Está Vd. en

Documento BOE-A-2003-3690

Resolución de 28 de enero de 2003, de la Secretaría General de Medio Ambiente, sobre la evaluación de impacto ambiental del proyecto de conducción y recarga del acuífero de S'Estremera, en Mallorca (Baleares), de la Dirección General de Obras Hidráulicas y Calidad de las Aguas.

Publicado en:
«BOE» núm. 45, de 21 de febrero de 2003, páginas 7366 a 7366 (1 pág.)
Sección:
III. Otras disposiciones
Departamento:
Ministerio de Medio Ambiente
Referencia:
BOE-A-2003-3690

TEXTO ORIGINAL

El Real Decreto Legislativo 1302/1986, de 28 de junio, de evaluación

de impacto ambiental, modificado por la Ley 6/2001, de 8 de mayo, y

su Reglamento de ejecución, aprobado por Real Decreto 1131/1988, de

30 de septiembre, establecen que los proyectos públicos o privados,

consistentes en la realización de las obras, instalaciones o de cualquier otra

actividad comprendida en el anexo II de este Real Decreto Legislativo

sólo deberán someterse a una evaluación de impacto ambiental en la forma

prevista en esta disposición, cuando así lo decida el órgano ambiental

en cada caso.

El proyecto de conducción y recarga del acuífero de S'Estremera se

encuentra comprendido en el apartado a) del grupo 8 del anexo II de

la Ley 6/2001 antes referida.

Con fecha 25 de octubre de 2002, la Dirección General de Obras

Hidráulicas y Calidad de las Aguas remitió a la Dirección General de Calidad

y Evaluación Ambiental la documentación descriptiva del proyecto de

recarga del acuífero de S'Estremera, a los efectos de determinar la

necesidad o no de someterlo al procedimiento reglado de evaluación de impacto

ambiental. Dicha documentación se acompaña del Mapa Topográfico, Ley

de Espacios Naturales y Plan Hidrológico de las Islas Baleares, así como

de la delimitación hidrogeológica de los perímetros de protección

correspondientes a S'Estremera.

Analizada la documentación recibida se hacen las siguientes

consideraciones:

El proyecto es un elemento adicional del "Proyecto de aprovechamiento

de los recursos hidráulicos de la Sierra de Tramontana", en Mallorca

(Baleares).

Dicho proyecto fue objeto de evaluación de impacto ambiental, y su

correspondiente Declaración de Impacto Ambiental se publicó en el

"Boletín Oficial del Estado" con fecha 28 de diciembre del 2000.

Con el fin de dar contestación a lo manifestado por varios elegantes

en la información pública practicada sobre el Proyecto de aprovechamiento

de los recursos hidráulicos de la Sierra de Tramontana, en particular por

EMAYA (Empresa Municipal de Aguas del Ayuntamiento de Palma), se

completó la actuación con un elemento adicional que permitiría aprovechar

los excedentes hidráulicos de la Sierra de Tramontana en la recarga del

acuífero de S'Estremera.

Con el fin de decidir sobre el sometimiento a evaluación de impacto

ambiental del mencionado proyecto, fue consultada la Dirección General

de Conservación de la Naturaleza cuyo informe de fecha 29 de julio de 2002

señala la no afección a los lugares incluídos en la Red Natura 2000.

Consultada la Consejería de Medio Ambiente de Las Islas Baleares,

emitió informe de fecha 10 de diciembre de 2002, de la Dirección General

de Recursos Hídricos en el que se concluye que: "El acuífero de S'Estremera

cuenta con el suficiente grado de protección y control para que se puedan

llevar a cabo las obras correspondientes al proyecto aprovechamiento de

los recursos hidráulicos de la sierra de Tramontana. Mallorca. Baleares.

Sin afección negativa para el mismo".

Asimismo, se ha recibido informe de la Comisión Balear de Medio

Ambiente, de fecha 14 de enero de 2003, en el que se comunica que:

"Visto que el proyecto de conducción de S'Estremera transcurrirá en

todo momento por la zona de servicio de las carreteras existentes.

Visto que con la ejecución de este proyecto se recargará el acuífero

de S'Estremera, y que con esta acción habrá un remanente de agua

disponible para el núcleo urbano de Palma de Mallorca en períodos xéricos

o cuando la demanda sea mayor.

Por todo lo anterior, se informa favorablemente este proyecto con las

siguientes condiciones:

Se han de respetar las medidas correctoras que aparecen en el anexo

complementario del EIA.

La instalación de la línea de media tensión subterránea que abastecerá

a las ocho bombas de bombeo, transcurrirá por viales y caminos existentes."

Por lo tanto, analizada la totalidad del expediente, y a la vista de

los informes precitados, la Secretaría General de Medio Ambiente resuelve

que es innecesario someter a procedimiento reglado de Evaluación de

Impacto Ambiental el proyecto de recarga del acuífero de S'Estremera,

ya que no se observan potenciales impactos adversos residuales

significativos sobre el medio ambiente por la ejecución de dicho proyecto con

el diseño, controles y medidas correctoras propuestos.

Madrid, 28 de enero de 2003.-La Secretaría general, Carmen Martorell

Pallás.

subir

Agencia Estatal Boletín Oficial del Estado

Avda. de Manoteras, 54 - 28050 Madrid