En cumplimiento de lo dispuesto en el Real Decreto 215/2003, de 21 de febrero (BOE del 22), por el que se aprueba la oferta de empleo público para el año 2003, y con el fin de atender las necesidades de personal de la Administración Pública,
Este Ministerio, en uso de las competencias que le están atribuidas en el artículo 13 de la Ley 6/1997, de 14 de abril, de Organización y Funcionamiento de la Administración General del Estado, previo informe de la Dirección General de la Función Pública, acuerda convocar pruebas selectivas para ingreso en la Escala de Auxiliares Técnicos del CEDEX, con sujeción a las siguientes:
Bases de convocatoria
1. Normas generales
1.1 Se convocan pruebas selectivas para cubrir 4 plazas de la Escala de Auxiliares Técnicos del CEDEX (Código 5945) por el sistema general de acceso libre.
Los puestos de trabajo que vayan a ser ofrecidos como destino y que impliquen la participación directa o indirecta en el ejercicio del poder público y en las funciones que tienen por objeto la salvaguardia de los intereses generales del Estado, quedarán reservados a los aspirantes de nacionalidad española.
1.2 El proceso selectivo se realizará mediante el sistema de oposición, con las valoraciones, pruebas y puntuaciones que se especifican en el Anexo I e incluirá la superación de un curso selectivo.
Para la realización de este curso selectivo, los aspirantes que hayan superado la fase de oposición serán nombrados funcionarios en prácticas por la autoridad convocante.
1.3 El programa que ha de regir las pruebas selectivas es el que figura como Anexo II a esta convocatoria.
1.4 Las pruebas selectivas se desarrollarán de acuerdo con el siguiente calendario:
El primer ejercicio de la fase de oposición se iniciará antes del mes de agosto de 2003. La duración máxima de la fase de oposición será de seis meses, contados a partir de la fecha de realización del primer ejercicio.
1.5 Concluido el proceso selectivo, los aspirantes que lo hubieran superado y que hayan acreditado cumplir los requisitos exigidos, serán nombrados funcionarios de carrera mediante resolución de la Secretaría de Estado para la Administración Pública, que se publicará en el «Boletín Oficial del Estado», con indicación del destino adjudicado.
2. Requisitos de los candidatos
2.1 Para ser admitidos a la realización de las pruebas selectivas los aspirantes deberán poseer en el día de finalización del plazo de presentación de solicitudes y mantener hasta el momento de la toma de posesión como funcionario de carrera los siguientes requisitos de participación:
2.1.1 Nacionalidad: Ser español o nacional de alguno de los demás Estados miembros de la Unión Europea o nacional de algún Estado, al que en virtud de los Tratados Internacionales celebrados por la Unión Europea y ratificados por España, sea de aplicación la libre circulación de trabajadores.
También podrán participar el cónyuge de los españoles, de los nacionales de alguno de los demás Estados miembros de la Unión Europea y de los nacionales de algún Estado, al que en virtud de los Tratados Internacionales celebrados por la Unión Europea y ratificados por España, sea de aplicación la libre circulación de trabajadores, siempre que no estén separados de derecho, así como sus descendientes y los del cónyuge, menores de veintiún años o mayores de dicha edad que vivan a sus expensas.
2.1.2 Edad: Tener dieciocho años de edad y no haber alcanzado la edad de jubilación.
2.1.3 Titulación: Estar en posesión o en condiciones de obtener el título de Bachiller, Formación Profesional de Segundo Grado o equivalente. En el caso de titulaciones obtenidas en el extranjero deberá estarse en posesión de la credencial que acredite su homologación.
2.1.4 Capacidad: No padecer enfermedad ni estar afectado por limitación física o psíquica incompatible con el desempeño de las correspondientes funciones.
2.1.5 Habilitación: No haber sido separado, mediante expediente disciplinario, del servicio de cualquiera de las Administraciones Públicas ni hallarse inhabilitado para el desempeño de las funciones públicas.
