de julio) y previo

informe favorable de la Dirección General de la Función Pública, ha

resuelto convocar pruebas selectivas para ingreso en el Cuerpo

General Administrativo de la Administración del Estado,

especialidad de Agentes de la Hacienda Pública, código 1135H, con

sujeción a las siguientes:

Bases de la convocatoria

1. Normas generales

1.1 Se convocan pruebas selectivas para cubrir 95 plazas del

Cuerpo General Administrativo de la Administración del Estado,

especialidad de Agentes de la Hacienda Pública, código 1135H,

por el sistema general de acceso libre.

Del total de estas plazas se reservarán 4 para quienes tengan

la condición legal de personas con discapacidad de grado igual

o superior al 33 por ciento.

Una vez cubiertas las plazas del cupo de reserva de

discapacitados, los aspirantes discapacitados que hayan superado la fase

de oposición sin obtener plaza por dicho cupo, podrán optar, en

igualdad de condiciones, a las de acceso general.

Las plazas no cubiertas en el cupo de reserva de discapacitados

se acumularán a las de acceso general.

1.2 El proceso selectivo se realizará mediante el sistema de

oposición, con las valoraciones, pruebas y puntuaciones que se

especifican en el Anexo I.

1.3 El programa que ha de regir las pruebas selectivas es

el que figura en el Anexo II de esta convocatoria.

1.4 El primer ejercicio de la fase de oposición se realizará antes

del 15 de septiembre de 2003 y el segundo ejercicio en un plazo

no superior a cuarenta y cinco días naturales desde la total

conclusión del primer ejercicio. La duración máxima de la fase de

oposición será de cinco meses contados a partir de la fecha de

celebración del primer ejercicio.

1.5 Concluido el proceso selectivo, los aspirantes que lo

hubieran superado y que hayan acreditado cumplir los requisitos

exigidos, serán nombrados funcionarios de carrera mediante

resolución de la Secretaría de Estado para la Administración Pública,

que se publicará en el "Boletín Oficial del Estado", con indicación

del destino adjudicado.

2. Requisitos de los candidatos

2.1 Para ser admitidos a la realización de las pruebas

selectivas los aspirantes deberán poseer en el día de finalización del

plazo de presentación de solicitudes y mantener hasta el momento

de la toma de posesión como funcionario de carrera los siguientes

requisitos de participación:

2.1.1 Nacionalidad: Ser español.

2.1.2 Edad: Tener dieciocho años de edad y no haber

alcanzado la edad de jubilación.

2.1.3 Titulación: Estar en posesión, o en condiciones de

obtener, el título de Bachiller Superior, Bachillerato Unificado

Polivalente, Bachillerato-LOGSE, Formación Profesional de Segundo

Grado o equivalente, o tener aprobadas las pruebas de acceso

a la Universidad para mayores de veinticinco años. En el caso

de titulaciones obtenidas en el extranjero deberá estarse en

posesión de la credencial que acredite su homologación.

2.1.4 Capacidad: No padecer enfermedad ni estar afectado

por limitación física o psíquica incompatible con el desempeño

de las correspondientes funciones.

2.1.5 Habilitación: No haber sido separado, mediante

expediente disciplinario, del servicio de cualquiera de las

Administraciones Públicas, ni hallarse inhabilitado para el desempeño de

las funciones públicas.

2.2 Los aspirantes que se presenten por el cupo de reserva

de discapacitados habrán de tener reconocida la condición legal

de discapacitado de grado igual o superior al 33 por ciento.

3. Solicitudes

3.1 La presentación de solicitudes se realizará en los Servicios

Centrales y Delegaciones de la Agencia Estatal de Administración

Tributaria, o en la forma establecida en el artículo 38.4 de la

Ley 30/ 1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las

Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo

Común, en el plazo de veinte días naturales contados a partir

del día siguiente al de la fecha de publicación de esta convocatoria

en el "Boletín Oficial del Estado" y se dirigirán al Director General

de la Agencia Estatal de Administración Tributaria. La no

presentación de la solicitud en tiempo y forma supondrá la exclusión

del aspirante.

