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Documento BOE-A-2003-2483

Resolución de 16 de enero de 2003, de la Dirección General de Agricultura, por la que se autoriza la estructura de proteccion marca "Renault", modelo K 04 Z 8, tipo cabina de dos puertas, valida para el tractor con marca "Renault", modelo "Ares 826 RZ (tipo H43).

Publicado en:
«BOE» núm. 32, de 6 de febrero de 2003, páginas 4992 a 4992 (1 pág.)
Sección:
III. Otras disposiciones
Departamento:
Ministerio de Agricultura, Pesca y Alimentación
Referencia:
BOE-A-2003-2483

TEXTO ORIGINAL

A los efectos de la autorización preceptiva para la inscripción en los Registros Oficiales de Maquinaria Agrícola de los «tractores agrícolas» y sus «estructuras de protección para casos de vuelco», y a la vista de lo dispuesto en la Directiva 79/622/CEE relativa a la aproximación de las legislaciones de los Estados miembros sobre los dispositivos de protección en caso de vuelco de los tractores agrícolas o forestales de ruedas (pruebas estáticas), y en virtud de lo establecido en el Real Decreto 2028/86 de 6 de junio por el que se dictan normas para la aplicación de determinadas Directivas de la CEE, relativas a la homologación de tipo de vehículos automóviles, remolques y semiremolques así como de partes y piezas de dichos vehículos, y en las Ordenes del Ministerio de Agricultura, Pesca y Alimentación de 27 de julio de 1979 por la que se regula, técnicamente, el equipamiento de los tractores agrícolas con bastidores o cabinas oficialmente homologados, y de 28 de mayo de 1987 sobre Inscripción de Máquinas Agrícolas en los Registros Oficiales, resuelvo: Autorizar la estructura de protección:

Marca: Renault. Modelo: K 04 Z 8. Tipo: Cabina de dos puertas, válida para el/los tractor/es marca: RENAULT, modelo/s ARES 826 RZ (TIPO H43) con homologación CE n.o e2*97/54*0007*05.

El número de homologación asignado a la estructura es: e2 S 057.

Cualquier modificación de las características de la estructura en cuestión o de aquellas de los tractores citados que influyesen en los ensayos, así como cualquier ampliación del ámbito de validez de la presente autorización para otros tractores, solo podrá realizarse con sujección a lo preceptuado al respecto en las disposiciones mencionadas.

Madrid, 16 de enero de 2003.‒El Director general, Rafael Milán Díez.

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