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Documento BOE-A-2003-17365

Acuerdo de 2 de septiembre de 2003, de la Comisión Permanente del Consejo General del Poder Judicial, por el que se anuncia concurso para la provisión de determinados cargos judiciales entre miembros de la Carrera Judicial, con categoría de Juez.

Publicado en:
«BOE» núm. 219, de 12 de septiembre de 2003, páginas 33976 a 33976 (1 pág.)
Sección:
II. Autoridades y personal - B. Oposiciones y concursos
Departamento:
Consejo General del Poder Judicial
Referencia:
BOE-A-2003-17365

TEXTO ORIGINAL

De conformidad con lo establecido en los artículos 131, 308,

326, 327, 329.1, y concordantes de la Ley Orgánica 6/1985,

de 1 de julio, del Poder Judicial, y 129 bis, 180, 181, 182, 183,

186 y 187.1 del Reglamento 1/1995, de 7 de junio, de la Carrera

Judicial, La Comisión Permanente del Consejo General del Poder

Judicial, en su reunión del día 2 de septiembre de 2003, ha

acordado anunciar concurso para la provisión de destinos en la Carrera

Judicial, entre miembros de la misma con categoría de Juez, con

arreglo a las siguientes bases:

Primera.-No podrán tomar parte en el concurso:

a) Los Jueces electos.

b) Los que se hallaren en condiciones legales para ser

promovidos a la categoría de Magistrado cuando se haya iniciado

el trámite de promoción.

c) Los que se hallaren en situación administrativa de

suspensión definitiva.

d) Los sancionados con traslado forzoso hasta que transcurra

el plazo determinado en la resolución que ponga fin al proceso

sancionador.

e) Los que hubieran sido designados a su instancia para

cualquier cargo judicial de provisión reglada, hasta transcurridos tres

años desde la fecha de nombramiento.

f) Los Jueces que hayan obtenido primer destino en tal

categoría no podrán deducir petición hasta transcurrido dos años desde

el nombramiento, cualquiera que hubiera sido el sistema o el

momento de su nombramiento.

g) Los Jueces en expectativa de destino, en tanto no sean

nombrados Jueces titulares, cumplido lo dispuesto en el apartado

anterior.

Segunda.-Deberán participar en este concurso:

a) Los Jueces en situación administrativa de excedencia

voluntaria que hubieren solicitado el reingreso al servicio activo y hayan

obtenido la correspondiente declaración de aptitud.

b) Los Jueces en situación administrativa de suspensión

definitiva superior a los seis meses que, una vez finalizado el período

de suspensión, hubieren solicitado el reingreso al servicio activo

y obtenido la correspondiente declaración de aptitud.

c) Los Jueces rehabilitados.

Los reingresados al servicio activo procedentes de excedencia

voluntaria o suspensión definitiva que obtengan destino en este

concurso, no podrán deducir nueva petición hasta transcurridos

dos años desde su nombramiento.

Tercera.-El concurso para la provisión de las plazas

anunciadas se resolverá en favor de los Jueces solicitantes que ocupen

el mejor puesto escalafonal.

Constituirá mérito preferente el conocimiento de la lengua

oficial y del Derecho civil especial o foral propios de las Comunidades

Autónomas, en los términos previstos en los artículos 110, 112

y 114 del Reglamento de la Carrera Judicial.

Cuarta.-Los destinados a su instancia para alguna de las plazas

anunciadas no podrán solicitar traslado hasta transcurrido tres

años desde la fecha de su nombramiento para las mismas, sin

perjuicio de lo dispuesto en el artículo 118 de la Ley Orgánica

del Poder Judicial.

Quinta.-Las solicitudes de destino contendrán los requisitos

previstos en el artículo 182 del Reglamento 1/1995, de 7 de junio,

de la Carrera Judicial y serán presentadas en el Consejo General

del Poder Judicial, Marqués de la Ensenada, número 8, 28071

Madrid, o en la forma establecida en el artículo 38 de la Ley

30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las

Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común,

en el plazo de diez días naturales, contados a partir del siguiente

al de la publicación del presente concurso en el Boletín Oficial

del Estado. Las peticiones que se formulen en forma condicionada,

o no aparezcan redactadas con claridad, carecerán de validez,

al igual que las modificaciones o desistimientos efectuados

transcurrido el plazo anterior.

Las peticiones que se cursen a través de las oficinas de Correos,

deberán presentarse en sobre abierto para que el funcionario

correspondiente pueda estampar en ellas el sello de fechas antes

de certificarlas.

Las solicitudes, desistimientos y modificaciones dirigidos al

Consejo General del Poder Judicial podrán formularse dentro del

plazo establecido en el párrafo primero de la presente base por

telégrafo o fax, con obligación de cursar la instancia por escrito

simultáneamente, debiendo tener ésta su entrada en el Registro

General del Consejo dentro de los cinco días naturales siguientes

al de expiración del plazo de presentación de instancias. De no

hacerse así, la solicitud, desistimiento o modificación carecerán

de validez. El fax al que habrán de dirigirse, en su caso, es:

(91) 700 63 58.

Sexta.-Las solicitudes se ajustarán al modelo normalizado

aprobado por la Comisión Permanente y publicado en el Boletín

Oficial del Estado del día 3 de mayo de 1995, como anexo al

Acuerdo de la Comisión Permanente de fecha 18 de abril.

En el supuesto de rectificación que afectara a alguna de las

plazas anunciadas en el presente concurso, se iniciaría de nuevo

el plazo señalado en la base quinta de esta convocatoria para

la solicitud.

Séptima.-Contra el Acuerdo de la Comisión Permanente podrá

interponerse recurso de alzada o de revisión, en su caso, ante

el Pleno del Consejo General del Poder Judicial, en el plazo de

un mes, contado a partir del día siguiente a la publicación del

mismo en el Boletín Oficial del Estado, por los motivos y formas

que establece la Ley 30/1992, de Régimen Jurídico de las

Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común.

Relación de plazas que se anuncian

Canarias

Juzgado de Primera Instancia e Instrucción número 1 de

Granadilla de Abona.

Murcia

Juzgado de Primera Instancia e Instrucción número 1 de

Totana, con funciones compartidas de registro civil.

Madrid, 2 de septiembre de 2003.-El Presidente del Consejo

General del Poder Judicial,

HERNANDO SANTIAGO

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