3.2 Quienes deseen participar en estas pruebas selectivas

deberán cumplimentar el modelo oficial de solicitud de admisión

a pruebas selectivas en la Administración Pública y liquidación

de derechos de examen (modelo 790), que será facilitado

gratuitamente en los Servicios Centrales y Delegaciones de la Agencia

Estatal de Administración Tributaria, en las Delegaciones de

Gobierno en las Comunidades Autónomas, en las Subdelegaciones

del Gobierno, así como en el Centro de Información Administrativa

del Ministerio para las Administraciones Públicas, en la Dirección

General de la Función Pública, en la sede central del Instituto

de Estudios Fiscales, en las representaciones diplomáticas o

consulares de España en el extranjero y en la página de Internet

www.map.es/seap/dgfp/dgfp.htm

La solicitud se cumplimentará de acuerdo con las instrucciones

del Anexo IV.

3.3 A la solicitud se acompañará una fotocopia del documento

nacional de identidad o del pasaporte.

3.4 Los aspirantes que tengan la condición de funcionarios

de Organismos Internacionales deberán acompañar a la solicitud

las certificaciones de homologación o, con carácter excepcional,

presentarlas al órgano de selección con antelación a la celebración

de las correspondientes pruebas.

3.5 Los errores de hecho que pudieran advertirse en la

solicitud podrán subsanarse en cualquier momento de oficio o a

petición del interesado.

4. Admisión de aspirantes

4.1 Transcurrido el plazo de presentación de solicitudes, el

Director General de la Agencia Estatal de Administración

Tributaria dictará Resolución, en el plazo máximo de un mes, declarando

aprobada la lista de admitidos y excluidos. En dicha resolución,

que deberá publicarse en el "Boletín Oficial del Estado", se

relacionarán los aspirantes excluidos con indicación de las causas

de exclusión, apellidos, nombre y número de documento nacional

de identidad o pasaporte, señalando un plazo de diez días hábiles

para subsanar el defecto que haya motivado la exclusión u omisión,

contados a partir del día siguiente al de la publicación de la

resolución. Asimismo, se indicarán los lugares donde se encuentre

expuesta al público la lista de aspirantes admitidos y el lugar,

fecha y hora de comienzo del primer ejercicio.

4.2 No procederá la devolución de los derechos de examen

en los supuestos de exclusión por causa imputable a los aspirantes.

5. Tribunal

5.1 El Tribunal calificador de estas pruebas es el que figura

en el Anexo III a esta convocatoria.

5.2 El procedimiento de actuación del Tribunal se ajustará

en todo momento a lo dispuesto en la Ley 30/1992, de 26 de

noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas

y del Procedimiento Administrativo Común y demás disposiciones

vigentes.

5.3 Los aspirantes podrán recusar a los miembros del

Tribunal cuando concurran las circunstancias previstas en el

artículo 28 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico

de las Administraciones Públicas y del Procedimiento

Administrativo Común.

5.4 A efectos de comunicaciones y demás incidencias, el

Tribunal tendrá su sede en el Departamento de Recursos Humanos

y Administración Económica de la Agencia Estatal de

Administración Tributaria sita en C/ Lérida, 32, 34, 28020-Madrid,

teléfonos: 91.583.11.93, 91.583.10.33, y 91.583.11.83.

6. Desarrollo de los ejercicios

6.1 El orden de actuación de los opositores se iniciará

alfabéticamente por el primero de la letra "X", según lo establecido

en la Resolución de la Secretaría de Estado para la Administración

Pública de 10 de marzo 2003 ("Boletín Oficial del Estado" del 14).

6.2 Los aspirantes serán convocados para cada ejercicio en

llamamiento único, siendo excluidos de la oposición quienes no

comparezcan.

El Tribunal podrá requerir, en cualquier momento del proceso

selectivo, la acreditación de la identidad de los aspirantes.

6.3 Una vez comenzado el proceso selectivo, los anuncios

de celebración de los restantes ejercicios, se harán públicos con

doce horas de antelación, al menos, a la señalada para su inicio,

si se trata del mismo ejercicio, o con veinticuatro horas, si se

trata de uno nuevo. Estos anuncios se efectuarán, al menos, en

los locales donde se haya celebrado el anterior y en la sede del

Tribunal señalada en la base 5.4.

