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Documento BOE-A-2003-17570

Resolución de 20 de agosto de 2003, de la Secretaría de Estado de Educación y Universidades, por la que se conceden renovaciones de becas postdoctorales, al amparo del Convenio de Cooperación suscrito entre el Ministerio de Educación, Cultura y Deporte y la Universidad de Georgetown.

Publicado en:
«BOE» núm. 222, de 16 de septiembre de 2003, páginas 34225 a 34225 (1 pág.)
Sección:
III. Otras disposiciones
Departamento:
Ministerio de Educación, Cultura y Deporte
Referencia:
BOE-A-2003-17570

TEXTO ORIGINAL

Por Resolución de 16 de mayo de 2002 («Boletín Oficial del Estado» del 1 de junio) de la Dirección General de Universidades se concedió una beca postdoctoral a los becarios que figuran en el Anexo, al amparo del Convenio de cooperación suscrito entre el Ministerio de Educación, Cultura y Deporte y la Universidad de Georgetown de Washington, D.C., de Estados Unidos de América.

De conformidad con lo establecido en el apartado 5.1 de la Resolución de 28 de junio de 2001 de convocatoria del Programa, a la vista del informe emitido por los becarios y sus directores de trabajo en la Universidad de Georgetown, y en uso de las atribuciones conferidas por la Resolución de convocatoria, he resuelto:

Primero.

Conceder la renovación de las becas postdoctorales relacionadas en el Anexo, en las condiciones indicadas en el mismo.

Segundo.

La financiación de las becas renovadas se efectuará con cargo a la aplicación presupuestaria 18.07.541A.781, de los Presupuestos Generales del Estado.

Los beneficiarios de estas becas están obligados al cumplimiento de los establecido en el apartado 6 de la Resolución de 28 de junio de 2001.

Contra la presente Resolución, que pone fin a la vía administrativa, cabe interponer, en el plazo de un mes, recurso potestativo de reposición al amparo de los artículos 116 y 117 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, modificada por la Ley 4/1999, de 13 de enero. Asimismo, podrá interponer recurso contencioso-administrativo ante la Sala de lo Contencioso-Administrativo de la Audiencia Nacional, conforme a lo establecido en el artículo 11.1 de la Ley /1998, de 13 de julio, reguladora de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa, y artículo 66 de la Ley Orgánica 6/1985, de 1 de julio, del Poder Judicial, en la redacción dada por la Ley Orgánica 6/1998, de 13 de julio, en el plazo de dos meses a contar desde el día siguiente a la fecha de su notificación, que establece el artículo 46.1 de la citada Ley 29/1998. Dicho recurso no podrá ser interpuesto hasta que el anterior recurso potestativo de reposición, en el supuesto de haberse presentado, sea resuelto expresamente o se haya producido la desestimación presunta.

Madrid, 20 de agosto de 2003.‒El Secretario de Estado, P. D. (Orden de 1 de febrero de 2001), el Director General de Universidades, Pedro Chacón Fuertes.

Ilmo. Sr. Subdirector General de Formación y Movilidad de Profesorado Universitario.

ANEXO

Becario: Ortuño Anaya, Pilar. DNI: 33.368.892. Modalidad: Post. Organismo: University of Georgetown. Departamento: Government. Fecha de inicio: 1 de septiembre de 2003. Fecha de finalización: 31 de agosto de 2004. Mensualidad: 2.536,00. Ayuda de investigación semestral: 845,00.

Becario: Vélez de Cea, Abraham. DNI: 25.139.249. Modalidad: Post. Organismo: University of Georgetown. Departamento: Philosophy. Fecha de inicio: 1 de septiembre de 2003. Fecha de finalización: 31 de agosto de 2004. Mensualidad: 2.536,00. Ayuda de investigación semestral: 845,00.

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