En cumplimiento de lo dispuesto en el Real Decreto 215/2003,
de 21 de febrero, por el que se aprueba la oferta de empleo público
para el año 2003, y con el fin de atender las necesidades de
personal de la Administración Pública,
Este Ministerio, en uso de las competencias que le están
atribuidas en el artículo 13 de la Ley 6/1997, de 14 de abril, de
Organización y Funcionamiento de la Administración General del
Estado, previo informe de la Dirección General de la Función
Pública, acuerda convocar pruebas selectivas para ingreso en la Escala
de Titulados de Escuelas Técnicas de Grado Medio de Organismos
Autónomos del MAPA, con sujeción a las siguientes:
Bases de convocatoria
1. Normas generales
1.1 Se convocan pruebas selectivas para cubrir 2 plazas de
la Escala de Titulados de Escuelas Técnicas de Grado Medio de
Organismos Autónomos del MAPA, Código 5014, por el sistema
de promoción interna.
La distribución por especialidades de las plazas convocadas
es la siguiente:
- 1 plaza de la especialidad de Laboratorios.
- 1 plaza de la especialidad Agrícola-Pesquera.
Los puestos de trabajo que vayan a ser ofrecidos como destino
y que impliquen la participación directa o indirecta en el ejercicio
del poder público y en las funciones que tienen por objeto la
salvaguardia de los intereses generales del Estado, quedarán
reservados a los aspirantes de nacionalidad española.
1.2 El proceso selectivo se realizará mediante el sistema de
concurso-oposición, con las valoraciones, pruebas y puntuaciones
que se especifican en el Anexo I e incluirá la superación de un
curso selectivo.
Para la realización de este curso selectivo, los aspirantes que
hayan superado las fases de concurso-oposición serán nombrados
funcionarios en prácticas por la autoridad convocante.
1.3 El programa que ha de regir las pruebas selectivas es
el que figura como Anexo II a esta convocatoria.
1.4 Las pruebas selectivas se desarrollarán de acuerdo con
el siguiente calendario:
El primer ejercicio de la fase de oposición se iniciará antes
del 1 de agosto. La duración máxima de la fase de oposición
será de 5 meses, contados a partir de la fecha de realización del
primer ejercicio.
1.5 Concluido el proceso selectivo, los aspirantes que lo
hubieran superado y que hayan acreditado cumplir los requisitos
exigidos, serán nombrados funcionarios de carrera en el
Cuerpo/Escala objeto de la convocatoria mediante resolución de la
Secretaría de Estado para la Administración Pública, que se
publicará en el "Boletín Oficial del Estado", con indicación del destino
adjudicado.
2. Requisitos de los candidatos
2.1 Para ser admitidos a la realización de las pruebas
selectivas los aspirantes deberán poseer en el día de finalización del
plazo de presentación de solicitudes y mantener hasta el momento
de la toma de posesión como funcionario de carrera los siguientes
requisitos de participación:
2.1.1 Edad: no haber alcanzado la edad de jubilación.
2.1.2 Pertenencia a Cuerpo: pertenecer como funcionario de
carrera a alguno de los Cuerpos o Escalas del grupo C, incluidos
en el ámbito de aplicación del artículo 1.1 de la Ley 30/1984,
de 2 de agosto, o en Cuerpos o Escalas Postales y de
Telecomunicación adscritos al grupo C. Los funcionarios de los Cuerpos
o Escalas Postales y de Telecomunicación deberán estar además
destinados en la Administración General del Estado.
2.1.3 Antigüedad: tener una antigüedad de, al menos, dos
años de servicios prestados en Cuerpos o Escalas del grupo C,
incluidos en el ámbito de aplicación del artículo 1.1 de la Ley
30/1984, de 2 de agosto, o en Cuerpos o Escalas Postales y
de Telecomunicación adscritos al grupo C.
Los servicios reconocidos al amparo de la Ley 70/1978, de
26 de diciembre, en Cuerpos o Escalas del grupo C, incluidos
en el ámbito de aplicación de la Ley 30/1984, de 2 de agosto,
serán computables a efectos de la antigüedad referida en el
apartado anterior.
2.1.4 Titulación: estar en posesión o en condiciones de
obtener el título de Ingeniero Técnico, Diplomado Universitario,
Arquitecto Técnico, Formación Profesional de tercer grado o
equivalente. En el caso de titulaciones obtenidas en el extranjero deberá
estarse en posesión de la credencial que acredite su homologación.
2.1.5 Capacidad: no padecer enfermedad ni estar afectado
por limitación física o psíquica que sea incompatible con el
desempeño de las correspondientes funciones.
2.1.6 Habilitación: no haber sido separado, mediante
expediente disciplinario, del servicio de cualquiera de las
Administraciones Públicas ni hallarse inhabilitado para el desempeño de
funciones públicas.
3. Solicitudes
3.1 La presentación de solicitudes se realizará en el Registro
General del Ministerio de Agricultura, Pesca y Alimentación o en
la forma establecida en el artículo 38.4 de la Ley 30/1992,
de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones
Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, en el plazo
de 20 días naturales contados a partir del día siguiente al de
la fecha de publicación de esta convocatoria en el "Boletín Oficial
del Estado" y se dirigirán al Subsecretario del Ministerio de
Agricultura, Pesca y Alimentación. La no presentación de la solicitud
en tiempo y forma supondrá la exclusión del aspirante.
