En cumplimiento de lo dispuesto en el Real Decreto 215/2003,
de 21 de febrero (BOE del 22), por el que se aprueba la oferta
de empleo público para el año 2003, y con el fin de atender las
necesidades de personal de la Administración Pública,
Este Ministerio, en uso de las competencias que le están
atribuidas en el artículo 13 de la Ley 6/1997, de 14 de abril, de
Organización y Funcionamiento de la Administración General del
Estado, previo informe de la Dirección General de la Función
Pública, acuerda convocar pruebas selectivas para ingreso en la Escala
de Auxiliares Técnicos del CEDEX, con sujeción a las siguientes:
Bases de convocatoria
1. Normas generales
1.1 Se convocan pruebas selectivas para cubrir 4 plazas de
la Escala de Auxiliares Técnicos del CEDEX (Código 5945) por
el sistema general de acceso libre.
Los puestos de trabajo que vayan a ser ofrecidos como destino
y que impliquen la participación directa o indirecta en el ejercicio
del poder público y en las funciones que tienen por objeto la
salvaguardia de los intereses generales del Estado, quedarán
reservados a los aspirantes de nacionalidad española.
1.2 El proceso selectivo se realizará mediante el sistema de
oposición, con las valoraciones, pruebas y puntuaciones que se
especifican en el Anexo I e incluirá la superación de un curso
selectivo.
Para la realización de este curso selectivo, los aspirantes que
hayan superado la fase de oposición serán nombrados funcionarios
en prácticas por la autoridad convocante.
1.3 El programa que ha de regir las pruebas selectivas es
el que figura como Anexo II a esta convocatoria.
1.4 Las pruebas selectivas se desarrollarán de acuerdo con
el siguiente calendario:
El primer ejercicio de la fase de oposición se iniciará antes
del mes de agosto de 2003. La duración máxima de la fase de
oposición será de seis meses, contados a partir de la fecha de
realización del primer ejercicio.
1.5 Concluido el proceso selectivo, los aspirantes que lo
hubieran superado y que hayan acreditado cumplir los requisitos
exigidos, serán nombrados funcionarios de carrera mediante
resolución de la Secretaría de Estado para la Administración Pública,
que se publicará en el "Boletín Oficial del Estado", con indicación
del destino adjudicado.
2. Requisitos de los candidatos
2.1 Para ser admitidos a la realización de las pruebas
selectivas los aspirantes deberán poseer en el día de finalización del
plazo de presentación de solicitudes y mantener hasta el momento
de la toma de posesión como funcionario de carrera los siguientes
requisitos de participación:
2.1.1 Nacionalidad: Ser español o nacional de alguno de los
demás Estados miembros de la Unión Europea o nacional de algún
Estado, al que en virtud de los Tratados Internacionales celebrados
por la Unión Europea y ratificados por España, sea de aplicación
la libre circulación de trabajadores.
También podrán participar el cónyuge de los españoles, de
los nacionales de alguno de los demás Estados miembros de la
Unión Europea y de los nacionales de algún Estado, al que en
virtud de los Tratados Internacionales celebrados por la Unión
Europea y ratificados por España, sea de aplicación la libre
circulación de trabajadores, siempre que no estén separados de
derecho, así como sus descendientes y los del cónyuge, menores de
veintiún años o mayores de dicha edad que vivan a sus expensas.
2.1.2 Edad: Tener dieciocho años de edad y no haber
alcanzado la edad de jubilación
2.1.3 Titulación: Estar en posesión o en condiciones de
obtener el título de Bachiller, Formación Profesional de Segundo Grado
o equivalente. En el caso de titulaciones obtenidas en el extranjero
deberá estarse en posesión de la credencial que acredite su
homologación.
2.1.4 Capacidad: No padecer enfermedad ni estar afectado
por limitación física o psíquica incompatible con el desempeño
de las correspondientes funciones.
2.1.5 Habilitación: No haber sido separado, mediante
expediente disciplinario, del servicio de cualquiera de las
Administraciones Públicas ni hallarse inhabilitado para el desempeño de las
funciones públicas.
Los aspirantes cuya nacionalidad no sea la española deberán
acreditar, igualmente, no estar sometidos a sanción disciplinaria
o condena penal que impida, en su Estado, el acceso a la función
pública.
