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Documento BOE-A-2003-9534

Resolución de 22 de abril 2003, de la Presidencia de la Agencia Estatal de Administración Tributaria, por la que se corrigen errores de la de 26 de marzo de 2003, por la que se convocó concurso para la provisión de puestos de trabajo (Grupo A) en las áreas de Inspección Financiera y Tributaria, Recaudación y Aduanas e Impuestos Especiales (2003 A 01).

Publicado en:
«BOE» núm. 112, de 10 de mayo de 2003, páginas 18075 a 18076 (2 págs.)
Sección:
II. Autoridades y personal - B. Oposiciones y concursos
Departamento:
Ministerio de Hacienda
Referencia:
BOE-A-2003-9534

TEXTO ORIGINAL

Por Resolución de 26 de marzo de 2003, de la Presidencia de la Agencia Estatal de Administración Tributaria, publicada en el «Boletín Oficial del Estado» número 80, de 3 de abril de 2003, se convocó concurso para la provisión de puestos de trabajo (Grupo A) en las áreas de Inspección Financiera y Tributaria, Recaudación y Aduanas e Impuestos Especiales (2003 A 01).

Advertidos errores, se transcriben a continuación las siguientes rectificaciones:

En la página 12870, el puesto de trabajo con N.º de orden 24 –«Inspector Jefe Equipo ONI»– Madrid, en la columna N.º ptos., donde dice: «1»; debe decir: «2».

En la página 12871, los puestos de trabajo con N.º de orden 38-39 –«Jefe Equipo ONI»– Madrid, en la columna N.º ptos., donde dice: «2»; debe decir: «3».

En la página 12891, a continuación del N.º de orden 282 y formando parte del anexo I bis de la convocatoria, añadir:

N.º de orden Centro Directivo Puesto de trabajo N.º ptos. Localidad Grupo Nivel

Compl. Específico anual

Descripción de funciones más importantes y requisitos Méritos específicos
 

DPTO. INSPECCION FINANC. Y TRIBUT.

OFICINA NACIONAL DE INSPECCION.

UNIDAD CTRAL. GESTION.

DE GRANDES EMPRESAS.

             
283 JEFE UNIDAD DE GESTION   MADRID A 28 24.219,12 Las establecidas en la resolución de 24 de marzo de 1992 de la AEAT sobre organización y atribución de funciones a la Inspección de los Tributos en el ámbito de la competencia del Departamento de Inspección Financiera y Tributaria (BOE de 30 de marzo de 1992), y sus posteriores modificaciones. Especialidad de Inspección Financiera y Tributaria. Posesión de la correspondiente especialidad del CSIHE. (Base quinta)
284

JEFE UNIDAD COOR. Y MET.

GRANDES EMPRESAS.

  MADRID A 28 24.219,12 Las establecidas en la Resolución de 24 de marzo de 1992 de la AEAT sobre organización y atribución de funciones a la Inspección de los Tributos en el ámbito de la competencia del Departamento de Inspección Financiera y Tributaria (BOE de 30 de marzo de 1992), y sus posteriores modificaciones. Especialidad de Inspección Financiera y Tributaria. Posesión de la correspondiente especialidad del CSIHE. (Base quinta)
 

OFICINA NACIONAL DE INSPECCION.

EQUIPOS DE INSPECCION.

             
285

INSPECTOR ADJUNTO.

EQUIPO ONI.

  MURCIA A 28 24.219,12 Las establecidas en la Resolución de 24 de marzo de 1992 de la AEAT sobre organización y atribución de funciones a la Inspección de los Tributos en el ámbito de la competencia del Departamento de Inspección Financiera y Tributaria (BOE de 30 de marzo de 1992), y sus posteriores modificaciones. Especialidad de Inspección Financiera y Tributaria. Posesión de la correspondiente especialidad del CSIHE. (Base quinta)

Las nuevas solicitudes de participación, así como las modificaciones que pudieran producirse en las ya presentadas, como consecuencia de la presente corrección de errores, se presentarán en el plazo de quince días hábiles, contados a partir del día siguiente al de su publicación, en los mismos términos y condiciones que establecía la Resolución de 26 de marzo de 2003.

Esta ampliación del plazo de presentación de instancias se entenderá a esos únicos efectos, siendo la fecha de referencia para cualquier valoración de méritos o requisitos la establecida en la inicial publicación en el «Boletín Oficial del Estado» de 3 de abril de 2003.

Contra la presente resolución, que pone fin a la vía administrativa, podrá interponerse recurso de reposición en el plazo de un mes a partir del día siguiente al de su publicación en el «Boletín Oficial del Estado», ante el Presidente de la Agencia Estatal de Administración Tributaria, o recurso contencioso-administrativo en el plazo de dos meses a partir del día siguiente al de su publicación en el «Boletín Oficial del Estado», ante el Juzgado Central de lo Contencioso-Administrativo, no pudiendo interponerse simultáneamente ambos recursos.

Madrid, a 22 de abril de 2003.‒P. D. (Resolución de 24 de junio de 1999, «Boletín Oficial del Estado» del 9 de julio), el Director general, Salvador Ruiz Gallud.

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