3.2 Quienes deseen participar en estas pruebas selectivas
deberán cumplimentar el modelo oficial de solicitud de admisión
a pruebas selectivas en la Administración Pública y liquidación
de derechos de examen (modelo 790) que se facilitará
gratuitamente en el Ministerio de Agricultura, Pesca y Alimentación, en
el Centro de Información Administrativa del Ministerio de
Administraciones Públicas, la Dirección General de la Función Pública,
en las Delegaciones y Subdelegaciones del Gobierno, en las
representaciones diplomáticas y consulares de España en el extranjero
y en la página de Internet www.map.es/seap/dgfp/dgfp.htm.
La solicitud se cumplimentará de acuerdo con las instrucciones
del Anexo IV.
3.3 A la solicitud se acompañará una fotocopia del
Documento Nacional de Identidad o del pasaporte.
3.4 Los errores de hecho que pudieran advertirse en la
solicitud podrán subsanarse en cualquier momento de oficio o a
petición del interesado.
4. Admisión de aspirantes
4.1 Transcurrido el plazo de presentación de solicitudes, el
Ministro de Agricultura, Pesca y Alimentación dictará orden, en
el plazo máximo de un mes, declarando aprobada la lista de
admitidos y excluidos. En dicha orden, que deberá publicarse en el
"Boletín Oficial del Estado", se relacionarán los aspirantes
excluidos con indicación de las causas de exclusión, apellidos, nombre
y número de documento nacional de identidad o pasaporte,
señalando un plazo de 10 días hábiles para subsanar el defecto que
haya motivado la exclusión u omisión, contados a partir del día
siguiente al de la publicación de la orden. Asimismo, se indicarán
los lugares donde se encuentre expuesta al público la lista de
aspirantes admitidos y el lugar, fecha y hora de comienzo del
primer ejercicio.
4.2 No procederá la devolución de los derechos de examen
en los supuestos de exclusión por causa imputable a los aspirantes.
5. Tribunal
5.1 El Tribunal calificador de estas pruebas es el que figura
como Anexo III a esta convocatoria.
5.2 El procedimiento de actuación del Tribunal se ajustará
en todo momento a lo dispuesto en la Ley 30/1992, de 26 de
noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas
y del Procedimiento Administrativo Común y demás disposiciones
vigentes.
5.3 Los aspirantes podrán recusar a los miembros del
Tribunal cuando concurran las circunstancias previstas en el artículo
28 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico
de las Administraciones Públicas y del Procedimiento
Administrativo Común.
5.4 A efectos de comunicaciones y demás incidencias, el
Tribunal tendrá su sede en el Ministerio de Agricultura, Pesca y
Alimentación, paseo de la Infanta Isabel, n.o 1, 28014 Madrid,
teléfonos (91) 347 52 63 ó (91) 347.52.59, dirección de correo
electrónico imoranfuUmapya.es.
6. Desarrollo de los ejercicios
6.1 El orden de actuación de los opositores se iniciará
alfabéticamente por el primero de la letra X, según lo establecido
en la Resolución de la Secretaría de Estado para la Administración
Pública de 10 de marzo de 2003 (Boletín Oficial del Estado de
14 de marzo).
6.2 Los aspirantes serán convocados para cada ejercicio en
llamamiento único, siendo excluidos de la oposición quienes no
comparezcan.
El Tribunal podrá requerir, en cualquier momento del proceso
selectivo, la acreditación de la identidad de los aspirantes.
6.3 Una vez comenzado el proceso selectivo, los anuncios
de celebración de los restantes ejercicios, se harán públicos con
doce horas de antelación, al menos, a la señalada para su inicio,
si se trata del mismo ejercicio, o con veinticuatro horas, si se
trata de uno nuevo. Estos anuncios se efectuarán, al menos, en
los locales donde se haya celebrado el anterior y en la sede del
Tribunal señalada en la base 5.4.
6.4 El Tribunal adoptará las medidas necesarias para
garantizar que los ejercicios de la fase de oposición que sean escritos
y no deban ser leídos ante el órgano de selección, sean corregidos
sin que se conozca la identidad de los aspirantes.
7. Listas de aprobados
7.1 Concluido cada uno de los ejercicios de la oposición, el
Tribunal hará públicas, en el lugar o lugares de celebración del
ejercicio y en la sede del Tribunal, las relaciones de aspirantes
que hayan superado el mínimo establecido para cada uno de ellos,
con indicación de la puntuación obtenida.
7.2 Concluida, la valoración de méritos de la fase de
concurso, el Tribunal hará pública en el lugar o lugares de celebración
del último ejercicio y en aquellos que estime oportunos, la relación
con las puntuaciones obtenidas por los aspirantes en las fases
de oposición y de concurso, con indicación del número del
documento de identidad o pasaporte.
7.3 Finalizadas las fases de concurso-oposición, el Presidente
del Tribunal elevará a la autoridad convocante la relación definitiva
de aspirantes que han superado dichas fases por orden de
puntuación. Dicha relación se publicará en el "Boletín Oficial del
Estado", disponiendo los aspirantes propuestos de un plazo de 20
días naturales, desde la publicación en el Boletín Oficial del Estado,
para la presentación de la documentación acreditativa de los
requisitos exigidos en la convocatoria.
7.4 No se podrá declarar superado el proceso selectivo a un
número de aspirantes superior al de las plazas convocadas en
cada una de las especialidades.
