En cumplimiento de lo dispuesto en el Real Decreto 215/2003,
de 21 de febrero ("Boletín Oficial del Estado" del 22), por el que
se aprueba la oferta de empleo público para el año 2003, y con
el fin de atender las necesidades de personal en la Administración
Pública,
Este Ministerio, en uso de las competencias que le están
atribuidas en el artículo 13.7 de la Ley 6/1997, de 14 de abril, de
Organización y Funcionamiento de la Administración General del
Estado ("Boletín Oficial del Estado" del 15), previo informe de
la Dirección General de la Función Pública, acuerda convocar
pruebas selectivas para ingreso en la Escala de Auxiliar Técnico de
Organismos Autónomos, especialidad de Sanidad y Consumo con
sujeción a las siguientes
Bases de convocatoria
1. Normas generales
1.1 Se convocan pruebas selectivas para cubrir dos plazas
en la Escala de Auxiliar Técnico de Organismos Autónomos,
especialidad de Sanidad y Consumo, Código 5011 por el sistema
general de acceso libre, en el Instituto de Salud Carlos III.
1.2 El proceso selectivo se realizará mediante el sistema de
oposición, con las valoraciones, pruebas y puntuaciones que se
especifican en el Anexo I.
1.3 El programa que ha de regir las pruebas selectivas es
el que figura en el Anexo II de esta convocatoria.
1.4 Las pruebas selectivas se desarrollarán de acuerdo con
el siguiente calendario:
El primer ejercicio de la fase de oposición se celebrará en la
primera quincena del mes de septiembre del presente año. La
duración máxima de la fase de oposición será de seis meses,
contados a partir de la fecha de realización del primer ejercicio.
1.5 Concluido el proceso selectivo, los aspirantes que lo
hubieran superado y que hayan acreditado cumplir los requisitos
exigidos, serán nombrados funcionarios de carrera mediante
resolución de la autoridad convocante, que se publicará en el "Boletín
Oficial del Estado", con indicación del destino adjudicado.
2. Requisitos de los candidatos
2.1 Para ser admitidos a la realización de las pruebas
selectivas los aspirantes deberán poseer en el día de la finalización
del plazo de presentación de solicitudes y mantener hasta el
momento de la toma de posesión como funcionario de carrera
los siguientes requisitos de participación:
2.1.1 Nacionalidad: Ser español o nacional de alguno de los
demás Estados miembros de la Unión Europea o nacional de algún
Estado, al que en virtud de los Tratados internacionales celebrados
por la Unión Europea y ratificados por España, sea de aplicación
la libre circulación de trabajadores.
También podrán participar el cónyuge de los españoles, de
los nacionales de algún Estado, al que en virtud de los Tratados
internacionales celebrados por la Unión Europea y ratificados por
España, sea de aplicación la libre circulación de trabajadores,
siempre que no estén separados de derecho, así como sus
descendientes y los del cónyuge menores de veintiún años o mayores
de dicha edad que vivan a sus expensas.
2.1.2 Edad: Tener dieciocho años de edad y no haber
alcanzado la edad de jubilación.
2.1.3 Titulación: Estar en posesión o en condiciones de
obtener el título de Graduado Escolar, Formación Profesional de primer
grado o equivalente.
En el caso de titulaciones obtenidas en el extranjero se deberá
estar en posesión de la credencial que acredite su homologación.
2.1.4 Capacidad: No padecer enfermedad ni estar afectado
por limitación física o psíquica incompatible con el desempeño
de las correspondientes funciones.
2.1.5 Habilitación: No haber sido separado, mediante
expediente disciplinario, del servicio de cualquiera de las
Administraciones públicas ni hallarse inhabilitado para el desempeño de las
funciones públicas.
Los aspirantes cuya nacionalidad no sea la española deberán
acreditar, igualmente, no estar sometidos a sanción disciplinaria
o condena penal que impida, en su Estado, el acceso a la función
pública.
