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Documento BOE-A-2004-10357

Resolución de 10 de mayo de 2004, de la Secretaría General de Política Científica y Tecnológica, por la que se dispone la publicación del Convenio Marco-Protocolo General entre el Centro Español de Metrología y la Junta de Galicia para el desarrollo de actuaciones en materia de metrología.

Publicado en:
«BOE» núm. 134, de 3 de junio de 2004, páginas 20467 a 20468 (2 págs.)
Sección:
III. Otras disposiciones
Departamento:
Ministerio de Educación y Ciencia
Referencia:
BOE-A-2004-10357

TEXTO ORIGINAL

El Presidente del Centro Español de Metrología (CEM), en nombre y representación de este Organismo Autónomo, en virtud de las atribuciones que le confiere el Real Decreto 1384/2002, de 20 de diciembre y, de otra parte, el Conselleiro de Innovación Industria e Comercio de la Xunta de Galicia, en representación de la Xunta de Galicia, en virtud de las facultades que le confiere el Acuerdo del Consello de la Xunta de Galicia de 27 de marzo de 1991, sobre convenios de cooperación con otros entes públicos y de colaboración con particulares, han formalizado, con fecha 2 de abril de 2004 un Convenio Marco-Protocolo General «para el desarrollo de actuaciones en materia de metrología», recogido en el Anexo de esta Resolución.

En cumplimiento de lo dispuesto en el artículo 8.2 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, esta Secretaría General dispone su publicación en el «Boletín Oficial del Estado».

Madrid, 10 de mayo de 2004.‒El Secretario General, Salvador Barberá Sández.

ANEXO
Protocolo General entre el Centro Español de Metrología y la Consellería de Innovación, Industria e Comercia de la Xunta de Galicia para el desarrollo de actuaciones en materia de Metrología

REUNIDOS

De una parte: El Ilmo. Sr. D. Gonzalo León Serrano, Presidente del Centro Español de Metrología (en adelante CEM), Organismo Autónomo adscrito al Ministerio de Ciencia y Tecnología, actuando en nombre y representación del mencionada Centro, con domicilio en calle Del Alfar, n.º 2, de Tres Cantos (Madrid), en virtud del Real Decreto 1384/2002, de 20 de diciembre (BOE n.º 6 de 7 de enero de 2003), y de su nombramiento como Secretario General de Política Científica por Real Decreto 941/2002, de 6 de septiembre (BOE n.º 215 de 7 de septiembre de 2002).

Y de otra: El Excmo. Sr. D. Juan Rodríguez Yuste, Conselleiro de Innovación, Industria e Comercio de la Xunta de Galicia, nombrado por Decreto 16/2003, de 18 de enero, en virtud de las facultades que le confiere el Acuerdo del Consello de la Xunta de Galicia de 27 de marzo de 1991, sobre convenios de cooperación con otros entes públicos y de colaboración con particulares.

Intervienen en función de sus respectivos cargos en el ejercicio de las facultades que para convenir en nombre de las Organismos que representan tienen conferidas y, exponen:

Primero.

La Xunta de Galicia es titular de las competencias en Metrología Legal en la Comunidad Autónoma de Galicia, siendo ejecutadas por parte de la Consellería de Innovación, Industria e Comercio.

Segundo.

El preámbulo de la Ley 3/1985, de 18 de marzo, de Metrología, hace constar que «se establece el control metrológico por parte del Estado, con el fin de velar por la corrección y exactitud de las medidas; colaborar, a través del control de los instrumentos biomédicos, a la protección de la salud y seguridad ciudadana, y evitar los fraudes en perjuicio de los consumidores».

Tercero.

El artículo cuarto de la citada ley, establece que los órganos de la Administración del Estado competentes en materia metrológica podrán suscribir convenios de colaboración y cooperación con entidades públicas y privadas, para el mejor cumplimiento de lo dispuesto en ella.

Cuarto.

En todos los ámbitos sociales gallegos, y en particular en los relacionados con la industria y el comercio, se manifiesta un gran interés por contar con una infraestructura que garantice la defensa y la seguridad del consumidor.