Los aspirantes cuya nacionalidad no sea la española deberán acreditar, igualmente, no estar sometidos a sanción disciplinaria o condena penal que impida, en su Estado, el acceso a la función pública.
3. Solicitudes
3.1 La presentación de solicitudes se realizará en el Registro General del Ministerio de Fomento o en la forma establecida en el artículo 38.4 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, en el plazo de veinte días naturales contados a partir del día siguiente al de la fecha de publicación de esta convocatoria en el «Boletín Oficial del Estado» y se dirigirán al Subsecretario del Ministerio de Fomento. La no presentación de la solicitud en tiempo y forma supondrá la exclusión del aspirante.
3.2 Quienes deseen participar en estas pruebas selectivas deberán cumplimentar el modelo oficial de solicitud de admisión a pruebas selectivas en la Administración Pública y liquidación de derechos de examen (modelo 790) que se facilitará gratuitamente en el Ministerio de Fomento, en el Centro de Información Administrativa del Ministerio de Administraciones Públicas, la Dirección General de la Función Pública, en las Delegaciones y Subdelegaciones del Gobierno, en las representaciones diplomáticas y consulares de España en el extranjero y en la página de Internet www.map.es/seap/dgfp/dgfp.htm
La solicitud se cumplimentará de acuerdo con las instrucciones del Anexo IV.
3.3 A la solicitud se acompañará una fotocopia del Documento Nacional de Identidad o del pasaporte.
Los aspirantes extranjeros que residan en España deberán además presentar una fotocopia compulsada de la tarjeta de residente comunitario o de familiar de residente comunitario en vigor o, en su caso, de la tarjeta temporal de residente comunitario o de trabajador comunitario fronterizo en vigor.
Los aspirantes que sean nacionales de la Unión Europea o de algún Estado, al que en virtud de los Tratados Internacionales celebrados por la Unión Europea y ratificados por España, sea de aplicación la libre circulación de trabajadores, que no residan en España, bien por residir en el extranjero o por encontrarse en España en régimen de estancia, deberán presentar una fotocopia compulsada del documento de identidad o pasaporte.
Los familiares de los anteriores deberán presentar una fotocopia compulsada del visado y, en su caso, del resguardo de haber solicitado la correspondiente tarjeta o del resguardo de haber solicitado la exención de visado y la correspondiente tarjeta. De no haberse solicitado estos documentos deberán presentar los documentos expedidos por las autoridades competentes que acrediten el vínculo de parentesco y una declaración jurada o promesa del español, del nacional de alguno de los demás Estados miembros de la Unión Europea o del nacional de algún Estado, al que en virtud de los Tratados Internacionales celebrados por la Unión Europea y ratificados por España, sea de aplicación la libre circulación de trabajadores, con el que existe este vínculo, de que no está separado de derecho de su cónyuge y, en su caso, del hecho de que el aspirante vive a sus expensas o está a su cargo.
3.4 Los aspirantes que tengan la condición de funcionarios de Organismos Internacionales deberán acompañar a la solicitud las certificaciones de homologación o, con carácter excepcional, presentarlas al órgano de selección con antelación a la celebración de las correspondientes pruebas.
3.5 Los errores de hecho que pudieran advertirse en la solicitud podrán subsanarse en cualquier momento de oficio o a petición del interesado.
4. Admisión de aspirantes
4.1 Transcurrido el plazo de presentación de solicitudes, la autoridad convocante, dictará orden, en el plazo máximo de un mes, declarando aprobada la lista de admitidos y excluidos. En dicha orden, que deberá publicarse en el «Boletín Oficial del Estado», se relacionarán los aspirantes excluidos con indicación de las causas de exclusión, apellidos, nombre y número de documento nacional de identidad o pasaporte, señalando un plazo de diez días hábiles para subsanar el defecto que haya motivado la exclusión u omisión, contados a partir del día siguiente al de la publicación de la orden. Asimismo, se indicarán los lugares donde se encuentre expuesta al público la lista de aspirantes admitidos y el lugar, fecha y hora de comienzo del primer ejercicio.
