Haciendo uso de las atribuciones conferidas por la Ley
Orgánica 6/2001 de 21 de diciembre, de Universidades , el Real
Decreto 774/2002, de 26 de julio, por el que se regula el sistema
de habilitación nacional para el acceso a Cuerpos de Funcionarios
Docentes Universitarios y el régimen de concursos de acceso
respectivos y el Reglamento Provisional para los Concursos para la
Provisión de Plazas de los Cuerpos Docentes Universitarios de
la Universidad Miguel Hernández de Elche ; este Rectorado ha
resuelto convocar a concurso las plazas que se relacionan en el
anexo I de la presente Resolución de acuerdo con las siguientes
bases:
Primera.-Dicho concurso se regirá por lo dispuesto en la Ley
Orgánica 6/2001, de 21 de diciembre, (Boletín Oficial del Estado
de 24 de diciembre) ; Real Decreto 774/2002, de 26 de julio,
(Boletín Oficial del Estado de 7 de agosto) ; Reglamento Provisional
para los Concursos para la Provisión de Plazas de los Cuerpos
Docentes Universitarios de la Universidad Miguel Hernández de
Elche aprobado por el Consejo de Gobierno Provisional en su
sesión de 2 de junio de 2004 ; Decreto 137/1997, de 1 de abril,
(Diario Oficial de la Generalitat Valenciana de 4 de abril), por
el que se aprueba la normativa singular reguladora de la actividad
de la Universidad Miguel Hernández de Elche, por la legislación
de la función pública estatal y de la Generalitat Valenciana, y
en lo no previsto, por la legislación general vigente de funcionarios
que le sea de aplicación.
Segunda.-Para ser admitido al citado concurso los aspirantes
deberán reunir los siguientes requisitos:
a) Ser español o ciudadano de alguno de los demás Estados
miembros de la Unión Europea, según lo dispuesto por la Ley
17/1993, de 23 de diciembre ("Boletín Oficial del Estado" del 24),
sobre el acceso a determinados sectores de la función pública
de los nacionales y de los demás Estados miembros de la Unión
Europea.
b) Tener cumplidos los dieciocho años y no haber cumplido
los setenta años.
c) No haber sido separado, mediante expediente disciplinario
del servicio de la Administración Pública, ni hallarse inhabilitado
por sentencia firme para el ejercicio de funciones públicas.
En el caso de los aspirantes que no ostenten la nacionalidad
española, no estar sometidos a sanción disciplinaria o condena
penal que impidan en su estado, el acceso a la Función Pública.
d) No padecer enfermedad ni defecto físico o psíquico que
impida el desempeño de las funciones correspondientes a Profesor
de Universidad.
Tercera.-Deberán cumplir, además, con el requisito de estar
habilitado para el cuerpo y área, según la plaza convocada
(Anexo I) o ser funcionario del correspondiente cuerpo y área de
conocimiento, o de cuerpos docentes universitarios de iguales o
superiores categorías y misma área de conocimiento, todo ello
en los términos regulados en el artículo 15 del Real Decreto
774/2002, de 26 de julio.
La concurrencia de los requisitos anteriores deberán estar
referida siempre a una fecha anterior a la expiración del plazo fijado
para solicitar la participación en el concurso y deben de continuar
cumpliéndose en la fecha de nombramiento como funcionario.
Cuarta.-Quienes deseen tomar parte en el concurso remitirán
la correspondiente solicitud, al Excelentísimo y Magnífico Sr.
Rector de la Universidad Miguel Hernández de Elche, a través del
Registro General de la Universidad, o por cualquiera de los
procedimientos establecidos en la Ley de Régimen Jurídico de las
Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo
Común, en el plazo de veinte días naturales a partir del día
siguiente a la publicación de esta convocatoria en el Boletín Oficial del
Estado, mediante instancia, según modelo anexo II, debidamente
cumplimentada, para cada una de las plazas que soliciten, junto
con la siguiente documentación:
a) Fotocopia del documento nacional de identidad o
pasaporte. Los candidatos que no posean la nacionalidad española
deberán aportar, además certificación expedida por la autoridad
competente de su país de origen que acredite la nacionalidad.
b) Certificaciones en las que se acredite el cumplimiento de
los requisitos específicos que señala la base tercera para participar
en el concurso.
c) Resguardo que justifique el pago de 21,16 euros en
concepto de derechos de examen.
