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Documento BOE-A-2004-10356

Resolución de 29 de abril de 2004, del Instituto Nacional de Investigación y Tecnología Agraria y Alimentaria, por la que se dispone la publicación del Convenio de Colaboración, firmado entre el INIA y el Instituto Tecnológico Agrario de Castilla y León, para la realización del proyecto denominado: "Optimización y nuevos desarrollos en las alternativas al uso convencional del Bromuro de Metilo: usos críticos".

Publicado en:
«BOE» núm. 134, de 3 de junio de 2004, páginas 20464 a 20467 (4 págs.)
Sección:
III. Otras disposiciones
Departamento:
Ministerio de Educación y Ciencia
Referencia:
BOE-A-2004-10356

TEXTO ORIGINAL

El Director General del Instituto Nacional de Investigación y Tecnología Agraria y Alimentaria (INIA), en nombre y representación de este Organismo Autónomo del Ministerio de Educación y Ciencia, y en virtud de las atribuciones que le confiere el artículo 12 del Estatuto del INIA, aprobado por Real Decreto 1951/2000, de 1 de diciembre y de otra parte, el Director General del Instituto Tecnológico Agrario de Castilla-León, en virtud del Acuerdo de 12 de diciembre de 2002 (BOC y L. N.o 241, de 16 de diciembre), han formalizado con fecha 12 de abril de 2004, un Convenio de colaboración para la realización del proyecto denominado «Optimización y nuevos desarrollos en las alternativas al uso convencional del Bromuro de Metilo: Usos críticos», recogido en el anexo de esta Resolución.

En cumplimiento de lo dispuesto en el artículo 8.2 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, esta Dirección General dispone su publicación en el «Boletín Oficial del Estado».

Madrid, 29 de abril de 2004.‒El Director General (P.S.R. art. 14.2 RD 1951/2000, de 1 de diciembre, BOE del 2), el Secretario General, Mario Gómez Pérez.

ANEXO
Convenio de colaboración entre el Instituto Nacional de Investigación y Tecnología Agraria y Alimentaria y el Instituto Tecnológico Agrario de Castilla y León para la realización del proyecto denominado «Optimización y nuevos desarrollos en las alternativas al uso convencional del Bromuro de Metilo: Usos críticos»

En Madrid, a 12 de abril de 2004.

REUNIDOS

De una parte, el Ilmo. Sr. don Adolfo Cazorla Montero, Director General del Instituto Nacional de Investigación y Tecnología Agraria y Alimentaria (en lo sucesivo INIA), con CIF. Q-2821013-F, con sede en Madrid, Ctra. de La Coruña, km 7,5, en representación del mismo, en virtud del Real Decreto 1676/2000, de 29 de septiembre, por el que se dispone su nombramiento, actuando conforme a las atribuciones que le confiere el artículo 12.2.d) del Estatuto del INIA, aprobado por Real Decreto 1951/2000, de 1 de diciembre.

Y de otra parte, el Ilmo. Sr. don José Manuel Ferreras Navarro, como Director General del Instituto Tecnológico Agrario de Castilla y León (en lo sucesivo ITA) en virtud del Acuerdo de la Junta de Castilla y León de 12 de diciembre de 2002, (B.O.C.y L. N.o 241, de 16 de diciembre) en el ejercicio de las funciones atribuidas por el artículo 18.c) de la Ley 7/2002, de 3 de mayo, de creación de este Instituto y el artículo 12.q) de su Reglamento aprobado por el Decreto 121/2002, de 7 de noviembre. Actuando ambos en razón de sus respectivas competencias y reconociéndose poderes y facultades suficientes para formalizar el presente Convenio.

EXPONEN

Primero.

Que el ITA, ente público de derecho privado, adscrito a la Consejería de Agricultura y Ganadería de la Junta de Castilla y León, actúa en el ejercicio de las funciones que le confiere la Ley 7/2002, de 3 de mayo, de creación de este Instituto.

Segundo.

Que el INIA, organismo autónomo adscrito al Ministerio de Ciencia y Tecnología por el Real Decreto 557/2000, de 27 de abril, de reestructuración de los Departamentos ministeriales, actúa conforme a lo establecido en el Real Decreto 1951/2000, de 1 de diciembre, por el que se aprueba el Estatuto del Organismo y de acuerdo con el artículo 15 de la Ley 13/1986, de 14 de abril, de Fomento y Coordinación General de la Investigación Científica y Técnica, en virtud de la cual pueden celebrar convenios de Colaboración los Organismos Públicos de Investigación.