4.2 No procederá la devolución de los derechos de examen en los supuestos de exclusión por causa imputable a los aspirantes.
5. Tribunal
5.1 El Tribunal calificador de estas pruebas es el que figura como Anexo III a esta convocatoria.
5.2 El procedimiento de actuación del Tribunal se ajustará en todo momento a lo dispuesto en la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común y demás disposiciones vigentes.
5.3 Los aspirantes podrán recusar a los miembros del Tribunal cuando concurran las circunstancias previstas en el artículo 28 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común.
5.4 A efectos de comunicaciones y demás incidencias, el Tribunal tendrá su sede en el Ministerio de Fomento, Paseo de la Castellana, n.° 67, Madrid, teléfono 91.597.87.87. Dirección de Internet http://www.mfom.es/empleopublico
6. Desarrollo de los ejercicios
6.1 El orden de actuación de los opositores se iniciará alfabéticamente por el primero de la letra «X», según lo establecido en la Resolución de la Secretaria de Estado para la Administración Pública de 10 de marzo de 2003 (Boletín Oficial del Estado del 14).
6.2 Los aspirantes serán convocados para cada ejercicio en llamamiento único, siendo excluidos de la oposición quienes no comparezcan.
El Tribunal podrá requerir, en cualquier momento del proceso selectivo, la acreditación de la identidad de los aspirantes.
6.3 Una vez comenzado el proceso selectivo, los anuncios de celebración de los restantes ejercicios, se harán públicos con doce horas de antelación, al menos, a la señalada para su inicio, si se trata del mismo ejercicio, o con veinticuatro horas, si se trata de uno nuevo. Estos anuncios se efectuarán, al menos, en los locales donde se haya celebrado el anterior y en la sede del Tribunal señalada en la base 5.4.
6.4 El Tribunal adoptará las medidas necesarias para garantizar que los ejercicios de la fase de oposición que sean escritos y no deban ser leídos ante el órgano de selección, sean corregidos sin que se conozca la identidad de los aspirantes.
7. Listas de aprobados
7.1 Concluido cada uno de los ejercicios de la oposición, el Tribunal hará públicas, en el lugar o lugares de celebración del ejercicio y en la sede del Tribunal, las relaciones de aspirantes que hayan superado el mínimo establecido para cada uno de ellos, con indicación de la puntuación obtenida.
7.2 Finalizada la fase de oposición, el Presidente del Tribunal elevará a la autoridad convocante la relación definitiva de aspirantes que han superado dicha fase por orden de puntuación. Dicha relación se publicará en el «Boletín Oficial del Estado», disponiendo los aspirantes propuestos de un plazo de veinte días naturales, desde la publicación en el Boletín Oficial del Estado, para la presentación de la documentación acreditativa de los requisitos exigidos en la convocatoria.
7.3 No se podrá declarar superado el proceso selectivo a un número de aspirantes superior al de plazas convocadas.
7.4 La adjudicación de los puestos a los aspirantes que superen el proceso selectivo se efectuará de acuerdo con la puntuación total obtenida según la petición de destino, a la vista de los puestos que se ofrezcan.
8. Norma final
A las presentes pruebas selectivas les serán de aplicación la Ley 30/1984, de 2 de agosto; el R.D. 364/1995, de 10 de marzo, la legislación vigente en la materia y lo dispuesto en la presente convocatoria.
Contra la presente convocatoria podrá interponerse, con carácter potestativo, recurso de reposición ante el excelentísimo señor Ministro de Fomento, en el plazo de un mes desde su publicación, o bien recurso contencioso-administrativo, en el plazo de dos meses desde su publicación, ante el órgano jurisdiccional competente, de conformidad con lo dispuesto en la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, y en la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa, significándose que, en caso de interponer recurso de reposición, no se podrá interponer recurso contencioso-administrativo hasta que aquel sea resuelto expresamente o se haya producido la desestimación presunta del mismo.
Asimismo, la Administración podrá, en su caso, proceder a la revisión de las resoluciones del Tribunal, conforme a lo previsto en la citada Ley 30/1992, de 26 de noviembre.
