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Documento BOE-A-2003-14298

Decreto 54/2003, de 12 de junio, por el que se declara Bien de Interés Cultural, con la categoría de Monumento, la antigua Cárcel Correccional de Oviedo.

Publicado en:
«BOE» núm. 169, de 16 de julio de 2003, páginas 27821 a 27825 (5 págs.)
Sección:
III. Otras disposiciones
Departamento:
Comunidad Autónoma del Principado de Asturias
Referencia:
BOE-A-2003-14298

TEXTO ORIGINAL

La antigua Cárcel Correccional de Oviedo es un edificio construido entre 1886 y 1905 con proyectos de Francisco Javier Aguirre y Nicolás María García Rivero. Responde al denominado modelo panóptico (tiplogía de establecimientos penitenciarios propia del siglo XIX), con una rotonda o cuerpo central poligonal destinado al cuerpo de vigilancia de la penitenciaría, y radial, mediante galerías de forma estrellada que convergen en el espacio central. Se considera que es la primera construcción española en la que se utilizó el hormigón armado para el entramado horizontal.

La constatación de la importancia histórica y artística de este edificio de la antigua Cárcel Correccional de Oviedo, llevó a la Consejería de Educación y Cultura a incoar, con fecha 12 de junio de 2001 el expediente administrativo para su declaración como Bien de Interés Cultural, con la categoría de Monumento.

El citado expediente fue tramitado inicialmente por esta Consejería de conformidad con lo establecido en la Ley 16/1985, de 25 de junio, de Patrimonio Histórico Español, y el Real Decreto 111/1986, de 10 de enero, de desarrollo parcial de dicha ley, modificado por Real Decreto 64/1994, de 21 de enero. De esta manera, se solicitaron, y se obtuvieron, informes favorables de la Real Academia de Bellas Artes de San Fernando, de la Real Academia de la Historia y de la Universidad de Oviedo.

La aprobación de la Ley del Principado de Asturias 1/2001, de 6 de marzo, de Patrimonio Cultural, determinó que, en virtud de la Disposición Transitoria Primera, el expediente continuase su tramitación conforme a lo establecido en la nueva normativa. En aplicación de esta legislación, se solicitó informe a la Comisión de Urbanismo y de Ordenación del Territorio de Asturias (CUOTA), emitiendo dicho organismo con fecha 30 de mayo de 2002 un informe favorable a esta declaración. Por Resolución de 21 de febrero de 2003 de la Consejería de Educación y Cultura se abrió un período de información pública para que todas aquellas personas o entidades interesadas formulasen las alegaciones que estimasen oportunas.

Asimismo el Consejo del Patrimonio Cultural de Asturias, en su reunión del 22 de abril de 2003, emitió informe favorable y motivado, por lo que, cumplimentados los trámites exigidos por la Ley en la instrucción del expediente, procede culminar el procedimiento de conformidad con lo dispuesto en los artículos 10 y siguientes y la Disposición adicional quinta de la Ley del Principado de Asturias 1/2001, de 6 de marzo, de Patrimonio Cultural, a propuesta del Consejero de Educación y Cultura, y previo acuerdo del Consejo de Gobierno en su reunión de 12 de junio de de 2003, dispongo:

Artículo 1. Declaración.

Declarar Bien de Interés Cultural, con la categoría de monumento, la antigua Cárcel Correccional de Oviedo. La descripción del bien y sus valores se hacen constar en el anexo I del presente Decreto.

Artículo 2. Delimitación.

Delimitar el entorno de protección de la antigua Cárcel Correccional de Oviedo, según la descripción literal que consta en el anexo 1-4 y del Plano de situación del Anexo II del presente Decreto.

Disposición adicional única.

Se faculta al titular de la Consejería de Educación y Cultura para la realización de cuantos actos sean necesarios para la efectividad de este Decreto.

Disposición final única.

El presente Decreto entrará en vigor el día siguiente al de su publicación en el «Boletín Oficial del Principado de Asturias».

Oviedo, 12 de junio de 2003.–El Presidente, Vicente Alvarez Areces.–El Consejero de Educación y Cultura, Francisco Javier Fernández Vallina.

ANEXO I
Extracto del expediente de declaración como Bien de Interés Cultural la antigua Cárcel Correccional de Oviedo

I. Datos sobre el bien objeto de la declaración

1. Denominación: Antigua Cárcel Correccional.

2. Localización:

a) Comunidad Autónoma: Principado de Asturias.

b) Provincia: Asturias.

c) Municipio: Oviedo.