Tercero.

Que el bromuro de metilo (en lo sucesivo BM), fue incluido como una de las sustancias que agota la capa de ozono en la Cuarta Reunión del Protocolo de Montreal, que tuvo lugar en Copenhague, en noviembre de 1992, siendo utilizado actualmente como fumigante, con propiedades de biocida total, en la agricultura intensiva y especialmente en los cultivos de fresa, pimiento, flor cortada, y viveros de fresa, por su alta eficacia en el control de insectos, roedores, hongos, nematodos, bacterias, ácaros y malas hierbas.

Cuarto.

Que en la IX Reunión del Protocolo de Montreal, celebrada en Montreal en septiembre de 1997, se acordó el siguiente calendario de reducción de la producción y consumo de BM, referido al año base 1991:

25% a partir de 1 de enero de 1999.

50% a partir de 1 de enero de 2001.

70% a partir de enero de 2003.

Suspensión total, salvo para usos críticos agrícolas, a partir de 1 de enero de 2005.

Quinto.

Que en septiembre de 1998 la Comisión Europea presentó al Consejo una propuesta de nuevo Reglamento del Consejo sobre las sustancias que agotan la capa de ozono en la que se establecía la supresión total de la producción y uso del BM el 1 de enero de 2001. En febrero de 1999 el Consejo adoptó su posición común en la que establece el siguiente calendario de reducción de la producción y el consumo de BM, referido al año base 1991:

25% a partir de 1 de enero de 1999.

60% a partir de 1 de enero de 2001.

75% a partir de 1 de enero de 2003.

Supresión total, salvo para usos críticos agrícolas y usos de cuarentena y pre-embarque, a partir de 1 de enero de 2005.

Sexto.

Que el Ministerio de Agricultura, Pesca y Alimentación, recogiendo la preocupación de los sectores productivos afectados, convocó reuniones para analizar el problema creado por este adelanto. En estas reuniones estuvieron representados: el Ministerio de Agricultura, Pesca y Alimentación, a través de la Dirección General de Agricultura, el Ministerio de Medio Ambiente, a través de la Dirección General de Calidad y Evaluación Ambiental (DGCEA), el INIA, las Organizaciones de Productores Agrarios, la Confederación de Cooperativas Agrarias, Asociaciones de la Federación de Productores Exportadores de Frutas y Hortalizas, empresas aplicadoras de BM y otras relacionadas con posibles soluciones alternativas a este producto. Como consecuencia de estas reuniones, se decidió investigar soluciones alternativas al BM, su verificación en campo y su viabilidad económica.

Séptimo.

Que el Ministerio de Agricultura, Pesca y Alimentación, encargó al INIA un Proyecto de Investigación, con los objetivos citados en el expositivo anterior, en el que colaborasen los investigadores expertos en los cultivos que utilizan el BM. Este Proyecto, denominado «Alternativas al uso convencional del bromuro de metilo, respetuosas con el medio ambiente y viables económicamente», fue iniciado en julio de 1997 y financiado por el INIA y la DGCEA a través de convenio, ha finalizado en el año 2002. Este proyecto fue ejecutado por distintos grupos de investigación, siendo el Departamento de Protección Vegetal del INIA el encargado de los estudios sobre las patologías de la fresa.

Octavo.

Que el citado proyecto no ha llegado a determinar alternativas al BM en los casos de flor cortada (clavel) y de viveros de planta de fresón, mientras que sí ha concluido que varios otros productos o rotaciones de cultivos podían sustituir adecuadamente al BM en el cultivo de zanahoria; y que un formulado a base de 1,3 dicloropropeno y cloropicrina constituye una alternativa válida al BM, que puede dar resultados equivalentes a este último producto en los cultivos de fresa y pimiento dulce de invernadero. Ahora bien, en la revisión comunitaria de materias activas de los productos fitosanitarios, que actualmente se está realizando en cumplimiento de lo establecido en el artículo 8.2 de la Directiva 91/414/CEE, se está cuestionando que dichos productos alternativos al BM puedan continuar siendo utilizados en un futuro inmediato.

Noveno.