Madrid, 28 de abril de 2003.-P. D. (Orden 25-9-00, BOE 5-10-00), el Director general de Organización, Procedimiento y Control, José A. Sánchez Velayos.
Ilmos. Sres. Subsecretario del Ministerio de Fomento y Presidente del Tribunal calificador.
Descripción del proceso selectivo
El proceso de selección constará de las siguientes fases:
1. Oposición.
2. Curso selectivo.
1. Oposición. La fase de oposición constará de dos ejercicios obligatorios y eliminatorios.
Primer ejercicio. Consistirá en la realización por escrito de dos temas extraídos al azar y correspondientes al programa que figura en el Anexo II de esta convocatoria.
El tiempo máximo para la realización de este ejercicio no excederá de hora y media.
El ejercicio se realizará en papel autocopiativo. Una vez finalizado el tiempo de realización del ejercicio y antes de entregar el mismo, el opositor separará el original de la copia, numerando cada una de las hojas del ejercicio tanto de la copia como del original y una vez ordenado depositará ambas partes (original y copia) en sobres separados, cerrados y suficientemente identificados. En posterior sesión pública cada opositor abrirá los sobres, entregando la copia al Tribunal y procediendo a la lectura del original.
Al terminar el opositor la lectura, el Tribunal durante un tiempo máximo de 15 minutos podrá formular preguntas sobre el tema desarrollado u otros que tengan relación con el mismo.
La calificación máxima de este ejercicio será de 20 puntos, siendo necesario alcanzar una puntuación mínima de 10 puntos para tener acceso al ejercicio siguiente.
Segundo ejercicio. Este ejercicio consistirá en la realización de un supuesto práctico integrado por diversos apartados referidos a las distintas materias recogidas en el programa que figura en el Anexo II de esta convocatoria.
El tiempo máximo para la realización de este ejercicio no excederá de tres horas.
La calificación máxima de este ejercicio será de 30 puntos, siendo necesario obtener en este ejercicio un mínimo de 15 puntos para superar el mismo.
2. Curso selectivo. Como condición previa e indispensable para obtener el nombramiento de funcionarios de carrera, los funcionarios en prácticas deberán superar con aprovechamiento un curso selectivo que constará de una parte teórica y otra práctica, organizado por la Subdirección General de Recursos Humanos del Ministerio de Fomento, de conformidad con lo dispuesto en el Real Decreto 1475/2000 de 4 de agosto (BOE del 30).
El curso se iniciará en el plazo máximo de dos meses desde la finalización del plazo de presentación de documentación de los aspirantes aprobados y tendrá una duración máxima de dos meses y medio.
La parte teórica, tendrá una duración máxima de un mes y medio y versará fundamentalmente sobre las materias que figuran en el Anexo V de esta convocatoria.
La Subdirección General de Recursos Humanos podrá adaptar o reorganizar las materias que figuran en el Anexo V, así como incluir conferencias, coloquios, prácticas y aquellas otras actividades formativas complementarias, relacionadas con las actividades propias de los funcionarios de la Escala de Auxiliares Técnicos del CEDEX.
La parte práctica tendrá una duración máxima de un mes pudiendo consistir en la realización de prácticas reales en puestos de trabajo del Ministerio de Fomento. Durante esta parte del curso selectivo, los funcionarios en prácticas tendrán asignados tutores académicos.
En el plazo de 10 días desde la finalización de las prácticas reales, los funcionarios en prácticas deberán entregar a la Comisión de Valoración prevista en este Anexo un informe de las actividades desarrolladas, con los comentarios o sugerencias que crean oportuno formular.
La asistencia al curso selectivo es obligatoria y durante el mismo los aspirantes dependerán directamente de la Subdirección General de Recursos Humanos, en virtud de las atribuciones que, en materia de selección y formación, le atribuye a éste órgano el Real Decreto 1475/2000, de 4 de agosto.