3. Datos histórico-artísticos:

Hasta el siglo XIX y desde tiempo inmemorial la cárcel de Oviedo estaba instalada en la antigua fortaleza que Alfonso III había construido en uno de los ángulos de la muralla, en la parte oeste, con el fin de defender la iglesia catedral y la ciudad de las frecuentes incursiones normandas.

La Junta General del Principado reunida en mayo de 1815, viendo que el edificio ya no podía corresponder al objeto –por haber sido parcialmente demolido por las tropas napoleónicas a las órdenes del general francés, conde de Bonet–, acordó arrasarlo y aprovechar los materiales para la construcción de un nuevo recinto carcelario que se situaría en el campo de San Francisco. Se encargó la ejecución del acuerdo a la Diputación Provincial que nombró al Arquitecto don Diego Cayón para levantar los planos y realizar el presupuesto de obra.

Sin embargo, miras mezquinas de economía y el deseo de aprovechar los cimientos y escombros de la antigua fortaleza prevalecieron y el Consejo de Castilla ordenó que se hiciese la cárcel en el sitio que ocupaba el castillo, privando a la provincia de una cárcel «igual a las que se conocen en los países más ilustrados».

En consecuencia, en el año 1818 la Diputación recargó entre los vecinos del Principado la cantidad de 500.000 reales para reedificar el Real Castillo y Fortaleza con el fin de habilitarle con destino a cárcel de hombres. Esta cárcel pública fue construida por Muñiz sobre las ruinas de la antigua fortaleza, su fachada principal estaba orientada al mediodía y conservo el nombre de «Real Castillo y Fortaleza».

La propuesta de construir un nuevo recinto carcelario en el campo de San Francisco, aunque no haya prosperado, nos indica ya un cambio en la mentalidad imperante que posteriormente se plasmará en la reforma del sistema penitenciario español, con la sustitución del antiguo modelo carcelario insalubre, lóbrego y hacinado, por una nueva tipología, que cristalizará a finales de siglo, fruto de las teorías higienistas y del deseo de vigilar mas estrechamente a los reclusos, facilitando de esta manera su recuperación como miembros útiles de la sociedad.

Existía además otra cárcel, la cárcel de mujeres, instalada desde el siglo XVIII hasta 1925 en la cárcel «Galera», construida en terrenos de la actual plaza de la Escandalera, su construcción fue costeada por el Obispo de la diócesis don Agustín González Pisador, funcionó como cárcel de mujeres para delitos menores, ya que la condena por penas mayores se cumplía en Valladolid.

En el año 1838 el Ayuntamiento propuso trasladar la cárcel al convento de Santa Clara con el fin de transformar el área que ocupaba el castillo y la plazuela en paseo cubierto necesario para la ciudad. La Diputación Provincial y el jefe político aprobaron el proyecto que fue remitido al Gobiernoy no llegó a realizarse.

Posteriormente y en diferentes ocasiones reclamaron la Audiencia, el Ayuntamiento y la Diputación construir un nuevo edificio conforme a los últimos progresos penales, solamente fue posible esta construcción después de la promulgación de la Ley de 11 de mayo de 1887 que autorizaba la enajenación en pública subasta del edificio y terrenos de la antigua Cárcel-Fortaleza de Oviedo, para con su producto atender a la construcción de la penitenciaría provincial y prisión de partido con arreglo al sistema que el gobierno determinase.

El Ayuntamiento y la Diputación provincial de Oviedo contribuirían al pago de las obras por partes iguales, hasta completar el total de su coste, reintegrándoseles la suma de la venta del edificio y terrenos de la antigua Cárcel-Fortaleza, que continuaría destinada a ese uso hasta que estuviese terminada, recibida e inaugurada la nueva penitenciaría y prisión.

La futura cárcel correccional se va a realizar según un Programa de condiciones legales y reglamentarias «para la construcción de las prisiones de provincia y para la reforma de los edificios existentes destinados a esta clase de establecimiento», aprobado en Madrid, el 6 de febrero de 1860, por Posada Herrera.