Que ante las dudas sobre si en un futuro inmediato se prohibirá la utilización del formulado a base de 1,3 dicloropropeno y cloropicrina en el ámbito de la Unión Europea, los sectores productores de fresa y pimiento de invernadero han solicitado exención de uso crítico, al igual que los sectores de flor cortada y viveros de plantas de fresa, producciones para las que aún no se han encontrado alternativas al BM. Un informe conjunto de los Ministerios de Agricultura, Pesca y Alimentación y de Medio Ambiente ha apoyado, además, la justificación de la referida incertidumbre sobre las alternativas descritas, y ha sido remitido a la Comisión Europea, adjunto a cada una de las solicitudes de usos críticos que recientemente ha propuesto el Reino de España. Estas solicitudes de exención, de acuerdo con lo descrito en el «Manual de solicitudes de usos críticos de BM» publicado por el Protocolo de Montreal, no serán autorizadas si no se sustentan en las oportunas investigaciones encaminadas a encontrar alternativas viables al BM, lo que determina que, al haber finalizado el proyecto citado en el expositivo séptimo, hayan de iniciarse otros nuevos proyectos de investigación, tanto a fin de sustentar las solicitudes de exención como por la urgente necesidad de proseguir las investigaciones en búsqueda de alternativas.

Décimo.

Que los Organismos interesados en proseguir las investigaciones en búsqueda de alternativas al BM: Ministerio de Medio Ambiente, Ministerio de Agricultura, Pesca y Alimentación (MAPA), Junta de Castilla y León y el INIA, han acordado continuar estas investigaciones mediante la realización de un proyecto denominado «Optimización y nuevos desarrollos en las alternativas al uso convencional del bromuro de metilo: Usos críticos», compuesto por siete subproyectos que serán ejecutados por grupos de investigación adscritos a la Junta de Andalucía, INIA, ITA, Instituto Valenciano de Investigaciones Agrarias (IVIA), Instituto Murciano de Investigación y Desarrollo Agrario y Alimentario (IMIDA) de la Región de Murcia y el Consejo Superior de Investigaciones Científicas (CSIC). Estos subproyectos, serán coordinados desde el INIA y financiados por los Organismos citados:

Subproyecto A, referente al cultivo de fresa, será financiado por el Ministerio de Medio Ambiente y el INIA y ejecutado por un grupo de investigación adscrito a la Junta de Andalucía (Consejería de Agricultura y Pesca).

Subproyecto B, referente al aspecto agronómico de los viveros de plantas de fresa, será financiado por el Instituto Tecnológico Agrario de Castilla y León y el INIA y ejecutado por un grupo de investigación integrado por personal del INIA o de un organismo público a quien, por éste, se encargue la ejecución.

Subproyecto C, referente a la patología en los viveros de plantas de fresa, será financiado por el Instituto Tecnológico Agrario de Castilla y León y el INIA y ejecutado por un grupo de investigación adscrito al INIA. Dentro de este grupo se integrará, a tiempo parcial, personal del ITA. Subproyecto D, referente al pimiento en invernadero, será financiado por el MAPA y el INIA y ejecutado por un grupo de investigación adscrito al IMIDA.

Subproyecto E, referente a flor cortada (clavel), será financiado por el MAPA y el INIA y ejecutado por un grupo de investigación adscrito al CSIC.

Subproyecto F, centrado en la optimización de los procesos implicados en la biofumigación, será financiado por el Ministerio de Medio Ambiente y el INIA y ejecutado por un grupo de investigación adscrito al CSIC. Subproyecto G, centrado en el estudio de distintas técnicas de aplicación de las posibles alternativas al BM, será financiado por el MAPA y el INIA y ejecutado por un grupo de investigación adscrito al IVIA.

Undécimo.

Que de acuerdo con el expositivo anterior, el ITA, en el ejercicio de sus atribuciones en materia de investigación dentro de su territorio, en el que se ubican los viveros de plantas de fresa, y el INIA, se responsabilizarán de los subproyectos B y C, antes citados, de acuerdo con las cláusulas del presente convenio, que constituye el cauce jurídico adecuado para regular esta colaboración.

Por todo ello, las partes acuerdan suscribir el presente Convenio, que se regirá de conformidad a las siguientes

CLÁUSULAS

Primera. Objeto del Convenio.

