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Documento BOE-A-2003-14299

Resolución de 4 de junio de 2003, de la Consejería de Educación y Cultura, por la que se acuerda el inicio de expediente administrativo para la declaración como Bien de Interés Cultural, con la categoría de monumento, del Palacio de Campos, en Outeiro, concejo de Tapia de Casariego.

Publicado en:
«BOE» núm. 169, de 16 de julio de 2003, páginas 27826 a 27827 (2 págs.)
Sección:
III. Otras disposiciones
Departamento:
Comunidad Autónoma del Principado de Asturias
Referencia:
BOE-A-2003-14299

TEXTO ORIGINAL

Considerando el interés del Palacio de Campos, uno de los ejemplos más representativos de las construcciones señoriales de la zona occidental de Asturias, cuyos orígenes se remontan al siglo XV, y que constituye, junto con la capilla y demás elementos que lo circundan, un modelo en donde la adecuación de la arquitectura al entorno se conserva prácticamente sin alteraciones.

Visto el acuerdo del Consejo del Patrimonio Cultural de Asturias, adoptado en su reunión del 22 de abril de 2003 por el que se informa favorablemente la incoación de expediente administrativo para la declaración como Bien de Interés Cultural, con la categoría de Monumento, del Palacio de Campos, en Outeiro, concejo de Tapia de Casariego.

Visto los artículos 14 y siguientes de la Ley del Principado de Asturias 1/2001, de 6 de marzo, de Patrimonio Cultural; la Ley 30/92, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común; la Ley 2/95, de 13 de marzo, sobre Régimen Jurídico de la Administración del Principado de Asturias; la Ley 6/1984, de 5 de julio, del Presidente y del Consejo de Gobierno del Principado de Asturias, modificada por la Ley 15/99, de 15 de julio y demás disposiciones de aplicación, resuelvo:

Primero.

Incoar expediente administrativo para la declaración como Bien de Interés Cultural del Palacio de Campos en Outeiro, concejo de Tapia de Casariego, con la categoría de Monumento, según descripción y delimitación del entorno afectado que se publica como anexo a la presente Resolución.

Segundo.

Continuar la tramitación del expediente de acuerdo con la legislación vigente.

Tercero.

Comunicar al Ayuntamiento de Tapia de Casariego que la incoación del expediente determina la suspensión de las correspondientes licencias municipales de parcelación, edificación o demolición en la zona donde se ubica el bien afectado, así como la suspensión también de los efectos de las que hayan sido otorgadas con anterioridad a esta resolución y mientras dure la tramitación del expediente.

Cuarto.

Solicitar del Ayuntamiento de Tapia de Casariego los expedientes de licencias que, de acuerdo con lo expresado en el apartado tercero, queden suspendidos y que por esa Corporación se proceda a notificar la suspensión a los promotores, constructores y técnicos directores de las obras así como a dar cuenta al Registro de la Propiedad para su anotación preventiva.

Quinto.

Que este acuerdo se notifique a los interesados, al Ministerio de Educación y Cultura, al Registro General de Bienes de Interés Cultural de la Administración del Estado para su anotación preventiva, y se proceda a su publicación en el «Boletín Oficial del Principado de Asturias» y en el «Boletín Oficial del Estado».

Oviedo, cuatro de junio de dos mil tres.‒El Consejero, Javier Fernández Vallina.

ANEXO
Memoria histórica del Palacio de Campos en Outeiro

El palacio de Campos se encuentra en el lugar de Outeiro, dentro de la parroquia Santa María de Campos y Salave, en el concejo de Tapia de Casariego, a 3 km, de distancia de la capital del concejo, y en las proximidades de la carretera N634 que une Oviedo y Ribadeo.

El palacio de Campos es también conocido como palacio o casona de los Magdalena, por ser esta familia su propietaria durante gran parte del siglo XX.

El origen del palacio no está documentado aunque, por los elementos arquitectónicos que lo componen parece probable su datación en el siglo XV, aunque no se pueda descartar un origen incluso anterior.

