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Documento BOE-A-2003-9535

Resolución de 22 de abril 2003, de la Presidencia de la Agencia Estatal de Administración Tributaria, por la que se rectifica la de 26 de marzo de 2003, por la que se convocó concurso para la provisión de puestos de trabajo (Grupo B) en las áreas de Gestión Tributaria, Inspección Financiera y Tributaria, Recaudación y Aduanas e Impuestos Especiales (2003 A 02).

Publicado en:
«BOE» núm. 112, de 10 de mayo de 2003, páginas 18076 a 18084 (9 págs.)
Sección:
II. Autoridades y personal - B. Oposiciones y concursos
Departamento:
Ministerio de Hacienda
Referencia:
BOE-A-2003-9535

TEXTO ORIGINAL

Por Resolución de 26 de marzo de 2003, de la Presidencia de la Agencia Estatal de Administración Tributaria, publicada en el «Boletín Oficial del Estado» número 81, de 4 de abril de 2003, se convocó concurso para la provisión de puestos de trabajo (Grupo B) en las áreas de Gestión Tributaria, Inspección Financiera y Tributaria, Recaudación y Aduanas e Impuestos Especiales (2003 A 02).

Advertidos errores, se transcriben a continuación las siguientes rectificaciones:

Todos los Puestos de Trabajo convocados con la denominación «Subinspector Adscrito Unidad Regional», deben considerarse sustituidos, en cuanto a la denominación, por la de «Subinspector Adscrito Especial».

En la página 3 del Anexo del B.O.E. (suplemento del número 81), los puestos de trabajo con N.º de Orden 9-11, «Jefe Sección 2 Gestión Tributaria» ‒Madrid, en la columna de Funciones y Requisitos, donde dice: «Diseño e implantación de procedimientos de verificación y control, relativos al impuesto sobre el Valor Añadido. Cuerpo Técnico de Hacienda, especialidad de Gestión y Liquidación.»; debe decir: «Diseño e implantación de procedimientos de verificación y control, relativos al impuesto sobre el Valor Añadido y otros procedimientos de gestión tributaria. Cuerpo Técnico de Hacienda, especialidad de Gestión y Liquidación.».

En la página 9 del Anexo del B.O.E., respecto al puesto de trabajo con N.º de Orden 92 - Sevilla, en la columna Centro Directivo/ Puesto de Trabajo, donde dice: «Subinspector Jefe Secc. B Aduanas II.EE.»; debe decir: «Subinspector Jefe Secc. A Aduanas II.EE.» y en la columna Complemento Específico Anual, donde dice: «5.684,16»; debe decir: «6.078,48».

En la página 16 del Anexo del B.O.E., el puesto de trabajo con N.º de Orden 151 «Jefe Sección Especial Gestión Tributaria» Alora, incluido en el anexo I, queda excluido del citado anexo I y se incluye, por medio de esta Resolución, en el Anexo I bis de la convocatoria y debe considerarse, para este puesto, la columna N.º ptos, sin dotación.

En la página 20 del Anexo del B.O.E., el puesto de trabajo con N.º de Orden 183 «Subinspector Aduanas II.EE. A» Melilla, queda suprimido.

En la página 28 del Anexo del B.O.E., el puesto de trabajo con N.º de Orden 247, «Subinspector Jefe Serv. C Aduanas II.EE.» Palma de Mallorca, en la columna de Funciones y Requisitos, donde dice: «Ejecución y control de tareas derivadas de la Gestión Aduanera. Cuerpo Técnico de Hacienda, especialidad de Gestión Aduanera.»; debe decir: «Ejecución y control de tareas derivadas de la Gestión Aduanera y Gestión de Impuestos Especiales. Cuerpo Técnico de Hacienda, especialidad de Gestión Aduanera.».

En la página 32 del Anexo del B.O.E., el puesto de trabajo con N.º de Orden 301 «Subinsp. Jefe Sección Insp. N.24» -Las Palmas de Gran Canaria, queda suprimido.

En la página 33 del Anexo del B.O.E., el puesto de trabajo con N.º de Orden 308 «Subinspector Jefe Secc. C Aduanas II.EE., en la columna Localidad, donde dice « Las Palmas G. C.»; debe decir: «Santa Cruz de Tenerife».

En la página 35 del Anexo del B.O.E., el puesto de trabajo con N.º de Orden 327 «Jefe Secc. C Aduanas II.EE., en la columna Localidad, donde dice «Las Palmas G. C.»; debe decir: «Telde».

En la página 35 del Anexo del B.O.E., el puesto de trabajo con N.º de Orden 328 «Jefe Secc. B Aduanas II.EE., en la columna Localidad, donde dice «Las Palmas G. C.»; debe decir: «Telde» y en la columna de Funciones y Requisitos se suprime: «con horario de plena disponibilidad».

En la página 35 del Anexo del B.O.E., el puesto de trabajo con N.º de Orden 333 «Jefe Unidad Recaudación 3 B» Santa Cruz de Tenerife, en la columna Funciones y Requisitos, debe suprimirse el siguiente párrafo: «y desarrollo de las funciones establecidas en la Res. 30/12/02 por la que se crean las O.R.T. (BOE 7/01/03)».

En la página 36 del Anexo del B.O.E., el puesto de trabajo con N.º de Orden 341 «Jefe Sección C Aduanas II.EE., en la columna Localidad, donde dice «Santa Cruz de Tenerife»; debe decir: «La Laguna».

En la página 39 del Anexo del B.O.E., el puesto de trabajo con N.º de Orden 361 «Subinspector Aduanas II.EE. B» Cuenca, queda suprimido.

En la página 63 del Anexo del B.O.E., los puestos de trabajo con N.º de Orden 622, 623, 624 y 625, en la columna Localidad, donde dice «Barcelona»; debe decir: «Prat de Llobregat».

