Por Orden Ministerial 20/1980, de 30 de junio, se señala la zona de seguridad del Cuartelillo de Marinería de la Capitanía General de la Zona Marítima del Cantábrico, en El Ferrol.
Habiéndose constatado la pérdida de interés militar de la citada instalación, ha dejado de ser necesario mantener la zona de seguridad correspondiente a ésta, fijada en cumplimiento de lo establecido en el Reglamento de Ejecución de la Ley 8/1975, de 12 de marzo, de zonas e instalaciones de interés para la Defensa Nacional, aprobado por Real Decreto 689/1978, de 10 de febrero.
En su virtud, y de conformidad con el informe emitido por el Estado Mayor de la Armada, a propuesta razonada del Almirante Jefe de la Zona Marítima del Cantábrico, dispongo:
Se suprime la zona de seguridad correspondiente a la instalación militar denominada «Cuartelillo de Marinería de la Capitanía General de la Zona Marítima del Cantábrico», ubicada en Ferrol.
Queda derogada la Orden Ministerial 20/1980, de 30 de junio, por la que se establece la zona de seguridad del Cuartelillo de Marinería de la Capitanía General de la Zona Marítima del Cantábrico, en Ferrol.
Asimismo, queda derogada cualquier otra disposición de igual o inferior rango en cuanto se oponga a lo establecido en la presente Orden.
La presente Orden entrará en vigor el día siguiente al de su publicación en el «Boletín Oficial del Estado».
Madrid, 15 de octubre de 2004.
BONO MARTÍNEZ
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