6.4 El Tribunal adoptará las medidas necesarias para

garantizar que los ejercicios de la fase de oposición que sean escritos

y no deban ser leídos ante el órgano de selección, sean corregidos

sin que se conozca la identidad de los aspirantes.

7. Listas de aprobados

7.1 Concluido cada uno de los ejercicios de la oposición, el

Tribunal hará públicas, en el lugar o lugares de celebración del

ejercicio y en la sede del Tribunal, las relaciones de aspirantes

que hayan superado el mínimo establecido para cada uno de ellos,

con indicación de la puntuación obtenida.

7.2 Finalizada la fase de oposición, el Presidente del Tribunal

elevará a la autoridad convocante la relación definitiva de

aspirantes que han superado dicha fase por orden de puntuación.

Dicha relación se publicará en el "Boletín Oficial del Estado",

disponiendo los aspirantes propuestos de un plazo de veinte días

naturales, desde la publicación en el "Boletín Oficial del Estado",

para la presentación de la documentación acreditativa de los

requisitos exigidos en la convocatoria.

7.3 No se podrá declarar superado el proceso selectivo a un

número de aspirantes superior al de plazas convocadas.

7.4 La adjudicación de los puestos a los aspirantes que

superen el proceso selectivo se efectuará de acuerdo con la puntuación

total obtenida según la petición de destino, a la vista de los puestos

que se ofrezcan.

8. Norma Adicional

La Resolución de convocatoria y las bases de este proceso

selectivo, así como los actos que deriven de su ejecución, se

incluirán en la página web de la Agencia Tributaria (www.

agenciatributaria.es), pudiendo ser consultados a través de ella.

9. Norma final

A las presentes pruebas selectivas les serán de aplicación la

Ley 30/1984, de 2 de agosto; el R.D. 364/1995, de 10 de marzo,

la legislación vigente en la materia y lo dispuesto en la

convocatoria.

Contra la presente convocatoria, podrá interponerse recurso

contencioso-administrativo, en el plazo de dos meses desde el

día siguiente a su publicación, ante el órgano juridisccional

competente, de conformidad con lo dispuesto en la Ley 30/1992,

de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones

Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, y en la

Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la Jurisdicción

Contencioso-Administrativa, o bien, con carácter potestativo, recurso

de reposición ante el Presidente de la Agencia Estatal de

Administración Tributaria en el plazo de un mes a su publicación,

significándose, que en este caso, no se podrá interponer recurso

contencioso-administrativo hasta que sea resuelto expresamente

o se haya producido la desestimación presunta del mismo.

Asimismo, la Administración podrá, en su caso, proceder a

la revisión de las resoluciones del Tribunal, conforme a lo previsto

en la citada Ley.

Madrid, 4 de junio de 2003.-P. D. (Resolución de 24 de junio

de 1999, "BOE" de 9 de julio), el Director General, Salvador Ruiz

Gallud.

Ilmos. Sres. Director del Departamento de Recursos Humanos

y Administración Económica y Presidente del Tribunal.

ANEXO I

Descripción del proceso selectivo

1. Proceso Selectivo

La oposición constará de los dos ejercicios que a continuación

se indican, siendo ambos eliminatorios.

1.1 Primer ejercicio: Consistirá en contestar por escrito un

cuestionario de 100 preguntas de respuesta múltiple sobre las

materias contenidas en el programa que figura como Anexo I a

la presente convocatoria.

Para cada pregunta se propondrán diversas respuestas, siendo

sólo una de ellas la correcta. Los aspirantes marcarán las

contestaciones en las correspondientes hojas de examen. Las

respuestas incorrectas serán penalizadas.

La duración máxima de esta prueba será de sesenta minutos.

1.2 Segundo ejercicio: Consistirá en contestar por escrito un

supuesto teórico-práctico relacionado con los epígrafes IV

"Inspección y Gestión Tributaria" y V "Recaudación Tributaria" del

programa, de entre dos propuestos por el Tribunal, con objeto

de valorar los conocimientos teóricos del candidato, así como las

aptitudes para la solución de las cuestiones planteadas.

El tiempo máximo para la realización de este ejercicio será

de dos horas treinta minutos.

2. Valoración de los ejercicios

La calificación de los ejercicios se realizará de la forma siguiente:

2.1 Primer ejercicio: En este ejercicio los opositores serán

declarados aptos o no aptos, siendo necesario obtener la

calificación de apto para acceder al segundo ejercicio. Los errores

en las contestaciones serán penalizados.