3. Solicitudes
3.1 La presentación de solicitudes se realizará en el Registro
General del Ministerio de Fomento o en la forma establecida en
el artículo 38.4 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de
Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento
Administrativo Común, en el plazo de veinte días naturales
contados a partir del día siguiente al de la fecha de publicación de
esta convocatoria en el "Boletín Oficial del Estado" y se dirigirán
al Subsecretario del Ministerio de Fomento. La no presentación
de la solicitud en tiempo y forma supondrá la exclusión del
aspirante.
3.2 Quienes deseen participar en estas pruebas selectivas
deberán cumplimentar el modelo oficial de solicitud de admisión
a pruebas selectivas en la Administración Pública y liquidación
de derechos de examen (modelo 790) que se facilitará
gratuitamente en el Ministerio de Fomento, en el Centro de Información
Administrativa del Ministerio de Administraciones Públicas, la
Dirección General de la Función Pública, en las Delegaciones y
Subdelegaciones del Gobierno, en las representaciones
diplomáticas y consulares de España en el extranjero y en la página de
Internet www.map.es/seap/dgfp/dgfp.htm
La solicitud se cumplimentará de acuerdo con las instrucciones
del Anexo IV.
3.3 A la solicitud se acompañará una fotocopia del
Documento Nacional de Identidad o del pasaporte.
Los aspirantes extranjeros que residan en España deberán
además presentar una fotocopia compulsada de la tarjeta de residente
comunitario o de familiar de residente comunitario en vigor o,
en su caso, de la tarjeta temporal de residente comunitario o de
trabajador comunitario fronterizo en vigor.
Los aspirantes que sean nacionales de la Unión Europea o
de algún Estado, al que en virtud de los Tratados Internacionales
celebrados por la Unión Europea y ratificados por España, sea
de aplicación la libre circulación de trabajadores, que no residan
en España, bien por residir en el extranjero o por encontrarse
en España en régimen de estancia, deberán presentar una
fotocopia compulsada del documento de identidad o pasaporte.
Los familiares de los anteriores deberán presentar una fotocopia
compulsada del visado y, en su caso, del resguardo de haber
solicitado la correspondiente tarjeta o del resguardo de haber
solicitado la exención de visado y la correspondiente tarjeta. De no
haberse solicitado estos documentos deberán presentar los
documentos expedidos por las autoridades competentes que acrediten
el vínculo de parentesco y una declaración jurada o promesa del
español, del nacional de alguno de los demás Estados miembros
de la Unión Europea o del nacional de algún Estado, al que en
virtud de los Tratados Internacionales celebrados por la Unión
Europea y ratificados por España, sea de aplicación la libre
circulación de trabajadores, con el que existe este vínculo, de que
no está separado de derecho de su cónyuge y, en su caso, del
hecho de que el aspirante vive a sus expensas o está a su cargo.
3.4 Los aspirantes que tengan la condición de funcionarios
de Organismos Internacionales deberán acompañar a la solicitud
las certificaciones de homologación o, con carácter excepcional,
presentarlas al órgano de selección con antelación a la celebración
de las correspondientes pruebas.
3.5 Los errores de hecho que pudieran advertirse en la
solicitud podrán subsanarse en cualquier momento de oficio o a
petición del interesado.
4. Admisión de aspirantes
4.1 Transcurrido el plazo de presentación de solicitudes, la
autoridad convocante, dictará orden, en el plazo máximo de un
mes, declarando aprobada la lista de admitidos y excluidos. En
dicha orden, que deberá publicarse en el "Boletín Oficial del
Estado", se relacionarán los aspirantes excluidos con indicación de
las causas de exclusión, apellidos, nombre y número de documento
nacional de identidad o pasaporte, señalando un plazo de diez
días hábiles para subsanar el defecto que haya motivado la
exclusión u omisión, contados a partir del día siguiente al de la
publicación de la orden. Asimismo, se indicarán los lugares donde se
encuentre expuesta al público la lista de aspirantes admitidos y
el lugar, fecha y hora de comienzo del primer ejercicio.
4.2 No procederá la devolución de los derechos de examen
en los supuestos de exclusión por causa imputable a los aspirantes.
