Por Resolución de 26 de marzo de 2003, de la Presidencia
de la Agencia Estatal de Administración Tributaria, publicada en
el "Boletín Oficial del Estado" número 81, de 4 de abril de 2003,
se convocó concurso para la provisión de puestos de trabajo
(Grupo B) en las áreas de Gestión Tributaria, Inspección Financiera
y Tributaria, Recaudación y Aduanas e Impuestos Especiales
(2003 A 02).
Advertidos errores, se transcriben a continuación las siguientes
rectificaciones:
Todos los Puestos de Trabajo convocados con la denominación
"Subinspector Adscrito Unidad Regional", deben considerarse
sustituidos, en cuanto a la denominación, por la de "Subinspector
Adscrito Especial".
En la página 3 del Anexo del B.O.E. (suplemento del
número 81), los puestos de trabajo con N.o de Orden 9-11, "Jefe
Sección 2 Gestión Tributaria" -Madrid, en la columna de Funciones
y Requisitos, donde dice: "Diseño e implantación de
procedimientos de verificación y control, relativos al impuesto sobre el Valor
Añadido. Cuerpo Técnico de Hacienda, especialidad de Gestión
y Liquidación." ; debe decir: "Diseño e implantación de
procedimientos de verificación y control, relativos al impuesto sobre el
Valor Añadido y otros procedimientos de gestión tributaria. Cuerpo
Técnico de Hacienda, especialidad de Gestión y Liquidación.".
En la página 9 del Anexo del B.O.E., respecto al puesto de
trabajo con N.o de Orden 92 - Sevilla, en la columna Centro
Directivo/ Puesto de Trabajo, donde dice: "Subinspector Jefe Secc. B
Aduanas II.EE." ; debe decir: "Subinspector Jefe Secc. A Aduanas
II.EE." y en la columna Complemento Específico Anual, donde
dice: "5.684,16" ; debe decir: "6.078,48".
En la página 16 del Anexo del B.O.E., el puesto de trabajo
con N.o de Orden 151 "Jefe Sección Especial Gestión Tributaria"
Alora, incluido en el anexo I, queda excluido del citado anexo I
y se incluye, por medio de esta Resolución, en el Anexo I bis
de la convocatoria y debe considerarse, para este puesto, la
columna N.o ptos. sin dotación.
En la página 20 del Anexo del B.O.E., el puesto de trabajo
con N.o de Orden 183 "Subinspector Aduanas II.EE. A" Melilla,
queda suprimido.
En la página 28 del Anexo del B.O.E., el puesto de trabajo
con N.o de Orden 247, "Subinspector Jefe Serv. C Aduanas II.EE."
Palma de Mallorca, en la columna de Funciones y Requisitos,
donde dice: "Ejecución y control de tareas derivadas de la Gestión
Aduanera. Cuerpo Técnico de Hacienda, especialidad de Gestión
Aduanera." ; debe decir: "Ejecución y control de tareas derivadas
de la Gestión Aduanera y Gestión de Impuestos Especiales. Cuerpo
Técnico de Hacienda, especialidad de Gestión Aduanera.".
En la página 32 del Anexo del B.O.E., el puesto de trabajo
con N.o de Orden 301 "Subinsp. Jefe Sección Insp. N.24" -Las
Palmas de Gran Canaria, queda suprimido.
En la página 33 del Anexo del B.O.E., el puesto de trabajo
con N.o de Orden 308 "Subinspector Jefe Secc. C Aduanas II.EE.,
en la columna Localidad, donde dice " Las Palmas G. C." ; debe
decir: "Santa Cruz de Tenerife".
En la página 35 del Anexo del B.O.E., el puesto de trabajo
con N.o de Orden 327 "Jefe Secc. C Aduanas II.EE., en la columna
Localidad, donde dice "Las Palmas G. C." ; debe decir: "Telde".
En la página 35 del Anexo del B.O.E., el puesto de trabajo
con N.o de Orden 328 "Jefe Secc. B Aduanas II.EE., en la columna
Localidad, donde dice "Las Palmas G. C." ; debe decir: "Telde"
y en la columna de Funciones y Requisitos se suprime: "con horario
de plena disponibilidad".
En la página 35 del Anexo del B.O.E., el puesto de trabajo
con N.o de Orden 333 "Jefe Unidad Recaudación 3 B" Santa Cruz
de Tenerife, en la columna Funciones y Requisitos, debe suprimirse
el siguiente párrafo: "y desarrollo de las funciones establecidas
en la Res. 30/12/02 por la que se crean las O.R.T. (BOE 7/01/03)".
En la página 36 del Anexo del B.O.E., el puesto de trabajo
con N.o de Orden 341 "Jefe Sección C Aduanas II.EE., en la
columna Localidad, donde dice "Santa Cruz de Tenerife" ; debe decir:
"La Laguna".
En la página 39 del Anexo del B.O.E., el puesto de trabajo
con N.o de Orden 361 "Subinspector Aduanas II.EE. B" Cuenca,
queda suprimido.
En la página 63 del Anexo del B.O.E., los puestos de trabajo
con N.o de Orden 622, 623, 624 y 625, en la columna Localidad,
donde dice "Barcelona" ; debe decir: "Prat de Llobregat".
En la página 63 del Anexo del B.O.E., el puesto de trabajo
con N.o de Orden 625 "Jefe Servicio C Aduanas II.EE.", en la
columna Funciones y Requisitos, donde dice "Procedimiento de
tránsito. Cuerpo Técnico de Hacienda, especialidad de Gestión
Adunera" ; debe decir: "Tramitación y comprobación de actividades
derivadas de la Gestión Aduanera e Impuestos Especiales. Cuerpo
Técnico de Hacienda, especialidad de Gestión Aduanera".
