En cumplimiento de lo dispuesto en el Real Decreto 215/2003,
de 21 de febrero, por el que se aprueba la Oferta de Empleo
Público para el año 2003, y con el fin de atender las necesidades
de personal de la Administración General del Estado,
Este Ministerio de Hacienda, de conformidad con lo establecido
en el artículo 13 de la Ley 6/1997, de 14 de abril, de Organización
y Funcionamiento de la Administración General del Estado
("Boletín Oficial del Estado" de 15 de abril de 1997), artículo 29 del
Reglamento General de Ingreso del Personal al servicio de la
Administración General del Estado y de Provisión de Puestos de Trabajo
y Promoción Profesional de los funcionarios Civiles de la
Administración General del Estado, aprobado por Real
Decreto 364/1995, de 10 de marzo, en el Real Decreto Legislativo
1/95, de 24 de marzo, por el que se aprueba el Texto Refundido
de la Ley del Estatuto de los Trabajadores, y en el Convenio Único
para el Personal Laboral de la Administración General del Estado,
previo informe favorable de la Dirección General de la Función
Pública, en uso de las competencias que le están atribuidas, ha
resuelto convocar pruebas selectivas para la provisión por el
sistema general de acceso libre, plazas de personal laboral del Parque
Móvil del Estado, categoría de Auxiliar de Servicios Generales,
con sujeción a las siguientes
Bases de la convocatoria
1. Normas generales
1.1 Se convocan pruebas selectivas para cubrir 50 plazas de
la categoría profesional de Auxiliar de Servicios Generales
(Conductor), Grupo Profesional 6, por el sistema general de acceso
libre.
1.2 El proceso selectivo se realizará mediante el sistema de
concurso-oposición, e incluirá el pasar un reconocimiento médico
conforme a la autorización manifestada por el opositor en el
modelo que figura en el Anexo I de esta convocatoria.
El programa que ha de regir las pruebas selectivas es el que
figura en el Anexo II de esta convocatoria.
1.3 Las pruebas selectivas se desarrollarán de acuerdo con
el siguiente calendario:
El primer ejercicio de la fase de oposición no se realizará antes
del mes de septiembre de 2003.
La duración máxima de celebración de la fase de oposición
será de cuatro meses contados a partir de la fecha de realización
del primer ejercicio.
1.4 En ningún caso, el número de contratos que se formalicen
podrá exceder del número de plazas convocadas.
2. Requisitos de los aspirantes
2.1 Podrán participar en las pruebas:
a) Los españoles.
b) Los nacionales de un Estado miembro de la Unión Europea,
los nacionales del Reino de Noruega y los nacionales de la
República de Islandia.
c) Quienes no estando incluidos en los anteriores apartados
a) y b) se encuentren en España en situación de legalidad, siendo
titulares de un documento que les habilite a residir y a poder
acceder sin limitaciones al mercado laboral. En consecuencia,
podrán participar quienes se encuentren en situación de residencia
temporal, quienes se encuentren en situación de residencia
permanente, quienes se encuentren en situación de autorización para
residir y trabajar, así como los refugiados.
2.2 Para ser admitidos a las pruebas selectivas, los aspirantes
deberán reunir además los siguientes requisitos:
2.2.1 Tener cumplidos 18 años.
2.2.2 Titulación: Estar en posesión o en condiciones de
obtener el Título de Graduado en Educación Secundaria, Educación
General Básica o Formación Profesional de Técnico o Técnico
Auxiliar. En el caso de titulaciones obtenidas en el extranjero
deberá estarse en posesión de la credencial que acredite su
homologación.
2.2.3 Estar en posesión de los permisos de conducir de las
clases A, B y D ordinarios.
2.2.4 Capacidad funcional: No padecer enfermedad ni estar
afectado por limitación física o psíquica que sea incompatible con
el desempeño de las correspondientes funciones.
2.2.5 Capacidad legal: Tener capacidad para contratar la
prestación de su trabajo, conforme señala el artículo 7 del Estatuto
de los Trabajadores.
2.2.6 Habilitación: No haber sido separado, mediante
expediente disciplinario, del servicio de cualquiera de las
Administraciones Públicas, ni hallarse inhabilitado para el desempeño de
funciones públicas.