3. Solicitudes
3.1 La presentación de solicitudes se realizará en el Registro
General del Instituto de Salud Carlos III, calle Sinesio Delgado
6, 28029 Madrid o en la forma establecida en el artículo 38.4
de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico
de las Administraciones Públicas y del Procedimiento
Administrativo Común, en el plazo de veinte días naturales, contados a
partir del siguiente al de la publicación de esta convocatoria en
el "Boletín Oficial del Estado", y se dirigirán al Director del Instituto
de Salud Carlos III (Secretaría General), calle Sinesio Delgado
6, 28029 Madrid. La no presentación de la solicitud en tiempo
y forma supondrá la exclusión del aspirante.
3.2 Quienes deseen participar en estas pruebas selectivas
deberán cumplimentar el modelo oficial de solicitud de admisión
a pruebas selectivas en la Administración Pública y liquidación
de derechos de examen (modelo 790), que se facilitará
gratuitamente en el Ministerio de Sanidad y Consumo, en el Centro
de Información Administrativa del Ministerio de Administraciones
Públicas, en la Dirección General de la Función Pública, en las
Delegaciones y Subdelegaciones del Gobierno, en las
representaciones diplomáticas y consulares de España en el extranjero
y en la página de Internet www.map.es/seap/dgfp/dgfp.htm
La solicitud se cumplimentará de acuerdo con las instrucciones
del Anexo IV.
3.3 A la solicitud se acompañará una fotocopia del
Documento Nacional de Identidad o del pasaporte.
Los aspirantes extranjeros que residan en España deberán
además presentar una fotocopia compulsada de la tarjeta de residente
comunitario o de familiar de residente comunitario en vigor o,
en su caso, de la tarjeta temporal de residente comunitario o de
trabajador comunitario fronterizo en vigor.
Los aspirantes que sean nacionales de la Unión Europea o
de algún Estado, al que en virtud de los Tratados Internacionales
celebrados por la Unión Europea y ratificados por España, sea
de aplicación la libre circulación de trabajadores, que no residan
en España, bien por residir en el extranjero o por encontrarse
en España en régimen de estancia, deberán presentar una
fotocopia compulsada del documento de identidad o pasaporte.
Los familiares de los anteriores deberán presentar una fotocopia
compulsada del visado y, en su caso, del resguardo de haber
solicitado la correspondiente tarjeta o del resguardo de haber
solicitado la exención de visado y la correspondiente tarjeta. De no
haberse solicitado estos documentos deberán presentar los
documentos expedidos por las autoridades competentes que acrediten
el vínculo de parentesco y una declaración jurada o promesa del
español, del nacional de alguno de los demás Estados miembros
de la Unión Europea o del nacional de algún Estado, al que en
virtud de los Tratados Internacionales celebrados por la Unión
Europea y ratificados por España, sea de aplicación la libre
circulación de trabajadores, con el que existe este vínculo, de que
no está separado de derecho de su cónyuge y, en su caso, del
hecho de que el aspirante vive a sus expensas o está a su cargo.
3.4 Los aspirantes que tengan la condición de funcionarios
de Organismos Internacionales deberán acompañar a la solicitud
las certificaciones de homologación o, con carácter excepcional,
presentarlas al órgano de selección con antelación a la celebración
de las correspondientes pruebas.
3.5 Los errores de hecho que pudieran advertirse en la
solicitud podrán subsanarse en cualquier momento de oficio o a
petición del interesado.
4. Admisión de aspirantes
4.1 Transcurrido el plazo de presentación de solicitudes, la
autoridad convocante dictará orden, en el plazo máximo de un
mes, declarando aprobada la lista de admitidos y excluidos. En
dicha orden, que deberá publicarse en el "Boletín Oficial del
Estado", se relacionarán los aspirantes excluidos con indicación de
las causas de exclusión, apellidos, nombre y número de documento
nacional de identidad o pasaporte, señalando un plazo de diez
días hábiles para subsanar el defecto que haya motivado la
exclusión u omisión, contados a partir del día siguiente al de la
publicación de la orden. Asimismo se indicarán los lugares donde se
encuentra expuesta al público la lista de aspirantes admitidos y
el lugar, fecha y hora de comienzo del primer ejercicio.
4.2 No procederá la devolución de los derechos de examen
en los supuestos de exclusión por causa imputable al interesado.