2.2 Segundo ejercicio: Se calificará 0 a 30 puntos, siendo

necesario obtener un mínimo de 15 puntos para superarlo.

ANEXO II

Programa para el ingreso en el Cuerpo General Administrativo

de la Administración del Estado, especialidad de Agentes

de la Hacienda Pública

I. Organización del Estado y de la Administración Pública

Tema 1. La Constitución Española de 1978: Estructura y

contenido. Derechos y deberes fundamentales. Su garantía y

suspensión. El Tribunal Constitucional y el Defensor del Pueblo. Reforma

de la Constitución.

Tema 2. La Corona. Funciones constitucionales del Rey. Las

Cortes Generales; Composición, atribuciones y funcionamiento.

Tema 3. El Poder Judicial. El Consejo General del Poder

Judicial. El Tribunal Supremo. Las organización judicial española.

Tema 4. El Gobierno y la Administración. Designación,

duración y responsabilidad del Gobierno. Personalidad Jurídica de la

Administración. Administración Institucional.

Tema 5. La Administración Central del Estado. El Consejo

de Ministros. El Presidente del Gobierno. Los Ministros. Los

Secretarios de Estado. Los Subsecretarios y demás órganos

administrativos.

Tema 6. La Administración periférica del Estado. Los

Delegados del Gobierno en las Comunidades Autónomas y los

Subdelegados de Gobierno. Otros órganos periféricos.

Tema 7. La Organización territorial del Estado en la

Constitución. Las Comunidades Autónomas. La Administración Local:

La Provincia y el Municipio.

Tema 8. La organización de la Unión Europea. Instituciones:

El Consejo, el Parlamento, la Comisión, el Tribunal de Justicia.

Efectos de la integración europea sobre la organización del Estado

español.

II. Derecho Administrativo General y Régimen Jurídico

del Personal

Tema 1. Las fuentes del Derecho Administrativo. La jerarquía

de las fuentes. La Constitución. La Ley. Disposiciones normativas

con fuerza de Ley. El Reglamento.

Tema 2. El acto administrativo: Concepto, clases y elementos.

Eficacia y validez de los actos administrativos: Su motivación y

notificación: Revisión, anulación y revocación.

Tema 3. El procedimiento administrativo como garantía

formal. La Ley de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas

y del Procedimiento Administrativo Común: Contenido y ámbito

de aplicación. Idea general de la iniciación, ordenación,

instrucción y terminación del procedimiento administrativo. El silencio

administrativo.

Tema 4. Los recursos administrativos: Concepto y clases. El

recurso de alzada. El recurso de reposición. El recurso

extraordinario de revisión. La jurisdicción contencioso-administrativa.

Tema 5. Los contratos administrativos: Concepto y clases.

Estudio de sus elementos. Su cumplimiento. La revisión de precios

y otras alteraciones contractuales. Incumplimiento de los contratos

administrativos.

Tema 6. Órganos superiores de la función pública. Registro

de Personal. Programación y oferta de empleo público.

Tema 7. El personal funcionario al servicio de las

Administraciones Públicas. Selección. Provisión de puestos de trabajo.

Promoción profesional de los funcionarios. Adquisición y pérdida

de la condición de funcionario. Situaciones de los funcionarios:

Supuestos y efectos de cada una de ellas.

Tema 8. Derechos y deberes de los funcionarios. Sistemas

de retribuciones e indemnizaciones. Las incompatibilidades.

Régimen disciplinario: Faltas, sanciones y procedimiento.

Tema 9. El régimen de la Seguridad Social de los funcionarios.

La MUFACE. El sistema de derechos pasivos.

Tema 10. Régimen de competencias específico de la Agencia

Estatal de Administración Tributaria en materia de personal.

III. Organización de la Hacienda Pública

Tema 1. Actividad económica y actividad financiera. El sujeto

de la actividad financiera. Funciones de la Hacienda Pública. La

Hacienda Pública en la Constitución Española.

Tema 2. Los ingresos de derecho público. Tributos: Concepto

y clases. Los elementos estructurales del impuesto. Devengo.

Exenciones.