5. Tribunal
5.1 El Tribunal calificador de estas pruebas es el que figura
como Anexo III a esta convocatoria.
5.2 El procedimiento de actuación del Tribunal se ajustará
en todo momento a lo dispuesto en la Ley 30/1992, de 26 de
noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas
y del Procedimiento Administrativo Común y demás disposiciones
vigentes.
5.3 Los aspirantes podrán recusar a los miembros del
Tribunal cuando concurran las circunstancias previstas en el artículo
28 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico
de las Administraciones Públicas y del Procedimiento
Administrativo Común.
5.4 A efectos de comunicaciones y demás incidencias, el
Tribunal tendrá su sede en el Ministerio de Fomento, Paseo de la
Castellana, n.o 67, Madrid, teléfono 91.597.87.87. Dirección de
Internet http://www.mfom.es/empleopublico
6. Desarrollo de los ejercicios
6.1 El orden de actuación de los opositores se iniciará
alfabéticamente por el primero de la letra "X", según lo establecido
en la Resolución de la Secretaria de Estado para la Administración
Pública de 10 de marzo de 2003 (Boletín Oficial del Estado del 14).
6.2 Los aspirantes serán convocados para cada ejercicio en
llamamiento único, siendo excluidos de la oposición quienes no
comparezcan.
El Tribunal podrá requerir, en cualquier momento del proceso
selectivo, la acreditación de la identidad de los aspirantes.
6.3 Una vez comenzado el proceso selectivo, los anuncios
de celebración de los restantes ejercicios, se harán públicos con
doce horas de antelación, al menos, a la señalada para su inicio,
si se trata del mismo ejercicio, o con veinticuatro horas, si se
trata de uno nuevo. Estos anuncios se efectuarán, al menos, en
los locales donde se haya celebrado el anterior y en la sede del
Tribunal señalada en la base 5.4.
6.4 El Tribunal adoptará las medidas necesarias para
garantizar que los ejercicios de la fase de oposición que sean escritos
y no deban ser leídos ante el órgano de selección, sean corregidos
sin que se conozca la identidad de los aspirantes.
7. Listas de aprobados
7.1 Concluido cada uno de los ejercicios de la oposición, el
Tribunal hará públicas, en el lugar o lugares de celebración del
ejercicio y en la sede del Tribunal, las relaciones de aspirantes
que hayan superado el mínimo establecido para cada uno de ellos,
con indicación de la puntuación obtenida.
7.2 Finalizada la fase de oposición, el Presidente del Tribunal
elevará a la autoridad convocante la relación definitiva de
aspirantes que han superado dicha fase por orden de puntuación.
Dicha relación se publicará en el "Boletín Oficial del Estado",
disponiendo los aspirantes propuestos de un plazo de veinte días
naturales, desde la publicación en el Boletín Oficial del Estado,
para la presentación de la documentación acreditativa de los
requisitos exigidos en la convocatoria.
7.3 No se podrá declarar superado el proceso selectivo a un
número de aspirantes superior al de plazas convocadas.
7.4 La adjudicación de los puestos a los aspirantes que
superen el proceso selectivo se efectuará de acuerdo con la puntuación
total obtenida según la petición de destino, a la vista de los puestos
que se ofrezcan.
8. Norma final
A las presentes pruebas selectivas les serán de aplicación la
Ley 30/1984, de 2 de agosto; el R.D. 364/1995, de 10 de marzo,
la legislación vigente en la materia y lo dispuesto en la presente
convocatoria.
Contra la presente convocatoria podrá interponerse, con
carácter potestativo, recurso de reposición ante el excelentísimo señor
Ministro de Fomento, en el plazo de un mes desde su publicación,
o bien recurso contencioso-administrativo, en el plazo de dos
meses desde su publicación, ante el órgano jurisdiccional
competente, de conformidad con lo dispuesto en la Ley 30/1992,
de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones
Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, y en la Ley
29/1998, de 13 de julio, reguladora de la Jurisdicción
Contencioso-Administrativa, significándose que, en caso de interponer
recurso de reposición, no se podrá interponer recurso
contencioso-administrativo hasta que aquel sea resuelto expresamente o
se haya producido la desestimación presunta del mismo.
Asimismo, la Administración podrá, en su caso, proceder a
la revisión de las resoluciones del Tribunal, conforme a lo previsto
en la citada Ley 30/1992, de 26 de noviembre.
