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Documento BOE-A-2004-16606

Resolución de 10 de septiembre de 2004, de la Presidencia del Consejo Superior de Deportes, por la que se dispone la publicación de la cifra a que hace referencia el artículo 3.2.a) del Real Decreto 1251/1999, de 16 de julio, sobre Sociedades Anónimas Deportivas, para la modalidad de fútbol.

Publicado en:
«BOE» núm. 232, de 25 de septiembre de 2004, páginas 31910 a 31910 (1 pág.)
Sección:
III. Otras disposiciones
Departamento:
Ministerio de Educación y Ciencia
Referencia:
BOE-A-2004-16606

TEXTO ORIGINAL

De conformidad con lo establecido en el artículo 3 del Real Decreto 1251/1999, de 16 de julio, sobre Sociedades Anónimas Deportivas, modificado por el Real Decreto 1412/2001, de 14 de diciembre, que regula la fórmula para la fijación del Capital Social Mínimo de las sociedad anónimas deportivas, corresponde al Consejo Superior de Deportes, previo informe de la liga profesional correspondiente, calcular y publicar el 25 por ciento de la media de gastos realizados por los clubes y sociedades anónimas deportivas que participen en la respectiva competición en los términos indicados en el apartado 2 a) del artículo anteriormente citado.

En uso de las atribuciones que legalmente tengo concedidas, resuelvo determinar, de acuerdo con los datos obrantes en este Consejo Superior de Deportes y previo el preceptivo informe de la Liga Nacional de Fútbol Profesional, el cálculo al que hace referencia el artículo 3.2 a) del Real Decreto 1251/1999, de 16 de julio, sobre Sociedades Anónimas Deportivas, para la modalidad de fútbol, en la cantidad de dos millones quinientos quince mil ochocientos ochenta y seis euros con sesenta y tres céntimos (2.515.886,63 €).

Madrid, 10 de septiembre de 2004.‒El Secretario de Estado, Presidente del Consejo Superior de Deportes, Jaime Lissavetzky Díez.

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