Tema 3. El Ministerio de Hacienda. Estructura y funciones.

Tema 4. La Agencia Estatal de Administración Tributaria:

Creación, naturaleza, objetivos, funciones y organización.

IV. Inspección y gestión tributaria

Tema 1. Derecho Tributario: concepto y contenido. Fuentes.

Los tributos: concepto y clasificación.

Tema 2. Sujeto pasivo y retenedor. Hecho imponible,

devengo, base imponible y liquidable, cuota y deuda tributaria:

conceptos.

Tema 3. Derechos y garantías de los contribuyentes.

Tema 4. La Gestión de los Tributos: concepto. El

procedimiento de gestión tributaria. Iniciación y trámites. Competencia

de los órganos de gestión.

Tema 5. Las declaraciones tributarias: concepto y clases. Las

autoliquidaciones periódicas. Las retenciones. Los pagos

fraccionados. Declaraciones informativas.

Tema 6. Las liquidaciones tributarias practicadas por la

Administración: Clases. La notificación y sus requisitos. La prescripción.

Tema 7. Las obligaciones formales de los contribuyentes:

Libros registros y facturas. La declaración censal. El Número de

identificación Fiscal.

Tema 8. La Inspección de los Tributos: Concepto. Funciones

de la Inspección de Tributos. Personal inspector: Derechos y

deberes. Agentes de la Hacienda Pública: Funciones en el área de

Inspección.

Tema 9. Actuaciones inspectoras. Actuaciones de

comprobación e investigación. Actuaciones de valoración. Otras

actuaciones. Lugar y tiempo de las actuaciones.

Tema 10. Iniciación y desarrollo de las actuaciones

inspectoras. Facultades de la Inspección. Documentación de las

actuaciones: Comunicaciones e informes.

Tema 11. Diligencias administrativas. La diligencia de

constancia de hechos: Requisitos.

Tema 12. Actas de Inspección. Concepto. Clases de Actas.

Tema 13. Obtención de información con trascendencia

tributaria. Obtención por suministro. Obtención por captación.

Tema 14. Infracciones y sanciones en materia tributaria. El

delito fiscal.

V. Recaudación tributaria

Tema 1. La Gestión Recaudatoria: Concepto, objeto y

organización. Normativa reguladora.

Tema 2. Los obligados al pago de la deuda tributaria.

Deudores principales. Responsables solidarios y subsidiarios:

Declaraciones y extensión de la responsabilidad. Los sucesores en las

deudas tributarias.

Tema 3. La extinción de la obligación tributaria (I). El pago

o cumplimiento: Requisitos formales y medios de pago. Las

garantías del pago: El derecho de prelación y la hipoteca legal tácita.

Medidas cautelares.

Tema 4. La extinción de la obligación tributaria (II).

Aplazamiento y fraccionamientos del pago. Competencia. Tramitación.

Garantías. Falta de pago.

Tema 5. Otras formas de extinción de las deudas: la

compensación, la prescripción y la condonación. Créditos incobrables

e insolvencias: Concepto, procedimiento y efecto. El

procedimiento de deducción.

Tema 6. El procedimiento de recaudación en periodo

voluntario. Ingresos en las Delegaciones y Administraciones de la

Agencia Estatal de Administración Tributaria: Ingresos a través de

Entidades de Depósito que prestan el servicio de Caja e ingresos a

través de Entidades colaboradoras.

Tema 7. El procedimiento de recaudación en vía de

apremio (I). Potestad de utilizar la vía de apremio. Efectos. Títulos

para ejecución. El recargo de apremio. Práctica de las

notificaciones.

Tema 8. El procedimiento de recaudación en vía de

apremio (II). Motivos de impugnación. Suspensión del procedimiento.

Ingresos en el procedimiento de apremio: Procedimientos y plazos.

Interés de demora de las cantidades adeudadas.

Tema 9. Procedimiento de embargo. La Providencia de

Embargo. Ejecución de garantías. Orden de embargo. Las

diligencias de embargo. Facultades de la Administración Tributaria

en la investigación de bienes y derechos de los deudores.

Tema 10. El embargo de dinero efectivo en cuentas abiertas

en entidades de Depósito: Procedimiento. Embargo de valores

negociables. El embargo de sueldos, salarios y pensiones. Embargo

de inmuebles: Las anotaciones preventivas de embargo.