El objeto de este Convenio es la financiación y ejecución de los subproyectos B y C, incluidos en el Proyecto denominado «Optimización y nuevos desarrollos en las alternativas al uso convencional del bromuro de metilo: Usos críticos», cuyos objetivos específicos son:

1.1 Subproyecto B: Optimización y nuevos desarrollos en las alternativas al bromuro de metilo: Usos críticos. Viveros de altura de plantas de fresa en Castilla y León. Investigación agronómica.

Objetivos:

a) Estudio de la puesta a punto de nuevas alternativas químicas al BM. Optimización de las alternativas ya estudiadas.

b) Estudio morfo-agronómico y de calidad aparente, del material vegetal multiplicado con las diversas técnicas alternativas al BM, ensayadas en los viveros de altura de Castilla y León, y posteriormente transplantado a las zonas de producción.

c) Desarrollo de campos de demostración de las alternativas químicas más prometedoras.

1.2 Subproyecto C: Optimización y nuevos desarrollos en las alternativas al bromuro de metilo: Usos críticos. Viveros de altura de plantas de fresa en Castilla y León. Patología y malas hierbas.

Objetivos:

a) Efecto de las distintas alternativas químicas sobre los hongos y nematodos existentes en el suelo de los viveros.

b) Efectos de las distintas alternativas químicas sobre los hongos fitopatógenos que potencialmente puedan encontrarse en el suelo de los viveros.

c) Patología de las plantas madre de fresas.

d) Efectos de las distintas alternativas sobre las enfermedades causadas por hongos y nematodos fitopatógenos en las plantas de fresa en los viveros y sobre las malas hierbas de los viveros.

e) Patología de las plantas de fresa producidas en viveros.

Segunda. Organización de los trabajos.

2.1 Subproyecto B: Optimización y nuevos desarrollos en las alternativas al bromuro de metilo: Usos críticos. Viveros de altura de plantas de fresa en Castilla y León. Investigación agronómica.

Este subproyecto será ejecutado con personal perteneciente al INIA o a un organismo público con reconocida experiencia en este sector a quien el INIA encargue su ejecución. Este grupo de investigación será reforzado con personal perteneciente al ITA, consistente en dos Titulados Superiores y un Inspector de Campo, que compartirán su dedicación con el subproyecto C. Los costes del personal del ITA no están incluidos en la aportación de este Instituto expresada en la cláusula cuarta del presente Convenio.

2.2 Subproyecto C: Optimización y nuevos desarrollos en las alternativas al bromuro de metilo: Usos críticos. Viveros de altura de plantas de fresa en Castilla y León. Patología y malas hierbas.

Este subproyecto será ejecutado por el INIA. Este grupo de investigación estará reforzado por personal perteneciente al ITA, consistente en dos Titulados Superiores y un Inspector de Campo, todos ellos compartiendo su dedicación con el subproyecto B. Los costes del personal del ITA no están incluidos en la aportación de este Instituto expresada en la cláusula cuarta del presente Convenio.

En el anexo al presente Convenio se incluye el desglose de las actividades programadas en ambos subproyectos para los años 2004 y 2005. Dadas las características de la investigación en curso, los subproyectos necesitan planteamientos dinámicos, en función de los resultados parciales que se van obteniendo, siendo su programación susceptible de cambios por este motivo.

Tercera. Actuación de las partes.

3.1 El INIA se compromete a ejecutar los Subproyectos directamente o a formalizar el acuerdo correspondiente con la entidad con experiencia en este campo que considere oportuna para encargarle el subproyecto B, que se deberá realizar según el protocolo técnico que se incluye como anexo, y además se encargará de las actividades siguientes:

a) Coordinación general de ambos subproyectos.

b) Realización del subproyecto C, contando con la colaboración, a tiempo parcial, del personal del ITA citado anteriormente.

3.2 El ITA se encargará de las actividades siguientes:

a) Aportará los recursos económicos para realizar las actividades incluidas en el Convenio, en la cuantía que se especifica en la cláusula cuarta. Estas cantidades las transferirá al INIA, el cual las destinará a financiar al organismo ejecutor, en su caso, del Subproyecto B, y los trabajos del propio INIA en el Subproyecto C, en la proporción que se expresa en la cláusula cuarta del presente Convenio.

b) Colaborar en la realización de los subproyectos B y C, poniendo a disposición de los mismos dos Titulados Superiores y un Inspector de Campo, a tiempo parcial en ambos subproyectos.