En la página 64 del Anexo del B.O.E., los puestos de trabajo
con N.o de Orden 633, 634 y 635, en la columna Localidad,
donde dice "Girona" ; debe decir: "La Jonquera".
En la página 65 y 66 del Anexo del B.O.E., los puestos de
trabajo con N.o de Orden 646, 647-648, 649-651, 652-653 y 655,
en la columna Localidad, donde dice "Lleida" ; debe decir: "La Farga
de Moles".
En la página 68 del Anexo del B.O.E., el puesto de trabajo
con N.o de Orden 677 "Subjefe Unidad de Inspección" Badajoz,
queda suprimido.
En la página 76 del Anexo del B.O.E., los puestos de trabajo
con N.o de Orden 775-776 "Técnico Adjunto Recaudación 1
"Madrid, en la columna N.o ptos., donde dice: "2" ; debe decir: "4".
En las páginas 103 y 104 del Anexo del B.O.E. y dentro del
ANEXO I BIS de la convocatoria, los puestos de trabajo con N.o de
Orden 1007-1008-1013-1017-1018 y 1019 "Subinspector ONI",
en las localidades de Palma de Mallorca, Barcelona, Oviedo,
Sevilla, Valencia y Valladolid, respectivamente, quedan suprimidos.
En la página 106 del Anexo del B.O.E. y dentro del anexo I
bis de la convocatoria, el puesto de trabajo con N.o de Orden
1030 "Subinspector Subj. Unidad B ONI", en la columna Funciones
y Requisitos, donde dice "Desarrollo de tareas de investigación
del fraude. Cuerpo Técnico de Hacienda, especialidad de Gestión
Aduanera" ; debe decir: "Desarrollo de tareas de investigación del
fraude y de los recursos propios comunitarios. Cuerpo Técnico
de Hacienda, especialidad de Gestión Aduanera".
En la página 106 del Anexo del B.O.E. y dentro del anexo I
bis de la convocatoria, el puesto de trabajo con N.o de Orden
1031 "Subinspector Subj. Unidad A ONI", en la columna Funciones
y Requisitos, donde dice "Tareas de inspección de Impuestos
Especiales. Cuerpo Técnico de Hacienda, especialidad de Gestión
Aduanera" ; debe decir: "Tareas de inspección de Impuestos Especiales,
en particular Hidrocarburos. Cuerpo Técnico de Hacienda,
especialidad de Gestión Aduanera".
En la página 151 del Anexo del B.O.E. y dentro del anexo I
bis de la convocatoria, el puesto de trabajo con N.o de Orden
1360 "Jefe Sección B Aduanas II.EE., en la columna Localidad,
donde dice "Girona" ; debe decir: "La Jonquera".
En la página 160 del Anexo del B.O.E. y dentro del anexo I
bis de la convocatoria, respecto al puesto de trabajo con N.o de
Orden 1426 - Madrid, en la columna Centro Directivo/ Puesto
de Trabajo, donde dice: "Jefe de Sección C" ; debe decir: "Jefe de
Sección B" y en la columna Complemento Específico Anual, donde
dice: "6.078,48" ; debe decir: "6.651,72".
En la página 173 del Anexo del B.O.E. y dentro del anexo I
bis de la convocatoria, respecto al puesto de trabajo con N.o de
Orden 1524 - Pamplona, en la columna Centro Directivo/Puesto
de Trabajo, donde dice: "Jefe de Sección A" ; debe decir: "Jefe
de Sección B" y en la columna Complemento Específico Anual,
donde dice: "8.171,04" ; debe decir: "6.651,72".
En la página 185 del Anexo del B.O.E. (suplemento del
número 81), a continuación del N.o de Orden 1613, añadir en el anexo I
de la convocatoria los puestos de trabajo que en el anexo I a
esta Resolución se relacionan.
A continuación añadir, igualmente, en el anexo I bis de la
convocatoria los puestos de trabajo que en el anexo I bis a esta
Resolución se relacionan.
Las nuevas solicitudes de participación, así como las
modificaciones que pudieran producirse en las ya presentadas, como
consecuencia de la presente corrección de errores, se presentarán
en el plazo de quince días hábiles, contados a partir del día
siguiente al de su publicación, en los mismos términos y condiciones
que establecía la Resolución de 26 de marzo de 2003.
Esta ampliación del plazo de presentación de instancias se
entenderá a esos únicos efectos, siendo la fecha de referencia
para cualquier valoración de méritos o requisitos la establecida
en la inicial publicación en el "Boletín Oficial del Estado" de 4
de abril de 2003.
Contra la presente Resolución, que pone fin a la vía
administrativa, podrá interponerse recurso de reposición en el plazo
de un mes a partir del día siguiente al de su publicación en el
"Boletín Oficial del Estado", ante el Presidente de la Agencia Estatal
de Administración Tributaria, o recurso
contencioso-administrativo en el plazo de dos meses a partir del día siguiente al de
su publicación en el "Boletín Oficial del Estado", ante el Juzgado
Central de lo Contencioso-Administrativo, no pudiendo
interponerse simultáneamente ambos recursos.
Madrid, 22 de abril de 2003.-P.D. (Resolución de 24 de junio
de 1999, "Boletín Oficial del Estado" de 9 de julio), el Director
General, Salvador Ruiz Gallud.
SIGUE ANEXO (Ver imágenes páginas 18078 a 18084)
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