Los aspirantes de nacionalidad distinta a la española deberán
acreditar, igualmente, no estar sometidos a sanción disciplinaria
o condena penal que impida, en su Estado, el acceso a la función
pública.
3. Solicitudes
3.1 Quienes deseen participar en estas pruebas selectivas
deberán cumplimentar el modelo oficial de solicitud de admisión
a pruebas selectivas en la Administración Pública y liquidación
de derechos de examen (modelo 790) que se facilitará
gratuitamente en el Parque Móvil del Estado, en el Centro de Información
Administrativa del Ministerio de Administraciones Públicas, en la
Dirección General de la Función Pública, en las Delegaciones y
Subdelegaciones del Gobierno, en las representaciones
diplomáticas y consulares de España en el extranjero y en la página de
Internet www.map.es/seap/dgfp.htm.
La solicitud se cumplimentará de acuerdo con las instrucciones
que figuran en el Anexo III de esta convocatoria.
3.2 La presentación de solicitudes se realizará en el Registro
General del Parque Móvil del Estado, calle Cea Bermúdez, 5,
28071 de Madrid, o en la forma establecida en el artículo 38.4
de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico
de las Administraciones Públicas y del Procedimiento
Administrativo Común, en el plazo de veinte días naturales contados a
partir del día siguiente al de la fecha de publicación de esta
convocatoria en el "Boletín Oficial del Estado", y se dirigirán al Ilmo.
Sr. Director General del Parque Móvil del Estado. La no
presentación de solicitud en tiempo y forma supondrá la exclusión del
aspirante.
3.3 A la solicitud se acompañará una fotocopia del documento
nacional de identidad o del pasaporte, autorización para someterse
al reconocimiento médico según modelo que se adjunta como
Anexo I, y los documentos, en su caso, señalados en la base 6.6.
de la convocatoria, a efectos de valoración de fase de concurso.
Los aspirantes extranjeros que residan en España deberán
además presentar una fotocopia compulsada de la tarjeta de residente
comunitario o de familiar de residente comunitario en vigor, en
su caso, de la tarjeta temporal de residente comunitario o de
trabajador comunitario fronterizo en vigor.
Los aspirantes que sean nacionales de la Unión Europea o
de algún Estado, al que en virtud de los Tratados Internacionales
celebrados por la Unión Europea y ratificados por España, sea
de aplicación la libre circulación de trabajadores, que no residan
en España, bien por residir en el extranjero o por encontrarse
en España en régimen de estancia, deberán presentar una
fotocopia del documento de identidad o pasaporte.
3.4 Los errores de hecho que pudieran advertirse en la
solicitud podrán subsanarse en cualquier momento de oficio o a
petición del interesado.
4. Admisión de aspirantes
Transcurrido el plazo máximo de presentación de solicitudes,
la autoridad convocante dictará orden, en el plazo máximo de
un mes, declarando aprobada la lista de admitidos y excluidos.
En dicha orden, que deberá publicarse en el Boletín Oficial del
Estado, se relacionarán los aspirantes excluidos con indicación
de las causas de exclusión, señalando un plazo de diez días hábiles
para subsanar el defecto que haya motivado la exclusión u omisión,
contados a partir del día siguiente al de la publicación de la orden.
Asimismo, se indicarán los lugares donde se encuentre expuesta
al público la lista de aspirantes admitidos y el lugar, fecha y hora
de comienzo del primer ejercicio.
5. Tribunal
5.1 El Tribunal calificador de estas pruebas es el que figura
como Anexo IV a esta convocatoria.
5.2 El procedimiento de actuación del Tribunal se ajustará
en todo momento a lo dispuesto en la Ley 30/92, de 26 de
noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del
Procedimiento Administrativo Común y demás disposiciones
vigentes.
5.3 Los aspirantes podrán recusar a los miembros del
Tribunal cuando concurran las circunstancias previstas en el
artículo 28 de la Ley 30/92 de 26 de noviembre.
5.4 El Tribunal podrá actuar con la asistencia de expertos
en las materias de que se trate, en especial para las pruebas
prácticas de conducción.