La Dirección General de Establecimientos penales dependiente del Ministerio de la Gobernación creó unos modelos de planos (posiblemente debidos a Eduardo Adaro (1848-19060 que una vez aprobados por la Junta consultiva de Policía urbana fueron publicados y circularon para su utilización en la construcción de los edificios destinados a prisiones provinciales.

Esta codificación hecha en Madrid, se realiza siguiendo un esquema heredado de la arquitectura de la Ilustración. Se trata de una reelaboración de los esquemas racionalistas de finales del siglo XVIII aplicados a la arquitectura, que todavía se mantienen en el siglo XIX.

La cárcel correccional de Oviedo se va a levantar en la falda Sur del monte Naranco, siguiendo el Programa elaborado por el Ministerio de la Gobernación, conforme al proyecto-tipo de Eduardo Adaro, siendo el arquitecto provincial encargado de la adaptación del modelo Javier Aguirre e Iturrialde, a quien se debe también la elección del emplazamiento y el inicio de las obras; a partir de 1905, con motivo del traslado de éste a Vitoria, las continuará Nicolás María García Rivero como Arquitecto Director.

El 23 de julio de 1896 se subastaron las obras de la Cárcel correccional de Oviedo con arreglo al proyecto aprobado para la Superioridad el 31 de octubre de 1888, fueron adjudicadas al único licitador D. José Osoro por el precio de subasta que ascendía a 803.625,10 pesetas, adjudicación que fue aprobada el 7 de agosto del mismo año. El replanteo de las obras fue realizado por el arquitecto provincial y el contratista dio comienzo a las mismas el 19 de agosto de 1896.

La dirección técnica fue encomendada al arquitecto provincial por la Junta de Administración e Inspección y Vigilancia a la que debía presentar la liquidación detallada de las mismas.

Esta penitenciaría provincial presenta una planta en estrella, con un cuerpo poligonal central en el que convergen las galerías de los cinco brazos. En uno de estos se dispone la fachada, de tres cuerpos, que constituye el pabellón administrativo en toda clase de oficinas, independientes de la cárcel.

El número de presos que podía albergar era de 250 y ocupa una extensión de 14.421 m2, con otras dependencias, patios y paseos de ronda.

En la Memoria realizada por Nicolás M.a García Rivero y firmada el 18 de septiembre de 1905, señala las reformas realizadas, ya que «los proyectos dan las líneas generales, y durante la construcción de más estudio de la obra y del uso a que va a dedicarse, se van observando los defectos y omisiones en que ha incurrido el proyectista; defectos y omisiones que debe subsanar el Director de obra».

Se recogen las siguientes reformas:

Salón de actos y lugar de reunión «de las autoridades que tengan que visitar la cárcel». Se proyectó sobre la puerta de ingreso, entre los dos pabellones administrativos. Esta mejora exigió la construcción de un segundo cuerpo de edificio sobre el vestíbulo y la variación de la parte arquitectónica del conjunto, dando como resultado el edificio flanqueado por dos pabellones administrativos.

Sustitución de pisos de madera por hormigón armado, salvo los pisos en los pabellones administrativos y enfermería, por considerarlos «poco seguros», se pueden levantar o bien incendiar.

Asi mismo, para reducir los gastos de conservación de los pavimentos de la planta baja de todas las dependencias de la cárcel y para dar uniformidad, se suprimieron los pavimentos de losa y los de tabla sobre durmientes adoptando el pavimento de hormigón hidráulico, con enlucido de cemento Portland, más fácil de limpiar, dando a las galerías mejor aspecto y haciendo más difícil las evasiones por ser más complicado de levantar que las tablas y las losas.

Sustitución de las puertas (ordinarias con un poco más de espesor) por otras, iguales a las de la cárcel modelo de Madrid, con blindaje de chapa de hierro al interior, cerrojo de seguridad, ventanillas para el paso de alimentos, ventiladores y mirilla para vigilancia.

Sustitución de la cubierta de teja plana en las galerías por cubrición de cristales dobles sobre armadura de hierro, dejando entre esta cubierta y la cubierta de teja de las celdas un espacio suficiente para la buena ventilación de las galerías.

Modificación de la cúpula central, (excesivamente chata en el proyecto, lo que suponía en la torre poca altura para las ventanas) ganando en condiciones de luz y ventilación. La torre de la cúpula se apoyaba sobre vigas de hierro para salvar el vacío de las cinco galerías afluentes a ella, como la torre y la cubierta fueron aumentadas en altura y por tanto el peso era mayor, se sustituyeron las vigas de hierro por otras de hormigón armado mas resistentes. La linterna de la cúpula se cubrió con escamas de zinc como el resto de la cubierta.