Cuarta. Evaluación económica y forma de pago.

El coste total previsto, de acuerdo con el desglose de actividades expuesto en el anexo al presente Convenio, es de doscientos sesenta y nueve mil trescientos ochenta y dos euros y cuarenta y cuatro céntimos (269.382,44 €.

Esta cantidad se compone por la aportación del Instituto Tecnológico Agrario, por valor de ciento ochenta mil euros (180.000 €) y por la apor-

tación del INIA, por valor de ochenta y nueve mil trecientos ochenta y dos euros y cuarenta y cuatro céntimos (89.382,44 €).

En el cuadro adjunto se expresa la distribución por anualidades de ambas aportaciones.

Organismo Subproyectos Anualidades A
2004 2005 Total
ITA B 96.482,73 48.684,71 145.167,44
C 23.517,27 11.315,29 34.832,56
  Total. 120.000,00 60.000,00 180.000,00
INIA B 0,00 0,00 0,00
C 15.122,73 74.259,71 89.282,44
  Total. 15.122,73 74.259,71 89.282,44
  Total convenio 135.122,73 134.259,71 269.382,44

La aportación del INIA corresponde exclusivamente a los capítulos presupuestarios correspondientes a los conceptos de personal y gastos corrientes.

Las anualidades correspondientes a las aportaciones del Instituto Tecnológico Agrario de Castilla y León, serán ingresadas por este Organismo al INIA mediante transferencia bancaria, en la cuenta corriente 0182-2370-46-0200203535, del Banco Bilbao-Vizcaya-Argentaria, a nombre del INIA, pudiéndose anticipar hasta un 75% de los gastos previstos, correspondientes a cada anualidad. La cantidad correspondiente al primer anticipo será transferida durante el primer mes inmediatamente posterior a la firma del presente Convenio. El anticipo correspondiente a 2005 se transferirá durante el mes de enero. Las cantidades no anticipadas se transferirán una vez aceptadas por el ITA las justificaciones de gastos previstas en la cláusula quinta del presente Convenio.

El INIA distribuirá las aportaciones del ITA entre los subproyectos B y C, conforme se indica el cuadro anterior.

Las cantidades correspondientes al ITA serán cargadas a la estructura presupuestaria 0321G/542A03/64000.0, u otra equivalente, de los Presupuestos Generales de Castilla y León para los ejercicios 2004 y 2005.

Quinta. Justificación de fondos.

Para la justificación de las cantidades entregadas por el ITA, el INIA presentará informe acreditativo de los trabajos realizados así como certificación del órgano encargado de la contabilidad de la realización de los gastos contraídos antes del fin de cada anualidad, sin cuya justificación no se podrán efectuar nuevos libramientos de fondos.

Sexta. Comisión de seguimiento.

Se establecerá una Comisión de Seguimiento con objeto de promover actividades, examinar la marcha de los trabajos, revisar su programación, si es necesario, y resolver las discrepancias, dudas o conflictos que se presente en la ejecución de las actividades del Convenio.

La Comisión estará formada por un representante de cada una de las partes, designados por el Director General del ITA y el Director General del INIA, respectivamente. En esta Comisión se integrará también un representante de la Delegación del Gobierno en Castilla y León.

La Comisión se reunirá, al menos, una vez al año; y a petición de cualquiera de las partes siempre que las necesidades lo requieran.

En todo lo no previsto en el presente Convenio, la Comisión de Seguimiento se regirá según lo dispuesto en el Capítulo II del Título II de la Ley 30/1992, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, sobre órganos colegiados.

Séptima. Información entre las partes.

Cada parte se compromete a mantener informada a la otra parte firmante del presente Convenio, tanto de los trabajos científico-técnicos alcanzados en su realización, como de cualquier extremo relevante para la consecución del mismo.

Será necesario obtener previamente el acuerdo entre ambas partes para informar a terceros, sobre el contenido y el desarrollo del Convenio y haciendo mención expresa a la existencia del mismo.

Octava. Propiedad de los resultados y uso de los mismos.