5.5 A efectos de comunicaciones y demás incidencias, el
Tribunal tendrá su sede en la sede del Parque Móvil del Estado,
calle Cea Bermúdez, 5, 28071. Madrid.
5.6 El Tribunal calificador tendrá la categoría tercera de las
recogidas en el anexo IV del Real Decreto 462/2002, de 24 de
marzo.
6. Procedimiento de Selección
6.1 El procedimiento de selección de los aspirantes será el
de concurso-oposición.
6.2 El orden y actuación de los opositores se iniciará
alfabéticamente por el primero de la letra X, según lo establecido
en la Resolución de la Secretaría de Estado para la Administración
Pública de 10 de marzo de 2003 (Boletín Oficial del Estado de 14
de marzo).
6.3 Los aspirantes serán convocados para cada ejercicio en
llamamiento único, siendo excluidos de la oposición quienes no
comparezcan.
El Tribunal podrá requerir, en cualquier momento del proceso
selectivo, la acreditación de los aspirantes.
6.4 El Tribunal adoptará las medidas necesarias para
garantizar que los ejercicios de la fase de oposición que sean escritos
y no deban ser leídos ante el órgano de selección, sean corregidos
sin que se conozca la identidad de los aspirantes.
6.5 La fase de oposición constará de las siguientes pruebas:
6.5.1 Prueba escrita, de carácter eliminatorio, consistente en
la contestación de un cuestionario de 50 preguntas de carácter
teórico con cuatro respuestas alternativas, siendo solo una de ellas
la correcta, sobre las materias incluidas en el programa que figura
como anexo II. Esta prueba se valorará con un máximo de 50
puntos, conforme al baremo que establezca el Tribunal, siendo
necesario obtener como mínimo 25 para poder pasar a la prueba
de carácter práctico. Para la realización de esta prueba, los
aspirantes dispondrán de un tiempo de noventa minutos.
6.5.2 Prueba práctica, de carácter eliminatorio, de
conducción y circulación en vías abiertas al tráfico en general. Esta prueba
consistirá en la comprobación por el Tribunal de la pericia de
los aspirantes en la conducción de un vehículo durante un tiempo
aproximado de treinta minutos, entre los siguientes: motocicleta,
turismo, furgoneta y autocar. La prueba se puntuará de 0 a 50
puntos, siendo necesario para superarla obtener un mínimo de
25 puntos y no ser calificado con 0 en ninguna de las pruebas
parciales de conducción.
6.5.3 Reconocimiento médico, conforme a la autorización
manifestada por el opositor en el Anexo I, al que deberán someterse
los aspirantes que hayan superado las pruebas anteriores, con
el fin de valorar su estado de salud para el normal desempeño
de las tareas o funciones inherentes a los puestos de trabajo
convocados y de comprobar específicamente el cumplimiento de los
requisitos que al respecto establece la normativa vigente en
materia de Tráfico, Circulación de Vehículos a Motor y Seguridad Vial.
Dicho reconocimiento será realizado por el Tribunal facultativo
o Servicio Médico que se designe al efecto y comprenderá las
pruebas clínicas referidas en el Anexo I. Esta prueba se calificará
de "apto" o "no apto".
6.6 Fase de concurso.-Esta fase sólo se aplicará a quienes
hayan superado la fase de oposición, valorándose hasta un máximo
de 50 puntos de acuerdo con los siguientes méritos:
a) Por trabajos debidamente acreditados como conductor,
hasta un máximo de 25 puntos, a razón de 5 puntos por año
completo de trabajo.
b) Por trabajos desempeñados en actividades directamente
relacionadas con la plaza a que se aspira, hasta un máximo de
10 puntos a razón de 2 puntos por año completo de trabajo.
Los tiempos computados en los apartados a) y b), no podrán
ser simultáneamente valorados en ambos apartados.
c) Por haber realizado cursos directamente relacionados, a
juicio del Tribunal calificador, con la actividad de conductor, hasta
un máximo de 5 puntos, de acuerdo con el siguiente baremo:
Por cada curso de duración igual o superior a 30 horas: 2
puntos.