Quinta.-Los aspirantes deberán abonar, mediante
transferencia a la Caja de Ahorros del Mediterráneo (2090) Oficina de
Empresas (Polígono Carrús) de Elche, Sucursal 0369, D.C. 85, número
de cuenta 0064000048 "Universidad Miguel Hernández de Elche"
Concursos Docentes, la cantidad de 21,16 euros en concepto de
examen, especificando el nombre y apellidos, número de carnet
de identidad y plaza a la que se concursa con indicación del
número.
El resguardo de la transferencia deberá adjuntarse a la solicitud
que se presente para participar en el concurso. La realización
del ingreso, en ningún caso, supondrá sustitución del trámite de
presentación en tiempo y forma de la solicitud.
Será motivo de exclusión del procedimiento la ausencia de
ingreso efectivo de los derechos de examen en el plazo previsto
para la presentación de solicitudes.
Sexta.-Finalizado el plazo de presentación de solicitudes, el
Rector de la Universidad Miguel Hernández de Elche, dictará
resolución declarando aprobada la relación provisional de admitidos
y excluidos del concurso, con indicación del motivo de exclusión,
en su caso, y advirtiendo al interesado que de no subsanarlo se
le declarará decaído en su derecho. Dicha resolución se hará
pública en el tablón de anuncios del Centro de Gestión de Campus
de la Universidad y en la pagina web www.umh.es/rrhh. Los
interesados podrán presentar reclamación ante el Rector en el plazo
de diez días hábiles a contar desde el siguiente al de la publicación
de la relación provisional de admitidos y excluidos.
Finalizado el plazo de reclamaciones y resueltas las mismas,
el Rector dictará resolución aprobando la relación definitiva de
candidatos admitidos y excluidos que se publicará en la forma
anteriormente establecida. Contra esta resolución se podrá
interponer recurso en los términos previstos en el artículo 107 de la
Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las
Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo
Común.
Séptima.-La composición de las Comisiones es la que figura
en el Anexo I de esta convocatoria.
En lo relativo a la constitución, sustituciones y funcionamiento
de las mismas se estará a lo previsto en el Reglamento Provisional
para los Concursos para la Provisión de Plazas de los Cuerpos
Docentes Universitarios de la Universidad Miguel Hernández de
Elche.
Las comisiones deberán constituirse en el plazo de tres meses
desde la publicación de la convocatoria.
Octava.-Una vez constituida la Comisión, fijará y hará públicos
con anterioridad al acto de presentación, los criterios para la
valoración de los méritos de los candidatos.
Los concursos de acceso a plazas de los cuerpos docentes
universitarios se realizarán en cualquiera de los campus de la
Universidad Miguel Hernández y constarán de una primera prueba
de evaluación, y si la Comisión lo entiende necesario, de una
segunda prueba consistente en la realización de una entrevista.
Acto de presentación: Dentro del plazo habilitado para la
constitución de la Comisión, el Presidente, previa consulta a los
restantes miembros de la misma, dictará una resolución que deberá
ser notificada a todos los interesados con una antelación mínima
de quince días naturales respecto de la fecha del acto para el
que se le cita, convocando a todos los aspirantes admitidos a
participar en el concurso, para realizar el acto de presentación
de los concursantes, con señalamiento del día, hora y lugar de
celebración de dicho acto.
La notificación a la que hace referencia el apartado anterior
se entenderá realizada con su publicación en la web
(www.umh.es/rrhh) y en el tablón de anuncios del Centro de
Gestión de Campus de la Universidad Miguel Hernández.
El plazo entre la fecha prevista para el acto de constitución
de la Comisión y la fecha señalada para el acto de presentación
no podrá exceder de dos días hábiles.
En el acto de presentación, que será público, los concursantes
entregarán la documentación correspondiente a la primera prueba
y recibirán cuantas instrucciones sobre el desarrollo del concurso
deban comunicársele. En el mismo acto de presentación, el
Presidente de la Comisión hará público el plazo fijado por aquélla
para que cualquier concursante pueda examinar la documentación
presentada por los restantes concursantes.
A tal efecto, en el acto de presentación los candidatos
entregarán, por sextuplicado, al Presidente de la Comisión la siguiente
documentación:
a) Currículum vitae, según el modelo oficial de la Universidad
Miguel Hernández.
b) Excepto para los concursos a cuerpos docentes
universitarios de Catedráticos de Universidad, el proyecto docente
ajustado a las necesidades expresadas en la convocatoria.
c) Excepto para los concursos a cuerpos docentes
universitarios a Profesores Titulares de Escuelas Universitarias, el proyecto
de investigación ajustado a las actividades expresadas en la
convocatoria, con una extensión no superior a diez folios.