Se trata de un edificio de estructura dispersa y acusada horizontalidad, con marcada influencia de las construcciones palaciegas gallegas. Presenta planta baja y un piso. Está construido en mampostería de pizarra y sillares trabajados para las esquinas, cornisa, jambas, dinteles y antepechos de los vanos. Su planta tiene 1.700 m2 construidos como vivienda y otros tantos dispuestos en la planta baja como zonas de almacén y servicio. La cubierta es a cuatro aguas y se realiza con lajas de pizarra, sobre las que se colocan piedras de sección piramidal en la línea de fachada. Estas piedras, sirven como elemento de refuerzo para evitar que caigan las lajas de pizarra, siguiendo un modelo muy difundido en las construcciones gallegas.

Los vanos son de reducidas dimensiones en sus fachadas y se cierran por medio de carpintería enrasada. El edificio presenta un aspecto sólido, compuesto por varios volúmenes cúbicos desornamentados. En la planta baja, existen puertas con dintel en forma de arco y están distribuidas en varios de sus muros. La fachada principal es de escasa altura, en especial el piso bajo, poco peraltado y de aspecto más próximo a los presupuestos de la arquitectura tradicional que a soluciones arquitectónicas formales.

Desde el punto de vista constructivo el palacio de Campos es un destacado ejemplo de la tendencia constructiva tradicional. Ésta se caracteriza por el empleo de los materiales existentes en la zona trabajados con rusticidad y por el empleo de soluciones poco evolucionadas, de acusada sobriedad, sin concesiones a lo ornamental.

Es un edificio de gran valor histórico y es uno de los ejemplos más representativos de las construcciones señoriales de la zona occidental de Asturias. Se encuentran en buen estado, con pocas alteraciones y en su interior posee una interesante colección de muebles.

De la importancia que tuvo la casa, no sólo como centro económico, sino también como vivienda señorial, dan fe las grandes dimensiones del edificio (uno de los mayores de la zona); la gran cantidad de bodegas, despensas y cuadras, así como la capilla; la extensa relación de tierras de labor, huertos, viñedos y cercanas áreas de cultivos frutales, no sólo como centro económico. El cobro de rentas, foros, censos y otros impuestos de tipo nobiliario; la extensa relación de bienes muebles y objetos de valor que decoraban su interior (efectuada en 1779), así lo confirman.

El palacio de Campos, junto con la capilla, tapias y huertas que lo circundan, constituye un gran ejemplo en donde la adecuación de la arquitectura al entorno, se conserva prácticamente sin alteraciones.

Entorno de protección del palacio de Campos

El entorno de protección del palacio de Campos es el que queda comprendido dentro del perímetro definido por los siguientes puntos:

1. Intersección de Eje de Camino con Carretera N-634 (catastro 09006).

1-2 Eje del Camino en su tramo que discurre colindante con las fincas de referencia catastral 05276 a y 15276 a.

2-3 Intersección entre las fincas definidas en catastro como 15276 a y 01784.

3-4 Intersección entre las fincas definidas en catastro como 05278 a - 05278 c - 05278 a y 01784.

4-5 Prolongación de la línea que une los puntos 3-4 hasta la intersección con el eje del Camino de Santiago que viene de Campos.

5-6 Eje del Camino de Santiago en su tramo que discurre colindante con las fincas de referencia catastral: 01777, 01779 a, 01783 a, 01783 c, 01783 a y 01779 a.

6-7 Prolongación de la línea que une los puntos 7-8 hasta la intersección con el eje del Camino de Santiago que viene de Campos.

7-8 Intersección entre las fincas definidas en catastro como 01788 a y 01789 a.

8-9 Intersección entre las fincas definidas en catastro como 01787 a y 01789 a.

9-10 Perpendicular desde 9 al eje de Camino (catastro 09002).

10-11 Eje del Camino (catastro 09002) en su tramo que discurre colindante con las fincas de referencia catastral: 01793 b y 01793 a.

11-12 Intersección de Eje de Camino con Carretera N-634 (catastro 09006).

12-13 Borde de la carretera N-634 en dirección a Coruña que discurre colindante con la finca de referencia catastral 05279.

13-1 Unión del Punto 13 con el punto 1.

DELIMITACIÓN DEL ENTORNO DE PROTECCIÓN DEL PALACIO DE CAMPOS, EN TAPIA DE CASARIEGO

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