Madrid, 28 de abril de 2003.-P. D. (Orden 25-9-00, BOE
5-10-00), el Director general de Organización, Procedimiento y
Control, José A. Sánchez Velayos.
Ilmos. Sres. Subsecretario del Ministerio de Fomento y Presidente
del Tribunal calificador.
ANEXO I
Escala de Auxiliares Técnicos del CEDEX
Descripción del proceso selectivo
El proceso de selección constará de las siguientes fases:
1. Oposición.
2. Curso selectivo.
1. Oposición.-La fase de oposición constará de dos ejercicios
obligatorios y eliminatorios.
Primer ejercicio.-Consistirá en la realización por escrito de
dos temas extraídos al azar y correspondientes al programa que
figura en el Anexo II de esta convocatoria.
El tiempo máximo para la realización de este ejercicio no
excederá de hora y media.
El ejercicio se realizará en papel autocopiativo. Una vez
finalizado el tiempo de realización del ejercicio y antes de entregar
el mismo, el opositor separará el original de la copia, numerando
cada una de las hojas del ejercicio tanto de la copia como del
original y una vez ordenado depositará ambas partes (original y
copia) en sobres separados, cerrados y suficientemente
identificados. En posterior sesión pública cada opositor abrirá los sobres,
entregando la copia al Tribunal y procediendo a la lectura del
original.
Al terminar el opositor la lectura, el Tribunal durante un tiempo
máximo de 15 minutos podrá formular preguntas sobre el tema
desarrollado u otros que tengan relación con el mismo.
La calificación máxima de este ejercicio será de 20 puntos,
siendo necesario alcanzar una puntuación mínima de 10 puntos
para tener acceso al ejercicio siguiente.
Segundo ejercicio.-Este ejercicio consistirá en la realización
de un supuesto práctico integrado por diversos apartados referidos
a las distintas materias recogidas en el programa que figura en
el Anexo II de esta convocatoria.
El tiempo máximo para la realización de este ejercicio no
excederá de tres horas.
La calificación máxima de este ejercicio será de 30 puntos,
siendo necesario obtener en este ejercicio un mínimo de 15 puntos
para superar el mismo.
2. Curso selectivo.-Como condición previa e indispensable
para obtener el nombramiento de funcionarios de carrera, los
funcionarios en prácticas deberán superar con aprovechamiento un
curso selectivo que constará de una parte teórica y otra práctica,
organizado por la Subdirección General de Recursos Humanos
del Ministerio de Fomento, de conformidad con lo dispuesto en
el Real Decreto 1475/2000 de 4 de agosto (BOE del 30).
El curso se iniciará en el plazo máximo de dos meses desde
la finalización del plazo de presentación de documentación de
los aspirantes aprobados y tendrá una duración máxima de dos
meses y medio.
La parte teórica, tendrá una duración máxima de un mes y
medio y versará fundamentalmente sobre las materias que figuran
en el Anexo V de esta convocatoria.
La Subdirección General de Recursos Humanos podrá adaptar
o reorganizar las materias que figuran en el Anexo V, así como
incluir conferencias, coloquios, prácticas y aquellas otras
actividades formativas complementarias, relacionadas con las
actividades propias de los funcionarios de la Escala de Auxiliares
Técnicos del CEDEX.
La parte práctica tendrá una duración máxima de un mes
pudiendo consistir en la realización de prácticas reales en puestos
de trabajo del Ministerio de Fomento. Durante esta parte del curso
selectivo, los funcionarios en prácticas tendrán asignados tutores
académicos.
En el plazo de 10 días desde la finalización de las prácticas
reales, los funcionarios en prácticas deberán entregar a la
Comisión de Valoración prevista en este Anexo un informe de las
actividades desarrolladas, con los comentarios o sugerencias que
crean oportuno formular.
La asistencia al curso selectivo es obligatoria y durante el mismo
los aspirantes dependerán directamente de la Subdirección
General de Recursos Humanos, en virtud de las atribuciones que, en
materia de selección y formación, le atribuye a éste órgano el
Real Decreto 1475/2000, de 4 de agosto.