Por cada curso de duración igual o superior a 20 horas: 1,5
puntos.
Por cada curso de duración igual o superior a 10 horas: 1
puntos.
d) Por estar en posesión del permiso de conducción C
(ordinario): 10 puntos.
7. Lista de aprobados
7.1 Las plazas convocadas serán cubiertas por aquellos
aspirantes que obtengan la mayor puntuación, una vez computados
los puntos obtenidos en las dos primeras pruebas
de la oposición y la fase de concurso, siempre que hayan sido
declarados aptos en el resto de las pruebas y acrediten cumplir
todos los requisitos establecidos en la convocatoria.
7.2 A tal efecto, concluidas las pruebas selectivas, el Tribunal
elevará a la autoridad convocante, ordenada de mayor a menor
por las puntuaciones alcanzadas, la relación de aspirantes que
hubieran obtenido, al menos, las calificaciones mínimas exigidas
para la superación del proceso, adjudicándose las plazas
atendiendo al citado orden de prelación.
8. Acreditación de los requisitos
8.1 Los aspirantes propuestos para cubrir las plazas
aportarán, dentro del plazo de un mes a partir de la fecha de publicación
de la relación de aprobados, los siguientes documentos:
a) Fotocopia compulsada del título exigido en la base 2.2.2.,
o certificación académica que acredite haber realizado todos los
estudios para la obtención del mismo. En el caso de titulaciones
obtenidas en el extranjero deberá presentarse la credencial que
acredite su homologación.
b) Fotocopia compulsada de los permisos de conducción
exigidos.
c) Declaración jurada o promesa de no haber sido separado,
mediante expediente disciplinario, de ninguna Administración, ni
hallarse inhabilitado para el ejercicio de funciones públicas.
Los aspirantes cuya nacionalidad no sea la española deberán
acreditar, igualmente, no estar sometidos a sanción disciplinaria
o condena penal que impida, en su Estado, el acceso a la función
pública.
8.2 Si dentro del plazo fijado no se presentara la citada
documentación o del examen de la misma se dedujese que carece de
alguno de los requisitos, no podrán formalizar el correspondiente
contrato y quedarán anuladas sus actuaciones sin perjuicio de
la responsabilidad en que hubiesen incurrido por falsedad en la
solicitud inicial.
9. Incorporación y período de prueba
9.1 En ningún caso, el número de contratos que se formalicen
podrá exceder del número de plazas convocadas.
9.2 La incorporación al puesto de trabajo se efectuará cuando
el Organismo lo considere necesario, siempre dentro del plazo
de tres meses desde la fecha de exposición de la lista de aprobados.
Una vez sean requeridos por el Organismo, los interesados
dispondrán del plazo de un mes para incorporarse.
9.3 Hasta que se formalicen los contratos y se incorporen
a los puestos de trabajo correspondientes, los aspirantes no
tendrán derecho a percepción económica alguna.
9.4 El periodo de prueba será, conforme a lo prevenido en
el artículo 37 del Convenio Único para el Personal Laboral de
la Administración General del Estado, de un mes, salvo lo dispuesto
en el artículo 37.4 del citado Convenio Único.
10. Norma final
A las presentes pruebas selectivas, y cuantos actos
administrativos se deriven de ella y de la actuación del Tribunal Calificador,
podrán ser impugnados por los interesados de acuerdo con lo
previsto en la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen
Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento
Administrativo Común.
Madrid, 30 de junio de 2003.-El Ministro, P. D. (Orden de 22
de noviembre de 2000, "Boletín Oficial del Estado" de 25 de
noviembre de 2000), el Subsecretario, Francisco Uría Fernández.
ANEXO I
Autorización para someterse a las pruebas médicas
que determine el Tribunal
Apellidos y nombre: ...........................................................
DNI: .................................... Edad: ......
Autorizo por la presente al Servicio Médico que se designe
por el Tribunal de la convocatoria de pruebas selectivas para la
provisión, por el sistema general de acceso libre, de personal
laboral en el Parque Móvil del Estado, a que me efectúen las
exploraciones médicas necesarias, la extracción y analítica de sangre,
y la analítica de orina de los siguientes parámetros:
Análisis de sangre:
Hemograma completo y Bioquímica estándar.
