En cumplimiento de lo dispuesto en la Orden del Ministerio
de Sanidad y Consumo, de 4 de diciembre de 2001, por la que
se convoca proceso extraordinario de consolidación de empleo
para la selección y provisión de plazas de Auxiliar Administrativo
en las Instituciones Sanitarias de la Seguridad Social dependientes
del Insalud, dispongo:
Primero.-Aprobar la relación provisional de aspirantes
admitidos y excluidos a las pruebas selectivas de conformidad con lo
previsto en la base quinta de la convocatoria.
Desde el día siguiente al de la publicación de la presente Orden
en el "Boletín Oficial del Estado", se pondrá a disposición de los
interesados la relación completa de aspirantes, tanto admitidos
como excluidos en la Dirección General del Instituto Nacional de
Gestión Sanitaria, en las Direcciones Territoriales de Ceuta y
Melilla, en los Servicios de Salud de las Comunidades Autónomas
y en las Delegaciones y Subdelegaciones del Gobierno de las
Comunidades Autónomas.
Segundo.-Publicar como Anexo I a la presente Orden la
relación completa de aspirantes excluidos, con expresión de las causas
de exclusión.
Causas de exclusión:
l. Instancia presentada fuera de plazo.
2. No consta haber abonado las tasas por derechos de examen
en su totalidad, o no haber aportado la documentación justificativa
de las causas de exención de tasas.
3. Nacionalidad no acorde con las bases de la convocatoria.
4. No tiene la edad exigida en la convocatoria.
5. No hace constar número de documento nacional de
identidad, o pasaporte si es de nacionalidad distinta a la española.
6. Instancia sin firmar o presentada en modelo distinto del
oficial.
7. Presenta más de una instancia para la misma categoría.
8. Otras causas.
Tanto los aspirantes excluidos, como cualquier otro aspirante
que hubiera detectado algún error respecto de los datos
consignados en su solicitud, dispondrá de un plazo de diez días hábiles,
a contar desde el siguiente al de la publicación en el "Boletín
Oficial del Estado" de la presente Orden, para subsanar la causa
o causas que determinan su exclusión o los defectos apreciados.
Los escritos de subsanación deberán dirigirse a la Subsecretaría
del Ministerio de Sanidad y Consumo (Comisión de Desarrollo
y Seguimiento), P.o del Prado, 18-20. 28071 Madrid.
Madrid, 24 de marzo de 2003.-La Ministra, P.D. (Orden
SCO/996/2002, de 30 de Abril. BOE 7 de mayo), el Subsecretario,
Pablo Vázquez Vega.
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Avda. de Manoteras, 54 - 28050 Madrid