Suscrito el Protocolo adicional al Convenio de colaboración entre el
Ministerio de Trabajo y Asuntos Sociales y la Consejería de Bienestar
Social de la Comunidad Autónoma de Extremadura, por el que se
determinan las aportaciones económicas de las partes y se incorporan los
proyectos seleccionados para la realización de programas del Plan
Gerontológico, y en cumplimiento de lo dispuesto en el punto dos del artículo
8 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las
Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común,
procede la publicación en el "Boletín Oficial del Estado" del citado
Protocolo, que figura como anexo de esta Resolución.
Lo que se hace público a los efectos oportunos.
Madrid, 12 de febrero de 2003.-El Secretario general Técnico, Luis
Martínez-Sicluna Sepúlveda.
ANEXO
Protocolo adicional al Convenio de colaboración suscrito entre el
Ministerio de Trabajo y Asuntos Sociales y la Consejería de Bienestar Social
de la Comunidad Autónoma de Extremadura, por el que se determinan
las aportaciones económicas de las partes y se incorporan los proyectos
seleccionados para la realización de programas del Plan Gerontológico
Madrid, 30 de diciembre de 2002.
REUNIDOS
De una parte, el excelentísimo señor don Eduardo Zaplana
Hernández-Soro, como Ministro de Trabajo y Asuntos Sociales, nombrado por
Real Decreto 674/2002, de 9 de julio ("Boletín Oficial del Estado" número
164, del 10), en nombre y representación de la Administración General
del Estado, en virtud de lo dispuesto en la disposición adicional
decimotercera de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico
de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo
Común ("Boletín Oficial del Estado" del día 14), según redacción dada
a la misma por el artículo segundo, apartado 4, de la Ley 4/1999, de
13 de enero.
Y de otra parte, la excelentísima señora doña Ana Garrido Chamorro,
Consejera de Bienestar Social de la Comunidad Autónoma de Extremadura,
en nombre y representación de la Comunidad Autónoma de Extremadura.
Ambas partes se reconocen mutua capacidad para obligarse y convenir,
EXPONEN
Primero.-Que el Ministerio de Trabajo y Asuntos Sociales y la
Comunidad Autónoma de Extremadura suscribieron, en fecha de 9 de diciembre
de 1997, Convenio para la cofinanciación de Programas del Plan
Gerontológico a través de Proyectos específicos del Plan Gerontológico.
Segundo.-Que el Ministerio de Trabajo y Asuntos Sociales, en virtud
de las competencias que le vienen atribuidas por la Constitución y los
Reales Decretos 758/1996, de 5 de mayo, de creación 839/1996, de 10
de mayo, que establece su estructura orgánica, y la Orden Ministerial de
21 de mayo de 1996, por la que asume las competencias del extinto
Ministerio de Asuntos Sociales, y la Comunidad Autónoma de Extremadura
de conformidad con lo establecido en la Ley Orgánica 1/1983, de 25 de
febrero, 8/1994, de 24 de marzo, y 12/1999, de 6 de marzo, que aprueba
y reforma el Estatuto de Autonomía de la misma, tienen competencias
en materia de Acción Social y Servicios Sociales.
En la Ley 23/2001, de 27 de diciembre, de Presupuestos Generales
del Estado de 2002, y en la Ley de 20/2001, de 20 de diciembre, de
presupuestos de la Comunidad Autónoma de Extremadura, se establecen
dotaciones presupuestarias para estos fines.
Tercero.-Que el Convenio citado, establecía en su cláusula décima la
prórroga automática de aquel para ejercicios económicos sucesivos, de
no mediar denuncia expresa de alguna de las partes.
Cuarto.-Que, no obstante, de esa prórroga automática se excluyen las
cantidades económicas expresadas en el Convenio, así como en los
correspondientes anexos que deberán ser actualizados cada año con el fin de
ajustarlos a los proyectos planteados por la Comunidad Autónoma de
Extremadura y las previsiones presupuestarias que se establezcan.
Quinto.-Que la Comunidad Autónoma justificará ante el Ministerio
de Trabajo y Asuntos Sociales la cofinanciación recibida, correspondiente
al Protocolo adicional suscrito el 22 de noviembre de 2001, mediante un
documento que indique la existencia o inexistencia de remanentes.
Sexto.-Que habiéndose efectuado, conforme al procedimiento previsto
en el Convenio antes citado, la determinación de las aportaciones
económicas de las partes correspondientes al año 2002, procede
instrumentarla a través del presente "Protocolo Adicional", junto con la selección
de los proyectos planteados por la Comunidad Autónoma de Extremadura
y aprobados asimismo, a efectos de financiación conjunta.
Por todo lo manifestado, en base al artículo 6 de la Ley 30/1992, de
26 de noviembre, y de la cláusula décima del Convenio de colaboración
para la realización de programas del Plan Gerontológico, suscrito el 9
de diciembre de 1997 entre el Ministerio de Trabajo y Asuntos Sociales
y la Comunidad Autónoma de Extremadura, ambas partes
Acuerdan suscribir el presente "Protocolo Adicional" el cual se regirá
por las siguientes
CLÁUSULAS
Primera.-La Administración General del Estado y la Comunidad
Autónoma de Extremadura incorporan, al Convenio de colaboración de fecha
9 de diciembre 1997, los proyectos seleccionados conjuntamente, los cuales
se unen al mismo mediante anexo del presente Protocolo.
La duración de este protocolo adicional se establece por un año desde
la firma del mismo.