Exceptuando las celdas, los huecos exteriores estaban presupuestados con puertas vidrieras y postigos, considerando el clima y las inclemencias atmosféricas. Se cambiaron estos últimos por librillos como en las casas de vecindad.

Se reformó la carpintería de taller de las ventanas, haciéndolas giratorias para que el penado pudiese regular la ventilación con facilidad. Se reforzaron las escuadras y se introdujo un herraje especial y cadenas para su manejo.

Las reformas fueron presentadas a la Junta de Cárceles que aprobó la propuesta y el presupuesto reformado.

El presupuesto de ejecución fue de 1.057.623,63 pesetas; los aumentos de coste quedaron justificados con las reformas y ampliaciones del proyecto, y los errores de cubicación existentes.

El edificio fue inaugurado en el año 1907.

La elección del emplazamiento sigue los criterios establecidos en la época para espacios de este tipo, en las afueras de la ciudad pero con una relación visual directa con ella, de modo que se conseguía una cierta proximidad funcional favorable a las visitas, abastecimiento, etc... al mismo tiempo que la imagen imponente del edificio estaba presente advirtiendo del destino de sus moradores.

Los terrenos sobre los que se asienta son de forma rectangular y su topografía sensiblemente plana, seguramente fruto de una explanación general que modificó su topografía de pequeña colina hasta conseguir nivelar totalmente la parcela que limita: al Noroeste con la calle Fernando de Rojas; al Sureste con la calle Calderón de la Barca y Vía Férrea; Suroeste con la calle Arcipreste de Hita y Noroeste con la calle Quevedo.

La parcela exterior tiene una dimensiones de 149 * 129 m., fuera de los muros exteriores de protección, incluyéndose el edificio de acceso (situado extramuros) así como las dos parcelas de 750 m2 aproximadamente cada una, cerradas por pilares de piedra y verjas de fundición.

Así, dentro de un polígono regular sensiblemente cuadrangular, murado y bien defendido por todos sus lados, se organiza la prisión en dos zonas separadas: el Pabellón de Administración con el cuerpo de guardia, las viviendas necesarias y las oficinas y dependencias de la Junta Auxiliar de Cárceles y la cárcel panóptica. Esta se compone de cuatro brazos de galerías celulares y de un quinto brazo corto en el que se sitúa el ingreso y las dependencias auxiliares de locutorios, enfermerías, etc. Todos los brazos confluyen en el centro que constituye el centro de vigilancia de la cárcel, verdadero núcleo de la misma y solución innovadora de la nueva tipología penitenciaria.

Más allá del primer muro exterior se encuentra el foso perimetral de protección, situado a nivel con el resto de la parcela (no de las rasantes exteriores del conjunto), dicho foso posee una anchura de unos 7 m, resguardado por sendos muros de unos 4 m, de altura rematados por alambradas de protección en todo su perímetro. El acceso al recinto se produce por el lado sur a través de la calle Arcipreste de Hita (hoy interrumpida por las vías de Renfe/FEVE).

Las construcciones que actualmente se asientan sobre la parcela descrita son las siguientes:

Edificio del Cuerpo de Guardia, situado en la calle Arcipreste de Hita, sirve de acceso al recinto, su forma es rectangular al exterior y consta de planta baja destinada a cuerpo de guardia y piso destinado a viviendas, con una superficie de 555 m2 cada una, es decir, 1.110 m2 totales. En realidad está formado por dos cuerpos rectangulares en torno a un patio cuadrado abierto. Los edificios se unen a través de un tercer cuerpo que posee el zaguán en planta baja además de oficinas, despachos y viviendas de los funcionarios penitenciarios en los cuerpos superiores. Ambos cuerpos presentan acceso independiente desde el patio mediante sendas escaleras de planta cuadrada. Del mismo patio abierto se accede al foso a través de una puerta metálica incrustada en un muro ciego.

La cubierta a cuatro vertientes en los cuerpos laterales y a dos aguas en el central, es de teja plana y se utiliza piedra para el zócalo, cadenas esquineras, enmarque de ventanas y líneas de imposta de la fachada.

