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Documento BOE-A-2003-3689

Resolución de 23 de enero de 2003, de la Secretaría General de Medio Ambiente, sobre la evaluación de impacto ambiental del proyecto de "Reparación de cuatro tramos del canal de distribución de riego de la Comunidad de Regantes de l'Alt Urgell, en Tárrega (Lleida)", del Ministerio de Agricultura, Pesca y Alimentación.

Publicado en:
«BOE» núm. 45, de 21 de febrero de 2003, páginas 7365 a 7366 (2 págs.)
Sección:
III. Otras disposiciones
Departamento:
Ministerio de Medio Ambiente
Referencia:
BOE-A-2003-3689

TEXTO ORIGINAL

El Real Decreto Legislativo 1302/1986, de 28 de junio, de evaluación de impacto ambiental, modificado por la Ley 6/2001, de 8 de mayo, y su Reglamento de ejecución, aprobado por Real Decreto 1131/1988, de 30 de septiembre, establecen que los proyectos públicos o privados, consistentes en la realización de las obras, instalaciones o de cualquier otra actividad comprendida en el anexo II de este Real Decreto Legislativo sólo deberán someterse a una evaluación de impacto ambiental en la forma prevista en esta disposición, cuando así lo decida el órgano ambiental en cada caso.

El proyecto de «Reparación de cuatro tramos del canal de distribución de riego de la Comunidad de Regantes de l'Alt Urgell, en Tárrega (Lleida)» se encuentra comprendido en el apartado c), del grupo I del anexo II: «Proyectos de consolidación y mejora de regadíos de más de 100 hectáreas», de la Ley 6/2001 antes referida.

Con fecha 3 de diciembre de 2002, tiene entrada en la Dirección General de Calidad y Evaluación Ambiental, la documentación enviada por la Dirección General de Desarrollo Rural del Ministerio de Agricultura relativa al proyecto, incluyendo sus características, ubicación y potenciales impactos, al objeto de determinar la necesidad de su sometimiento a procedimiento de evaluación de impacto ambiental.

El proyecto de «Reparación de cuatro tramos del canal de distribución de riego de la Comunidad de Regantes de l'Alt Urgell en Tárrega (Lleida)», consiste fundamentalmente en la reparación de un total de 950 metros del canal principal de riego, localizados en cuatro tramos. Prevé la demolición de la unión actual de la solera con los laterales hasta una altura de 15 centímetros, para posteriormente construir una nueva solera de hormigón armado de 15 centímetros de grosor que evite el deslizamiento de los laterales del canal. También se reparará un tramo de 25 metros de uno de los laterales que se encuentra totalmente caído, sustituyéndolo por un muro de hormigón armado de 25 centímetros de espesor.

La Dirección General de Boscos i Biodiversitat del Departament de Medi Ambient de la Generalitat de Catalunya ha emitido Resolución sobre el proyecto del asunto, con fecha 30 de octubre de 2002, en la que hace las siguientes consideraciones:

a) El proyecto no afecta a ningún espacio de interés natural incluido en el Plan de espacios de interés natural, aprobado por Decreto 328/92, de 14 de diciembre, ni hábitat de interés comunitario prioritario de acuerdo con las Directivas 92/43/CEE y 97/62/CE.

b) El proyecto no se ajusta a los supuestos previstos en el anejo I del Decreto 114/1988, de 7 de abril, de evaluación de impacto ambiental de la Generalidad de Cataluña.

c) La ejecución del proyecto no representa un impacto ambiental significativo y no supone ninguna afección directa o indirecta sobre espacios con formaciones naturales de interés botánico o faunístico, ni zonas de gran valor patrimonial y cultural, así como tampoco áreas de gran diversidad demográfica.

Considerando las respuestas recibidas, y los criterios del anexo III de la Ley 6/2001, y analizada la totalidad del expediente, no se deduce la posible existencia de impactos ambientales significativos que aconsejen someter el proyecto al procedimiento de evaluación de impacto ambiental.

Por lo tanto, en virtud del artículo 1.2 de la Ley precitada, y teniendo en cuenta la documentación ambiental presentada por el Ministerio de Agricultura, Pesca y Alimentación como promotor del proyecto, la Secretaría General de Medio Ambiente considera que no es necesario someter al procedimiento de evaluación de impacto ambiental el proyecto de «Reparación de cuatro tramos del canal de distribución de riego de la Comunidad de Regantes de l'Alt Urgell, en Tárrega (Lleida)».

Madrid, 23 de enero de 2003.–La Secretaria general, Carmen Martorell Pallás.

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