Segunda.-El Ministerio de Trabajo y Asuntos Sociales con cargo a su
dotación presupuestaria para el ejercicio 2002, aporta como participación
en la financiación de los fines del presente Protocolo la cantidad de un
millón seiscientos ventidos mil cincuenta y cuatro euros con setenta y
cuatro céntimos (1.622.054,74 euros), distribuidas en: Concepto
19.04.313L.452, seiscientos noventa y nueve mil doscientos diez euros con
ventisiete céntimos (699.210,27 euros); concepto 19.04.313L.457, ciento
sesenta y cinco mil trescientos sesenta y seis euros con sesenta y ocho
céntimos (165.366,68 euros), y Concepto: 19.04.313L.750, setecientos
cincuenta y siete mil cuatrocientos setenta y siete euros con setenta y nueve
céntimos (757.477,79 euros).
La Comunidad Autónoma de Extremadura y las Corporaciones Locales,
en su caso, de conformidad con los acuerdos suscritos por ambas, se
comprometen a asumir la corresponsabilidad en la financiación en una cuantía
no inferior al 50 por 100, aportando la cantidad de un millón seiscientos
veintidos mil cincuenta y cuatro euros con setenta y cuatro céntimos
(1.622.054.74 euros), de la que se ha presentado el correspondiente
certificado de retención de crédito.
Tercera.-La dotación económica para la ejecución del Convenio, dentro
del ejercicio económico 2002, se desglosa entre los proyectos seleccionados
de la forma que figura en el anexo.
Y en prueba de conformidad, suscriben el presente Protocolo adicional,
en duplicado ejemplar, en el lugar y fecha indicados en este documento.
El Ministro de Trabajo y Asuntos Sociales, en nombre y representación
del Gobierno de la Nación, por delegación de firma (Orden comunicada
de 20 de septiembre de 2002), la Secretaria general de Asuntos Sociales,
Concepción Dancausa Treviño.-La Consejera de Bienestar Social de la
Comunidad Autónoma de Extremadura, en nombre y representación de
la Comunidad Autónoma, Ana Garrido Chamorro.
ANEXO
Coste de los proyectos correspondientes a la Comunidad Autónoma
de Extremadura y especificación de las aportaciones de las partes que
lo cofinancian. Financiación 2002 (según Protocolo)
C. A.DE EXTREMADURA
C.A./C.L.
-Euros
M.T. y A.S.
-Euros
Aplicación Presupuestaria 19.04.313L.452
Proyectos mantenimiento:
Badajoz. Residencia avenida Díaz Ambrona 93.750 93.750
Mérida (Badajoz). Residencia calle Vicente
Alexandre ....................................... 78.900 78.900
Montijo (Badajoz). Residencia calle Agla, 1 . 36.675 36.675
Miajadas (Cáceres). Residencia avenida
García Siñeira, sin número ................. 43.650 43.650
Plasencia (Cáceres). Residencia calle
Vicente Alexandre .................................... 19.500 19.500
Trujillo (Cáceres). Residencia "El
Conquistador" ............................................ 135.000 135.000
Almendralejo (Badajoz). Residencia calle
Monsalud, 1 .................................... 116.500 116.500
C.A./C.L.
-Euros
M.T. y A.S.
-Euros
Casar de Cáceres. Residencia carretera 630,
kilómetro 541 .................................. 40.050 40.050
Plasenzuela (Cáceres). Residencia plaza
España, 1 ........................................ 135.185,27 135.185,27
Total ........................................... 699.210,27 699.210,27
Aplicación Presupuestaria 19.04.313L.457
Proyectos de mantenimiento de
programas y servicios dirigidos a la atención
de enfermos de Alzheimer y otras
demencias:
Mérida (Badajoz). Servicio Respiro en
Centro de Día ....................................... 36.970,89 36.970,89
Badajoz. Servicio Respiro en Centro de Día.
Cruz Roja ........................................ 54.454,01 54.454,01
Plasencia (Cáceres). Servicio Respiro en
Centro de Día .................................. 36.970,89 36.970,89
Cáceres. Servicio Respiro en Centro de Día.
Cruz Roja ........................................ 36.970,89 36.970,89
Total ........................................... 165.366,68 165.366,68
Aplicación Presupuestaria 19.04.313L.750
Proyectos inversiones:
Ahillones (Badajoz). Vivienda Tutelada ..... 24.040,00 24.040,00
Arroyo de San Serván (Badajoz). Centro de
Día ................................................ 60.000,00 60.000,00
La Garrovilla (Badajoz). Vivienda Tutelada . 40.000,00 40.000,00
Malcocinado (Badajoz). Vivienda Tutelada . 30.000,00 30.000,00
Navalvillar de Pela (Badajoz). Vivienda
Tutelada ......................................... 30.000,00 30.000,00
Zarza Capilla (Badajoz). Vivienda Tutelada . 55.000,00 55.000,00
Granja de Torrehermosa (Badajoz).
Vivienda Tutelada ..................................... 28.548,00 28.548,00
Hervás (Cáceres). Vivienda Tutelada ........ 12.000,00 12.000,00
Aldea del Cano (Cáceres). Vivienda
Tutelada ............................................... 120.202,00 120.202,00
Deleitosa (Cáceres). Vivienda Tutelada ..... 33.055,50 33.055,50
Cedillo (Cáceres). Centro de día .............. 30.000,00 30.000,00
Cuacos de Yuste (Cáceres). Centro de Día .. 22.500,00 22.500,00
Casares de las Hurdes (Cáceres). Vivienda
Tutelada ......................................... 90.151,50 90.151,50
Pinofranqueado (Cáceres). Vivienda
Tutelada ................................................. 90.151,40 90.151,40
Casar de Palomero (Cáceres). Vivienda
Tutelada ......................................... 90.152,00 90.152,00
San Martín de Trevejo (Cáceres). Centro de
Día ................................................ 1.677,39 1.677,39
Total ........................................... 757.477,79 757.477,79
Sumas totales ............................. 1.622.054,74 1.622.054,74
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