Sistema de calificación
Fase de oposición.-Los ejercicios de la fase de oposición se
calificarán, de acuerdo con los criterios establecidos en el apartado
1 de este Anexo.
Curso selectivo.-La Comisión de Valoración, nombrada por
la Subsecretaría del Departamento, estará integrada en la parte
teórica, por los coordinadores de los Módulos II y III; la
Subdirectora General de Recursos Humanos; la Jefe del Área de
Selección y Formación y el Jefe del Servicio de Formación. En la parte
práctica estará integrada por los tutores de los aspirantes; la
Subdirectora General de Recursos Humanos y la Jefe del Área de
Selección y Formación. En las dos partes del curso selectivo, la
Subdirectora General de Recursos Humanos ejercerá de Presidenta
y la Jefe del Area de Selección y Formación de Secretaria.
La Comisión de Valoración propondrá a la Subdirección
General de Recursos Humanos la calificación de dicho curso selectivo,
quien la elevará a la Subsecretaría para su aprobación.
La calificación máxima del curso selectivo será de 100 puntos,
correspondiendo a cada una de las dos partes 50 puntos; siendo
necesario obtener 25 puntos en cada una de las partes para superar
las mismas.
Calificación total.-La calificación total de las pruebas
selectivas vendrá determinada por la suma de las puntuaciones
obtenidas en la fase de oposición y en el curso selectivo.
En caso de empate el orden se establecerá atendiendo a la
mayor puntuación obtenida por los aspirantes en la fase de
oposición y, en el supuesto de persistir el empate, se estará a la
mayor puntuación obtenida en el segundo ejercicio y, en su caso,
en el primero de dicha fase de oposición.
Los aspirantes que tengan la condición de funcionarios de
Organismos Internacionales estarán exentos de la realización de
aquellas pruebas que la Comisión Permanente de Homologación
considere que tienen por objeto acreditar conocimientos ya exigidos
para el desempeño de sus puestos de origen en el Organismo
Internacional correspondiente.
Se adoptarán las medidas precisas para que los aspirantes con
minusvalía gocen de similares condiciones que el resto de los
aspirantes en la realización de los ejercicios. En este sentido, para
la personas con minusvalía que así lo hagan constar en su solicitud,
se establecerán las adaptaciones posibles en tiempos y medios
para su realización.
ANEXO II
Escala de Auxiliares Técnicos del CEDEX
Programa
1. Cartas marítimas. Escalas, sistemas de proyección y
Datum. El sistema UTM.
2. Parámetros básicos de definición del oleaje. Conceptos
estadísticos y espectrales.
3. Levantamientos topo-batimétricos de perfiles de playas.
4. Principales parámetros químicos, físicos y microbiológicos
para caracterizar la calidad de los sedimentos marinos.
5. Análisis granulométricos de muestras de sedimentos
marinos.
6. Principales parámetros a determinar en los estudios de
calidad de las aguas marinas en laboratorio.
7. Variables a medir en los ensayos en laboratorio de
estructuras marítimas.
8. La reproducción del oleaje en los ensayos de laboratorio.
Generalidades. Equipo, instrumentación y variables a medir.
9. La gestión del medio ambiente en España, organización
general, competencia y principales aspectos normativos.
10. Las Directivas Comunitarias en materia ambiental
Contenido general y ámbito de aplicación.
11. Aspectos generales sobre los cometidos, organización y
explotación de un laboratorio de medidas radiológicas.
12. Isótopos naturales y artifíciales de aplicación en estudios
hidrológicos y de calidad de aguas. Principales isótopos utilizados;
manipulación y obtención; finalidad de su uso.
13. Conceptos fundamentales de electrónica y
electromagnetismo.
14. Auscultación de obras geotécnicas en ingeniería civil.
Finalidad. Principales datos a obtener.
15. Principales ensayos en laboratorio geotécnico para la
caracterización de suelos y rocas., Objetivos, finalidad y variables
a medir.
16. Caracterización geotécnica "in situ" del terreno.
Principales técnicas utilizadas, fundamentos y variables a medir.
17. Las carreteras en España, Organización general y
competencias. Tipos de carreteras.
18. Características del tráfico por carretera. Estudios de aforo.
19. Tipos de firmes de carretera. Materiales utilizados.
20. Características funcionales de los firmes de carreteras.
Principales métodos de auscultación.