De los posibles derechos de propiedad industrial o intelectual, u otros de análoga naturaleza, así como de los beneficios que surjan de las actuaciones del presente Convenio, serán cotitulares ambas partes en iguales proporciones. Los beneficios que puedan recibir el INIA por la comercialización de estos resultados se distribuirán de conformidad con lo dispuesto en los artículos 4 y 5 del Real Decreto 55/2002, de 18 de enero, sobre explotación y cesión de invenciones realizadas en los entes públicos de investigación, de conformidad con lo establecido en el artículo 20 de la Ley 11/1986, de 20 de marzo, de Patentes de invención y modelos de utilidad.

Las partes signatarias se comprometen a que los resultados obtenidos sean publicados en revistas científicas o de divulgación, bien conjuntamente o, cuando menos, citando la labor de cooperación realizada por la otra parte.

Novena. Régimen del personal.

El régimen del personal de cada una de las partes que desarrolle actividades en sede de la otra, deberá respetar sus normas de funcionamiento interno sin que en ningún caso se altere la relación jurídica ni adquiera derecho alguno frente a la otra parte. Siendo de cuenta de cada parte, la cobertura de las obligaciones en materia de seguridad social, mutualidad, seguro de accidentes y todo tipo de cargas y gravámenes relativos al personal que aporten para la realización y desempeño de los trabajos objeto del presente Convenio. También serán responsables de la cobertura de la responsabilidad civil en que pudieran incurrir durante el desarrollo de los trabajos previstos en el mismo.

Décima. Comienzo de efectos y duración del Convenio.

El presente Convenio, que surtirá efectos desde el día de su firma, durará hasta el 31 de diciembre de 2005.

Undécima. Régimen jurídico y resolución de conflictos.

El presente Convenio tiene naturaleza de los previstos en los artículos 3.1.c) del texto refundido de la Ley de Contratos de las Administraciones Públicas, aprobado por Real Decreto Legislativo 2/2000, de 16 de junio, siéndoles de aplicación, en defecto de normas específicas, los principios de dicho texto legal, para resolver las dudas y lagunas que pudieran producirse.

Las cuestiones litigiosas a que pueda dar lugar la interpretación, modificación, efectos o resolución del contenido del presente Convenio, serán resueltas en el seno de la Comisión de Seguimiento. Si no hubiera acuerdo, las discrepancias que surjan serán del conocimiento y competencia del orden jurisdiccional de lo contencioso-administrativo, con arreglo a la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de dicha Jurisdicción.

En prueba de conformidad, y para la debida constancia de todo lo convenido, ambas partes firman el presente Convenio en triplicado ejemplar y en todas sus hojas, en el lugar y fecha al principio indicados.-El Director General del Instituto Tecnológico Agrario de Castilla y León, José Manuel Ferreras Navarro.El Director General del Instituto Nacional de Investigación y Tecnología Agraria y Alimentaria, Adolfo Cazorla Montero.

ANEXO
Protocolo técnico

Subproyecto B: Optimización y nuevos desarrollos en las alternativas al bromuro de metilo: Usos críticos. Viveros de altura de plantas de fresa en Castilla y León. Investigación agronómica.

1. Organización del proyecto.

Entidad ejecutora: El subproyecto será ejecutado por el INIA o por el grupo de investigación con experiencia en esta materia, adscrito a un organismo público, a quien este Instituto se lo encargue.

En ambos casos, en este grupo se integrarán dos Titulados Superiores y un Inspector de Campo, todos ellos perteneciente al Instituto Tecnológico Agrario de Castilla y León. Estos técnicos compartirán su tiempo de dedicación con el subproyecto C

Coordinador: A decidir.

2. Objetivos del proyecto.

a) Estudio puesta a punto de nuevas alternativas químicas al BM. Optimización de las alternativas ya estudiadas.

b) Estudio morfo-agronómico y de calidad aparente, del material vegetal multiplicado con las diversas técnicas alternativas al BM, ensayadas en los viveros de altura de Castilla y León, y posteriormente transplantado a las zonas de producción.

c) Desarrollo de campos de demostración de las alternativas químicas más prometedoras.

3. Plan de trabajo.

a) Gestiones para proveerse de nuevos productos químicos no comercializados en España.

b) Diseño de la red experimental

c) Preparación del terreno, estaquillado de ensayos, muestreo y análisis físico-químico, aplicación de tratamientos, plantación de los ensayos y valoración visual de las parcelas de ensayo.

d) Aforo de cosecha, toma de muestras para envío a las zonas de producción para estudio morfo-agronómico y de calidad aparente, determinación de calibre de coronas, peso fresco y seco de raíces y coronas. Análisis estadístico de los resultados agronómicos.