7.5 La adjudicación de los puestos a los aspirantes que
superen el proceso selectivo se efectuará de acuerdo con la puntuación
total obtenida según la petición de destino, a la vista de los puestos
que se ofrezcan en cada una de las especialidades.
8. Norma final
A las presentes pruebas selectivas les serán de aplicación la
Ley 30/1984, de 2 de agosto ; el R.D. 364/1995, de 10 de marzo,
la legislación vigente en la materia y lo dispuesto en la
convocatoria.
Contra la presente convocatoria, podrá interponerse recurso
contencioso-administrativo, en el plazo de dos meses desde el
día siguiente a su publicación, ante el órgano jurisdiccional
competente, de conformidad con lo dispuesto en la Ley 30/1992,
de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones
Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, y en la Ley
29/1998, de 13 de julio, reguladora de la Jurisdicción Contencioso
- Administrativa, o bien, con carácter potestativo, recurso de
reposición ante el excelentísimo señor Ministro de Agricultura, Pesca
y Alimentación en el plazo de un mes a su publicación,
significándose, que en este caso, no se podrá interponer recurso
contencioso - administrativo hasta que sea resuelto expresamente o
se haya producido la desestimación presunta del mismo.
Asimismo, la Administración podrá, en su caso, proceder a
la revisión de las resoluciones del Tribunal, conforme a lo previsto
en la citada Ley 30/1992, de 26 de noviembre.
Madrid, 8 de abril de 2003.-El Ministro, P.D. (O. 31.03.03 ;
BOE 03.04.03), el Subsecretario, Manuel Esteban Pacheco
Manchado.
Ilmos. Sres. Subsecretario del Ministerio de Agricultura, Pesca
y Alimentación y Presidente del Tribunal Calificador.
ANEXO I
Descripción del proceso selectivo
El proceso de selección constará de las siguientes fases:
- Concurso-oposición
- Curso selectivo
1. Fase de oposición: constará de dos ejercicios, ambos
obligatorios y eliminatorios.
1.1 Primer ejercicio: consistirá en redactar por escrito, en
un tiempo máximo de cuatro horas, dos temas elegidos por el
opositor de entre tres sacados al azar de entre los que figuran
en el Anexo II de la convocatoria.
Este ejercicio será leído públicamente ante el Tribunal por los
aspirantes, previo señalamiento de fecha.
Concluida la lectura, el Tribunal podrá formular preguntas en
relación con las materias expuestas y solicitar aclaraciones sobre
las mismas, durante un plazo máximo de diez minutos.
Se calificará de 0 a 50 puntos, siendo necesario obtener un
mínimo de 25 puntos para acceder al segundo ejercicio.
Segundo ejercicio: consistirá en resolver por escrito, en un
tiempo máximo de dos horas, un supuesto práctico, de entre dos
propuestos por el Tribunal.
Este ejercicio será leído públicamente ante el Tribunal por los
aspirantes, previo señalamiento de fecha.
Concluida la lectura, el Tribunal podrá formular preguntas en
relación con las materias expuestas y solicitar aclaraciones sobre
las mismas, durante un plazo máximo de diez minutos.
Se otorgará una calificación de 0 a 50 puntos, siendo necesario
obtener un mínimo de 25 puntos para superar el ejercicio.
La calificación final vendrá determinada por la suma de las
puntuaciones obtenidas en cada uno de los ejercicios.
2. Fase de concurso: en esta fase se valorarán los siguientes
méritos:
2.1 Antigüedad: se valorará la antigüedad del funcionario
hasta la fecha de publicación de esta convocatoria en Cuerpos o
Escalas incluidos en el ámbito de aplicación de la Ley 30/84, de 2
de agosto, teniendo en cuenta los servicios efectivos prestados
y reconocidos hasta la fecha de publicación de esta convocatoria
al amparo de la Ley 70/1978, de 26 de diciembre, a razón de
1 punto por año completo de servicios, hasta un máximo de 20
puntos.
2.2 Grado personal consolidado: según el grado personal que
se tenga consolidado el día de publicación de esta convocatoria
y formalizado a través del acuerdo de reconocimiento de grado
por la autoridad competente en el Cuerpo o Escala desde el que
se participa en estas pruebas, se otorgará la siguiente puntuación:
Grados 11, 12, 13 y 14: 6 puntos.
Grados 15 y 16: 7 puntos.
Grados 17 y 18: 8 puntos.
Grados 19 y 20: 9 puntos.
Grados 21 y 22: 10 puntos.
2.3 Trabajo desarrollado: según el nivel de complemento de
destino correspondiente al puesto de trabajo que se ocupe en
la Administración General del Estado, Administración de la
Seguridad Social y en los Órganos Constitucionales, el día de
publicación de esta convocatoria, se otorgará la siguiente puntuación:
Nivel 14: 6 puntos.
Nivel 15 y 16: 7 puntos.
Nivel 17 y 18: 8 puntos.
Nivel 19 y 20: 9 puntos.
Niveles 21, 22 y superior: 10 puntos.
La valoración efectuada en este apartado no podrá ser
modificada por posteriores reclasificaciones de nivel, con
independencia de los efectos económicos de las mismas.
A los funcionarios en comisión de servicio se les valorará el
nivel de complemento de destino de su puesto de origen y a los
funcionarios en adscripción provisional se les valorará el nivel
correspondiente al grado que tengan consolidado o, si no lo
tuvieran, el nivel mínimo del grupo C.