5. Tribunales
5.1 El Tribunal calificador de estas pruebas es el que figura
como Anexo III a esta convocatoria.
5.2 El procedimiento de actuación del Tribunal se ajustará
en todo momento a lo dispuesto en la Ley 30/1992, de 26 de
noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas
y del Procedimiento Administrativo Común y demás disposiciones
vigentes.
5.3 Los aspirantes podrán recusar a los miembros del
Tribunal cuando concurran las circunstancias previstas en el artículo
28 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico
de las Administraciones Públicas y del Procedimiento
Administrativo Común.
5.4 A efectos de comunicaciones y demás incidencias, el
Tribunal tendrá su sede en el Instituto de Salud Carlos III, Ctra.
de Majadahonda - Pozuelo Km. 2,400, teléfono 91/5077900,
dirección de correo electrónico pbarberoUisciii.es
6. Desarrollo de los ejercicios
6.1 El orden de actuación de los opositores se iniciará
alfabéticamente por el primero de la letra "X", según lo establecido
en la Resolución de la Secretaría de Estado para la Administración
Pública de 10 de marzo de 2003 ("Boletín Oficial del Estado"
de 14 de marzo).
En el supuesto de que no exista ningún aspirante cuyo primer
apellido comience por la letra "X", el orden de actuación se iniciará
por aquellos cuyo primer apellido comience por la letra "Y", y
así sucesivamente.
6.2 Los aspirantes serán convocados para cada ejercicio en
llamamiento único, siendo excluidos de la oposición quienes no
comparezcan.
El Tribunal podrá requerir, en cualquier momento del proceso
selectivo, la acreditación de la identidad de los aspirantes.
6.3 Una vez comenzado el proceso selectivo, los anuncios
de celebración de los restantes ejercicios, se harán públicos con
doce horas de antelación, al menos, a la señalada para su inicio,
si se trata del mismo ejercicio, o con veinticuatro horas, si se
trata de uno nuevo. Estos anuncios se efectuarán, al menos, en
los locales donde se haya celebrado el anterior y en la sede del
Tribunal señalada en la base 5.4.
6.4 El Tribunal adoptará las medidas necesarias para
garantizar que los ejercicios de la fase de oposición que sean escritos
y no deban ser leídos ante el órgano de selección, sean corregidos
sin que se conozca la identidad de los aspirantes.
7. Lista de aprobados
7.1 Concluido cada uno de los ejercicios de la fase de
oposición, el Tribunal hará públicas, en el lugar o lugares de
celebración del ejercicio y en la sede del Tribunal, las relaciones de
aspirantes que hayan superado el mínimo establecido para cada
uno de ellos, con indicación de la puntuación obtenida.
7.2 Finalizada la fase de oposición, el Presidente del Tribunal
elevará a la autoridad convocante la relación definitiva de
aspirantes que han superado dicha fase por orden de puntuación.
Dicha relación se publicará en el "Boletín Oficial del Estado",
disponiendo los aspirantes propuestos de un plazo de veinte días
naturales, desde la publicación en el "Boletín Oficial del Estado",
para la presentación de la documentación acreditativa de los
requisitos exigidos en la convocatoria.
7.3 No se podrá declarar superado el proceso selectivo a un
número de aspirantes superior al de plazas convocadas.
7.4 La adjudicación de los puestos a los aspirantes que
superen el proceso selectivo se efectuará de acuerdo con la puntuación
total obtenida según la petición de destino, a la vista de los puestos
que se ofrezcan.
8. Norma final
A las presentes pruebas selectivas les serán de aplicación la
Ley 30/1984, de 2 de agosto; el Real Decreto 364/1995, de 10
de marzo, la legislación vigente en la materia y lo dispuesto en
la convocatoria.
Contra la presente convocatoria, podrá interponerse, con
carácter potestativo, recurso de reposición ante la excelentísima señora
Ministra de Sanidad y Consumo, en el plazo de un mes desde
su publicación, o bien recurso contencioso-administrativo, en el
plazo de dos meses desde su publicación, ante el órgano
jurisdiccional competente, de conformidad con lo dispuesto en la Ley
30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las
Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común,
y en la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la Jurisdicción
Contencioso-Administrativa, significándose, que en el caso de
interponer recurso de reposición, no se podrá interponer recurso
contencioso-administrativo hasta que aquél sea resuelto
expresamente o se haya producido la desestimación presunta del mismo.
