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Documento BOE-A-2004-10312

Resolución de 25 de mayo de 2004, de la Secretaría General para la Administración Pública, por la que se declara aprobados a los aspirantes que han superado las pruebas selectivas para cubrir plazas de personal laboral fijo en la categoría de Técnico Superior de Actividades Técnicas de Mantenimiento y Oficios, mediante contratación laboral fija, por el turno de promoción interna.

Publicado en:
«BOE» núm. 134, de 3 de junio de 2004, páginas 20449 a 20452 (4 págs.)
Sección:
II. Autoridades y personal - B. Oposiciones y concursos
Departamento:
Ministerio de Administraciones Públicas
Referencia:
BOE-A-2004-10312

TEXTO ORIGINAL

Por Orden APU/952/2003, de 7 de abril (Boletín Oficial del

Estado del día 22), fueron convocadas pruebas selectivas para

cubrir plazas de personal laboral en la categoría de Técnico

Superior de Actividades Técnicas de Mantenimiento y Oficios, mediante

contratación laboral fija, por el turno de promoción interna

previsto en los artículos 29 y 31 del Convenio único para el personal

laboral de la Administración del Estado, en el ámbito de dicho

convenio.

La gestión de las citadas pruebas selectivas ha sido llevada

a cabo por la Subsecretaría del Ministerio de Defensa según

Acuerdo de encomienda de gestión suscrito por la Secretaría de Estado

para la Administración Pública y la mencionada Subsecretaría,

de fecha 7 de noviembre de 2002, hecho público por Resolución

de la Subsecretaría del Ministerio de la Presidencia de 15 de

noviembre de 2002 (B.O.E. del día 20).

Comprobada por el Ministerio de Defensa la documentación

aportada por los aspirantes que han superado las pruebas

selectivas, según lo dispuesto en la Base séptima de la Convocatoria,

vista la propuesta formulada por el órgano de selección de las

citadas pruebas selectivas y verificado el cumplimiento de los

requisitos establecidos en las Bases de la Convocatoria.

Esta Secretaría General para la Administración Pública, en

ejercicio de las competencias atribuidas por el artículo 56 de la

Ley 24/2001, de 27 de diciembre, de Medidas Fiscales,

Administrativas y del Orden Social y de acuerdo con lo previsto en

el artículo 12.1 del Real Decreto 562/2004, de 19 de abril, por

el que se aprueba la estructura orgánica básica de los

departamentos ministeriales, a propuesta de la Subsecretaría del

Ministerio de Defensa, resuelve:

Primero.-Declarar aprobados en las pruebas selectivas para

cubrir plazas de personal laboral en la categoría de Técnico

Superior de Actividades Técnicas de Mantenimiento y Oficios, mediante

contratación laboral fija, por el turno de promoción interna, a

los aspirantes que se relacionan en el Anexo de esta Resolución,

ordenados de acuerdo con la puntuación final obtenida, con

indicación de las plazas que se les adjudican y del personal laboral

interino al que sustituyen.

Segundo.-Los aspirantes aprobados cesarán en la plaza que

actualmente ocupan en el plazo de tres días hábiles siguientes

a la publicación de esta Resolución en el Boletín Oficial del Estado.

Los ceses serán formalizados utilizando para ello el

documento L.1.R., y serán comunicados al Registro Central de Personal

dentro del plazo máximo de tres días desde la fecha de la

formalización, para su anotación.

Los aspirantes aprobados tomarán posesión de las plazas que

les han sido adjudicadas en el plazo de tres días hábiles, contados

a partir del día siguiente al del cese, si no implica cambio de

residencia, o de un mes si implica cambio de la misma.

Las tomas de posesión se formalizarán utilizando para ello el

documento L.2.R., y será comunicado al Registro Central de

Personal dentro del plazo máximo de tres días desde la fecha de

la formalización, para su anotación.

Cuando los actos de cese y toma de posesión señalados en

los párrafos anteriores sean formalizados por la misma Autoridad,

deberá utilizarse el documento L.3.R, y serán comunicados al

Registro Central de Personal dentro del plazo máximo de tres

días desde la fecha de la formalización, para su anotación.

El cómputo de los plazos posesorios se iniciará cuando finalicen

las vacaciones oficiales que se estén disfrutando, y los permisos

o licencias que, en su caso, hayan sido concedidos al interesado.

El cómputo del plazo de toma de posesión del trabajador de baja

por Incapacidad Temporal, se iniciará a partir del día siguiente

al que se produzca el alta médica.

Tercero.-Todas las modificaciones de las condiciones de

trabajo que se produzcan, serán recogidas en el Contrato de trabajo

mediante la correspondiente Diligencia, que pasará a formar parte

integrante del mismo. Dicha Diligencia será realizada por el

Ministerio donde radica la nueva plaza adjudicada al trabajador.

Cuarto.-Simultáneamente a la ocupación efectiva de las plazas

por los aspirantes aprobados, quedarán extinguidos, en su caso,

los Contrato de trabajo del personal laboral interino que las

estuvieran desempeñando.

Quinto.-Contra la presente Resolución podrá interponerse

demanda ante la jurisdicción social, previa reclamación ante esta

Secretaría General, en el plazo de veinte días de acuerdo con

lo establecido en el artículo 59.4 del Estatuto de los Trabajadores,

aprobado por Real Decreto Legislativo 1/1995, de 24 de marzo,

en relación con lo prevenido en los artículos 69 de la Ley de

Procedimiento Laboral, texto refundido aprobado por Real Decreto

Legislativo 2/1995, de 7 de abril, y 125 de la Ley 30/1992, de 26

de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones

Públicas y del Procedimiento Administrativo Común.

Lo que comunico a VV. II.

Madrid, 25 de mayo de 2004.-El Secretario General, Francisco

Javier Velázquez López.

Ilmos. Sres. Subsecretarios de los Ministerios de Interior, Defensa,

Fomento, Administraciones Públicas, Medio Ambiente, Cultura,

Educación y Ciencia, Economía y Hacienda, Justicia, Sanidad

y Consumo, Trabajo y Asuntos Sociales y Directora General

de la Función Pública.

ANEXO (Ver imágenes páginas 20450 a 20452)

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