A los funcionarios que se encuentren en la situación de
excedencia por cuidado de familiares, se les valorará el nivel de puesto
reservado en la Administración General del Estado y órganos
constitucionales, y a los funcionarios en situación de servicios
especiales con derecho a reserva de puesto en la Administración
General de Estado u órganos constitucionales, el nivel del puesto de
trabajo en que les correspondería efectuar el reingreso.
A los funcionarios que se encuentren desempeñando un puesto
de trabajo en situación de servicio activo en órganos
constitucionales, con carácter definitivo, se les valorará el nivel de
complemento de destino correspondiente a dicho puesto.
2.4 Titulación académica: por estar en posesión de una
titulación académica superior a la exigida en la base 2.1.4: 5 puntos.
2.5 Superación de los dos ejercicios de la convocatoria de
2002: 5 puntos.
Este mérito se valorará de oficio por la Administración a
aquellos candidatos que hubiesen superado los dos ejercicios de la
fase de oposición de la citada convocatoria.
2.6 En el plazo de 20 días naturales a partir del siguiente
al que se haga pública la lista de aprobados del último ejercicio
de la fase de oposición, los aspirantes que lo hayan superado
deberán presentar en el Registro General del Ministerio de
Agricultura, Pesca y Alimentación, o en la forma establecida en el
artículo 38.4 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen
Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento
Administrativo Común, una certificación expedida por los servicios
de personal de los Ministerios u Organismos donde presten o,
en su caso, hayan prestado sus servicios, según modelo que figura
como Anexo V.
La no presentación de la certificación en el plazo señalado
supondrá la no valoración al aspirante de la fase de concurso.
La lista que contenga la valoración provisional de méritos se
hará pública, mediante resolución de la autoridad convocante,
a propuesta del Tribunal calificador. Los aspirantes dispondrán
de un plazo de 10 días hábiles a partir del siguiente al de la
publicación de dicha resolución, para efectuar las alegaciones
pertinentes.
Por la misma autoridad se publicará resolución que contenga
la relación definitiva de la fase de concurso.
En esta resolución se indicará el recurso que proceda contra
la misma.
2.7 En ningún caso la puntuación obtenida en la fase de
concurso podrá aplicarse para superar los ejercicios de la fase de
oposición.
2.8 La calificación del concurso-oposición vendrá
determinada por la suma de las puntuaciones obtenidas en las fases de
concurso y de oposición, sin que en ningún caso el número de
aspirantes aprobados pueda exceder del número de plazas
convocadas en cada una de las especialidades. En caso de empate,
el orden se establecerá atendiendo a las puntuaciones obtenidas
en el segundo ejercicio de la fase de oposición. De continuar el
empate, se acudiría a la puntuación del primer ejercicio de la
fase de oposición a la valoración del mérito de antigüedad, del
trabajo desarrollado, del grado personal consolidado, y a la
superación de los dos ejercicios de la convocatoria de 2002, por este
orden. De persistir el empate, se acudiría, sucesivamente a la
mayor titulación académica poseída, y a la antigüedad total en
la Administración, computándose los años, meses y días de servicio
que conste en el Registro Central de Personal al día de publicación
de esta convocatoria.
Los aspirantes que hubieran superado las pruebas, pero que,
al no reunir méritos suficientes, no hubieran aprobado, quedarán
exentos de la realización de las pruebas en la siguiente
convocatoria, conservando la calificación obtenida en cada uno de los
ejercicios.
3. Curso selectivo: todos los aspirantes que superen el
concurso-oposición serán nombrados funcionarios en prácticas por
la autoridad convocante y deberán realizar un curso selectivo,
que dará comienzo en un plazo máximo de 2 meses contados,
a partir de la finalización del concurso-oposición, y tendrá una
duración máxima de tres meses.
El contenido del curso irá dirigido a la adquisición de los
imprescindibles conocimientos prácticos sobre el funcionamiento de la
Administración Pública, así como a la adquisición de
conocimientos de programas informáticos a nivel de usuario.
Irá dirigido igualmente a la adquisición de conocimientos sobre
las áreas de agricultura, ganadería, y pesca y alimentación,
específicas del Departamento.
Para su valoración, la autoridad convocante otorgará la
calificación de "apto" o "no apto", siendo necesaria la calificación
de "apto" para superarlo.
Potestativamente, el órgano convocante podrá incluir a
continuación del curso selectivo un periodo de prácticas que podrá
desarrollarse mediante la ocupación de un puesto de trabajo.
Los aspirantes que tengan la condición de funcionarios de
Organismos Internacionales estarán exentos de la realización de
aquellas pruebas que la Comisión Permanente de Homologación
considere que tienen por objeto acreditar conocimientos ya exigidos
para el desempeño de sus puestos de origen en el Organismo
Internacional correspondiente.
Se adoptarán las medidas precisas para que los aspirantes con
minusvalía gocen de similares condiciones que el resto de los
aspirantes en la realización de los ejercicios. En este sentido, para
las personas con minusvalía que así lo hagan constar en su
solicitud, se establecerán las adaptaciones posibles en tiempo y
medios para su realización.
ANEXO II
PROGRAMA
Temario específico para la especialidad de laboratorios
POLÍTICA AGRARIA
Tema 1. La población española: estructura y evolución. La
población agraria y pesquera: características.