Determinación del grado de Alcoholemia por el "Sistema TDC".
Análisis de orina:
Sedimento y anormales.
"Screening" de drogas de abuso.
Y para que conste y conociendo que los resultados de las
pruebas médicas se utilizarán en el proceso de selección, firmo la
presente autorización en ................ a ....... de ....... de 2003.
Fdo.: ........................
ANEXO II
Programa
I. Circulación de vehículos
1. El conductor: sus aptitudes psicofísicas. Factores que
disminuyen las aptitudes del conductor. Permisos y licencias de
conducción: clases y vehículos que autorizan a conducir.
2. El vehículo: definiciones. Documentación. La carga y las
personas transportadas. Las luces en los vehículos: finalidad y
utilización. Elementos de seguridad activa. La seguridad pasiva.
Conducción económica, medio ambiente y contaminación.
3. La vía: definiciones. Partes de la vía. Utilización de carriles.
Velocidad. Separación entre vehículos. Los peligros concretos de
la vía.
4. Maniobras básicas de circulación. Incorporación a la
circulación. Desplazamientos laterales. Adelantamientos.
Intersecciones. Cambio de sentido. Marcha hacia atrás. Detención, parada
y estacionamiento. Conducción nocturna y en condiciones
meteorológicas o ambientales adversas.
5. Las señales de circulación: normas generales. Señales
verticales. Marcas viales. Señales de balizamiento. Semáforos.
Señales y órdenes de los agentes de circulación.
6. El accidente de circulación. Comportamiento en caso de
accidente. Nociones básicas de primeros auxilios. Delitos contra
la seguridad del tráfico.
II. Elementos del vehículo
1. El motor del vehículo. Descripción de sus principales
componentes y su funcionamiento elemental. Puesta a punto y
mantenimiento básico.
2. El cambio de velocidades. El embrague. Descripción y
funcionamiento. Cambios automáticos y semiautomáticos.
3. Los frenos. Elementos de que se componen y sus clases.
El ABS. Comprobación de los sistemas.
4. Sistema eléctrico: Nociones básicas de la batería,
alternador y alumbrado. Mantenimiento de la batería y las luces.
Reglaje de los faros.
5. Las ruedas y los neumáticos. Tipos y características. Su
estado y mantenimiento.
6. La dirección y la suspensión. Sistemas y características.
Comprobaciones y mantenimiento.
ANEXO III
Instrucciones para cumplimentar la solicitud
Para cumplimentar la solicitud el aspirante deberá tener en
cuenta lo establecido en el modelo de admisión a pruebas
selectivas en la Administración Pública y liquidación de tasas de derecho
de examen (modelo 790) y las siguientes instrucciones
particulares:
En el encabezamiento de la solicitud, en el recuadro
correspondiente a Ministerio, los aspirantes consignarán "Hacienda", en el
recuadro relativo a Centro Gestor "Subsecretaría" Código 15001.
En el recuadro destinado al año de la convocatoria, se hará
constar el "03".
En el recuadro número 15, destinado a Cuerpo o Escala, los
aspirantes harán constar "Auxiliar de Servicios Generales, grupo
profesional 6".
En el recuadro número 17, destinado a forma de acceso, los
aspirantes indicarán la letra "L".
En el recuadro número 18 se indicará "Ministerio de Hacienda".
En el recuadro número 19 se especificará la fecha del "Boletín
Oficial del Estado" en que se haya publicado la presente
convocatoria.
Los ejercicios de la fase de oposición se celebrarán en Madrid.
Los aspirantes harán constar esta circunstancia en el recuadro
número 20.
En el recuadro número 24, se indicará la titulación que se
posee para participar en estas pruebas.
En la solicitud deberá constar la firma del interesado, siendo
causa de exclusión su omisión.
El importe de la tasa por derecho de examen será de 9,38
euros.
El ingreso del importe correspondiente a los derechos de
examen se efectuará, junto con la presentación de solicitud, en
cualquier banco, caja de ahorro o cooperativa de crédito de las que
actúan como entidades colaboradoras en la recaudación tributaria.