En la página 63 del Anexo del B.O.E., el puesto de trabajo con N.º de Orden 625 «Jefe Servicio C Aduanas II.EE.», en la columna Funciones y Requisitos, donde dice «Procedimiento de tránsito. Cuerpo Técnico de Hacienda, especialidad de Gestión Adunera»; debe decir: «Tramitación y comprobación de actividades derivadas de la Gestión Aduanera e Impuestos Especiales. Cuerpo Técnico de Hacienda, especialidad de Gestión Aduanera».

En la página 64 del Anexo del B.O.E., los puestos de trabajo con N.º de Orden 633, 634 y 635, en la columna Localidad, donde dice «Girona»; debe decir: «La Jonquera».

En la página 65 y 66 del Anexo del B.O.E., los puestos de trabajo con N.º de Orden 646, 647-648, 649-651, 652-653 y 655, en la columna Localidad, donde dice «Lleida»; debe decir: «La Farga de Moles».

En la página 68 del Anexo del B.O.E., el puesto de trabajo con N.º de Orden 677 «Subjefe Unidad de Inspección» Badajoz, queda suprimido.

En la página 76 del Anexo del B.O.E., los puestos de trabajo con N.º de Orden 775-776 «Técnico Adjunto Recaudación 1 «Madrid, en la columna N.º ptos., donde dice: «2»; debe decir: «4».

En las páginas 103 y 104 del Anexo del B.O.E. y dentro del ANEXO I BIS de la convocatoria, los puestos de trabajo con N.º de Orden 1007-1008-1013-1017-1018 y 1019 «Subinspector ONI», en las localidades de Palma de Mallorca, Barcelona, Oviedo, Sevilla, Valencia y Valladolid, respectivamente, quedan suprimidos.

En la página 106 del Anexo del B.O.E. y dentro del anexo I bis de la convocatoria, el puesto de trabajo con N.º de Orden 1030 «Subinspector Subj. Unidad BONI», en la columna Funciones y Requisitos, donde dice «Desarrollo de tareas de investigación del fraude. Cuerpo Técnico de Hacienda, especialidad de Gestión Aduanera»; debe decir: «Desarrollo de tareas de investigación del fraude y de los recursos propios comunitarios. Cuerpo Técnico de Hacienda, especialidad de Gestión Aduanera».

En la página 106 del Anexo del B.O.E. y dentro del anexo I bis de la convocatoria, el puesto de trabajo con N.º de Orden 1031 «Subinspector Subj. Unidad AONI», en la columna Funciones y Requisitos, donde dice «Tareas de inspección de Impuestos Especiales. Cuerpo Técnico de Hacienda, especialidad de Gestión Aduanera»; debe decir: «Tareas de inspección de Impuestos Especiales, en particular Hidrocarburos. Cuerpo Técnico de Hacienda, especialidad de Gestión Aduanera».

En la página 151 del Anexo del B.O.E. y dentro del anexo I bis de la convocatoria, el puesto de trabajo con N.º de Orden 1360 «Jefe Sección B Aduanas II.EE., en la columna Localidad, donde dice «Girona»; debe decir: «La Jonquera».

En la página 160 del Anexo del B.O.E. y dentro del anexo I bis de la convocatoria, respecto al puesto de trabajo con N.º de Orden 1426 - Madrid, en la columna Centro Directivo/ Puesto de Trabajo, donde dice: «Jefe de Sección C»; debe decir: «Jefe de Sección B» y en la columna Complemento Específico Anual, donde dice: «6.078,48»; debe decir: «6.651,72».

En la página 173 del Anexo del B.O.E. y dentro del anexo I bis de la convocatoria, respecto al puesto de trabajo con N.º de Orden 1524 - Pamplona, en la columna Centro Directivo/Puesto de Trabajo, donde dice: «Jefe de Sección A»; debe decir: «Jefe de Sección B» y en la columna Complemento Específico Anual, donde dice: «8.171,04»; debe decir: «6.651,72».

En la página 185 del Anexo del B.O.E. (suplemento del número 81), a continuación del N.º de Orden 1613, añadir en el anexo I de la convocatoria los puestos de trabajo que en el anexo I a esta Resolución se relacionan.

A continuación añadir, igualmente, en el anexo I bis de la convocatoria los puestos de trabajo que en el anexo I bis a esta Resolución se relacionan.

Las nuevas solicitudes de participación, así como las modificaciones que pudieran producirse en las ya presentadas, como consecuencia de la presente corrección de errores, se presentarán en el plazo de quince días hábiles, contados a partir del día siguiente al de su publicación, en los mismos términos y condiciones que establecía la Resolución de 26 de marzo de 2003.

Esta ampliación del plazo de presentación de instancias se entenderá a esos únicos efectos, siendo la fecha de referencia para cualquier valoración de méritos o requisitos la establecida en la inicial publicación en el «Boletín Oficial del Estado» de 4 de abril de 2003.

Contra la presente Resolución, que pone fin a la vía administrativa, podrá interponerse recurso de reposición en el plazo de un mes a partir del día siguiente al de su publicación en el «Boletín Oficial del Estado», ante el Presidente de la Agencia Estatal de Administración Tributaria, o recurso contencioso-administrativo en el plazo de dos meses a partir del día siguiente al de su publicación en el «Boletín Oficial del Estado», ante el Juzgado Central de lo Contencioso-Administrativo, no pudiendo interponerse simultáneamente ambos recursos.

Madrid, 22 de abril de 2003.‒P.D. (Resolución de 24 de junio de 1999, «Boletín Oficial del Estado» de 9 de julio), el Director General, Salvador Ruiz Gallud.

ANEXO I

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ANEXO I BIS

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