Contido non dispoñible en galego
El Real Decreto 1749/1984, de 1 de agosto, por el que se aprobó el Reglamento Nacional sobre el Transporte sin Riesgos de Mercancías Peligrosas por Vía Aérea, y las Instrucciones Técnicas para el transporte sin riesgo de mercancías peligrosas por vía aérea, en su disposición final segunda faculta al hoy Ministerio de Fomento para modificar, previo informe favorable, en su caso, de los Ministerios competentes y del informe preceptivo de la Comisión de Coordinación del Transporte de Mercancías Peligrosas los anexos de dicho Real Decreto en los casos siguientes:
a) Cuando sean introducidas enmiendas por la Organización de Aviación Civil Internacional (OACI) en el anexo 18 al Convenio de Chicago o en las Instrucciones Técnicas (OACI, Doc. 9284-AN/905).
b) Cuando se considere necesario, a propuesta de los ministerios competentes y sin perjuicio de su comunicación a la OACI, a los efectos previstos en el artículo 38 del citado Convenio de Chicago de 1944.
La organización de Aviación Civil Internacional (OACI) ha introducido una serie de enmiendas que afectan a las Instrucciones Técnicas para el transporte sin riesgo de mercancías peligrosas por vía aérea (OACI, Doc. 9284-AN/905), cuya última revisión fue publicada por Orden del Ministro de Fomento de 4 de diciembre de 2001. En consecuencia, esta orden tiene por objeto la actualización de las citadas Instrucciones Técnicas de acuerdo con las enmiendas contenidas en la edición 2003-2004 del mencionado documento de OACI.
En su virtud con los informes favorables de los Ministerios de Asuntos Exteriores, de Defensa, del Interior, de Agricultura, Pesca y Alimentación, de Sanidad y Consumo, de Medio Ambiente, de Economía y de Ciencia y Tecnología y previo informe preceptivo de la Comisión para la Coordinación del Transporte de Mercancías Peligrosas dispongo:
Se aprueba el texto de las «Instrucciones Técnicas para el transporte sin riesgo de mercancías peligrosas por vía aérea», tal y como se contiene en el anexo a esta Orden.
Queda derogada la Orden de 4 de diciembre de 2001 por la que se actualizan las Instrucciones Técnicas para el transporte sin riesgo de mercancías peligrosas por vía aérea.
Esta Orden entrará en vigor el día siguiente al de su publicación en el Boletín Oficial del Estado.
Madrid, 27 de noviembre de 2003.
ÁLVAREZ-CASCOS FERNÁNDEZ
(En suplemento aparte se publica el anexo correspondiente)
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