Primera prueba: La primera prueba consistirá en la valoración
por la Comisión de los méritos del candidato y del proyecto docente
e investigador, según los casos, que el candidato se propone
desarrollar de serle adjudicada la plaza a la que concursa.
En el plazo máximo de quince días hábiles desde la finalización
del acto de presentación, la Comisión hará pública en la web
(www.umh.es/rrhh) y en el tablón de anuncios de los Centros de
Gestión de Campus de la Universidad Miguel Hernández, la
valoración de los candidatos en la primera prueba y la propuesta de
provisión de la plaza en el caso de que no sea necesario, a juicio
de la Comisión, pasar a la segunda prueba.
La Comisión podrá realizar la segunda prueba cuando finalizada
la primera haya concursantes que superen el mínimo cuantitativo
establecido en los criterios de valoración y, además, obtengan
el voto favorable de, al menos, tres de sus miembros.
Segunda prueba: En su caso, con la publicación de la valoración
de los candidatos en la primera prueba, se les citará para la
realización de la segunda prueba, indicando lugar, día y hora en
la que tendrá lugar y que no podrá ser inferior a tres días hábiles
ni superior a diez, desde que se publique la citación.
La segunda prueba que será pública, consistirá en una
entrevista en la que la Comisión debatirá con el concursante, durante
un tiempo máximo de tres horas, acerca de los documentos
presentados en la primera prueba.
Con anterioridad al comienzo de la segunda prueba, la
Comisión juzgadora publicará, en el lugar de realización de la misma,
los criterios de valoración cualitativa de esta.
Finalizada la segunda prueba y en el plazo máximo de siete
días hábiles, la Comisión hará publica la valoración cualitativa
que en esta prueba le merece cada candidato, así como la
propuesta de provisión de la plaza.
Novena.-En cualquier caso, el tiempo transcurrido entre la
publicación de la convocatoria y la propuesta de provisión del
concurso no podrá exceder de cuatro meses.
Las Comisiones que juzguen los concursos de acceso
propondrán al Rector, motivadamente, y con carácter vinculante, la
relación de los candidatos propuestos para su nombramiento.
En los concursos en los que no sea necesario pasar a la segunda
prueba, la propuesta de provisión se ordenará de mayor a menor
puntuación, siempre que los candidatos superen el mínimo
cuantitativo establecido en los criterios de valoración y, además,
obtenga el voto favorable de, al menos, tres de los miembros de la
Comisión. En caso de empate, el Presidente de la Comisión tendrá
voto de calidad.
En los concursos en los que sea necesario la realización de
la segunda prueba, será necesario que el candidato obtenga en
esta el voto favorable de, al menos, tres miembros de la Comisión.
La propuesta de provisión se ordenará de mayor a menor
puntuación de las obtenidas en la primera prueba y en caso de empate,
el Presidente tendrá voto de calidad.
Cuando se hayan convocado varias plazas de igual categoría
en una misma área de conocimiento y con idénticas actividades
docentes e investigadoras, la Comisión citará a los concursantes
propuestos por el orden de valoración que de los mismos se haya
efectuado, para que procedan a elegir vacante.
Todos los concursos podrán resolverse con la ausencia de
propuesta de provisión de la plaza o plazas.
Los concursantes que no hayan sido propuestos para ser
nombrados para la plaza objeto de concurso no podrán alegar ningún
derecho sobre plazas vacantes.
Décima.-Los candidatos propuestos para la provisión de las
plazas deberán presentar en el Registro General de la Universidad
Miguel Hernández, en los veinte días siguientes al de concluir
la actuación de la Comisión, los documentos que acrediten reunir
los requisitos del artículo 5 del RD 774/2002 y además:
a) Fotocopia del documento nacional de identidad, o
documento equivalente, de ser su nacionalidad distinta de la española.
b) Certificación médica oficial de no padecer enfermedad ni
defecto físico psíquico para el desempeño de las funciones
correspondientes a Profesor de Universidad.
c) Declaración jurada de no haber sido separado de la
Administración Pública, en virtud de expediente disciplinario, y no
hallarse inhabilitado para el ejercicio de la Función Pública.
Los aspirantes que no ostenten la nacionalidad española
deberán acreditar no estar sometidos a sanción disciplinaria o condena
penal que impidan, en su Estado, el acceso a la función pública
mediante certificación expedida por las autoridades competentes
de su país de origen.