Asimismo, la Administración podrá, en su caso, proceder a
la revisión de las resoluciones del Tribunal, conforme a lo previsto
en la citada Ley 30/1992, de 26 de noviembre.
Madrid, 16 de Junio de 2003.
PASTOR JULIÁN
Ilmos. Sres. Subsecretario de Sanidad y Consumo y Presidente
del Tribunal Calificador.
ANEXO I
Descripción del proceso de selección
1. La oposición estará formada por los siguientes ejercicios,
los dos primeros eliminatorios y el tercero voluntario:
Primer ejercicio: Consistirá en contestar por escrito un
cuestionario de preguntas sobre las materias especificadas en el
programa que figura en el anexo II de esta convocatoria. El
cuestionario estará compuesto por 100 preguntas con respuestas
alternativas, siendo solo una de ellas correcta. El tiempo máximo para
la realización de este ejercicio será de dos horas.
Para corregir este ejercicio se tendrá en cuenta la corrección
del azar penalizando las respuestas erróneas de acuerdo con la
fórmula estadística - A-E/(n-1). Donde A=número de aciertos
totales en el ejercicio, E=número de errores totales en el ejercicio,
y n=número de respuestas alternativas a cada pregunta.
La calificación máxima de este ejercicio será de 50 puntos,
siendo necesario obtener 25 puntos para tener acceso al ejercicio
siguiente.
Segundo ejercicio: Consistirá en el desarrollo por escrito de
un supuesto práctico propuesto por el Tribunal, que versará sobre
las materias especificadas en el programa. Para ello dispondrá
de un tiempo máximo de dos horas.
El ejercicio será leído públicamente ante el Tribunal por los
aspirantes, previo señalamiento de día y hora, pudiendo el
Tribunal, a la finalización de la lectura, realizar cuantas preguntas
considere conveniente sobre el contenido del ejercicio.
Se otorgará una calificación máxima de 10 puntos, siendo
necesario obtener 5 puntos para superarlo.
Tercer ejercicio: De carácter voluntario. Será escrito y consistirá
en la traducción directa y sin diccionario de un texto de carácter
técnico en inglés, francés o alemán, a elegir por el opositor, en
el plazo máximo de una hora.
El ejercicio se calificará de 0 a 5 puntos.
La calificación final de las pruebas vendrá determinada por
la suma de las puntuaciones obtenidas en cada uno de los
ejercicios. En caso de empate, el orden se establecerá atendiendo
a la mayor puntuación obtenida por los aspirantes en el primer
ejercicio, caso de persistir el empate, se utilizará el mismo criterio
para el segundo ejercicio.
Los aspirantes que tengan la condición de funcionarios de
Organismos Internacionales estarán exentos de la realización de
aquellas pruebas que la Comisión Permanente de Homologación
considere que tienen por objeto acreditar conocimientos ya exigidos
para el desempeño de sus puestos de origen en el Organismo
Internacional correspondiente.
Se adoptarán las medidas precisas para que los aspirantes con
minusvalía gocen de similares condiciones que el resto de los
aspirantes en la realización de los ejercicios. En este sentido, para
las personas con minusvalía que así lo hagan constar en su
solicitud, se establecerán las adaptaciones posibles en tiempos y
medios para su realización.
ANEXO II
Programa
1. El Ministerio de Sanidad y Consumo. Estructura y
funciones.
2. El Instituto de Salud Carlos III. Estructura y funciones.
3. El laboratorio de MicrobiologÍa. Organización. Equipos
básicos. Conservación y limpieza.
4. Bioseguridad. Clasificación de los microorganismos según
su nivel de riesgo. Niveles de contención. Accidentes biológicos
en el laboratorio.
5. Preparación del material. Limpieza. Esterilización:
Métodos físicos y químicos. Su control. Concepto de asepsia y su
aplicación práctica.