A ambos lados de la fachada se sitúan unos jardincillos, separados de la calle por el muro de piedra y las verjas de hierro –anteriormente mencionadas– y del resto de las construcciones por el paseo de ronda.

Edificio de Galerías, situado en el interior de la parcela, su estructura es de estrella de cinco puntas rematadas en la parte central por una cúpula. Consta de tres plantas de 1.101 m2 cada una, con un total de 3.303 m2 y alberga los cuerpos de celdas. Está formado por cinco brazos, uno de ellos más corto, en el que se sitúa el Módulo de Ingresos, todos confluyen en un espacio central según el modelo panóptico.

El Módulo de Ingresos posee una disposición morfológica diferente del resto ya que su planta es rectangular. Este subedificio tiene tres plantas, en la planta baja, tras subir varios peldaños desde el patio abierto, se concentra la zona de control de ingresos y dependencias vinculadas tales como administración, aseos, enfermería, etc... y en plantas superiores se disponen zonas para la práctica de actividades de ocio y trabajo de la población reclusa, talleres, capilla, etc... la configuración de huecos de mayor dimensión y de las plantas con la presencia de hormigón translúcido en los suelos, en sustitución de los patios, es diferente al resto.

Continuando en la dirección del ingreso llegamos al espacio central, auténtico corazón del edificio y esencia de su tipología panóptica. La rotonda central es un paralelípedo de planta decagonal irregular, con lados iguales dos a dos según correspondan a las galerías y cuerpos de celdas o a los espacios intersticiales ubicados entre ellos.

El espacio, abierto en toda su altura, se cubre con una airosa cúpula de gajos, apoyada sobre un tambor que en su zona superior presenta ventanales de gran dimensión para iluminar dicho espacio. La cúpula posee una estructura de acero roblonado, con 10 cerchas que confluyen en sendos aros centrales que soportan la linterna y el cupulín de remate, hoy cegado al exterior. La estructura metálica fue fabricada y montada en los talleres de Duro Felguera en 1906. Exteriormente esta construida en ladrillo con carga, utilizándose también la piedra para recercos de ventanas y cadenas esquineras. La linterna y la cúpula presentan un recubrimiento a base de escamas de zinc con sus remates y piezas especiales.

Los otros cuatro brazos en los que se ubican los cuerpos de celdas son idénticos entre sí, en líneas generales, con variantes funcionales en la planta baja. En ellos se disponen tres plantas, de celdas superpuestas unidas por un módulo de comunicación vertical. Los cuerpos de celdas se recorren mediante pasarelas en voladizo de 1 m, de ancho que generan un itinerario anular completo en cada planta, solamente interrumpido, en los pasos al espacio central, por puertas metálicas de seguridad para sectorizar los antiguos ámbitos de la prisión. Cada uno de estos cuerpos de celdas poseen planta rectangular irregular, de modo que esta se estrecha progresivamente al alejarse del espacio central con el fin de mejorar la vigilancia desde el centro del mismo.

Verticalmente están atravesadas por unos patios interiores que introducen la luz que proviene de los lucernarios, situados en la cubierta, hasta la planta baja; este espacio tan solo se interrumpe por las pasarelas de comunicación existentes en cada planta. La celda tipo es un espacio de 3,5 » 2,5 m, con un retrete común en la entrada y una ventana situada en la pared opuesta al acceso de 2,50 m, aproximadamente.

En el exterior los muros son de carga de manipostería, utilizándose la piedra para cadenas esquineras y recerco de ventanas, estas se repiten sistemáticamente constituyendo un elemento característico del edificio. La cubierta es de teja roja plana con una geometría simple adaptada a la planta del edificio, sobre ella se elevan los lucernarios apoyados sobre una ligera estructura metálica, alternando zonas de teja igualmente plana con placas de policarbonato ondulado que permite iluminar el interior aunque no de modo homogéneo. El encuentro del lucernario con el tambor central no llega a resolverse de un modo conveniente.

El resto de las construcciones que se encuentran adosadas al muro suroeste, en la zona de acceso, son de menor importancia. Forman distintos añadidos al modelo original, efectuados con el paso del tiempo y dedicados a usos diversos como locutorios, cárcel de mujeres, cuarto de calderas y otras dependencias al servicio de la población reclusa.