Sistema de calificación
Fase de oposición. Los ejercicios de la fase de oposición se calificarán, de acuerdo con los criterios establecidos en el apartado 1 de este Anexo.
Curso selectivo. La Comisión de Valoración, nombrada por la Subsecretaría del Departamento, estará integrada en la parte teórica, por los coordinadores de los Módulos II y III; la Subdirectora General de Recursos Humanos; la Jefe del Area de Selección y Formación y el Jefe del Servicio de Formación. En la parte práctica estará integrada por los tutores de los aspirantes; la Subdirectora General de Recursos Humanos y la Jefe del Area de Selección y Formación. En las dos partes del curso selectivo, la Subdirectora General de Recursos Humanos ejercerá de Presidenta y la Jefe del Area de Selección y Formación de Secretaria.
La Comisión de Valoración propondrá a la Subdirección General de Recursos Humanos la calificación de dicho curso selectivo, quien la elevará a la Subsecretaría para su aprobación.
La calificación máxima del curso selectivo será de 100 puntos, correspondiendo a cada una de las dos partes 50 puntos; siendo necesario obtener 25 puntos en cada una de las partes para superar las mismas.
Calificación total. La calificación total de las pruebas selectivas vendrá determinada por la suma de las puntuaciones obtenidas en la fase de oposición y en el curso selectivo.
En caso de empate el orden se establecerá atendiendo a la mayor puntuación obtenida por los aspirantes en la fase de oposición y, en el supuesto de persistir el empate, se estará a la mayor puntuación obtenida en el segundo ejercicio y, en su caso, en el primero de dicha fase de oposición.
Los aspirantes que tengan la condición de funcionarios de Organismos Internacionales estarán exentos de la realización de aquellas pruebas que la Comisión Permanente de Homologación considere que tienen por objeto acreditar conocimientos ya exigidos para el desempeño de sus puestos de origen en el Organismo Internacional correspondiente.
Se adoptarán las medidas precisas para que los aspirantes con minusvalía gocen de similares condiciones que el resto de los aspirantes en la realización de los ejercicios. En este sentido, para la personas con minusvalía que así lo hagan constar en su solicitud, se establecerán las adaptaciones posibles en tiempos y medios para su realización.
Programa
1. Cartas marítimas. Escalas, sistemas de proyección y Datum. El sistema UTM.
2. Parámetros básicos de definición del oleaje. Conceptos estadísticos y espectrales.
3. Levantamientos topo-batimétricos de perfiles de playas.
4. Principales parámetros químicos, físicos y microbiológicos para caracterizar la calidad de los sedimentos marinos.
5. Análisis granulométricos de muestras de sedimentos marinos.
6. Principales parámetros a determinar en los estudios de calidad de las aguas marinas en laboratorio.
7. Variables a medir en los ensayos en laboratorio de estructuras marítimas.
8. La reproducción del oleaje en los ensayos de laboratorio. Generalidades. Equipo, instrumentación y variables a medir.
9. La gestión del medio ambiente en España, organización general, competencia y principales aspectos normativos.
10. Las Directivas Comunitarias en materia ambiental Contenido general y ámbito de aplicación.
11. Aspectos generales sobre los cometidos, organización y explotación de un laboratorio de medidas radiológicas.
12. Isótopos naturales y artificiales de aplicación en estudios hidrológicos y de calidad de aguas. Principales isótopos utilizados; manipulación y obtención; finalidad de su uso.
13. Conceptos fundamentales de electrónica y electromagnetismo.
14. Auscultación de obras geotécnicas en ingeniería civil. Finalidad. Principales datos a obtener.
15. Principales ensayos en laboratorio geotécnico para la caracterización de suelos y rocas., Objetivos, finalidad y variables a medir.