6. Gestión de muestras: extracción y manejo. Registro,
almacenamiento y destrucción. Normativa internacional para su
transporte.
7. La gestión de los residuos generados en el laboratorio.
Definiciones y clasificación de los residuos. El plan de ordenación
de residuos del Instituto de Salud Carlos III.
8. Nociones de estadística. Media, moda y mediana.
Desviaciones respecto a la media. Utilidad de la estadística en el
laboratorio.
9. La calidad en el laboratorio. Certificación y acreditación.
Norma UNE-EN ISO/IEC 17025.
10. El control de calidad en el laboratorio de Microbiología:
métodos. Control de calidad de las muestras, medios de cultivo,
reactivos, cepas patrón, aparatos, y técnicas.
11. Animales de experimentación. Manejo y cuidados. Vías
de inoculación y extracción. Legislación y normas éticas.
12. Epidemiología de las enfermedades infecciosas.
Mecanismos de transmisión en el laboratorio.
13. Medios de cultivo para bacterias, hongos y parásitos.
Tipos y preparación. Concepto de colonia.
14. Cultivos celulares. Requerimientos nutritivos y de
esterilidad. Producción y conservación. Aplicaciones prácticas.
15. Examen microscópico de los microorganismos. Examen
in vivo. Tinciones y su utilidad. Fluorescencia. La microscopía
electrónica.
16. Las técnicas inmunológicas en Microbiología.
Precipitación, aglutinación y fijación de complemento.
Inmunofluorescencia. EIA. Neutralización.
17. Técnicas de biología molecular en microbiología. Sondas
ADN. Reacción en cadena de la polimerasa. Técnicas de "blotting".
Su utilidad.
18. La automatización en el laboratorio de Microbiología.
19. Terapia antiinfecciosa. Principales antibacterianos.
Mecanismos de resistencia.
20. Antimicóticos. Antivirales. Agentes antiparasitarios.
Mecanismos de resistencia.
21. Pruebas de sensibilidad a los antimicrobianos. Pruebas
de dilución y de difusión. Interpretación de resultados. Las técnicas
de biología molecular en la detección de resistencias a los
antimicrobianos.
22. La flora normal en la especie humana. Su importancia.
23. Bacterias productoras de enfermedad en el hombre.
Estructura y clasificación. Mecanismos de patogenicidad. El
laboratorio en el diagnóstico de las enfermedades bacterianas.
24. Estafilococos y estreptococos. Aislamiento. Identificación
y diferenciación. Estructura antigénica. Enzimas y toxinas.
25. Bacilos y cocobacilos grampositivos: Bacillus. Listeria.
Erysipelothrix. Corynebacterium. Kurthia. Lactobacillus.
26. Micobacterias. Procesamiento de las muestras. Cultivo
e identificación. Pruebas de sensibilidad.
27. Cocos y cocobacilos gramnegativos: Neisseria y
Branhamella. Haemophilus. Brucella. Bordetella. Franciella tularensis.
28. Enterobacterias: Clasificación. Estructura antigénica.
Aislamiento e identificación.
29. Campylobacter, vibrios y géneros relacionados.
Campylobacter: Aislamiento e identificación. Serotipificación.
Helicobacter pylori: Métodos de detección y factores de patogenicidad.
Vibrio: Aislamiento e identificación. Estructura antigénica y
toxinas.
30. Pseudomonas y bacilos gramnegativos no fermentadores:
Pseudomonas. Stenotrophomonas maltophila. Acinetobacter.
Sistemas comerciales de identificación de estas bacterias.
31. Microorganismos anaerobios. Las bacterias anaerobias
como flora normal. Clasificación de las de interés médico. Toma
de muestras y transporte. Costridium: Cultivo e identificación.
32. Rickettsia, Chlamydia, Micoplasma: Características.
Especies de importancia médica. Su diagnóstico en el laboratorio.
33. Espiroquetas: Treponema, Borrelia y Leptospira. Hábitat
y mecanismos de transmisión. Diagnóstico de laboratorio.
34. Legionella: Hábitat natural. Clasificación. Muestras
clínicas y ambientales. Diagnóstico microbiológico y serológico.