Los locutorios ocupan una superficie de 188 m2; las oficinas se encuentran instaladas en un edificio rectangular de planta baja de 231 m2, adosado a este se encuentra la sección del 3er Grado en forma de «L», con los plantas de 145 mr, lo que hace un total de 290 mr. Además de estos añadidos existe un único añadido efectuado al edificio de Galerías, realizado tras la guerra civil española, acoge celdas suplementarias y otras dependencias.

Por último existen cuatro pequeñas edificaciones con forma de torretas almenadas (garitas) con una superficie total de 91 m2

En resumen, la superficie total de las edificaciones es de 5.213 m2, de las que 555 m2 corresponden a viviendas y el resto 4.658 m2 a uso penitenciario. El paseo de ronda, garitas, patios y jardincillos constituyen el resto de la superficie hasta llegar a las 14.421 m2.

En general la arquitectura de todo el conjunto edificado es seria y austera, casi militar, como correspondía al uso al que iba destinada, con escasas concesiones al ornato, la decoración se concentra básicamente en las torretas almenadas que ocupan las 4 esquinas del foso, en el frente del módulo de acceso, que en su día estaba coronado por un reloj y en la cúpula y sus remates exteriores e interiores, en las esquinas rematadas con sillares de piedra escalonada, así como los huecos principales.

La importancia de este edificio radica no solo en seguir las directrices de un modelo ya establecido, sino también en la novedosa utilización del hormigón armado. Se considera la primera construcción española en la que se utilizó el hormigón armado para el entramado horizontal, utilización debida al ingeniero José Eugenio Ribera (1864-1936), quien durante 12 años trabajó en nuestra región.

La cárcel correccional de Oviedo constituye un ejemplo del impacto de la tecnología y de los nuevos materiales en la arquitectura decimonónica que no se reduciría únicamente al empleo del hierro.

Esta cárcel modelo provincial responde a la tipología de establecimientos penitenciarios propia del siglo XIX. Dicho grupo tendrá en su organización espacial de tipo panóptico su rasgo diferenciador.

Por lo que respecta a la utilización de nuevos materiales, nos encontramos ante un momento de transición. Es somera presencia del hierro, apenas en la cúpula del espacio central, que aunque fue proyectada inicialmente en estructura metálica en su tambor poligonal y demás elementos, fue modificada por el director de las obras, al aumentar las luces de los vanos, sustituyendo el hierro por hormigón armado.

4. Delimitación del entorno de protección:

La cárcel correccional de Oviedo, desde el punto de vista urbanístico, está ubicada en un área urbana consolidada por edificación agrupada en manzana, dentro de la cual la cárcel ocupa una manzana exenta. Todas las edificaciones que se levantan frente a sus flancos N., S., y O., son de carácter industrial; zona de Almacenes Industriales al S., y Polígono Industrial de Ferreros La Cárcel, al O. Y N. Solamente en la esquina de la calle Arcipreste de Hita con el Coronel Bobes se levanta un bloque de viviendas. Por el E corren las vías del ferrocarril de Madrid a Gijón.

Como zona relictual y testimonio del carácter rural que presentaba la zona del barrio de Ferreros elegida en su momento para servir de emplazamiento de la cárcel, frente a la esquina N.O. de la misma se localiza una zona verde arbolada, sin edificar, inmediata a unas tierras de labor, plantadas de maíz y huertos. Esta banda de terreno se dispone entre las calles Acisclo Muñiz Vigo y Belarmino Cabal, donde aún se levantan construcciones de vivienda unifamiliar de 2 a 3 alturas.

Así pues, queda claro que la urbanización y el desarrollo industrial de la zona que en su día acogió al nuevo establecimiento penitenciario de Oviedo ha tenido lugar de espaldas a la presencia del bien monumental, siguiendo los parámetros propios de las zonas periurbanas destinadas a acoger usos industriales y las actividades molestas que no tienen cabida en los centros urbanos. En ese sentido, el propio uso de la cárcel fue el que motivó su instalación a las afueras de la ciudad. El resultado de ese crecimiento es la formación de un entorno que no se adecúa desde ningún punto de vista (espacial, arquitectónico, visual paisajístico y/o funcional) a la naturaleza monumental del bien a proteger, ejerciendo sobre el mismo una fuerte afección, sólo en parte paliada por la propia monumentalidad de la cárcel, merced a sus dimensiones, y el carácter exento de la construcción. Espacialmente, los únicos espacios libres que separan la cárcel del conjunto edificado de su entorno son las aceras y las calles perimetrales. Unicamente la presencia de las vías férreas por el E y de las tierras de labor por el N.O. configuran dos zonas sin edificar, que amplían espacialmente el entorno de la cárcel.