16. Caracterización geotécnica «in situ» del terreno. Principales técnicas utilizadas, fundamentos y variables a medir.
17. Las carreteras en España, Organización general y competencias. Tipos de carreteras.
18. Características del tráfico por carretera. Estudios de aforo.
19. Tipos de firmes de carretera. Materiales utilizados.
20. Características funcionales de los firmes de carreteras. Principales métodos de auscultación.
21. Conservación de carreteras.
22. Seguridad vial.
23. Construcción de modelos hidráulicos de presas a escala reducida. Generalidades, materiales utilizados.
24. Construcción de modelos hidráulicos fluviales de fondo móvil a escala reducida. Generalidades, materiales utilizados.
25. Construcción de modelos de diques portuarios a escala reducida. Generalidades, materiales utilizados.
26. Interpretación de planos técnicos. Acotaciones y escalas. Sistemas de proyección. Secciones transversales y longitudinales.
27. Batimetría. Conceptos generales. Toma de datos y equipos utilizados.
28. Levantamientos topográficos. Conceptos generales. Toma de datos y equipo utilizados.
29. Sedimentología. Conceptos generales. Muestreo sedimentológico y análisis de muestras.
30. Aforo de sólidos. Generalidades. Equipos y toma de muestras.
31. Aforo de líquidos en ríos y canales. Generalidades. Equipos utilizados y toma de datos.
32. Principales parámetros físico-químicos para caracterización de la calidad de las aguas continentales. Toma de muestras y análisis en laboratorio.
33. Cartografía. Sistemas de proyección. Representación del terreno, curvas de nivel. El mapa topográfico nacional.
34. Proyectos de obras. Partes de un proyecto Unidades de obras, formas de medición y cuadros de precios.
35. Variables a medir y controlar en los ensayos hidráulicos sobre modelos a escala reducida
36. Elaboración de planos y croquis de elementos estructurales en obras públicas y de edificación.
37. Nociones de estadística y probabilidad.
38. Medidas de tendencia central y de dispersión.
39. Nociones de correlación. Regresión lineal de dos variables.
40. Distribución normal. Propiedades. Utilización de tablas.
41. Análisis granulométrico. Principios generales. Técnica de realización. Curvas granulométricas.
42. Ensayos no destructivos en estructuras. Generalidades y principales técnicas utilizadas.
43. Análisis experimental de estructuras: medida de fuerzas, deformaciones, desplazamientos, guías y aceleraciones. Generalidades.
44. Pruebas de carga en estructuras. Objetivos, tipo de pruebas, sistemas de carga y sistemas de medida y registro.
45. Ensayos de laboratorio para la obtención de las características mecánicas de hormigones.
46. Ensayos de laboratorio para la obtención de características mecánicas de aceros.
47. Estadística básica aplicada a las medidas obtenidas en los ensayos de materiales de construcción.
48. Empleo de bases de datos en relación con el registro de medidas de ensayos. Generalidades.
49. Empleo de hojas de calculo en relación con el tratamiento de la información adquirida en los ensayos.
50. Los sistemas de información Geográfica. Principios generales y aplicaciones en los estudios sobre las obras públicas.
Tribunal titular:
Presidente: D. Cesáreo Clavero Martínez, Escala de Técnicos Facultativos Superiores OO.AA. M.° Medio Ambiente.
Vocales:
D. Jesús Sáez Auñón, Escala de Técnicos Facultativos Superiores OO.AA. M.° Medio Ambiente.
D. Raúl Menchero Muñoz, Cuerpo de Ingenieros Técnicos de Obras Públicas.
D.a M.a Teresa Diez Martínez, Cuerpo de Gestión de la Administración Civil del Estado.
Secretario: D. Juan Escobar Hinojosa, Escala Técnica de Gestión de OO.AA.
Tribunal suplente:
Presidente: D. Rafael Astudillo Pastor, Escala de Técnicos Facultativos Superiores OO.AA. M.° Medio Ambiente.
Vocales:
D. Patricio Casado de León, Escala de Titulados de Escuelas Técnicas de Grado Medio de OO.AA. M.° Medio Ambiente.
D. Antonio Isidoro Cruz, Escala de Titulados de Escuelas Técnicas de Grado Medio de OO.AA. M.° Medio Ambiente.
D.a Concepción Quirell Talavera, Cuerpo General Administrativo de la Administración del Estado.
