Visto el expediente de indulto de doña Carina Figuerola Aparicio, con los informes del Ministerio Fiscal y del Tribunal sentenciador, condenada por la Audiencia Provincial, Sección Tercera, de Zaragoza, en sentencia de fecha 26 de noviembre de 2001, como autora de un delito de tráfico de drogas, a la pena de tres años de prisión y multa de 3.500.000 pesetas, con las accesorias de inhabilitación especial para el derecho de sufragio pasivo durante el tiempo de la condena, por hechos cometidos en el año 1999, a propuesta del Ministro de Justicia y previa deliberación del Consejo de Ministros en su reunión del día 21 de mayo de 2004,
Vengo en conmutar a doña Carina Figuerola Aparicio la pena privativa de libertad impuesta por otra de dos años de prisión, a condición de que no vuelva a cometer delito doloso en el plazo de tres años desde la publicación de este real decreto.
Dado en Madrid, a 21 de mayo de 2004.
JUAN CARLOS R.
El Ministro de Justicia,
JUAN FERNANDO LÓPEZ AGUILAR
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