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Documento BOE-A-2004-12824

Orden de 18 de junio de 2004, de la Consejería de Educación, por la que se reconoce e inscribe en el Registro de Fundaciones Docentes Privadas a la Fundación denominada "Agustín Rodríguez".

Publicado en:
«BOE» núm. 164, de 8 de julio de 2004, páginas 25247 a 25248 (2 págs.)
Sección:
III. Otras disposiciones
Departamento:
Comunidad Autónoma de Andalucía
Referencia:
BOE-A-2004-12824

TEXTO ORIGINAL

Visto el expediente de reconocimiento e inscripción en el Registro de Fundaciones Docentes de esta Consejería de la Fundación denominada «Agustín Rodríguez», constituida y domiciliada en Puente Genil (Córdoba), calle Baldomero Jiménez, sin número.

Antecedentes de hecho

Primero.

La Fundación «Agustín Rodríguez» fue constituida en Escrituras Públicas de fecha 12 de mayo de 1983 ante don Antonio Olmedo Martínez, Notario del Ilustre Colegio de Sevilla, modificada por otras de 12 de diciembre de 2001, 11 de julio de 2002 y 28 de abril de 2004, ante don Juan Carlos Riera Pérez, Notario del Ilustre Colegio de Sevilla, fundada por doña María González Gallego.

Segundo.

Tendrá principalmente los objetivos y fines siguientes:

La contribución al desarrollo de la cultura en Puente Genil, proporcionando los medios económicos para adquirirla a su juventud estudiosa, dotando las becas oportunas para que puedan cursar estudios superiores alumnos procedentes del Colegio de Educación General Básica «Agustín Rodríguez».

Tercero.

La dotación inicial de la fundación está constituida por veinticuatro mil seiscientos cincuenta euros con sesenta y cuatro céntimos (24.650,64 €), los cuales se han ingresado en la Caja de depósitos de la Delegación Provincial del Ministerio de Economía y Hacienda de Málaga, aportando certificación unida a la escritura pública de modificación de estatutos.

Cuarto.

El gobierno, administración y representación de la Fundación se confía de modo exclusivo a un Patronato, formado por siete miembros, siendo su presidente don Manuel Baena Cobos.

Vistos: La Constitución Española, el Estatuto de Autonomía de Andalucía, la Ley 50/2002, de 26 de diciembre, de Fundaciones, y demás normas de general y pertinente aplicación.

Fundamentos de Derecho

Primero.

Esta Consejería tiene asignada, en virtud del Decreto 242/2004, de 18 de mayo, de Estructura Orgánica de la Consejería de Educación, las competencias sobre las Fundaciones Docentes que desarrollen principalmente sus funciones en Andalucía, ejerciendo en consecuencia el Protectorado sobre las de esta clase.

Segundo.

Se han cumplido en la tramitación del expediente todos los requisitos considerados esenciales por la Ley 50/2002, de 26 de diciembre, de Fundaciones, por lo que procede el reconocimiento del interés público de sus objetivos, y la inscripción en el pertinente Registro de Fundaciones Docentes.

En consecuencia, y en atención a los hechos y fundamentos de Derecho hasta aquí desarrollados, esta Consejería de Educación, visto el preceptivo informe de la Asesoría Jurídica, resuelve:

Primero.

Reconocer el interés público de la entidad e inscribir como Fundación Docente privada en el correspondiente Registro a la Fundación «Agustín Rodríguez», domiciliada en Puente Genil (Córdoba), calle Baldomero Jiménez, sin número.

Segundo.

Aprobar los Estatutos contenidos en Escrituras Públicas de 12 de mayo de 1983, modificada por otras de 12 de diciembre de 2001, 11 de julio de 2002 y 28 de abril de 2004.

Tercero.

Confirmar en sus cargos a los miembros del Patronato de la Fundación cuyos nombres se recogen en la Carta Fundacional y que han aceptado sus cargos.

Contra esta Orden, que pone fin a la vía administrativa, cabe interponer, en el plazo de dos meses a partir de su publicación, recurso contencioso-administrativo ante la Sala competente del Tribunal Superior de Justicia de Andalucía, conforme a lo establecido en el artículo 46.1 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa, o en el plazo de un mes potestativamente recurso de reposición ante la Excma. Sra. Consejera de Educación conforme a las disposiciones de los artículos 107 y 116 de la Ley 30/92, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, modificada por la Ley 4/99, de 13 de enero.

Sevilla, 8 de junio de 2004.−La Consejera de Educación, Cándida Martínez López.

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