Los aspirantes españoles que tuvieran la condición de
funcionarios de carrera estarán exentos de justificar tales documentos
y requisitos debiendo presentar certificación del Ministerio u
Organismo de que dependan, acreditativo de su condición de
funcionario y cuantas circunstancias consten en su hoja de servicios.
Contra la presente resolución que pone fin a la vía
administrativa, cabe interponer, sin perjuicio del recurso extraordinario
de revisión, y sin necesidad de comunicación previa a este
Rectorado, recurso contencioso-administrativo, ante el Tribunal
Superior de Justicia de la Comunidad Valenciana, Sala de lo
Contencioso-Administrativo, en el plazo de dos meses contados desde
el día siguiente al de la publicación de esta resolución.
No obstante, y a elección del interesado, se podrá interponer
contra esta resolución recurso de reposición, ante esta
Administración, en cuyo caso no habrá lugar a interponer el recurso
contencioso-administrativo anteriormente citado, en tanto no recaiga
resolución expresa o presunta del recurso de reposición.
Elche, 30 de julio de 2004.-El Rector, Jesús Rodríguez Marín.
ANEXO I
Tipo de concurso: Concurso de acceso
Código plaza: DF040. Categoría: Catedrático de Universidad. Área
de conocimiento: Anatomía y Embriología Humana. Actividades
docentes e investigadoras: Anatomía
Comisión titular:
Presidente: D. Carlos Belmonte Martínez.
Secretario: D. Pere Berbel Navarro.
Vocal: D. Alfredo Carrato Mena.
Vocal: D. Luis Gómez Pellico.
Vocal: D. Enrique Barbosa Ayucar.
Comisión suplente:
Presidente: D. Roberto Gallego Fernández.
Secretario: D.a Rosa Ballester Añon.
Vocal: D. Justo Medrano Heredia.
Vocal: D. Juan Jiménez Collado.
Vocal: D. José María Doménech Mateu.
Código plaza: DF1344. Categoría: Profesor titular de universidad.
Área de conocimiento: Arquitectura y Tecnología de
Computadores. Actividades docentes e investigadoras: Redes de
Computadores
Comisión titular:
Presidente: D. Jesús Pastor Ciurana.
Secretario: D. José Antonio Ferragut Rodríguez.
Vocal: D. Jorge Mataix Beneyto.
Vocal: D. Ramón Doallo Biempica.
Vocal: D.a Inmaculada García Fernández.
Comisión suplente:
Presidente: D. Salvador Viniegra Bover.
Secretario: D. Jose Luis Micol Molina.
Vocal: D. Laureano Escudero Bueno.
Vocal: D. Juan José Serrano Martín.
Vocal: D. Alberto Santiago Prieto Espinosa.
Código plaza: DF413. Categoría: Profesor titular de universidad.
Área de conocimiento: Farmacología. Actividades docentes e
investigadoras: Farmacología General
Comisión titular:
Presidente: D. Carlos Belmonte Martínez.
Secretario: D. Pere Berbel Navarro.
Vocal: D. Alfredo Carrato Mena.
Vocal: D. Francisco Sala Merchán.
Vocal: D. Manuel Feria Rodríguez.
Comisión suplente:
Presidente: D. Roberto Gallego Fernández.
Secretario: D.a Rosa Ballester Añon.
Vocal: D. Justo Medrano Heredia.
Vocal: D. José Francisco Horga de la Parte.
Vocal: D. Juan Tamargo Menéndez.
Código Plaza: DF1064. Categoría: Profesor titular de universidad.
Área de conocimiento: Personalidad, Evaluación y Tratamiento
Psicológico. Actividades docentes e investigadoras: Tratamiento
Psicológico
Comisión titular:
Presidente: D. Jesús Rodríguez Marín.
Secretario: D.a Eva Aliaga Agulló.
Vocal: D. Ricardo Gómez Rivero.
Vocal: D. José Antonio Carrobles Isabel.
Vocal: D. Francisco Javier Méndez Carrillo.
Comisión suplente:
Presidente: D. José María Peiró Silla.
Secretario: D.a María Teresa Soler Roch.
Vocal: D. Ramón de Soto y Arándiga.
Vocal: D.a Aurora Gavino Lázaro.
Vocal: D. Miguel Angel Simón López.
ANEXO II (ver imagen página 28970).
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