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Documento BOE-A-2003-23576

Resolución de 10 de noviembre de 2003, del Departamento de Cultura, por la que se da publicidad al Acuerdo de la Comisión de Gobierno para Asuntos Institucionales y Sociales de 21 de octubre de 2003, de declaración de bien cultural de interés nacional, en la categoría de conjunto histórico, de la plaza Gran de Calaf.

Publicado en:
«BOE» núm. 306, de 23 de diciembre de 2003, páginas 45923 a 45925 (3 págs.)
Sección:
III. Otras disposiciones
Departamento:
Comunidad Autónoma de Cataluña
Referencia:
BOE-A-2003-23576

TEXTO ORIGINAL

De acuerdo con lo que establece el artículo 12 de la Ley 9/1993, de 30 de septiembre, del patrimonio cultural catalán, resuelvo:

Que se publique íntegramente en el DOGC y en el BOE el Acuerdo de la Comisión de Gobierno para Asuntos Institucionales y Sociales, de 21 de octubre de 2003, de declaración de bien cultural de interés nacional, en la categoría de conjunto histórico, de la plaza Gran de Calaf.

Barcelona, 10 de noviembre de 2003.–El Consejero de Cultura, Jordi Vilajoana i Rovira.

ACUERDO DE 21 DE OCTUBRE DE 2003, DE LA COMISIÓN DE GOBIERNO PARA ASUNTOS INSTITUCIONALES Y SOCIALES, POR EL QUE SE DECLARA BIEN CULTURAL DE INTERÉS NACIONAL, EN LA CATEGORÍA DE CONJUNTO HISTÓRICO, LA PLAZA GRAN DE CALAF

Por Resolución de 7 de abril de 2003 se incoó expediente de declaración de bien cultural de interés nacional a favor de la plaza Gran de Calaf.

Se han cumplido todos los trámites preceptivos en la instrucción de este expediente, de acuerdo con lo que establecen los artículos 8 y siguientes de la Ley 9/1993, de 30 de septiembre, del Patrimonio Cultural Catalán.

Vistos los informes favorables del Consejo Asesor del Patrimonio Cultural Catalán y del Instituto de Estudios Catalanes;

Visto que durante la tramitación de este expediente no se han presentado alegaciones;

A propuesta del Consejero de Cultura, de acuerdo con el artículo 6.2 del Decreto 253/2002, de 4 de noviembre, la Comisión de Gobierno para Asuntos Institucionales y Sociales acuerda:

Primero.

Declarar bien cultural de interés nacional, en la categoría de conjunto histórico, la plaza Gran de Calaf (Anoia), según la descripción y ubicación que constan en el anexo 1 y en el plano que se publica junto a este Acuerdo.

Segundo.

Delimitar el ámbito de este conjunto histórico, cuya descripción y justificación se incluyen en el anexo 2 y que está representado en el plano que se publica junto con este Acuerdo.

ANEXO 1
Descripción y ubicación

La villa de Calaf nació en el siglo XI al amparo del castillo de Calaf como resultado de la donación del territorio de La Segarra que hicieron el Conde Ramón Borrell y la Condesa Ermessenda al Obispado de Vic.

La plaza porticada de Calaf se fue configurando a partir del mercado establecido en el siglo XIV por los Vizcondes de Cardona. Se tienen noticias documentales de su existencia desde 1397.

El mercado de Calaf tiene trascendencia no sólo por haber sido uno de los más importantes de Cataluña en su momento, sino también por tratarse de un mercado de brazos, es decir, de contratación y alquiler de mozos para la temporada de la siega, no sólo para La Segarra, sino también para toda la Cataluña central y occidental.

Su formalización arquitectónica y urbanística se traduce en una explanada, de traza irregular, en varios niveles salvados por escalones, enlosada y rodeada por edificios porticados en planta baja y de dos plantas más, con la característica de que el ritmo de los pórticos no está predeterminado y responde a las características de cada casa. En esta plaza confluyen cuatro calles y un paso de peatones.

En la plaza destacan la presencia de la iglesia de Sant Jaume, construida en el siglo XVI, con una portada de finales del siglo XIX de estilo neomedievalista, y de su campanario de gran altura construido en diferentes fases entre 1670 y 1889.

Otras construcciones destacables son el nuevo edificio del Ayuntamiento, construido entre 1981 y 1985 por los Arquitectos Bosch-Botey-Cuspinera, y la Casa Nadal, actualmente también con dependencias municipales.

ANEXO 2
Delimitación del conjunto histórico

La delimitación del conjunto histórico incluye las parcelas de la iglesia de Sant Jaume, de su campanario y del Ayuntamiento las correspondientes a los números 5 a 21, ambos incluidos, de la plaza Gran y número 2 de la calle de Sant Pere, los espacios públicos de las cuatro calles que confluyen (Sant Jaume, del Carme, Xuriguera y del Born) y que quedan incluidos dentro del ámbito de la plaza, según el plano de delimitación, y de los dos pasos peatonales (bajo el campanario de la iglesia y al lado del Ayuntamiento) que conectan la plaza con la calle Sant Pere.

No se ha considerado necesario definir un entorno de protección del conjunto histórico, ya que la delimitación de esta figura garantiza la protección ambiental y paisajística.

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