Requisitos. Otros embargos.

Tema 11. Embargo de bienes inmuebles. Las anotaciones

preventivas de embargo, requisitos. Embargo de bienes muebles.

Otros embargos.

Tema 12. Depósito y enajenación de los bienes embargados.

Valoración y fijación del tipo. Formas de enajenación.

Tema 13. Tercerías: concepto, clases y requisitos. Ejercicio

de acciones civiles y penales en el ámbito de la gestión

recaudatoria.

Tema 14. La revisión de los actos de carácter tributario en

vía administrativa. El recurso de reposición. Las reclamaciones

económico-administrativas. Los Tribunales

Económico-Administrativos.

ANEXO III

Tribunal calificador de las pruebas selectivas para ingreso en

el Cuerpo General Administrativo de la Administración del

Estado, especialidad de Agentes de la Hacienda Pública

El Tribunal quedará constituido de la siguiente forma:

Tribunal titular:

Presidente: Don Alfonso García Cano, del Cuerpo Superior de

Inspectores de Hacienda del Estado.

Vocales:

Doña Beatriz Calleja Panero, del Cuerpo Superior de

Inspectores de Hacienda del Estado.

Don Carlos Pérez Moreno, del Cuerpo de Gestión de Sistemas

e Informática de la Administración del Estado.

Don Enrique Lastra Petrirena, del Cuerpo Técnico de Hacienda.

Doña Concepción Albarrán Ortiz de Apodaca, del Cuerpo

Técnico de Hacienda.

Don Antonio Ivorra Martínez, del Cuerpo General

Administrativo de la Administración del Estado.

Doña María Manzano García, del Cuerpo General

Administrativo de la Administración del Estado.

Don José Francisco Portela Gómez, del Cuerpo General

Administrativo de la Administración del Estado.

Doña Montserrat Alisent Valls, del Cuerpo General

Administrativo de la Administración del Estado.

Don Marciano Soto Fernández, del Cuerpo Técnico de Hacienda.

Secretario: Don Emilio Muñoz López, del Cuerpo de Gestión

de Empleo del Inem.

Tribunal suplente:

Presidente: Don Francisco Javier Zafra Becerra, del Cuerpo

Superior de Inspectores de Hacienda del Estado.

Vocales:

Don Marcelino Cavero Ovejero, del Cuerpo Superior de

Inspectores de Hacienda del Estado.

Doña Amanda Comas Rengifo, del Cuerpo Técnico de Hacienda.

Doña Carmen Canteli Abia, del Cuerpo Técnico de Hacienda.

Don Santiago Meño Galindo, del Cuerpo Técnico de Hacienda.

Don José Miguel Rodríguez García, del Cuerpo Técnico de

Hacienda.

Don José Luis Cubero García, del Cuerpo General

Administrativo de la Administración del Estado.

Doña Soledad Álvarez López, del Cuerpo Técnico de Hacienda.

Doña Rosario Chicharro González, del Cuerpo General

Administrativo de la Administración del Estado.

Don José Antonio Fuertes Viejo, del Cuerpo General

Administrativo de la Administración del Estado.

Secretaria: Doña Rocío Sánchez Martín, del Cuerpo de Gestión

de la Administración Civil del Estado.

El Tribunal podrá disponer la incorporación a sus trabajos de

asesores especialistas para todas o algunas de las pruebas.

ANEXO IV

Instrucciones para cumplimentar la solicitud

Para cumplimentar el modelo de solicitud, se seguirán las

instrucciones que para el interesado figuran al dorso del mismo,

teniendo en cuenta además las siguientes especificaciones:

En el encabezamiento de la solicitud, en el recuadro

correspondiente a Ministerio, los aspirantes consignarán "Ministerio de

Hacienda -AEAT-". En el recuadro relativo a centro gestor se

hará constar "AEAT".

En el recuadro 15, deberá cumplimentarse junto con la

denominación del "Cuerpo General Administrativo de la Administración

del Estado", el código 1135 correspondiente.

En el recuadro 16, especialidad, área o asignatura, se

consignará Agentes de la Hacienda Pública-2003.

En el recuadro 17, relativo a la forma de acceso, se

consignará "L": Acceso Libre.