Secretario: D. Cándido Avendaño Salas, Escala de Técnicos Facultativos Superiores OO.AA. M.° de Medio Ambiente.
El Tribunal podrá disponer la incorporación a sus trabajos de asesores especialistas para todas o alguna de las pruebas.
Este apartado se rellenará según lo establecido en la solicitud de admisión a pruebas selectivas en la Administración Pública y liquidación de tasas de derechos de examen (modelo 790) y en las siguientes instrucciones particulares.
En el recuadro 15, «Cuerpo o Escala», se consignará «Escala de Auxiliares Técnicos del CEDEX».
En el recuadro 17, «Forma de acceso», se consignará la letra «L».
En el recuadro 18, «Ministerio/Organo/Entidad convocante», se consignará «Fomento».
En el recuadro 19, se consignará la fecha del Boletín Oficial del Estado en el que haya sido publicada la convocatoria.
En el recuadro 20, «Provincia de examen», se consignará «Madrid».
En el recuadro 21, «Minusvalía», los aspirantes con minusvalía podrán indicar el porcentaje de minusvalía que tengan acreditado, y solicitar, expresándolo en el recuadro 23, las posibles adaptaciones de tiempo y medios para la realización de los ejercicios en que esta adaptación sea necesaria.
En el recuadro 24, «Títulos académicos oficiales», se consignará, según proceda: «Bachiller, Formación Profesional de Segundo Grado o equivalente».
El importe de la tasa por derechos de examen será de 12,51 €.
El ingreso del importe correspondiente a los derechos de examen se efectuará, junto con la presentación de la solicitud, en cualquier banco, caja de ahorros o cooperativa de crédito de las que actúan como entidades colaboradoras en la recaudación tributaria. En la solicitud deberá constar que se ha realizado el correspondiente ingreso de los derechos de examen, mediante validación de la entidad colaboradora en la que se realice el ingreso, a través de certificación mecánica, o en su defecto, sello y firma autorizada de la misma en el espacio reservado a estos efectos.
Las solicitudes suscritas en el extranjero podrán cursarse a través de las representaciones diplomáticas o consulares españolas correspondientes. A las mismas se acompañará el comprobante bancario de haber ingresado los derechos de examen en la cuenta corriente número 0182-2458-10-0200000489, del Banco Bilbao Vizcaya Argentaría a nombre de «Tesoro Público. Ministerio de Fomento. Derechos de examen». El ingreso podrá efectuarse directamente en cualquier oficina del Banco Bilbao Vizcaya Argentaría mediante transferencia desde cualquier entidad bancaria.
Estarán exentas del pago de esta tasa:
a) Las personas con grado de discapacidad igual o superior al 33 por 100, debiendo acompañar a la solicitud certificado acreditativo de tal condición.
b) Las personas que figurasen como demandantes de empleo durante el plazo, al menos, de un mes anterior a la fecha de la convocatoria. Serán requisitos para el disfrute de la exención que, en el plazo de que se trate, no hubieran rechazado oferta de empleo adecuado ni se hubiesen negado a participar, salvo causa justificada, en acciones de promoción, formación o reconversión profesionales y que, asimismo, carezcan de rentas superiores, en cómputo mensual, al Salario Mínimo Interprofesional.
La certificación relativa a la condición de demandante de empleo, con los requisitos señalados, se solicitará en la oficina de los servicios públicos de empleo. En cuanto a la acreditación de las rentas se realizará mediante una declaración jurada o promesa escrita del solicitante. Ambos documentos deberán acompañarse a la solicitud.
La falta de justificación del abono de los derechos de examen o de encontrarse exento determinará la exclusión del aspirante.
En ningún caso la presentación y pago en las oficinas a que se hace referencia supondrá la sustitución del trámite de presentación, en tiempo y forma, de la solicitud.
Curso selectivo
Módulo I: Trabajo en equipo.
Módulo II: Administración y Función Pública.
Módulo III: Ambitos de actuación del CEDEX.
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