Tema 2. La economía española: evolución y dimensiones.
Tema 3. El sector agrario: características. La agricultura de
secano en España. La agricultura de regadío en España. La
ganadería en España: características y tipos, producciones,
problemática y aspectos regionales.
Tema 4. El sector pesquero: características. La política
pesquera: objetivos e instrumentos.
Tema 5. El sector alimentario: características. La política
alimentaria: objetivos e instrumentos.
Tema 6. La política de estructuras agrarias: objetivos e
instrumentos.
Tema 7. La financiación agraria en España: organización y
estructura.
Tema 8. El asociacionismo agrario: cooperativas, Sociedades
agrarias de transformación y agrupaciones de productores
agrarios.
Tema 9. La comercialización agraria, pesquera y alimentaria.
Interdependencias. Estructura de la comercialización agraria en
España: origen, destino y canales de comercialización.
Tema 10. La empresa agraria. Características diferenciales.
Estructura productiva. La empresa agraria en España.
Tema 11. Las industrias agrícolas y forestales en España. Las
industrias ganaderas y pesqueras en España. Rasgos
diferenciadores dentro de la Unión Europea.
Tema 12. La política de precios y mercados en la Unión
Europea: las Organizaciones Comunes de Mercado.
Tema 13. La política pesquera común: características.
Tema 14. La política socioestructural comunitaria: objetivos
y contenido.
Tema 15. Los Fondos Estructurales: la aplicación al sector
agrario español.
LABORATORIOS
Tema 16. Diseño de un laboratorio de análisis.
Tema 17. Higiene y seguridad en el trabajo de laboratorio.
Normas. Prevención de accidentes. Medidas a adoptar en caso
de accidentes. Identificación de símbolos de peligro.
Tema 18. Aparatos y dispositivos para calentamiento,
enfriamiento, medida de la temperatura, producción de vacío y
sobrepresión.
Tema 19. Esterilización y preparación del material para
análisis biológico. Autoclaves. Horno Pasteur. Mantenimiento del
material estéril
Tema 20. Microscopía. Fundamentos. Microscopio óptico y
electrónico. Conservación de los aparatos.
Tema 21. Toma de muestras para su envío al laboratorio.
Métodos de muestreo. Recepción y registro de las muestras en
el laboratorio.
Tema 22. Balanzas. Balanzas de precisión y granatarios.
Tema 23. Métodos básicos de análisis. Gravimetrías.
Diferentes tipos. Material y aparatos utilizados. Expresión de
resultados.
Tema 24. Métodos Básicos de análisis. Volumetrias.
Diferentes tipos. Material y aparatos utilizados. Indicadores. Expresión
de resultados.
Tema 25. Métodos de separación. Extracción. Cristalización.
Precipitación. Destilación.
Tema 26. Otros métodos de separación. Filtración.
Evaporación. Desecación. Centrifugación.
Tema 27. Técnicas analíticas instrumentales. Cromatografía
de gases (GC). Fundamento teórico. Columnas. Sistemas de
detección.
Tema 28. Técnicas analíticas instrumentales. Cromatografía
de líquidos (HPLC). Fundamento teórico. Tipos de columnas.
Métodos de separación. Sistemas de detección.
Tema 29. Técnicas analíticas instrumentales.
Espectrofotometría visible y ultravioleta. Fundamento teórico. Ley de
Lambert-Beer. Coeficiente de extinción molar.
Tema 30. Técnicas analíticas instrumentales. Análisis
elemental. Fotometría de llama. Espectrofotometría de Absorción
Atómica. Fundamento Teórico.
Tema 31. Material fungible de uso más frecuente en los
laboratorios de análisis.
Tema 32. Nitrógreno. Proteínas. Aminoácidos. Aminas
biógenas. Urea. Nitrógeno inorgánico. Conceptos generales. Distintos
métodos de análisis.
Tema 33. Estadística aplicada a laboratorios. Inferencia
estadística. Muestreo aleatorio simple y muestreo de proporciones.
Relación entre la precisión y el tamaño de la muestra.
Tema 34. Principios de validación de un ensayo. Definición.
Etapas de la validación (fiabilidad, estandarización de los reactivos,
reproductibilidad). Sensibilidad y Especificidad del ensayo.
Tema 35. Bacteriologías: tipos de siembras, incubación,
métodos de tinción y pruebas de identificación más utilizadas.
Tema 36. Grasas: estudio de componentes glicéridos y no
glicéridos. Aceites vegetales: criterios analíticos para determinar
la calidad.
Tema 37. Composición y determinaciones analíticas más
importantes de la leche.
Tema 38. Vinos: composición. Principales determinaciones
analíticas.
Tema 39. Piensos: composición. Principales determinaciones
analíticas.
Tema 40. Productos cárnicos. Humedad. Relación
agua/proteína. PH, grasas, cenizas, fósforo, cloruro, nitratos y nitritos.
Almidón y azúcares.
Tema 41. La técnica ELISA como método de diagnóstico.
Descripción - Tipos de Elisas. Elisas para la determinación de
anticuerpos, fundamento. - Elisas para la determinación de antígeno,
fundamento.
Tema 42. Seguridad en un laboratorio de diagnóstico de
enfermedades infecciosas. Requerimientos para trabajar con
agentes infecciosos. - Clasificación de microorganismos atendiendo a
su peligrosidad para la salud humana.