35. Virología: Características de los virus. Estructura y
morfología. Ciclo de vida. Taxonomía. El diagnóstico de laboratorio
de las enfermedades víricas.
36. Virus ARN: Familias Reoviridae,Ciliciviridae,
Picornaviridae, Togaviridae, Flaviviridae, Paramixoviridae, Arenaviridae,
Rhabdoviridae, Bunyaviridae y Coronaviridae. Importancia clínica
y diagnóstico de laboratorio.
37. Familia Ortomyxoviridae. Virus influenza. Epidemiología
de la gripe. Variaciones antigénicas. Diagnóstico de laboratorio.
Vacunación antigripal.
38. Virus del SIDA. Características del VIH. Patogenia.
Epidemiología. Diagnóstico de laboratorio de la infección por VIH.
39. Virus ADN: Familias Parvoviridae, Papovaviridae,
Adenoviridae, Hepadnaviridae, Herpesviridae, Iridoviridae y
Poxviridae. Importancia clínica y diagnóstico de laboratorio.
40. Hepatitis. Virus de la hepatitis A: Transmisión y
diagnóstico de laboratorio. Virus de la hepatitis B (VHB):
Características generales. Infección por VHB. Epidemiología. Diagnóstico
de laboratorio. Virus de la hepatitis D o delta: Características
generales. Diagnóstico de laboratorio. Virus de la hepatitis C (VHC):
Características generales. Infección por VHC. Diagnóstico de
laboratorio. Virus de la hepatitis E.
41. Micología: Estructura y morfología de los hongos.
Clasificación. Aislamiento e identificación. Pruebas de sensibilidad
a los antifúngicos.
42. Levaduras. Candidas y otras especies causantes de
infecciones en humanos. Epidemiología. Acción patógena. Diagnóstico
de laboratorio.
43. Hongos filamentosos. Aspergillus y otros hongos
miceliales causantes de infecciones en humanos. Epidemiología. Acción
patógena. Diagnóstico de laboratorio.
44. Parasitología: Clasificación de los parásitos.
Epidemiología. Acción patógena. El diagnóstico parasitológico.
45. Protozoos: Amebas, Ciliados, Flagelados, Esporozoos,
Pneumocystis carinii. Características. Descripción de los de mayor
importancia médica. Ciclos vitales. Acción patógena. Diagnóstico
de laboratorio.
46. Helmintos de interés médico. Características y
clasificación. Ciclos vitales. Acción patógena. Diagnóstico de laboratorio.
47. Artrópodos de interés médico. Características generales
y clasificación. Principales acciones como parásitos.
ANEXO III
Tribunal calificador
Tribunal titular:
Presidente: D. Juan Luis Rodríguez Tudela, Escala Técnica de
Gestión de Organismos Autónomos, especialidad de Sanidad y
Consumo.
Vocales:
D. Julio Casal Lombos, Cuerpo de Médicos de la Sanidad
Nacional.
D. Alfredo García Saiz, Escala Técnica de Gestión de
Organismos Autónomos, especialidad de Sanidad y Consumo.
D. José Antonio Melero Fondevila, Escala Técnica de Gestión
de Organismos Autónomos, especialidad de Sanidad y Consumo.
Secretaria:
D.a Adela González de la Campa, Escala de Científicos Titulares
del Consejo Superior de Investigaciones Científicas.
Tribunal suplente:
Presidente: D. Jesús Fuente Salvador, Cuerpo de Médicos de
la Sanidad Nacional.
Vocales:
D.a Teresa Gárate Ormaechea, Escala Técnica de Gestión de
Organismos Autónomos, especialidad de Sanidad y Consumo.
D.a Pilar Portolés Pérez , Escala de Científicos Titulares del
Consejo Superior de Investigaciones Científicas.
D. Julio Vázquez Moreno, Escala Técnica de Gestión de
Organismos Autónomos, especialidad de Sanidad y Consumo.
Secretaria:
D.a Margarita del Val Latorre, Escala Técnica de Gestión de
Organismos Autónomos, especialidad de Sanidad y Consumo.