Arquitectónicamente la cárcel se rodea de naves y equipamientos industriales y de un bloque de viviendas, edificaciones que producen un fuerte impacto arquitectónico en la naturaleza monumental del bien inmueble a proteger. Funcionalmente, su entorno acoge usos industriales. Visualmente, las naves industriales forman, a modo de telón de fondo, la escena visual que se contempla desde las fachadas N., S., y O., de la cárcel, visuales que no contribuyen al realzamiento estético del tren. Por el E las visuales se proyectan hacia las vías del ferrocarril.

Delimitación literal de la línea de entorno:

Partiendo del punto 1, situado en la esquina de las calles Menéndez Pelayo y Quevedo, se continúa por la acera oeste de esta calle hasta su confluencia en la calle Galdós con el punto 2, discurriendo a continuación la línea de delimitación del entorno de protección por la acera norte de la calle Galdós, atravesando la trinchera y la playa de vías del ferrocarril hasta su límite (punto 3), prosiguiendo la línea desde este punto 3 por el límite este de la playa de vías hasta el punto 4, definido por la intersección entre la alineación anterior y una línea paralela a la calle Arcipreste de Hita situada a 36 metros de la alineación de la fachada a dicha calle del Pabellón de Ingresos de la Antigua Cárcel de Oviedo. Esa línea virtual se prolonga hasta la acera oeste de la calle Coronel Bobes, donde se situaría el punto número 5. Desde este punto 5 la línea de delimitación del entorno se prolonga hasta cerrar el perímetro en el punto 1, considerando como válido a estos efectos el plano de diciembre de 2001 de «Nueva implantación de edificio de la subdivisión 3 en la U.G. Almacenes Industriales Ciudad Naranco, Oviedo», en el que quedarían excluidas de la delimitación antes descrita las edificaciones propuestas en dicho plano.

Motivación de esta limitación:

Analizados los espacios y elementos que constituyen el entorno monumental de la cárcel, entendemos que los objetivos básicos de la declaración de la antigua cárcel correccional de Oviedo como Bien de Interés Cultural y de la delimitación de su entorno son la conservación y protección del edificio. La delimitación de un entorno de protección del bien monumental debe garantizar no sólo el mantenimiento de la condición de edificio exento que presenta sino también la posible afección que pueden producir las edificaciones de las manzanas que rodean las fachadas de la cárcel.

En la revisión del P.G.O.U. se prevé en dichas manzanas una gran edificabilidad, desarrollada en algunas como residencial en bloques de 8 alturas, en consecuencia por otra parte con las actuaciones previstas en su entorno próximo (edificabilidad de la Losa), que, en cualquier caso, deberán tener en cuenta la cercanía del monumento.

II. Datos administrativos

1. Expediente n.º: 115/98 BIC.

2. Incoación del expediente:

a) Fecha de incoación:

12 de junio de 2001/6 de marzo de 2002.

b) Fecha de notificación de la incoación:

26 de junio de 2001/7 de marzo de 2002.

c) Fecha de publicación:

«BOPA»: 24 de julio de 2001/30 de marzo de 2002.

«BOE»: 25 de agosto de 2002/10 de mayo de 2002.

d) Fecha de comunicación al Registro General de Bienes de Interés Cultural:

26 de junio de 2001.

3. Instrucción:

a) Instituciones que han emitido informe favorable:

Universidad de Oviedo.

Real Academia de la Historia.

Real Academia de Bellas Artes de San Fernando.

Comisión de Urbanismo y Ordenación del Territorio (CUOTA).

b) Fecha y «Diario Oficial» en que se publica la apertura del período de información pública y duración del mismo: «BOPA»: 12 de marzo de 2003. Duración, veinte días hábiles.

c) Ayuntamiento oído en el expediente: Oviedo.

d) Acuerdo favorable a la declaración de la Permanente del Consejo del Patrimonio Cultural de Asturias de fecha 8 de abril de 2003.

e) Acuerdo favorable a la declaración del Pleno del Consejo de Patrimonio Cultural de Asturias de fecha 22 de abril de 2003.

ANEXO II

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