Tema 43. Conceptos generales de PCR. Aplicación de la PCR
en el diagnóstico veterinario de enfermedades infecciosas. Tipos
de PCR. Aparatos e instrumentos básicos necesarios.
Tema 44. Pasos del proceso histológico desde la obtención
de muestras hasta su preparación para el diagnóstico.
Tema 45. Cultivos de células animales. Tipos de líneas
celulares. Medios de cultivos y suplementos. Mantenimiento y
conservación de las líneas celulares.
Temario específico para la especialidad agrícola-pesquera
Tema 1. La población española. Estructura. Evolución y
tendencias. Movimientos naturales. Parámetros y evolución. El
proceso de urbanización. Distribución regional de la población
española. La población urbana y la población rural.
Tema 2. La población agraria. Características. Actitudes de
los agricultores. Peculiaridades. Cambio de actitudes: concepto
de promoción de cambios. Diversidad regional.
Tema 3. La población pesquera. Características. Actitudes de
los pescadores. Peculiaridades. Cambio de actitudes: concepto
de promoción de cambios. Diversidad regional.
Tema 4. La economía española. Dimensiones e importancia
en el concierto internacional. Los factores condicionantes de la
economía española. La perspectiva histórica. Principales períodos
económicos y evolución sectorial.
Tema 5. Relaciones exteriores de la economía española. La
balanza de pagos y su estructura. La balanza Comercial.
Principales acuerdos comerciales. Productos y áreas de intercambio.
Tema 6. Los sectores económicos. Conceptos, delimitación,
características y dimensión. Especial referencia a los sectores
agrario, pesquero y alimentario.
Tema 7. El Sector Agrario. Caracterización socioeconómica.
Principales macromagnitudes. Evolución. Situación actual.
Tema 8. El clima. El clima como condicionante. Principales
factores climáticos. Las regiones climáticas españolas. La
tecnología y las restricciones climáticas. La bioclimatología.
Tema 9. El suelo. El suelo como factor de producción en la
agricultura. Técnicas para el estudio agrario del suelo. El precio
y la movilidad de la tierra como condicionante de la estructura
empresarial. El suelo y la tecnología para usos agrícolas. El laboreo
y sus técnicas. Tipos de suelos. Su distribución regional. Las
relaciones suelo-planta.
Tema 10. El agua. El agua como factor de producción en
la agricultura. Importancia regional. La relación agua-suelo-planta.
Aspectos fisiológicos. Balance hídrico. La calidad de las aguas
para el riego. El problema de la salinización.
Tema 11. La agricultura de secano. Características y tipos.
Principales producciones. Técnicas de producción. Problemática
y perspectivas de futuro. Aspectos regionales
Tema 12. La agricultura de regadío. Características y tipos.
Principales producciones. Técnicas de producción. Problemática
y perspectivas de futuro. Aspectos regionales.
Tema 13. La ganadería. Características y tipos. Principales
producciones. Técnicas de producción. Problemática y
perspectivas de futuro. Aspectos regionales.
Tema 14. Valoración agraria: objetos de la valoración agraria.
Valoración de fincas rústicas e instalaciones agrarias. Valoración
de Empresas agrarias. Métodos clásicos de valoración. Métodos
modernos de valoración.
Tema 15. Los medios de producción empleados en la
agricultura. La tecnología. Importancia, clases y su incidencia en los
medios de la producción agraria. Nuevas tecnologías agrarias.
Tema 16. El Sector pesquero. Caracterización
socioeconómica. Principales macromagnitudes. Evolución. Situación actual.
Tema 17. Sector Alimentario: caracterización
socioeconómica. Principales macromagnitudes. Evolución. Situación actual.
Tema 18. Los objetivos e instrumentos de la política agraria.
Objetivos convencionales. Abastecimiento, productividad, rentas.
Nuevos objetivos. Ahorro energético, conservación del medio
ambiente. Política agraria y política agroalimentaria. Ampliación
de objetivos. Instrumentos clásicos y modernos de la intervención
del Estado en el sector agroalimentario.
Tema 19. Rasgos macroeconómicos básicos de la agricultura
española. La producción final agraria. Importancia, composición
y distribución. La renta agraria. Evolución y distribución. Empleo
y gastos fuera del sector. Comercio exterior agrario. El sector
agroalimentario en la economía española.
Tema 20. Política pesquera: objetivos. Instrumentos. Política
de estructuras y política de mercados. Situación actual.
Tema 21. La explotación de los recursos pesqueros. El
equilibrio biológico. Los rendimientos. Las especies asociadas. El
problema de las artes y aparejos.
Tema 22. Política alimentaria. El consumo y la cadena
alimentaria en España. La demanda alimentaria. Estructura y
características. Calidad alimentaria y su control. Seguridad alimentaria.
Tema 23. Política de estructuras agrarias. Mejora de la
explotación agraria. Objetivos, instrumento y alcance de la política de
estructuras. Instrumentos convencionales para distribuir la
productividad agraria. Planes de reestructuración sectorial. Otras
políticas de reforma. Desarrollo rural integrado. Nuevas políticas de
estructuras. Modernización de explotaciones, relevo generacional
en la empresa agraria, agricultura en zonas rurales desfavorecidas.
Pasado y presente de la reforma agraria.
Tema 24. Política de investigación e innovación tecnológica
agraria y de formación y de extensión agraria. La investigación
agraria en el cuadro general de la política agraria. La investigación
y/o adopción de innovaciones en España. Planificación actual de
la investigación agraria. Programas y organización. La innovación
tecnológica y su difusión en la agricultura española. La formación
profesional agraria y el sistema educativo formal y no formal.