21. Conservación de carreteras.
22. Seguridad vial.
23. Construcción de modelos hidráulicos de presas a escala
reducida. Generalidades, materiales utilizados.
24. Construcción de modelos hidráulicos fluviales de fondo
móvil a escala reducida. Generalidades, materiales utilizados.
25. Construcción de modelos de diques portuarios a escala
reducida. Generalidades, materiales utilizados.
26. Interpretación de planos técnicos. Acotaciones y escalas.
Sistemas de proyección. Secciones transversales y longitudinales.
27. Batimetría. Conceptos generales. Toma de datos y
equipos utilizados.
28. Levantamientos topográficos. Conceptos generales.
Toma de datos y equipo utilizados.
29. Sedimentología. Conceptos generales. Muestreo
sedimentológico y análisis de muestras.
30. Aforo de sólidos. Generalidades. Equipos y toma de
muestras.
31. Aforo de líquidos en ríos y canales. Generalidades.
Equipos utilizados y toma de datos.
32. Principales parámetros físico-químicos para
caracterización de la calidad de las aguas continentales. Toma de muestras
y análisis en laboratorio.
33. Cartografía. Sistemas de proyección. Representación del
terreno, curvas de nivel. El mapa topográfico nacional.
34. Proyectos de obras. Partes de un proyecto Unidades de
obras, formas de medición y cuadros de precios.
35. Variables a medir y controlar en los ensayos hidráulicos
sobre modelos a escala reducida
36. Elaboración de planos y croquis de elementos
estructurales en obras públicas y de edificación.
37. Nociones de estadística y probabilidad.
38. Medidas de tendencia central y de dispersión.
39. Nociones de correlación. Regresión lineal de dos
variables.
40. Distribución normal. Propiedades. Utilización de tablas.
41. Análisis granulométrico. Principios generales. Técnica de
realización. Curvas granulométricas.
42. Ensayos no destructivos en estructuras. Generalidades y
principales técnicas utilizadas.
43. Análisis experimental de estructuras: medida de fuerzas,
deformaciones, desplazamientos, guías y aceleraciones.
Generalidades.
44. Pruebas de carga en estructuras. Objetivos, tipo de
pruebas, sistemas de carga y sistemas de medida y registro.
45. Ensayos de laboratorio para la obtención de las
características mecánicas de hormigones.
46. Ensayos de laboratorio para la obtención de
características mecánicas de aceros.
47. Estadística básica aplicada a las medidas obtenidas en
los ensayos de materiales de construcción.
48. Empleo de bases de datos en relación con el registro de
medidas de ensayos. Generalidades.
49. Empleo de hojas de calculo en relación con el tratamiento
de la información adquirida en los ensayos.
50. Los sistemas de información Geográfica. Principios
generales y aplicaciones en los estudios sobre las obras públicas.
ANEXO III
Escala de Auxiliares Técnicos del CEDEX
Tribunal titular:
Presidente: D. Cesáreo Clavero Martínez, Escala de Técnicos
Facultativos Superiores OO.AA. M.o Medio Ambiente.
Vocales:
D. Jesús Sáez Auñón, Escala de Técnicos Facultativos
Superiores OO.AA. M.o Medio Ambiente.
D. Raúl Menchero Muñoz, Cuerpo de Ingenieros Técnicos de
Obras Públicas.
D.a M.a Teresa Díez Martínez, Cuerpo de Gestión de la
Administración Civil del Estado.
Secretario: D. Juan Escobar Hinojosa, Escala Técnica de
Gestión de OO.AA.
Tribunal suplente:
Presidente: D. Rafael Astudillo Pastor, Escala de Técnicos
Facultativos Superiores OO.AA. M.o Medio Ambiente.
Vocales:
D. Patricio Casado de León, Escala de Titulados de Escuelas
Técnicas de Grado Medio de OO.AA. M.o Medio Ambiente.
D. Antonio Isidoro Cruz, Escala de Titulados de Escuelas
Técnicas de Grado Medio de OO.AA. M.o Medio Ambiente.
D.a Concepción Quirell Talavera, Cuerpo General
Administrativo de la Administración del Estado.
Secretario: D. Cándido Avendaño Salas, Escala de Técnicos
Facultativos Superiores OO.AA. M.o de Medio Ambiente.