Los Tribunales podrán disponer la incorporación a sus trabajos
de asesores especialistas para todas o alguna de las pruebas.
ANEXO IV
INSTRUCCIONES PARA CUMPLIMENTAR LA SOLICITUD
Además de las instrucciones contenidas en la propia solicitud
de admisión a pruebas selectivas en la Administración Pública
y liquidación de tasas de derechos de examen, se deberán tener
especialmente en cuenta las siguientes:
En el recuadro número 15, "Cuerpo o Escala", se consignará
"Escala de Auxiliar Técnico de Organismos Autónomos,
especialidad de Sanidad y Consumo", especificando el código número
5011 en el espacio reservado para el mismo que figura a su lado.
En el recuadro número 17, "Forma de acceso" se consignará
la letra "L": Sistema de acceso libre.
En el recuadro número 18, "Ministerio/Organo/Entidad
convocante" se consignará "Sanidad y Consumo".
En el recuadro número 19, se consignará la fecha del "Boletín
Oficial del Estado" en el que haya sido publicada la convocatoria.
En el recuadro número 20, "Provincia de examen", se
consignará "Madrid".
En el recuadro número 21, "Minusvalía", los aspirantes con
minusvalía podrán indicar el porcentaje de minusvalía que tengan
acreditado, y solicitar, expresándolo en el recuadro número 23,
las posibles adaptaciones de tiempo y medios para la realización
de los ejercicios en que esta adaptación sea necesaria.
En el recuadro número 24, "Títulos académicos", se consignará
la titulación que se posea de las indicadas en la base 2.1.3.
El importe de la tasa por derechos de examen será de 9,38
euros.
El ingreso del importe correspondiente a los derechos de
examen se efectuará, junto con la presentación de la solicitud, en
cualquier banco, caja de ahorros o cooperativa de crédito de las
que actúan como entidades colaboradoras en la recaudación
tributaria. En la solicitud deberá constar que se ha realizado el
correspondiente ingreso de los derechos de examen, mediante la
validación de la entidad colaboradora en la que se realice el ingreso,
a través de certificación mecánica, o en su defecto, sello y firma
autorizada de la misma en el espacio destinado a estos efectos.
Las solicitudes suscritas en el extranjero podrán cursarse a
través de las representaciones diplomáticas o consulares españolas
correspondientes. A las mismas se acompañará el comprobante
bancario de haber ingresado los derechos de examen, mediante
el oportuno ingreso del importe, en la cuenta corriente número
0182/9071/02/0200000827 del Banco Bilbao Vizcaya
Argentaria a nombre de "Tesoro Público. Ministerio de Sanidad y
Consumo. Derechos de examen". El ingreso podrá efectuarse
directamente en cualquier oficina del Banco Bilbao Vizcaya Argentaria
o mediante transferencia desde cualquier entidad bancaria.
Estarán exentas del pago de esta tasa:
a) Las personas con grado de discapacidad igual o superior
al 33 por 100, debiendo acompañar a la solicitud certificado
acreditativo de tal condición.
b) Las personas que figurasen como demandantes de empleo
durante el plazo, al menos, de un mes anterior a la fecha de la
convocatoria. Serán requisitos para el disfrute de la exención que,
en el plazo de que se trate, no hubieran rechazado oferta de empleo
adecuado ni se hubieren negado a participar, salvo causa
justificada, en acciones de promoción, formación o reconversión
profesional y que, asimismo, carezcan de rentas superiores, en
cómputo mensual, al Salario Mínimo Interprofesional.
La certificación relativa a la condición de demandante de
empleo, con los requisitos señalados, se solicitará en la oficina
de los servicios públicos de empleo. En cuanto a la acreditación
de las rentas se realizará mediante una declaración jurada o
promesa escrita del solicitante. Ambos documentos deberán
acompañarse a la solicitud.
La falta de justificación del abono de los derechos de examen
o de encontrarse exento determinará la exclusión del aspirante.
En ningún caso la presentación y pago en las oficinas a que
se hace referencia supondrá la sustitución del trámite de
presentación en tiempo y forma de la solicitud.
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Avda. de Manoteras, 54 - 28050 Madrid