Contenu non disponible en français
Conforme a lo establecido en el artículo 33 de la Ley Orgánica 2/1979, de 3 de octubre, del Tribunal Constitucional, modificado por la Ley Orgánica 1/2000, de 7 de enero, esta Secretaría de Estado, dispone la publicación en el «Boletín Oficial del Estado» del acuerdo que se transcribe como anexo a la presente Resolución.
Madrid, 25 de marzo de 2003.–El Secretario de Estado, Gabriel Elorriaga Pisarik.
La Comisión Bilateral de Cooperación Administración General del Estado-Comunidad Autónoma de Illes Balears en su reunión celebrada el día 24 de marzo de 2003 ha adoptado el siguiente acuerdo:
1.º) Iniciar negociaciones para resolver las discrepancias manifestadas sobre el artículo 120, apartados 2 y 6 de la Ley del Estado 53/2002, de 30 de diciembre, de Medidas Fiscales, Administrativas y del Orden Social.
2.º) Designar un grupo de trabajo, compuesto por un número igual de miembros de cada una de las representaciones, para proponer a la Comisión Bilateral de Cooperación las soluciones que procedan, pudiendo comprender, en su caso, la modificación del precepto señalado.
3.º) Comunicar este acuerdo al Tribunal Constitucional, antes del próximo 31 de marzo de 2003, por cualquiera de los órganos mencionados en el artículo 33.2 de la Ley Orgánica del Tribunal Constitucional, a los efectos que en el propio precepto se contemplan de ampliación del plazo al Gobierno de Illes Balears para la interposición del recurso de inconstitucionalidad frente a la Ley, así como insertar el presente acuerdo en el Boletín Oficial del Estado y en el Boletín Oficial de les Illes Balears.
Agence d'État Bulletin Officiel de l'État
Av. Manoteras, 54 - 28050 Madrid