Está Vd. en

Documento BOE-A-2003-18111

Resolución de 12 de septiembre de 2003, de la Dirección General de Justicia de la Consejería de Justicia y Administraciones Públicas, por la que se otorgan destinos correspondientes al concurso de traslados de 22 de mayo de 2003, por el que se ofertaban plazas vacantes de Secretarías de Juzgados de Paz de más de 7.000 habitantes en la Comunidad Valenciana, entre Secretarios de Juzgados de Paz a extinguir y Oficiales de la Administración de Justicia.

Publicado en:
«BOE» núm. 234, de 30 de septiembre de 2003, páginas 35519 a 35520 (2 págs.)
Sección:
II. Autoridades y personal - Nombramientos, situaciones e incidencias
Departamento:
Comunidad Valenciana
Referencia:
BOE-A-2003-18111

TEXTO ORIGINAL

Visto el expediente instruido como consecuencia del concurso

de traslados convocado por Resolución de 22 de mayo de 2003

(DOGV y BOE 19-6-2003), para cubrir plazas vacantes de

Secretarías de Juzgados de Paz de poblaciones de más de 7.000

habitantes en la Comunidad Valenciana, entre Secretarios de Paz a

extinguir y Oficiales de la Administración de Justicia.

Esta Dirección General de Justicia, de conformidad con lo

dispuesto en los artículos 455, 481 y 494 de la Ley Orgánica 6/1985,

de 1 de julio del Poder Judicial, el Reglamento Orgánico de

Secretarios de la Justicia Municipal aprobado por Decreto de 12 de

junio de 1.970 y el Capítulo III del Título IV del Reglamento

Orgánico de los Cuerpos de Oficiales, Auxiliares y Agentes de la

Administración de Justicia, aprobado por Real Decreto 249/1996 de

16 de febrero, ha dispuesto:

Primero.-Hacer públicos los destinos que con carácter

definitivo han sido adjudicados a los funcionarios que han participado

en el concurso de traslados convocado por Resolución de fecha

mencionada anteriormente, que se corresponden con los

relacionados en el Anexo I de la Resolución de convocatoria.

Segundo.-Excluir del concurso de traslados a los funcionarios

que en Anexo II se relacionan.

Tercero.-Declarar caducadas las instancias presentadas por

los participantes en el presente concurso que no han obtenido

destino, por lo que no serán tenidas en cuenta en futuros concursos

de traslados.

Cuarto.-Declarar desiertas las plazas no adjudicadas en el

presente concurso, salvo que se pretendan amortizar ante

modificación de la plantilla orgánica o reordenación de efectivos de un

Centro de Trabajo, por lo que se cubrirán en la forma prevista

en el art. 458 de la Ley Orgánica del Poder Judicial por

funcionarios de nuevo ingreso.

Quinto.-El cese deberá efectuarse dentro de los tres días

hábiles siguientes a la publicación de esta resolución en el Boletín

Oficial del Estado, debiendo posesionarse del nuevo destino

obtenido por concurso en los tres días naturales siguientes al cese,

si no hay cambio de localidad, o en los diez días naturales

siguientes, en caso contrario. El plazo posesorio será retribuido por la

Administración competente respecto a la plaza obtenida en

concurso.

Si la Resolución comporta reingreso al servicio activo a la

Administración de Justicia en el Cuerpo de Oficiales, el plazo posesorio

deberá de computarse desde el día siguiente al de la publicación

de esta Resolución en el Boletín Oficial del Estado, pero en el

presente caso dicho plazo no resulta retribuido, ya que se produce

antes de formalizarse el reingreso en el Cuerpo de Oficiales y

por tanto no puede ser computado como de servicios efectivos.

En el caso de que los funcionarios reingresados por medio del

presente concurso se encontraran en activo en otro Cuerpo y no

quisieran que se interrumpiera su relación de servicio con la

Administración, dada la necesidad de contar con el tiempo indispensable

para efectuar la toma de posesión, podrán solicitar al Presidente,

Juez, Fiscal o Jefe del Organismo de su actual destino, un permiso

retribuido de un día si no hay cambio de localidad o de dos en

caso contrario, salvo aquellos casos que hayan de desplazarse

a Canarias, Islas Baleares o Ceuta y Melilla, en cuyo caso el

permiso podrá ser de hasta tres días (art. 66.1.g) del Reglamento

Orgánico) teniéndolos por cesados en su antiguo destino con la

fecha inmediatamente anterior a la de su posesión en la nueva

plaza de reingreso.

Por la Comunidad Autónoma competente, o la Gerencia

Territorial que corresponda, se les concederá la excedencia de oficio

en el cuerpo de procedencia si ésta se produce en un cuerpo al

servicio de la Administración de Justicia, en cuyo destino se les

tendrá por cesados con la fecha anterior a la de su posesión en

el cuerpo de Oficiales, al objeto de evitar la interrupción en la

percepción de sus haberes.

Los funcionarios interinos y titulares, en comisión de servicio

o adscripción provisional, que actualmente ocupen las plazas que

han sido adjudicadas, cesarán como consecuencia de la posesión

del titular.

Contra la presente resolución que pone fin a la vía

administrativa podrá interponerse recurso contencioso-administrativo ante

los Juzgados de lo Contencioso-Administrativo de Valencia en un

plazo de dos meses contados desde el día siguiente al de su

publicación, conforme lo dispuesto en los artículos 8, 14.2 y 46 de

la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la Jurisdicción

Contencioso-Administrativa. Todo ello sin perjuicio de la

interposición de Recurso potestativo de Reposición, ante la Dirección

General de Justicia, en el plazo de un mes contado a partir del

día siguiente a su publicación, conforme lo dispuesto en los

artículos 116 y 117 de la Ley 4/1999, de 13 de enero, de modificación

de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico

de las Administraciones Públicas y del Procedimiento

Administrativo Común.

Valencia, 12 de septiembre de 2003.-El Director general, Eloy

Velasco Núñez.

ANEXO I (Ver imagen página 35520)

ANEXO II

Concurso: 22/05/03 (B.O.E. 19-06-03)

Relación de excluidos

Ámbito: Comunidad Valenciana.

72091370 Muela Miguel, Mariana 1

21458105 Pelegrín Olivares, Juan Pedro 1

Códigos de exclusión

1. No llevar un año en su anterior destino (Base Segunda.1).

2. Presentación instancia fuera de plazo (Base Cuarta.1, 2,

3 y 4).

subir

Agencia Estatal Boletín Oficial del Estado

Avda. de Manoteras, 54 - 28050 Madrid