En el recuadro 18 "Ministerio, órgano, entidad convocante",

se harán constar las siglas "AEAT", código "TB".

En el recuadro 19, se especificará la fecha del "Boletín Oficial

del Estado" en el que se haya publicado la presente convocatoria.

En el recuadro número 20, destinado a provincia de examen,

los aspirantes harán constar la ciudad en que deseen realizar los

ejercicios de la oposición, entre las que seguidamente se señalan:

Madrid, Barcelona, Sevilla, Valencia, A Coruña, Santa Cruz de

Tenerife, Valladolid, Málaga, Palma de Mallorca y Zaragoza.

En el caso de que el número de opositores no justificase la

realización de algún ejercicio en alguna de las ciudades citadas,

el Tribunal convocará a los opositores afectados a los oportunos

lugares de examen.

En el caso de no señalar lugar de examen, se entenderá que

el opositor opta por realizar los ejercicios en Madrid.

Los aspirantes con minusvalía podrán indicar en el recuadro

número 21 el porcentaje de minusvalía que tengan acreditado,

cumplimentando el recuadro número 23 si precisaran alguna

adaptación de tiempo y medios en la realización de las pruebas.

Los aspirantes con grado de minusvalía igual o superior al 33

por 100 que deseen participar en las pruebas selectivas por el

cupo de reserva de discapacitados, deberán indicar tal

circunstancia marcando con una cruz la casilla que figura en el recuadro

número 22 de la solicitud.

En el recuadro 24 de la solicitud deberá consignarse la

titulación poseída o en condiciones de obtener.

De conformidad con lo establecido en el artículo 18, de la

Ley 66/1997, de 30 de diciembre, de Medidas Fiscales,

Administrativas y de Orden Social y en el artículo 62 de la Ley 52/2002,

de 30 de diciembre, de Presupuestos Generales del Estado para

el año 2003, la tasa por derechos de examen será de 12,51 euros.

El ingreso del importe correspondiente a los derechos de

examen se efectuará, junto con la presentación de la solicitud, en

cualquier banco, caja de ahorros o cooperativa de crédito de las

que actúan como entidades colaboradoras en la recaudación

tributaria. En la solicitud deberá constar que se ha realizado el

correspondiente ingreso de los derechos de examen, mediante

validación de la entidad colaboradora en la que se realice el ingreso,

a través de certificación mecánica, o en su defecto, sello y firma

autorizada de la misma en el espacio reservado a estos efectos.

Las solicitudes suscritas en el extranjero podrán cursarse a

través de las representaciones diplomáticas o consulares españolas

correspondientes. El interesado adjuntará a dicha solicitud

com

probante bancario de haber satisfecho los derechos del examen

en la cuenta corriente n.o 01822370430200204057, abierta en

la sucursal de la C/ Alcalá, n.o 16, de Madrid, de BBVA a nombre

de "Cuenta del Tesoro Público, Agencia Estatal de Administración

Tributaria, Ingresos Tasas Oposiciones Extranjero".

Estarán exentos del pago de la tasa:

Los aspirantes con discapacidad igual o superior al 33 por 100,

debiendo acompañar a la solicitud certificado acreditativo de tal

condición.

Las personas que figuren como demandantes de empleo

durante el plazo, al menos, de un mes anterior a la fecha de la

convocatoria. Serán requisitos para el disfrute de esta exención que,

en el plazo de que se trate, no hubieran rechazado oferta de empleo

adecuado, ni se hubiesen negado a participar, salvo causa

justificada, en acciones de promoción, formación o reconversión

profesionales y que asimismo, carezcan de rentas superiores, en

cómputo mensual, al Salario Mínimo Interprofesional.

La certificación relativa a la condición de demandante de

empleo, con los requisitos señalados, se solicitará en las oficinas

de los servicios públicos de empleo. En cuanto a la acreditación

de las rentas se realizará mediante una declaración jurada o

promesa escrita el solicitante. Ambos documentos deberán

acompañarse a la solicitud.

La falta de justificación del abono de los derechos de examen

o de encontrarse exento determinará la exclusión del aspirante.

En ningún caso la presentación y pago en las oficinas a que

se hace referencia supondrá la sustitución del trámite de

presentación, en tiempo y forma, de la solicitud.

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