El Tribunal podrá disponer la incorporación a sus trabajos de
asesores especialistas para todas o alguna de las pruebas.
ANEXO IV
Instrucciones para cumplimentar la solicitud
Este apartado se rellenará según lo establecido en la solicitud
de admisión a pruebas selectivas en la Administración Pública
y liquidación de tasas de derechos de examen (modelo 790) y
en las siguientes instrucciones particulares.
En el recuadro 15, "Cuerpo o Escala", se consignará "Escala
de Auxiliares Técnicos del CEDEX".
En el recuadro 17, "Forma de acceso", se consignará la letra "L".
En el recuadro 18, "Ministerio/Organo/Entidad convocante",
se consignará "Fomento".
En el recuadro 19, se consignará la fecha del Boletín Oficial
del Estado en el que haya sido publicada la convocatoria.
En el recuadro 20, "Provincia de examen", se consignará
"Madrid".
En el recuadro 21, "Minusvalía", los aspirantes con minusvalía
podrán indicar el porcentaje de minusvalía que tengan acreditado,
y solicitar, expresándolo en el recuadro 23, las posibles
adaptaciones de tiempo y medios para la realización de los ejercicios
en que esta adaptación sea necesaria.
En el recuadro 24, "Títulos académicos oficiales", se
consignará, según proceda: "Bachiller, Formación Profesional de
Segundo Grado o equivalente".
El importe de la tasa por derechos de examen será de 12,51 euros.
El ingreso del importe correspondiente a los derechos de
examen se efectuará, junto con la presentación de la solicitud, en
cualquier banco, caja de ahorros o cooperativa de crédito de las
que actúan como entidades colaboradoras en la recaudación
tributaria. En la solicitud deberá constar que se ha realizado el
correspondiente ingreso de los derechos de examen, mediante validación
de la entidad colaboradora en la que se realice el ingreso, a través
de certificación mecánica, o en su defecto, sello y firma autorizada
de la misma en el espacio reservado a estos efectos.
Las solicitudes suscritas en el extranjero podrán cursarse a
través de las representaciones diplomáticas o consulares españolas
correspondientes. A las mismas se acompañará el comprobante
bancario de haber ingresado los derechos de examen en la cuenta
corriente número 0182-2458-10-0200000489, del Banco Bilbao
Vizcaya Argentaria a nombre de "Tesoro Público. Ministerio de
Fomento. Derechos de examen". El ingreso podrá efectuarse
directamente en cualquier oficina del Banco Bilbao Vizcaya Argentaria
mediante transferencia desde cualquier entidad bancaria.
Estarán exentas del pago de esta tasa:
a) Las personas con grado de discapacidad igual o superior
al 33 por 100, debiendo acompañar a la solicitud certificado
acreditativo de tal condición.
b) Las personas que figurasen como demandantes de empleo
durante el plazo, al menos, de un mes anterior a la fecha de la
convocatoria. Serán requisitos para el disfrute de la exención que,
en el plazo de que se trate, no hubieran rechazado oferta de empleo
adecuado ni se hubiesen negado a participar, salvo causa
justificada, en acciones de promoción, formación o reconversión
profesionales y que, asimismo, carezcan de rentas superiores, en
cómputo mensual, al Salario Mínimo Interprofesional.
La certificación relativa a la condición de demandante de
empleo, con los requisitos señalados, se solicitará en la oficina
de los servicios públicos de empleo. En cuanto a la acreditación
de las rentas se realizará mediante una declaración jurada o
promesa escrita del solicitante. Ambos documentos deberán
acompañarse a la solicitud.
La falta de justificación del abono de los derechos de examen
o de encontrarse exento determinará la exclusión del aspirante.
En ningún caso la presentación y pago en las oficinas a que
se hace referencia supondrá la sustitución del trámite de
presentación, en tiempo y forma, de la solicitud.
ANEXO V
Escala de Auxiliares Técnicos del CEDEX
Curso selectivo
Módulo I: Trabajo en equipo.
Módulo II: Administración y Función Pública.
Módulo III: Ámbitos de actuación del CEDEX.
Agencia Estatal Boletín Oficial del Estado
Avda. de Manoteras, 54 - 28050 Madrid