En la solicitud deberá constar que se ha realizado el
correspondiente ingreso de los derechos de examen, mediante validación
de la entidad colaboradora en la que se realice el ingreso, a través
de certificación mecánica, o en su defecto, sello y firma autorizada
de la misma en el espacio reservado a estos efectos.
Las solicitudes suscritas en el extranjero podrán cursarse a
través de las representaciones diplomáticas o consulares españolas
correspondientes. A las mismas se acompañará el comprobante
bancario de haber ingresado los derechos de examen en la cuenta
corriente 018-9091-51-0200234503, del Banco Bilbao Vizcaya
Argentaria a nombre del "Tesoro Público. Ministerio de Hacienda.
Derechos de examen". El ingreso podrá efectuarse directamente
en cualquier oficina del Banco Bilbao Vizcaya Argentaria mediante
transferencia desde cualquier entidad bancaria.
Estarán exentas del pago de esta tasa, las personas que
figurasen como demandantes de empleo durante el plazo, al menos,
de un mes anterior a la fecha de la convocatoria. Serán requisitos
para el disfrute de la exención que, en el plazo de que se trate,
no hubieran rechazado oferta de empleo adecuado ni se hubiesen
negado a participar, salvo causa justificada, en acciones de
promoción, formación o reconversión profesionales y que, asimismo,
carezcan de rentas superiores, en cómputo mensual, al Salario
Mínimo Interprofesional.
La certificación relativa a la condición de demandante de
empleo, con los requisitos señalados, se solicitará en la oficina
de los servicios públicos de empleo. En cuanto a ala acreditación
de las rentas se efectuará mediante declaración jurada o promesa
escrita del solicitante. Ambos documentos deberán acompañarse
a la solicitud.
La falta de justificación del abono de los derechos de examen
o de encontrarse exento determinará la exclusión del aspirante.
En ningún caso la presentación y pago en las oficinas a que
se hace referencia supondrá la sustitución del trámite de
presentación, en tiempo y forma, de la solicitud.
ANEXO IV
Tribunal calificador
Tribunal titular
Representación de la Administración:
Presidente: Don Antonio Casanueva de Luis. DNI 644.892.
Cuerpo Superior Administradores Civiles del Estado.
Vocales:
Doña Alicia García San Miguel-Bossout. DNI 50.847.764.
Cuerpo Superior Administradores Civiles del Estado.
Don Agustín Moratilla Vivar. DNI 51.175.076. Escala
Administrativa de OO.AA.
Secretaria: Doña María Teresa del Pino Peligros. DNI
04.118.861. Escala Gestión de Empleo del INEM.
Representación sindical:
Por CC.OO., don José Carlos Lázaro García. DNI 50.305.006.
Técnico Actividades Técnicas de Mantenimiento y Oficios.
Por U.G.T., don Manuel Coronado Arcos. DNI 8.706.330.
Escala de Conductores y Taller.
Por CSI-CSIF, don Ángel Luis Muñoz Pérez. DNI 51.174.428.
Escala de Conductores y Taller.
Tribunal suplente
Representación de la Administración:
Presidente: Don José Pedro de Lorenzo Rodríguez. DNI
7.212.054. Cuerpo Superior de Administradores Civiles del
Estado.
Vocales:
Doña María José Porras Camarena. DNI 50.019.775. Cuerpo
General Gestión de la Administración Civil del Estado.
Don Eduardo Casabella Jareño. DNI 552.948. Escala
Administrativa de OO.AA.
Secretario: Don Jesús Martín Rodríguez. DNI 12.233.344
(Cuerpo Gestión Administración Civil del Estado).
Representación sindical:
Por CC.OO., don Manuel Ruiz Ramil. DNI 389.158. Auxiliar
de Servicios Generales.
Por U.G.T., don Eduardo Miedes Ortiz. DNI 51.042.521. Escala
de Conductores y de Taller.
Por CSI-CSIF, don Benigno Varela López. DNI 33.795.787.
Escala de Conductores y de Taller.
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Avda. de Manoteras, 54 - 28050 Madrid