4. Presupuesto del subproyecto.

Conceptos Anualidades A
2004 2005 Total
A) Personal con cargo al proyecto:      

Personal investigador contratado.

Otro personal técnico contratado. Personal laboral eventual y SS.

17.318,47 9.050,59 26.369,06
Total personal. 17.318,47 9.050,59 26.369,06
B) Gastos:      
Gastos de funcionamiento. 61.317,04 30.701,84 92.018,88
Dietas y locomoción (nacionales). 4.653,18 2.326,59 6.979,77
Dietas y locomoción (extranjero).      
Total gastos. 65.970,22 33.028,43 98.998,65
C) Instalaciones y equipos.      
Total instalaciones y equipos.      
D) Costes indirectos [20% de B)]. 13.194,04 6.605,69 19.799,73
Coste total. 96.482,73 48.684,71 145.167,44

Protocolo técnico

Subproyecto C: Optimización y nuevos desarrollos en las alternativas al bromuro de metilo: Usos críticos. Viveros de altura de plantas de fresa en Castilla y León. Patología y malas hierbas

1. Organización del proyecto.

Entidad ejecutora: Departamento de Protección Vegetal del INIA.

Dentro de este grupo se integrarán dos Titulados Superiores y un Inspector de Campo, todos ellos perteneciente al Instituto Tecnológico Agrario de Castilla y León. Estos técnicos compartirán su tiempo de dedicación con el subproyecto B.

Coordinadora: Dra. Paloma Melgarejo Nárdiz.

2. Objetivos del proyecto.

a)Efecto de las distintas alternativas químicas sobre los hongos y nematodos existentes en el suelo de los viveros.

b) Efectos de las distintas alternativas químicas sobre los hongos fitopatógenos que potencialmente puedan encontrarse en el suelo de los viveros.

c) Patología de las plantas madre de fresas.

d) Efectos de las distintas alternativas sobre las enfermedades causadas por hongos y nematodos fitopatógenos en las plantas de fresa en los viveros y sobre las malas hierbas de los viveros.

e) Patología de las plantas de fresa producidas en viveros.

3. Plan de trabajo.

a)Producción de tejido enfermo de fresa con Phytophthora captorumam y Verticillium dahliae.

b) Muestreos de suelo previos a los tratamientos y colocación de bolsas de malla con tejido de fresa enfermo en el suelo de las parcelas.

c) Muestreo de suelo post-tratamientos y recogida de bolsas de malla con tejido de fresa enfermo, colocadas en el suelo de las parcelas y evaluación.

d) Preparación del terreno, estaquillado de ensayos, aplicación de tratamientos en la parcela seleccionada, para ver el efecto de distintos herbicidas.

e) Muestreo y análisis patológico de plantas madre en preplantación.

f) Plantación del ensayo

g) Prospección, toma de muestra y análisis del estado sanitario de plantas y malas hierbas.

h) Toma de muestra de las plantas cosechadas y envío para análisis de calidad aparente a las zonas de producción. Determinación de calibre de coronas, peso fresco y seco de coronas y raíces.

i) Análisis sanitario de las plantas.

j) Análisis estadístico de resultados.

k) Seminario de intercambio y cruce de datos obtenidos en este proyecto y en el proyecto B.

4. Presupuesto.

Conceptos Anualidades A
2004 2005 Total
A) Personal con cargo al proyecto:      
Personal investigador contratado.      
Otro personal técnico contratado. 21.000,00 43.815,00 64.815,00
Personal laboral eventual y SS.      
Total personal. 21.000,00 43.815,00 64.815,00
B) Gastos:      
Gastos de funcionamiento. 12.300,00 24.600,00 36.900,00
Dietas y locomoción (nacionales).   4.200,00 4.200,00
Dietas y locomoción (extranjero).      
Total gastos. 14.700,00 34.800,00 49.500,00
C) Instalaciones y equipos.      
Total instalaciones y equipos.      
D) Costes indirectos [20% de B)]. 2.940,00 6.960,00 9.900,00
Coste total. 38.640,00 85.575,00 124.215,00

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