Política de fomento de la formación profesional y la adopción de
innovaciones.
Tema 25. Política de financiación agraria. Antecedentes y
evolución. Instituciones financieras y crédito agrario en España.
Crédito oficial y financiación agraria. Garantías, tipos de interés,
nivel de endeudamiento. Política de capitalización de la
agricultura.
Tema 26. Política de industrialización agraria. Las industrias
agroalimentarias en España. Análisis económico de las industrias
agroalimentarias. Capitalización, empleo, tecnología. Relaciones
contractuales agricultura-industrias agroalimentarias.
Tema 27. Política agraria y conservación de la naturaleza.
Recursos naturales y agricultura. El agotamiento de los recursos
(el suelo y el agua). Agricultura y energía, consideraciones
económicas y ecológicas. Flujos energéticos, balance energético, la
agricultura fuente de energía. Política actual de conservación de
la naturaleza.
Tema 28. La política regional. Concepto. Incidencia de la
distribución regional de la renta y la riqueza. Las Comunidades
Autónomas y la política regional. Instrumentos de la política regional.
Economía y política agroalimentaria en España y en la UE.
Tema 29. Asociacionismo agrario y pesquero. Fórmulas
asociativas Cooperativas. Régimen jurídico. Órganos de gobierno. La
integración cooperativa. Las cooperativas de crédito. Sociedades
Agrarias de Transformación. Régimen jurídico y órganos de
gobierno. Las Agrupaciones de productores agrarios. Otras figuras
asociativas.
Tema 30. La comercialización agraria, pesquera y
alimentaria. Interdependencias. Escalones y circuitos comerciales.
Peculiaridades sectoriales. La transparencia de los mercados. La
información de precios. Tipificación y normalización.
Tema 31. La empresa agraria. Características diferenciales.
Estructura productiva. La empresa agraria española. Proyección
regional. Tipología de la empresa agraria española. Parámetros
económicos aplicables para su establecimiento (Margen Bruto ;
Unidades de Dimensión Económica UDE). La explotación familiar
agraria.
Tema 32. La agricultura en la UE. Heterogenidad y
características de la agricultura comunitaria. Las grandes producciones
continentales. Los productos mediterráneos. La posición
importadora-exportadora de la agricultura comunitaria.
Tema 33. La industria agroalimentaria en la UE y en España.
Rasgos diferenciadores básicos.
Tema 34. La política de precios y mercados de la PAC (I).
Las OCM en los sectores "continentales": herbáceos, carne de
vacuno y lácteos. Las OCM en los sectores "mediterráneo": aceite de
oliva, vino, frutas y hortalizas.
Tema 35. La política de precios y mercados de la PAC (II).
Aspectos básicos de las OCM en otros sectores de interés: tabaco,
plátano, arroz, azúcar, carne de ovino. La regulación comunitaria
del anexo II: el algodón.
Tema 36. La Política Pesquera Común. (PPC). Antecedentes
y evolución de la PPC. Régimen de cuotas y capturas. La política
estructural pesquera. La regulación del mercado de los productos
de la pesca. Los acuerdos pesqueros bilaterales de la UE. Los
Acuerdos multilaterales en materia de pesca.
Tema 37. Política socioestructural comunitaria. Antecedentes
de la política socioestructural. La Conferencia de Stressa. El Plan
Mansholt. Las Directivas de 1972. Contenido de la política
socioestructural. Evolución de la política sociestructural.
Tema 38. Los Fondos Estructurales y su aplicación a la
agricultura y al desarrollo rural. Los principios de funcionamiento
de los Fondos estructurales: concentración, cooperación,
programación, adicionalidad. Modalidades de intervención: tipología,
iniciativa nacional, iniciativa comunitaria, acciones innovadoras.
Modalidades de gestión: compatibilidad, seguimiento y
evaluación, cofinanciación, control, etc. La aplicación a la agricultura
y al sector agrario en España.
Tema 39. Las propuestas de reforma de la PAC de la Agenda
2000 y su configuración final. Justificación y orientación de la
nueva reforma. Nuevos objetivos de la PAC: las reformas
sectoriales. Las medidas de aplicación horizontal. La nueva orientación
del desarrollo rural. El nuevo marco financiero de la agricultura.
Tema 40. El Ministerio de Agricultura, Pesca y Alimentación
(MAPA): evolución. Estructura orgánica y competencias.
Tema 41. Las Áreas Funcionales de Agricultura, Pesca y
Alimentación. Configuración orgánica: áreas, Dependencias y
oficinas. Competencias y situación actual tras la integración en el
MAP.
Tema 42. El Fondo Español de Garantía Agraria (FEGA):
naturaleza, estructura y competencias.
Tema 43. La Agencia para el Aceite de Oliva (AAO):
naturaleza, estructura y competencias.
Tema 44. El Fondo de Regulación y Organización del Mercado
de los Productos de la Pesca y Cultivos Marinos (FROM):
naturaleza, estructura y competencias.
Tema 45. La Entidad Estatal de Seguros Agrarios (ENESA):
Naturaleza, estructura y competencias.
ANEXO III
Tribunal calificador
Tribunal titular:
Presidente: D.a Consuelo Rubio Montejano, Cuerpo de
Veterinarios Titulares.