Quinto.

El Centro Español de Metrología y la Consellería de Innovación, Industria e Comercio, en aras de alcanzar una eficaz ejecución de las competencias que le son propias a ésta dentro del ámbito territorial de la Comunidad Autónoma de Galicia consideran preciso el establecer un marco de cooperación y colaboración entre ambas administraciones, en el que se consideren actuaciones relacionadas con los controles metrológicos del Estado, para los que la Comunidad Autónoma no cuente con medios suficientes, así como con la formación de personal.

Por ello las entidades firmantes, acuerdan suscribir el presente Convenio, con las siguientes cláusulas:

Primera.

El presente Protocolo General tiene por objeto el establecer un marco de colaboración entre el Centro Español de Metrología y la Consellería de Innovación, Industria e Comercio de la Xunta de Galicia, especialmente en lo que se refiere a:

Apoyo técnico para la ejecución del control metrológico del Estado, en todas sus fases, de aquellos instrumentos de medida para los que la Comunidad Autónoma de Galicia no cuente con los medios precisos que permitan el control correspondiente.

Desarrollo de actividades formativas que permitan al personal dedicado a la Metrología Legal alcanzar los conocimientos teórico-prácticos necesarios para el buen desempeño de sus funciones, pudiendo incluir, en su caso, estancias del mencionado personal en el Centro Español de Metrología durante el tiempo preciso.

Establecimiento de los cauces necesarios que faciliten el intercambio de información en materia de Metrología.

Segunda.

Las iniciativas que se lleven a cabo en desarrollo del presente Protocolo General se aprobarán a través de convenios de colaboración específicos, en los que se establecerá la contraprestación económica que, en su caso, recibirá el Centro Español de Metrología por las actuaciones que se desarrollen. Esta contraprestación se fijará teniendo en cuenta los precios públicos vigentes.

Tercera.

Las partes firmantes estiman conveniente mantener una comunicación permanente al objeto de resolver cuantos cuestiones puntuales puedan suscitarse en el campo de la Metrología Legal.

Cuarta.

El Centro Español de Metrología y la Consellería de Innovación, Industria e Comercio de la Xunta de Galicia acuerdan crear un Comité de Seguimiento formado por las siguientes personas: dos representantes de cada institución firmante, uno de la Delegación del Gobierno en Galicia y otro de la Xunta de Galicia, al objeto de coordinar y analizar todas las actuaciones que se realicen al amparo del mismo. Ambas representaciones se reunirán, como mínimo, cada seis meses y siempre que sea requerido por una de las partes.

Quinta.

El presente Protocolo General entrará en vigor a partir de la fecha de su firma y tendrá carácter indefinido. No obstante, podrá producirse su resolución, por mutuo acuerdo de las partes, incumplimiento o denuncia de alguna de ellas. En este último caso, la parte interesada deberá ponerlo en conocimiento de la otra, al menos, con tres meses de antelación a la fecha en que se deseara dejarlo sin efecto, una vez finalizadas las actuaciones en curso.

Sexta.

Este Protocolo tiene naturaleza administrativa, siendo el régimen jurídico aplicable al mismo, el establecido en el Titulo I de la Ley 30/1992, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común.

En materia de interpretación, modificación y resolución en general de las cuestiones no contempladas en este Convenio, se aplicarán las normas de Derecho Administrativo, cuando así sea necesario.

Séptima.

Las cuestiones litigiosas que pudieran surgir en la interpretación y cumplimiento del presente Convenio, serán de conocimiento y competencia del Orden Jurisdiccional Contencioso-Administrativo.

Y en prueba de su conformidad con todo lo anteriormente expuesto, firman por duplicado el presente Protocolo General en Tres Cantos y Santiago de Compostela, a 2 de abril de 2004.‒El Presidente del Centro Español de Metrología, Gonzalo León Serrano.-El Conselleiro de Innovación, Industria e Comercio de la Xunta de Galicia, Juan Rodríguez Yuste.

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