Vocales: D. Juan José Hernández Salgado, Escala de Técnicos
Facultativos Superiores de OO.AA. del MAPA ; D.a Margarita
Latorre Losa, Escala de Titulados de Escuelas Técnicas de Grado
Medio OO.AA del MAPA, y D.a M.a Teresa Marín Tapia, Escala
de Técnicos Facultativos Superiores de OO.AA. del MAPA.
Secretario: D. Jesús Matute del Delgado, Cuerpo de Gestión
de la Administración Civil del Estado.
Tribunal suplente:
Presidente: D. Heriberto Morilla Abad, Cuerpo Superior de
Administradores Civiles del Estado.
Vocales: D.a Beatriz Riesco Moreno, Escala de Técnicos
Facultativos Superiores de OO.AA. del MAPA ; D. Miguel Pérez Cimas,
Cuerpo de Ingenieros Técnicos en Especialidades Agrícolas, y D.
Alfredo F. Castaño Aspas, Escala de Titulados de Escuelas
Técnicas de Grado medio de OO.AA. del MAPA.
Secretario: D.a Consuelo Moral Ortega, Cuerpo de Gestión de
la Administración de la Seguridad Social.
El Tribunal podrá disponer la incorporación a sus trabajos de
asesores especialistas para todas o alguna de las pruebas.
ANEXO IV
Instrucciones para cumplimentar la solicitud
Este apartado se rellenará según lo establecido en la solicitud
de admisión a pruebas selectivas en la Administración Pública
y liquidación de tasas de derechos de examen (modelo 790) y
en las siguientes instrucciones particulares.
En el recuadro 15, "Cuerpo o Escala", se consignará "Escala
de Titulados de Escuelas Técnicas de Grado Medio de Organismos
Autónomos del MAPA", Código 5014.
En el recuadro 16, "Especialidad, área o asignatura", se
consignará la especialidad elegida.
En el recuadro 17, "Forma de acceso", se consignará "P", que
corresponde a promoción interna.
En el recuadro 18, "Ministerio/Órgano/Entidad convocante",
se consignará "Ministerio de Agricultura, Pesca y Alimentación"
En el recuadro 19, se consignará la fecha del Boletín Oficial
del Estado en el que haya sido publicada la convocatoria.
En el recuadro 20, "Provincia de examen", se consignará
"Madrid".
En el recuadro 21, "Minusvalía", los aspirantes con minusvalía
podrán indicar el porcentaje de minusvalía que tengan acreditado,
y solicitar, expresándolo en el recuadro 23, las posibles
adaptaciones de tiempo y medios para la realización de los ejercicios
en que esta adaptación sea necesaria.
En el recuadro 24, "Títulos académicos oficiales", se consignará
el que corresponda.
El importe de la tasa por derechos de examen será de 9,38 euros.
El ingreso del importe correspondiente a los derechos de
examen se efectuará, junto con la presentación de la solicitud, en
cualquier banco, caja de ahorros o cooperativa de crédito de las
que actúan como entidades colaboradoras en la recaudación
tributaria. En la solicitud deberá constar que se ha realizado el
correspondiente ingreso de los derechos de examen, mediante validación
de la entidad colaboradora en la que se realice el ingreso, a
través de certificación mecánica, o en su defecto, sello y firma
autorizada de la misma en el espacio reservado a estos efectos.
Las solicitudes suscritas en el extranjero podrán cursarse a
través de las representaciones diplomáticas o consulares españolas
correspondientes. A las mismas se acompañará el comprobante
bancario de haber ingresado los derechos de examen en la cuenta
corriente número 0182 9701 08 02 00000957 del Banco Bilbao
Vizcaya Argentaria a nombre de "Tesoro Público. Ministerio de
Agricultura, Pesca y Alimentación. Derechos de examen". El
ingreso podrá efectuarse directamente en cualquier oficina del Banco
Bilbao Vizcaya Argentaria mediante transferencia desde cualquier
entidad bancaria.
Estarán exentas del pago de esta tasa:
a) Las personas con grado de discapacidad igual o superior
al 33 por 100, debiendo acompañar a la solicitud certificado
acreditativo de tal condición.
b) Las personas que figurasen como demandantes de empleo
durante el plazo, al menos, de un mes anterior a la fecha de la
convocatoria. Serán requisitos para el disfrute de la exención que,
en el plazo de que se trate, no hubieran rechazado oferta de empleo
adecuado ni se hubiesen negado a participar, salvo causa
justificada, en acciones de promoción, formación o reconversión
profesionales y que, asimismo, carezcan de rentas superiores, en
cómputo mensual, al Salario Mínimo Interprofesional.
La certificación relativa a la condición de demandante de
empleo, con los requisitos señalados, se solicitará en la oficina
de los servicios públicos de empleo. En cuanto a la acreditación
de las rentas se realizará mediante una declaración jurada o
promesa escrita del solicitante. Ambos documentos deberán
acompañarse a la solicitud.
La falta de justificación del abono de los derechos de examen
o de encontrarse exento determinará la exclusión del aspirante.
En ningún caso la presentación y pago en las oficinas a que
se hace referencia supondrá la sustitución del trámite de
presentación, en tiempo y forma, de la solicitud.
ANEXO V (Ver imagen página 15503)
Agencia Estatal Boletín Oficial del Estado
Avda. de Manoteras, 54 - 28050 Madrid